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El TJUE limita la indemnización a 1.600 euros por pérdida de mascotas en vuelos al equipararlas al “equipaje”

El TJUE limita la indemnización a 1.600 euros por pérdida de mascotas en vuelos al equipararlas al “equipaje”

El Convenio de Montreal solo distingue tres categorías de transportes: personas, equipaje y carga. Las mascotas no pueden ser "personas" y, por lo tanto, son "equipaje". La sentencia, de 16 de octubre de 2025, limita la indemnización por su pérdida al tope general de 1.288 derechos especiales de giro (unos 1.600 euros), incluso en casos de daño moral. El fallo, que responde a una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, aclara el alcance de la responsabilidad de las aerolíneas y podría tener implicaciones e

| etiquetas: tjue , indemnización , mascota , equipaje , convenio , montreal

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