#5 lo que viene a decir #2 es que si la hija luego se retracta, no hay nada con lo que acusar al hombre. Lo cual posiblemente explicaría que lo hayan dejado en libertad.
De todas formas yo creo que #2 se equivoca. Porque, en el supuesto de que la hija viva bajo el mismo techo que su padre y sea mantenida por él, cualquier consentimiento que prestase no sería válido, estaría viciado. Si no puede dar consentimiento, que el padre se la folle es delito. Como lo sería que un jefe se folle a su empleada. La mayoría de edad de ambos es irrelevante.
#5#12 Sabes que si lo hay, y sabes que no llevaban mucha ayuda, que el objetivo principal era aumentar la presión internacional para abrir un corredor humanitario.
#5 Bueno de esta forma quizá Rufian pueda aportar pruebas razonables de esa prevaricación al tribunal con lo que quizá al peinado no le interese realmente que esto llegue a ningún sitio.
#5 y #10 El delito de calumnias, hasta donde yo sé, implica que el delito imputado ha de ser falso o se impute con una temerario desprecio a la verdad, lo cual no implica, necesariamente, a mi modo de ver, que obligatoriamente ha tenido que haber un juicio y condena. E incluso según las características del juicio, puede que incluso si no hay condena no sea falso. Resumiendo, existencia o no del delito no implica siempre ausencia o no de condena. Me explico con un par de ejemplos:
-El amiguito de Aznar, Cesar Alierta, no fue condenado por el caso Tabacalera por que logró que prescribiera. En la sentencia final se dice claramente que los hechos delictivos fueron probados y ciertos.
-El demerito. Creo que está mas que probado que defraudo impuestos y evadió capitales. En este caso no ha… » ver todo el comentario
#6#5 por no contar que aún somos muy gañanes y lo mismo con esa información, algún hdp se carga esos pobres linces. Lo mismo pasa con lobos, como se publiquen fotos en redes de los animales y alguien doxee, en vez de foto se convierte en esquela. Es una pena la deriva que tomamos...
#5 Pero Rufián está protegido por la "inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones", así que puede decir lo que le venga en gana.
Y antes de que alguien diga que no estaba en ejercicio de sus funciones, recordemos las veces que diputados desde detrás de un atril con el logo de su partido, haciendo campaña electoral (acto privado y no en funciones de diputado), han dicho auténticas barbaridades sin ninguna responsabilidad penal.
#5 Lo que pasa es que a lo mejor, si llega a juicio, Rufián se dedica a demostrar que ha prevaricado e, incluso si no logra demostrarlo del todo, se airean un montón de trapos sucios y relaciones y le sale a cuenta pagar la multa.
#5Básicamente no puedes ir diciendo por ahí que Fulanito es un violador, si no está condenado
No es así. La línea que marca la existencia o no de calumnia no es la existencia de una condena en firme. Nos hemos acostumbrado a ello porque la prensa se cura en salud anteponiendo el "presunto" delante siempre y ya nos parece que si no se hace así ya se está calumniando. Pero la línea, en realidad, la marcan los hechos probados. Si yo digo públicamente que fulanito es un violador y puedo demostrarlo, dará igual que no exista una condena previa a que lo haya dicho. De hecho, el CP en su artículo 207 contempla que si existe una condena por calumnias y posteriormente se demuestra que era verdad, dicha condena se revierte automáticamente.
Con esto no estoy diciendo que a Rufián no le vaya a caer reprimenda judicial, sólo digo que tenemos que quitarnos esa idea de que ya está condenado por no pesar sobre Peinado ninguna condena por prevaricación. La cosa es más complicada y Rufián va a tener la posibilidad de demostrar sus acusaciones.