El fallo señala que García Ortiz es “autor de un delito de revelación de datos reservados del artículo 417.1 del Código Penal”, un delito que no forma parte de ese artículo. “Los datos personales reservados forman parte del derecho a la intimidad y están protegidos en el título X del Código Penal (artículos 197 y siguientes CP)”, señala el juez, que afirma que hay, por tanto, “vulneración del principio de legalidad”. Algo similar ocurre con el hecho de que el Fiscal General haya sido condenado a pagar 10.000 euros a la pareja de Ayuso por daños
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Si la Gestapo judicial ya había decido cargarse al lupas, se lo cepillan con ley o sin ella Y PUNTO.
Como toda la vida hacen lo que les da la gana, porque el estado es suyo.