Hace 3 años | Por --672644-- a cadenaser.com
Publicado hace 3 años por --672644-- a cadenaser.com

Gestha: "Es muy fácil para los técnicos de Hacienda descubrir un alquiler sumergido"

Comentarios

D

Joder con los ocupas.

D

Gestha: "Es muy fácil para los técnicos de Hacienda descubrir un alquiler sumergido"


Pues venga.

Enésimo_strike

#26 los técnicos no tienen libertad para perseguir lo que ellos digan, eso viene impuesto.

Así que si hay medios y se sabe donde hay un nicho de fraude y aún así no se hace nada la conclusión lógica solo es una: falta voluntad política.

maria1988

#31 Una cosa es que sea difícil de controlar y otra que sea legal. Y, desde luego, legal no es. Si estás cobrando un alquiler (de quien sea) tienes que declararlo; luego, dependiendo del perfil del inquilino, puede que tengas deducciones, que en algunos casos llegan al 100%. Si no lo declaras, estás cometiendo un delito.
cc. #16

El_Cucaracho

#8 A los rentistas bien que avisan

maria1988

#8 Es muy fácil si el inquilino denuncia. Si vives en un piso no declarado, pierdes las ayudas al alquiler, pero si denuncias al propietario, te las dan.

maria1988

#109 Estas "propinas" se consideran donaciones. Lo que ocurre es que cuando se dan entre familiares y por cantidades bajas, legalmente pagan poquísimos impuestos. Pero claro, si te casas y los amigos te regalan varios miles de euros, ahí sí tienes que pagar un pico a Hacienda.

F

#1 6 de cada 10 son legales ?? demasiado me parece

V

#8 GESTHA como buen sindicato corporativo intenta vender la moto de que ellos son super buenos y arreglarían el mundo, pero la verdad es que descubrir de forma masiva alquileres sumergidos es bastante complicado. Todavía los de verano se consiguen con batidas generales con visitas aleatorias por parte de Agentes (no técnicos), pero los que no son estacionales es muy díficil y supone un cruce de datos muy complejo que sí que es cierto que cada vez da mejores resultados.

isra_el

Si es tan fácil detectarlo no tiene sentido que ocurra lo que dice la noticia. Serían muchos menos. Digo yo.

#19 El Gobierno del Progreso. lol

e

#18 #24 #27 Yo me constituí en comunidad de bienes con mi mujer para alquilar un puñetero garaje y hacerlo todo en "A". Tuve que depositar la fianza en la Junta de Andalucía, tengo que pagar el IVA cada 3 meses, etc. Es un coñazo hacer las cosas bien. Y luego te enteras de estas cosas y te entra un agualevante...

txuspe

#27 Si no lo tienes porque el casero no te lo ha dado, puedes solicitar el justificante al IVIMA. Si el casero ha depositado la fianza, te lo dan. Si no, te dan un resguardo de la solicitud que es válido para la desgravación en el IRPF, y además inician una investigación (que acabará en multa) contra el casero.

s

#2 No, usan Sonar

nemesisreptante

#13 y yo a la cajera del supermercado le digo buenos días todos los días, entiendo que ya debería dejar de cobrarme el iva ¿no?

D

Con lo facil que seria poner una desgravacion del 25% por el alquiler, a la par que subes un 25% los impuestos a los arrendadores, a quienes acreditasen los pagos por transferencia (para evitar tanto papeleo a los desgravadores).
Para un alquiler de 600€/mes la desgravacion se iria a los 1.800€. Pocos desdeñarian desgarvarlo.

Iban a salir alquileres a "puñaos".

Ovlak

#125 El censo de viviendas lo realiza el INE cada 10 años y se realiza a través de encuestas. Aquí tienes la metodología: https://www.ine.es/censos2011_datos/cen11_datos_metodologia.htm

D

#17 No me parece comparable, para desarrollar una actividad profesional el obligatorio un contrato, para dejar que tu hermano viva en un casa que es tuya yo diria que no.

xamecansei

#26 Concurso de 200 M de € para Indra. Al año se descubre que no funciona y que ha sido un fracaso. No pasa nada, se cambia el nombre del proyecto y se vuelve a sacar a concurso. Gana Telefónica, se repite el proceso.

o

#6 totalmente cierto.

Este problema de no declarar el alquiler es muy superior al de la okupacion. Parece q no le interesa tanto al os medios

maria1988

#118 El caso de los 200€ lo puedes declarar como un préstamo sin intereses, y los préstamos entre particulares, si no me equivoco, están libres de impuestos.
A mí lo de la boda, pues qué quieres que te diga, me parece bien. Lo que no puede ser es que tengas un incremento patrimonial de decenas de miles de euros y no pagues nada.

maria1988

#131 Creo que nuestra discrepancia con el tema de las bodas viene que tenemos una mentalidad distinta sobre lo que de verdad son estos eventos. Hay una idea muy extendida con los regalos de boda, que es la de "pagar el cubierto". O sea, que si te invitan a una boda, te informas de lo que vale el menú y das como regalo, como mínimo, lo que cuesta por persona. Visto así, ni hay invitación ni hay regalo, sino una especie de intercambio, un pago por un servicio.

Yo no estoy de acuerdo. Una invitación a una boda es eso, una invitación. Los novios quieren celebrar que se casan con sus amigos, y por eso los invitan, para hacer una fiesta juntos. Los invitados, si quieren, pueden llevar un regalo, que puede ser cualquier cosa (dinero o no) y de cualquier valor. El regalo a la pareja porque se casa, no como pago del menú, y es independiente del valor de éste. De este modo, sí, los regalos suponen un incremento patrimonial importante para la pareja, y deberían declararse. Que ellos antes hayan gastado bastante dinero en una fiesta es irrelevante.

Off-topic, una amiga y su marido ganaron más de 25K limpios con la boda, llevando a cabo la estrategia de invitar a gente que sabían que no vendría, pero que les harían regalo igualmente, y encargándose de decir a todos lo que les había costado el menú.

D

#1 Y los inquilinos, que también están en el ajo.
Cuando el fontanero te dice que si quieres factura tiene que ser con IVA, también eres autor del fraude si aceptas que no te la emita.

filemon314

Hacienda tiene submarinos?

a

#33 A nivel nacional solo te puedes desgravar el alquiler si tu contrato es anterior a 2015 y cobras menos de 24k.

También hay desgravaciones a nivel autonómico, pero con muchas limitaciones. Por ejemplo en Madrid, que es donde yo pago impuestos, solo te puedes desgravar el alquiler si tienes menos de 35 años.

A la hora de la verdad son cuatro gatos los que se pueden desgravar el alquiler.

D

#124 gracias por la aclaración respecto a lo primero.

En cuanto a la boda, discrepo; hay incremento patrimonial (igualmente de nuevo, uno con su dinero ya declarado debería de tener libertad) pero también hay un gasto por parte de los anfitriones con sus correspondientes impuestos para que los comensales e invitados disfruten de un gran día "gratis".

D

#136 esta noche te contesto detenidamente. Gracias por el comentario.

Lo de tu amiga y su marido,menudos figuras -con perdón.

g

#33 meeeec, la desgravación del alquiler de la vivienda habitual lo quitaron ya hará 5 o 6 años (no se si en alguna comunidad tendrá algo, pero a nivel estatal, no).

Con eso sería muy fácil:
Al inquilino le desgravas un % del aquiler e inmediatamente se podrá cruzar directamente quien dice que paga un alquiler con quien dice que no lo cobra.

Enésimo_strike

#57 el mensaje que cito dice que hacienda no investiga los alquileres en B, y tú dices que si investiga alquileres y a la vez que lo que dice es cierto...

DangiAll

#187 El dueño o el inquilino y ahi se deposita la fianza, asi te evitas que el casero se vaya con la fianza.

Realmente no es algo regional, la agencia si porque es la de Cataluña pero ya hay una normativa nacional, otra cosa es que el gobierno central se ha rascado los huevos a 2 manos con este tema.
La primera mencion de registrar los contratos en un registro viene en el Real Decreto 297/1996, punto 6.
"Artículo 6. Inscripción en el Registro.
1. El contrato inicial y sus modificaciones serán objeto de asiento de inscripción en el folio registral abierto a la finca arrendada.

2. No será obstáculo que suspenda la inscripción del contrato la circunstancia de que la finca arrendada no forme folio registral independiente en el Registro, siempre que el edificio en su conjunto o la totalidad de la finca figuren inscritos a nombre del arrendador. Bastará en este caso, sin necesidad de segregación o de constitución previa de la propiedad horizontal, que la finca arrendada haya quedado suficientemente delimitada con expresión de su superficie, situación y linderos. La inscripción se practicará entonces en el folio abierto para la totalidad del edificio o de la finca.

No obstante, cuando a juicio del Registrador, la claridad de los asientos así lo requiera, o cuando lo solicite el presentante, la inscripción del arrendamiento de parte de la finca registral se practicará en folio independiente, bajo el mismo número y el de orden correlativo que le corresponda. La apertura del nuevo folio se hará constar por nota de referencia al margen de la inscripción de dominio."
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1996-5930


Y luego en el 2013 si no esta registrado el contrato de arrendamiento hay sanción.

"«Artículo 14. Enajenación de la vivienda arrendada.
1. El adquirente de una finca inscrita en el Registro de la Propiedad, arrendada
como vivienda en todo o en parte, que reúna los requisitos exigidos por el artículo 34
de la Ley Hipotecaria, sólo quedará subrogado en los derechos y obligaciones del
arrendador si el arrendamiento se hallase inscrito, conforme a lo dispuesto por los
artículos 7 y 10 de la presente ley, con anterioridad a la transmisión de la finca.
2. Si la finca no se hallase inscrita en el Registro de la Propiedad, se aplicará lo
dispuesto en el párrafo primero del artículo 1571 del Código Civil. Si el adquirente
usare del derecho reconocido por el artículo citado, el arrendatario podrá exigir que
se le deje continuar durante tres meses, desde que el adquirente le notifique
fehacientemente su propósito, durante los cuales deberá satisfacer la renta y demás
cantidades que se devenguen al adquirente. Podrá exigir, además, al vendedor, que
le indemnice los daños y perjuicios que se le causen.»"
https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-5941-consolidado.pdf

El Estado se columpia con sus responsabilidades.

Shotokax

#13 #21

Cuando el propietario alquila su vivienda a un familiar, hijos, sobrinos o primos, es decir, familiares hasta el tercer grado de parentesco, ha de saber que tanto si alquila a precio de mercado, con una rebaja como familiar como si lo hace por un precio simbólico e incluso gratis, debe tributar a Hacienda.
https://santosromero.es/tributa-alquiler-familiar/

squanchy

#57 Yo declaré mi alquiler, y hacienda me dijo que para desgrabar tenía que estar dado de alta el piso en el IVIMA. A la vez, al dueño del piso le mandaron una carta diciendo que tenía un piso en alquiler sin declarar. Año 2009. Al final pudo darme de alta retroactivamente, yo cobrar mi desgravación, y él a paar por caja.
Si no llego a intentar desgravarme, hacienda ni se cosca.

Elenio

#1 ¿Cómo va a haber un 40% de alquileres sin declarar? Sería una ingente cantidad de dinero negro y los inquilinos estarían perdiendo a su vez una ingente cantidad de deducciones (tanto a nivel personal como a nivel autónomo/empresa).

La cifra a nivel global no me cuadra. Además, la noticia no explica cómo se ha alcanzado esta cifra del 40% (4 de cada 10). Me explico: el que tiene un alquiler sin declarar no lo va promulgando a los 4 vientos, por tanto, ¿cómo saben cuántos alquileres sin declarar existen?

D

#6
Muchos okupas en realidad son inquilinos en negro. Luego te sacan por TV los vecinos con los que no se llevan bien y que los quieren fuera y ya está.

dgranda

#22 cuando una persona física tiene un inmueble a su disposición que no sea su vivienda habitual, se le imputa una renta por ese inmueble [1] que es el 1,1% del valor catastral registrado (un 2% si no está actualizado). Esa cantidad es el mínimo alquiler exigible a cualquier otra persona que no sea el propietario y que viva en el inmueble.

Para inmuebles de personas jurídicas (sociedades) la cosa es más compleja.

[1] https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Imputacion_de_rentas_inmobiliarias.shtml

Hil014

#13 pues que lo tienes que declarar como cuando un frutero contrata a su hijo para que lo ayude.

emilio.herrero

#4 Hace falta medios, personal y dinero pero también muchas veces facilidades, yo tengo un garaje puesto en alquiler, del cual me pagan 60€ al mes de los cuales pago 20€ de comunidad es decir saco 40 míseros euros mensuales, no tendría problema en repercutir los impuestos al arrendatario y pagar a hacienda lo que corresponde. pero ¿tu te crees que por 40€ euros mensuales voy aponerme a hacer el IVA trimestral rellenar y presentar cada tres meses el modelo 303 y al final de año además rellenar y presentar el modelo 390 con el resumen anual de IVA.
Antes de eso no lo alquilo y me quito dos problemas, aparcar yo en la calle y estar constantemente haciendo papeleos.

CC: #14

basuraadsl

#1 Con lo tranquilo que duermo teniendo el contrato legalizado y la fianza depositada en la Junta de Andalucía. Cero problemas para el inquilino y cero para mi como casero. Que hacienda se lleva un tanto por ciento, cierto pero la tranquilidad que tengo no se paga. A parte aunque me lo auto crea yo mismo, me siento respaldado jurídicamente en caso de problemas. Eso no quita que conozca gente con apartamentos en la costa del sol y en sierra nevada que todo lo llevan en negro.

Ovlak

#145 El INE habitualmente lo hace así. Más que encuestas son cuestionarios. No cogen una muestra pequeña de la población y la extrapolan sino que las muestras suelen ser enormes. Tienen además la ventaja de que la ley estipula que son obligatorias, es decir, si el INE te solicita la cumplimentación de un cuestionario, tienes la obligación legal de contestarlo y además la obligación legal de no mentir en él. No es como una encuesta electoral para un periódico.
Por ponerte un ejemplo de cómo va, cuando nace un hijo, el INE te planta un cuestionario en cuanto lo vas a inscribir en el registro civil. Eso implica que se obtengan datos de absolutamente todos los neonatos, no sólo de una muestra.

txuspe

#65 A mí me tocó recurrir a ello una vez y funciona muy bien. Lo pides por internet y en un mes o así te mandan el justificante a casa por carta (certificada me parece, no estoy seguro).

Shotokax

#114 cuando decías "que cuente como alquiler" pensaba que te referías a la ley.

Ovlak

#141 Además, la noticia no explica cómo se ha alcanzado esta cifra del 40%
La cifra es bastante llamativa, ahí estoy de acuerdo. Pero la noticia sí explica cómo se obtiene y es, precisamente, cruzando los datos del IRPF con los del INE. Hasta llega a indicar que, con esta metodología, el número de alquileres no declarados superaba el 60% hace 15 años.

lainDev

#25 También hay mucha gente que piensa que no debería pagar por quedarse con la casa de su padre cuando este muera, pero así son las cosas. Cualquiera ganancia que recibas, ya sea una casa, una donación de tu hermano de 100 euros al mes...etc, debes declararla y el estado se queda con parte de ese dinero.

D

#7 hacen sonar la butxaca

makinavaja

¿Cómo saben que son el 40 % si no los declaran?¿A ojo?¿Y si es el 90%...?

El_Cucaracho

#13 Si es un familiar directo dudo mucho que cuente como alquiler.

Siempre puedes decir que es tu hermano y que vive allí porque quieres.

D

#16 No se lo estoy dando, estoy dejando que lo use.
Lo de que nadie te puede dar dinero sin declararlo ya sabemos como funciona, uno saca dinero del cajero para gastar en metalico en cosas que no emiten factura y otros gastan en productos que no emiten factura un dinero que no esta claro de donde ha salido. Eso cuando hablamos de 500€ al mes es a dia de hoy imposible de controlar.

El_Cucaracho

#30 Con la Ley en la mano se pueden dar muchos casos bizarros, pero dudo que hacienda vaya a multar por dejarle la casa a un hijo o un hermano por mucho que le pase algún dinero.

D

Tengo un piso que normalmente esta alquilado. Debido a una serie de circunstancias personales el piso va a pasar a usarlo mi hermano, ya decidire yo si gratis o no. Pero y si es gratis, cual es el problema? Y si es gratis pero mi hermano quiere darme algo de dinero todos los meses porque le da la gana? Que piensa hacer Hacienda al respecto? Y si en vez de mi hermano es un amigo?

Romántico_Morcillo

#29 Mucho más sencillo. Si Hacienda te puede meter un multazo, no te va a avisar "para evitar males mayores".

Claro, estas mierdas van dirigidas a un público que se lo traga todo. Los mismos crédulos que te hablaban de lo mucho que se iba a recaudar cuando llegaran al poder los buenos y acabaran con la economía sumergida del nosecuánto porciento del PIB.

La demagogia tiene las patitas muy cortas.

maria1988

#105 Pues a mí no me extraña. Este problema que te comento, lo tuvimos varios amigos cuando nos mudamos a Madrid. Una de ellas denunció a la propietaria en cuanto se enteró de que el piso era ilegal, porque la mujer no quería declararlo. Y te hablo de personas que queríamos tenerlo todo en orden y escogimos pisos aparentemente declarados. A eso súmale la cantidad de gente que hace descuentos bajo manga al inquilino por no tener contrato, o los muchos inquilinos que no son modelo (por ejemplo, con trabajos temporales) y que no encuentran un piso legal.

O

#13 "Dar dinero porque le da la gana" tiene un nombre y es "donación" y tiene un impuesto asociado que hay que pagar.

D

Si el precio del alquiler es alto, no hay que imaginarse el precio al que podría llegar si todos los propietarios lo declararan.

La opción que plantea #47 la veo.

D

#71 es una p...ada pero es como menciona #16 y #71. Yo personalmente,no lo veo justo.

En cuanto a lo de la propina #53 eskudto así; veremosenunos años cuando el dinero digital esté en uso la de lamentaciones de todos aquellos de clase media-baja que comulgan con ello. Podrán meter mano más fácilmente a ese tipo de situaciones.

D

#116 ahí está. Tu misma lo has dicho "poquísimos impuestos".

De esto ya ha habido varios debates por aquí. Pero pienso que un dinero ganado y libre de impuestos uno debería tener el derecho a hacer lo que quisiera.

Ponte en la situación que yo te doy 200 hoy; tu me los das mañana; pasado te los doy de vuelta. Esa cantidad (como si hablamos de miles de euros)cada vez que cambia de manos, deriva en impuestos.

Y el tema de las bodas... pues eso. Hemos pasado de un sobre a un ingreso en cuenta. Recibes 40k en una boda de 250 invitados y si hacienda te busca, hay que pagar un%. Me parece increíble.

D

#123 ¿Te apuestas algo a que cuatro de esos cuatro de cada diez no tienen ni siquiera firmado contrato con sus inquilinos?
¿Te apuestas algo a que el fontanero tiene controlada la numeración de sus facturas por la Agencia Tributaria?

DangiAll

#1 Si 4 de cada 10 dueños no declaran los alquileres 4 de cada 10 inquilinos están pagando en negro.
Tu sabes realmente el montón de dinero que seria eso ?

Me cuesta creer que tantos inquilinos paguen en negro con la inseguridad juridica que conlleva eso.

maria1988

#165 Depende del caso. Si se trata de una cesión gratuita o si las cantidades a pagar no se corresponden con una renta (sino que son, por ejemplo, los gastos de la casa), estaríamos hablando de un "arrendamiento precario". En este caso, las condiciones son distintas y se rigen por unas leyes diferentes.

DangiAll

#160 Si el contrato de alquiler lo registras, por lo menos en Cataluña en el INCASOL, queda reflejado y ya sabe Hacienda automáticamente lo que tiene que cobrar al dueño por el beneficio que obtiene de alquilar el piso.

maria1988

#189 Pues tienes razón. No hay que tributar rendimientos de capital inmobiliario, puesto que la cesión es gratuita en este tipo de arrendamientos, pero sí imputación de rentas inmobiliarias por un 2% del valor catastral de la vivienda (en caso de que el inquilino esté todo el año). La excepción es si esta vivienda corresponde a la vivienda habitual del arrendador, como en el caso que se comentaba antes (dejar a tu hermano que viva en tu casa una temporada). Ahí estarían exentas de impuestos.

anasmoon

#18 De hecho ahora mismo para desgravarte por ser menor de 35 años (en la CAM al menos) necesitas presentar el documento que acredita que el arrendador ha depositado la fianza en el IVIMA. Si no lo tienes, posiblemente porque el casero no la ha depositado, no te puedes desgravar.
Una norma hecha claramente para favorecer que arrendador cobre en negro porque lo lógico sería que con presentar el contrato firmado pudieras desgravarte y ya ellos tendrían que contrastar si el dueño lo declara o no.

anasmoon

#50 Sí, efectivamente, pero las ayudas no pueden depender solo de que se presente ese documento. Debería valer el contrato de alquiler.

anasmoon

#59 Lo desconocía, me informaré, gracias.

anasmoon

#78 Genial, gracias de nuevo.

maria1988

#93 Eso es justo lo que me pasó a mí. Yo tenía contrato y la propietaria me dijo que estaba todo en regla, pero luego fui a pedir las ayudas al alquiler y resulta que me había mentido y el piso no estaba declarado, con lo que encima Hacienda me acusó de estar cometiendo fraude. Así que llamé a la propietaria y le dije que o declaraba el piso o la denunciaba. Mano de santo, oye.

J

"no me interesa que seas un ser de luz, mientras no seas un ser de mierda" Se va a liar una que van a flipar! Y segurísimo que los de siempre se van escapar de pagar sus obligaciones lo mismo hasta están vacunaditos contra el covid19.

D

#30
No hablo de quedarse con la casa si no de usarla. Y si en vez de la casa es el coche?
Fijate en la incoherencia que se me ocurre... yo le puedo comprar a mi suegra algo de comida, pañales etc porque me cuida al niño. Eso a priori no parece que deba declararse. Pero si en vez de eso le doy un dinero al mes, parece que si habria que declararlo....

#43 Si es que es normal que no lo pilléis. Por eso votáis a quien votáis.

Fingolfin

#26 Lo de mirar el consumo eléctrico ya se hace, y creo que también tienen sistemas para vigilar los pisos (y lo que no son pisos) que se anuncian por internet.

No creo que sea un problema técnico ni legal. El gran drama es la falta de funcionarios de hacienda. La última vez que leí sobre el tema, la edad media de los funcionarios del ministerio estaba en los 50 y pico. Se puede y se debería doblar, triplicar la cantidad de funcionarios, meter gente jóven, por muchas herramientas que tengan están desbordados. Debería haber funcionarios dedicados a perseguir alquileres falsos, que vayan presencialmente a comprobar si hay gente tras recibir indicios, etc.

marcamo

#71 Yo pondría atención en la existencia del contrato, incluso siendo un hermano.

Luego ocurren cosas en la vida y el hermano no se va... no te llevas tan bien o incluso muy mal. En la vida pasan muchas cosas.

Elenio

#158 Es cierto que la noticia hace una referencia al cálculo. En línea con tu mensaje, la noticia dice que GESTHA ha alcanzado sus resultados "comparando los datos de IRPF y los del INE de población que vive en una vivienda de alquiler".

Sin embargo, la noticia no explica ni detalla cómo ha sido la comparación entre los datos del IRPF y los del INE, ni qué datos del INE ha utilizado ("población que vive en una vivienda de alquiler" es un concepto un tanto vago, por ejemplo, no se específica si los datos provienen del censo o de una encuesta) ni el método/forma de cálculo para determinar el número de alquileres que no se declaran.

Por mi parte, se me ocurren errores metodológicos en los que han podido incurrir y que no es posible verificar toda vez que la noticia no da apenas ningún detalle. Por ejemplo, si 1000 personas declaran estar en alquiler y solo se declaran 400 alquileres, no quiere decir que haya 600 alquileres que no se declaren, puesto que las 1000 personas de alquiler pueden estar viviendo en 400 viviendas (i.e., hay viviendas alquiladas por varias personas).

Otro ejemplo que se me ocurre, y que posiblemente hile con los resultados que da la noticia (a todas luces disparatados), es que los alquileres "no declarados" se correspondan con gente que subalquila parte de una vivienda (i.e., alguien alquila una vivienda de 2 habitaciones y sub-alquila una habitación). Evidentemente, el propietario declara el 100% del alquiler, lo que ocurre es que la 2ª persona no figura en ningún contrato ni, por tanto, en la declaración del IRPF del propietario.

Insisto en que la cifra del 40-60% de alquileres no declarados es una tremenda barbaridad. O bien se trata de alquileres en negro, muy difícilmente detectables como indica #166, o bien se trata de dinero legal que no declaran los propietarios. Esto último sería bastante burdo, ya que el mero cruce de datos pondría de manifiesto millones y millones de euros que no declaran (número gordo: 20% de impuestos sobre el 40% del total de alquileres de España... imaginaros la burrada de millones que es eso como para que se le escapen al fisco).

J

#110 Entonces pregunto desde la ignorancia.... Si no dependen de que un alquiler esté declarado o no ¿como sabe el INE que viviendas están vacías u ocupadas?

J

#128 Vaya... no me hubiese imaginado nunca que sacaban los datos de simples encuestas.

emilio.herrero

#155 Da igual que seas particular, si tu alquilas una plaza de garaje tienes que presentar IVA trimestral y anual.
https://n9.cl/csgn

Ovlak

#96 Por eso te digo, que en circunstancias normales el inquilino no tiene por qué saberlo. Como cuando te tomas un café en un bar. Tú has pagado tu correspondiente 10% de IVA pero no sabes si el propietario finalmente lo declarará.
Lo que se supone que ha ido funcionando es la obligación de depositar la fianza en la administración, u obligar a poner el DNI del propietario/inquilino al hacer la declaración de la renta cuando se quiere acceder a deducciones. Incluso lo que comentas del acceso a ayudas. Pero aun así que quede un 40% de defraudadores me parece una barbaridad.

Ovlak

#102 Los datos de vivienda vacía los da el INE y no dependen de que un alquiler esté declarado o no.

Ovlak

#119 No necesariamente. Un inquilino puede creer que todo está en regla. Yo puedo aceptar que un fontanero no emita factura con IVA y seré tan responsable como el fontanero. Pero si la pido, no tengo por qué saber si el fontanero la ha declarado.

Ovlak

#126 Lo único que puedo apostar es a que los inquilinos no rebasan esa cifra pero los propietarios la igualan.

S

#47 Como propietaria de un solo piso que alquilo solo cuando lo veo muy claro, te diré... que si tengo un piso del que saco 600 y me dices que voy a empezar a sacar 450, igual te digo que no me compensa. Igual me pienso ponerlo a 700 para sacar al menos 525. Y me dirás que entonces no colocaré el piso.... depende de si todos los arrendadores en la zona piensan lo mismo que yo.
Castigar al arrendador solo tiene efecto positivo en los que tienen un montón de pisos y viven de ello explotando a los inquilinos y con medios de gestion de okupas y vandalismos. Los pobres mortales que alquilamos una propiedad por aquello de que no esté vacío y por sacar unos eurillos para ayudar a la economía familiar, sin abusar en los precios ni de los inquilinos, somos los que acabamos jodi*os o sin sacar pisos al mercado.

Ovlak

#134 Y mira que hoy por hoy los contratos que se limitan a lo que dice la ley de arrendamientos dan pocas garantías. Pero pocas mejor que ninguna. Vamos, yo nunca alquilaría sin contrato, ni siendo inquilino ni siendo propietario.

Ovlak

#174 Hombre, es que la prensa de ámbito generalista no suele entrar en ese tipo de disquisiciones. Todo depende de la confianza que le quieras dar a la fuente, en este caso los técnicos de hacienda. Por lo pronto del INE sí te puedo decir que, si estás interesado, sus datos y metodologías son públicos para cada uno de sus censos. En #128 lo he enlazo. Para el caso de hacienda desconozco si hay acceso a dicha información.

D

Y se quedan cortos

marcamo

#18 Es razonable lo que te ocurrió.

Eres tú quien declaró un pago de alquiler y recibiste un beneficio al obtener una deducción. Por lo tanto eres tú quien, en primer lugar, ha de justificar ese alquiler.

Una vez justificado y siendo correcta tu deducción fiscal ya se encargará Hacienda de resolver "sus asuntitos" con el arrendador que no ha declarado los ingresos.

D

#14 No es falso dilema. Es una realidad.

En cuanto desgravas algo de alquiler Hacienda te envía una cartita pidiéndote que justifiques el alquiler. Y si no está quien paga la multa eres tú, no el dueño de la vivienda.

A veces la carta te llega varios años más tarde, cuando conseguir los papeles que verifiquen el pago de alquiler te cuesta un par de mañanas en el banco.

En mi ordenador llevo el histórico de alquileres pagados desde 2014 para que no me vuelvan a pillar.

El fraude lo está realizando el dueño del piso, que además comete una ilegalidad, pero Hacienda solo carga contra el que vive en la casa, aunque la culpa no sea suya... y ya irás tú a juicio con el dueño de la casa. Y ánimo cuando se rompa algo y le digas que lo arregle, seguro que llega feliz y contento.

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