La entrada en vigor de una nueva normativa eliminará esta denominación. La entrada en vigor del Reglamento 2019/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo trae aparejadas varias medidas para unificar los sistemas de identificación dentro de la UE, entre ellos la obligatoriedad de renovar el DNI permanente antes del 3 de agosto de 2031. La principal característica de este Documento Nacional de Identidad es que es imperecedero, es decir, que no caduca y no es necesario renovarlo, pero habrá que hacerlo para cumplir con el dictamen europeo.
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