Hace 2 años | Por Starkad a confilegal.com
Publicado hace 2 años por Starkad a confilegal.com

El gobierno autonómico canario ha decidido ponerse el mundo por montera y desobedecer al Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) manteniendo el toque de queda en todas las islas sin poseer ninguna base legal y con la argumentación de que va a presentar próximamente el recurso pertinente ante el Tribunal Supremo.

Comentarios

El_higado_de_Jack

#4 de hecho prometieron una ley de salud pública para gestionarlo. Hace casi un año, el 20 de mayo 2020.

Y nada.

Otra mentira más de Sánchez.

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#17 La ley existe, pero necesita previa autorización del TSJ, para que no se haga de manera arbitraria y asegurarse que hay justificación para aplicarse dichas medidas, otra cosa es que el TSJ se niegue a tener en cuenta la situación epidemiológica actual antes de autorizarlo, lo que no dice nada bueno del TSJ, que está ahí gracias al propio PP, que fueron ellos los que nombraron el CGPJ.

oceanon3d

#4 No me vendas el discurso del PP amigo; no cuela No hay otra soluciones. Para eso ya esta el estado e alarma en nuestra constitución y toda la chachara de Casado es mierda electoralista.

Hay que votarlo en el congreso y pasan dos cosas;

Unos lo apoyan solo a cambio de contraprestaciones que nada tiene que ver con el estado de alarma ... una autopista por ejemplo.

Y otros como el PP votan en contra por su política electoralista de tierra quemada (dejad que se hunda España que ya la levantamos nosotros) ... lo justifican (ahora) con la creación de una ley que es de muy dificil encaje constitucional al restringir las libertad de movimiento, aparte de duplicidades innecesarias y peligrosas. Pero lo mas importante es lo inútil del todo porque para eso ya esta precisamente el estado de alarma (que no les sale de los huevos apoyar) en nuestra constitución.

En resumen todo fácil que seria todo si el PP (como gran partido del constitucionalismo del que presume cada día) fuera responsable y dijera; si...apoyamos el puto estado de alarma.

D

#2 pues que recurran y sea el TS el que dictamine si se suspende de forma cautelar o anula la sentencia del TSJC, permitiendo establecer las medidas. A día de hoy, un tribunal ha dictaminado que no se puede hacer, y la administración lo tiene que acatar jurídicamente.

Guanarteme

Ni Canarias ni Baleares quieren ni media tontería que pueda hacer dudar a amo y señor mercado emisor de turistas de su idoneidad como destino seguro.

D

#1 No es un acto en firme hasta que no se pronuncie el TS

D

#3 No tanto... Cuando pase el plazo para el recurso que corresponda, adquiere firmeza.

D

#5 Hoy es domingo y creo recordar que no cuenta.
Incluso si le acaba al plazo, con sacar otro decreto con la nueva incidencia dentro de 10 dias y con medidas no identicas, ya lo tienen prorrogado con el nuevo decreto.

Esto es lo que ocurre al no haber sacado el Gobierno una ley de urgencias sanitarias para medidas fuera del decreto de alarma

camvalf

#5 Si hay recurso no hay sentencia firme hasta que se pronuncie el TS y sea una sentencia que no tenga posibilidad de recuros de aplelacion.

D

#9 Pero hasta que prospere el recurso hay que acatar la sentencia aplicada.

camvalf

#13 no y te lo digo con mucha experiencia en el tema. Un ejemplo simple condenas por delitos no graves donde el condenado ninja entrado en prisión, no entra hasta que resuelven el recurso de apelación el órgano superior

D

#15 Díselo a Sandro Rosell, que estuvo 643 días en prisión preventiva sin realizar ningún delito de sangre, es más era un presunto delito económico, y para más extrañeza se absolvió de todos sus cargos al no haber pruebas. Y si bien fue la Audiencia Nacional el ejecutor de ese agravio, no se ofreció ninguna alternativa a la prisión como la pulsera localizadora, la retirada de pasaporte, o la obligación de pasar periodicamente por dependencias judiciales.

camvalf

#23 y con eso quiere decir? No conozco el caso ni estoy interesado, pero con lo que dices se consideró que había riesgo de fuga y decretaron prision preventiva. He me que no hubiera pruebas lo dudo, ahora bien que estás no fueran fuertes y la defensa hiciera un buen trabajo arrojando dudas sobre ellas de eso estoy seguro.

#3 La administración necesita autorización judicial para tomar las medidas. La administración no dispone de esa autorización judicial. La administración no puede tomar las medidas.

Es como si le envías una carta al presidente del gobierno pidiendo que te nombre guardia civil sin pasar oposiciones, por la cara, te dicen que no y decides que hasta que no haya resolución judicial firme eres guardia civil y puedes ponerte a cortar las carreteras que te dé la gana.

D

#3 Estamos hablando de derechos fundamentales, no puedes restringir derechos fundamentales sin una autorización del juez, salvo que haya estado de alarma, sitio o excepción, y no se da ese supuesto, así que, no,no pueden, y si lo hacen están cometiendo un delito, por que atentar contra los derechos fundamentales es delito.

o

Cualquier restricción de los derechos fundamentales es inaceptable por cualquier tribunal. Especialmente cuando son medidas indiscriminadas que afectan a todo ámbito. Además se ha demostrado que el virus se propaga más en determinados ámbitos y sin las correspondientes protecciones, no en determinados horarios, por lo que las medidas que se pueden tomar para combatir el virus en horario nocturno son las mismas que en horario diurno, evitar la concentración de personas sin mascarilla y sin distancia en lugares cerrados y mal ventilados. Por tanto se puede conseguir el mismo efecto del toque de queda restringiendo el horario de apertura y/o los aforos de determinadas actividades nocturnas, lo cual no restringe derechos fundamentales protegidos por la constitución.
Si la CCAA impone un toque de queda, cualquier ciudadano puede recurrir a la justicia para defender sus derechos, independientemente de que un juez avale o no la imposición de la CCAA. Vaya, que aunque sea el supremo quien avale la restricción, no se justifica de ninguna manera la restriccion de un derecho fundamental si no existe un motivo razonable, evidente y evaluable. Por ejemplo, si vivo en una población con una incidencia considerada baja y el resto la tienen extrema, el juez no debe fallar a favor del toque de queda en toda la CCAA sin pedir los datos población a población o incluso barrio a barrio en las grandes ciudades, ya que está restringiendo los derechos de determinados ciudadanos sin ningún motivo razonable, evidente y evaluado. Incluso alguno quería justificar el cierre perimetral porque la incidencia en su CCAA es muy alta y proteger así "al resto". No se puede dejar que políticos locales restrinjan derechos desamparando a los ciudadanos.

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#12 No te das cuenta que con el toque de queda bajan los contagios, por qué los más irresponsables se empeñan en salir por la noche y al tenerlo todo cerrado, sólo pueden mantener el ocio nocturno en situaciones clandestinas. La ausencia de esas medidas pueden dar una falsa sensación de seguridad en determinadas personas y propagar el virus más fácilmente.

o

#21 Me doy cuenta de que la policía está para algo, y mejor que estén cerrando garitos o disolviendo botellones que poniendome multas a mi por pasear a las 12:30 de la noche.

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#22 Eso sería más complicado el tenerlo todo controlado, cuanto menos circulación más controlados estarían los irresponsables, sin tener que poner agente en cada puerta de un bar o restaurante o cualquier otro negocio.

o

#24 Dónde va a parar, vamos, mucho más sencillo ... En Corea del Norte lo hacen así siempre, porque covid dicen que no tienen, y mira que bien les va. Alli es que derechos no tienen muchos y los que tienen, el amado lider se los puede pasar por el arco del triunfo cuando le plazca.

p

#25 No estamos hablando de reducir los derechos por capricho, si no para evitar que la palmen miles de personas por la irresponsabilidad de unos pocos y que el sistema sanitario no este saturado, estas comparando churras con merinas.

o

#26 No, estamos hablando de tomar medidas SOLO contra los que incumplen, en lugar de contra "todos" porque "unos pocos" incumplen las normas, y "los responsables" no actúan como deben.
Además, si la policía tiene que cerrar garitos disolver botellones, multar a los que salgan a pasear, y controlar a los que salen a trabajar, por ejemplo, es mucho más difícil. Es más, en el estado de alarma, los controles eran móviles, iban de un lado para otro porque obviamente no podían abarcar todo. Sin toque de queda es mucho más sencillo cerrar garitos y disolver botellones ...

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#27 La medidas tienen que ser las mismas para todos, tanto responsables, como irresponsables, lo dice la constitución española.
Cuanto menos gente circula por la calle es más fácil controlar la situación, es de cajón, si cuanto más gente hay en la calle, más agentes se necesitan para poder controlar la situación. Para cerrar garitos y disolver botellones tienen la misma facilidad con o sin estado de alarma, por qué para cerrar comercios a ciertas horas, no se necesita estado de alarma.

o

#28 ... Lo vamos a dejar aquí para que te hojees la constitución y si acaso en otro momento seguimos ...
Precisamente la constitución otorga derechos, no los restringe, en ninguno de sus enunciados. Leetelos todos y ya me dirás qué artículo restringe algún derecho. Saludos.

p

#30 Veo que presumes de conocer la constitución, mientras demuestras su desconocimiento, en la constitución te permite en algunos casos como epidemias limitar los derechos individuales.

o

#31 No.

p

#32 Revisa lo constitución, que es evidente que la desconoces. Por cierto, la crisis sanitaria aun no ha finalizado y por ello las comunidades pueden solicitar que se aplique el estado, en su territorio o a nivel nacional, lo que implica limitar los derechos individuales.

https://www.lasprovincias.es/sociedad/articulo-116-constitucion-estado-alarma-20200313150514-nt.html
https://www.laconstitucion.es/articulo-116-de-la-constitucion-espanola.html
https://www.boe.es/buscar/pdf/1981/BOE-A-1981-12774-consolidado.pdf

o

#33 ¿Y exactamente que parte del 116 dice que se restringe algún derecho, aunque sea en estado de alarma, que no es el caso?. Además va a ser que no comprendes lo que lees ..
En eso estamos campeón, en que si quieren, lo pueden solicitar, mientras tanto, el toque de queda y el cierre perimetral son ilegales. Cuando lo soliciten ya hablamos, no te voy a responder más, no te esfuerces en retorcer nada.

p

#34 Se ve que has entrado a manipular, el estado de alarma si no se restringe ninguna libertad no es estado de alarma, deja de hacer el ridículo y lee lo que te enlazo, por qué lo dice bien claro y no quiero perder el tiempo con manipuladores y con gente que no quiere conocer la constitución y las leyes orgánicas, para difundir un bulo.

o

#35 Cuando a uno le mandan a pastar 3 veces lo normal es colgarse un cencerro y echarse al campo.

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#36 Eres un impresentable que sólo ha venido aquí a engañar a los ignorantes, sólo hace falta para verlo seguir toda la conversación que hemos tenido.

D

El gobierno canario dirá lo que quiera, no se obedece y punto.

D

Orgulloso de mi gobierno. Que le den por culo a esos corruptos de la inquisición superior.

P

¿Ha pedido el gobierno de Canarias que se declare el estado de alarma en Canarias?.
Si es que no, ¿ porque?, y ¿cuando piensa pedirlo, para no tener que depender de los jueces?

o

No ofende quien quiere sino quien puede ... Rebuzna lo que quieras, no hay debate, no sabes mantenerlo.

o

No te basta con que te ignore ...