Dani, una persona joven, quería establecer su hogar en nuestra ciudad, y se encandiló de un edificio de finales del siglo XIX, con sus miradores, su decoración, su majestuosa escalera y sus techos interminables. Le encantó, y llegó a un acuerdo con su propietario, mediante un contrato firmado, para vivir en él durante muchísimos años. Con este contrato de renta, vigente hoy en día, Dani acometió una reforma total del piso, invirtiendo el coste de lo que podía haber sido otro piso, con la tranquilidad, eso sí, de que la inversión, por muy alta q
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¿No puso derecho de tanteo en el contrato de alquiler en el caso de que el arrendador falleciera o quisiera vender?
¿No se reservó algún tipo de cláusula de "alquiler con derecho" a compra?
Ese “Dani” hubiese tenido claro que si el piso no es tuyo es que el piso no es tuyo.
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Un tonto y su dinero se separan pronto. Solo hay que estar cerca para recogerlo.
Ninguna ley y norma que se pueda hacer puede protegernos de nuestra propia estupidez.
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