Hace 3 años | Por gaddlim a elespanol.com
Publicado hace 3 años por gaddlim a elespanol.com

La sentencia se emitió el pasado 9 de diciembre pero no se tuvo conocimiento sobre ella hasta hace escasas fechas, explica a Invertia Alberto Novoa, socio del área laboral del despacho Ceca Magán. La clave es que, hasta ahora, se entendía que este permiso estaba amparado por apartado 37.3.d del Estatuto de los Trabajadores, que dota de este derecho a los empleados para deberes inexcusables, de carácter público y de carácter personal.

Comentarios

D

#3 "Si tan mal está por qué sigue vivo".

pitercio

#10 ¡Ojo! que la sentencia realmente dice que que si en el ET esa "y" fuese una "o", el panorama sería otro:

Los deberes surgidos de las obligaciones familiares y de cuidados -fruto de las relaciones de filiación (ex art.110 del Código Civil CC) o del deber de alimentos entre parientes en sentido amplio (ex art. 142 CC)-, a los quecabría ligar la actividad que genera el derecho al permiso aquí controvertido, no sólo no obligan a su prestaciónpersonalísima e insustituible de los deudores de los mismos, sino que difícilmente pueden ser configuradascomo obligaciones de carácter público. Por el contrario, pertenecen al ámbito privado y familiar y, por ello,estamos ante un permiso alejado por completo de la previsión específica del art. 37.3 d)

editado:


Yo lo veo como una corrección urgente que hay que hacer ET de esos a los que se les llena la boca de "conciliación".

Por cierto, la empresa dispone un convenio propio por el que se conceden dichos permisos de manera "no retribuída".

La sentencia

ytuqdizes

#3 Llevar al crio al médico con es un "deber inexcusable de carácter público", como si puede serlo acudir a un juicio a testificar, o que te toque mesa en unas elecciones, por ejemplo.
Esto es mi interpretación, no mi opinión de si me parece bien o mal.

Edito: Yo optaria por la ultima frase de #10 (ahora que le leo)

f

#20 No, porque al médico le puede llevar otra persona, el otro progenitor por ejemplo. Pero si no vas a un juicio o a unas elecciones estás cometiendo un delito.

Y eso no quiere decir que no deban concederte permiso; son cosas distintas.

ytuqdizes

#22 Primero, tú no lleves al crio al medico, revisiones y vacunaciones, ya verás que pronto te llaman desde Servicios Sociales a ver que te pasa con tu vida, aunque si es cierto que en principio no es un delito.
Segundo, no todo el mundo tiene disponible un segundo progenitor u otros familiares, por ejemplo por inmigración, y aunque no se ajuste al sentido al cual estamos acostumbrados, meto aqui a una familia que haya tenido que emigrar entre provincias.

Y esto es aún peor si el menor debe quedarse en casa una semana...

Que menos que te den permiso, aunque sea no remunerado, pero como mínimo que no necesites recuperarlo por obligación o que dicha ausencia no sirva de excusa para un despido.

f

#24 Lo que estoy diciendo es que se puede delegar, mientras que ir a un juicio o a una mesa no. Por lo que no puedes poner ambas cosas en la misma categoría. Manda a declarar a un juicio a tu madre y ya verás lo comprensivo que es el juez con esas cosas.

Y como no todo el mundo tiene una persona en la que delegar, debería estar contemplado que se te conceda permiso. Pero desde luego no estamos en el mismo caso.

mefistófeles

#3 Es que llevar al niño al médico no es un deber inexcusable público:

El deber inexcusable de carácter público y personal es un derecho que tienen los trabajadores de no acudir a su puesto de trabajo por tener que cubrir una obligación, cuyo incumplimiento supondría responsabilidades administrativas o penales para su persona, como una multa, por ejemplo.

El hecho de que sea «público y personal» significa que otra persona no puede llevarlo a cabo como si fuera su representante o sustituto y que está relacionado con las administraciones públicas y las obligaciones cívicas.


El llevar los niños al médico es un deber por conciliación de la vida familiar y laboral, que es otra cosa.

d5tas

#12 No lleves a tus hijos al cole o al médico y ya verás como la administración pública se hace cargo de ellos. Los niños son responsabilidad de los padres y del estado y que su cuidado no sea considerado una obligación cívica por parte de estos jueces me parece de traca.

yoma

#3 Lo que pasa es que los jueces tienen niñera que les lleve los niños al médico. Como ellos lo tienen solucionado, pues que se jodan los demás.

P

#3 "podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, "

Creo que el quid de la cuestión es el derecho a remuneración. Quiero entender que la sentencia dice que te puedes ausentar pero la empresa no te tiene que pagar esas horas.

En mi empresa se diferencian las ausencias para ir al médico para uno mismo que no se recuperan y las que te ausentas para llevar al niño al médico que sí se recuperan.

D

Llevar a un hijo de cinco años al médico es como quien va al fútbol o a pasar el día haciendo senderismo, pura diversión y asueto por la que uno no puede esperar. Entiendo a la Justicia.

baronrampante

Y lo peor no es el llevarlo al médico, que para eso todavía puede haber horarios de mañana y de tarde, sino que el crío este indispuesto y no pueda ir al colegio. Señor juez, aclárame con quién debo dejarlo.

yoma

#9 Pues lo ideal sería llevarlos a casa del mismo juez para así vea que cumples su sentencia.

sevier

Pongamosle luego un nombre bonito "conciliación laboral".

frg

#1 El nombre correcto es "hijos de puta". ¿Qué clase de sicópata puede decir que si no "está grave", no hay horas?, ¿en qué planeta vive?, ¿en qué planeta quiere vivir?

D

#5 Tira de empatía. Si tú eres el que tiene la sartén por el mango, tienes el poder, y tienes a una clase trabajadora que no mueve así les jodan, y sigues apretando y siguen quietos (y desde los medios de tu propiedad ya les dices que la violencia es muy malita y nunca jamás de los jamases está justificada), pues qué haces?, pues tirar un poco más de la cuerda y un poco más para que te vaya aún mejor. Esto es como una ley física, cuando el currito se queda quieto el patrón le jode hasta donde pueda.

Ishkar

Con todo, Novoa explica que hay empresas que sí estarán obligadas a conceder dicho permiso para circunstancias familiares puesto que así está recogido en determinados convenios colectivos.

Convenios colectivos, esos grandes olvidados...

D

#13 Esos que se consiguieron pintándose los trabajadores las manitas de blanco y diciendo estas son nuestras armas.

benderin

Luego se extrañarán de que la gente no tenga hijos.

yoma

#4 Pues según lo visto, la madre de algún que otro juez hubiera sido mejor que no los hubiera tenido.

D

Va a hacer falta convocar elecciones para llevar al niño al centro de salud.

XtrMnIO

Digo yo que esos jueces actuarán en consecuencia.

Aunque creo que va a ser que no.

"Haz lo que yo digo, pero no lo que yo hago."