#17 Lo que dice el TC es que el derecho al aborto ya está de facto incluído en el art. 15. No haría falta incluir nada entonces.
"La interrupción voluntaria del embarazo como parte del contenido constitucionalmente protegido del derecho fundamental a la integridad física y moral (art. 15 CE)."
No por explicitarlo en el 43 dejaría de ser fundamental.
En mi opinión Montero intenta diferenciarse en algo con poco recorrido
#3 El problema es que la derecha compite a ver quién está más a la derecha y luego tenemos a supuestos socialdemócratas también haciendo leyes de derechas
1. El testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses.
2. Si el falso testimonio se diera en contra del reo en causa criminal por delito, las penas serán de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses. Si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado.
3. Las mismas penas se impondrán si el falso testimonio tuviera lugar ante Tribunales Internacionales que, en virtud de Tratados debidamente ratificados conforme a la Constitución Española, ejerzan competencias derivadas de ella, o se realizara en España al declarar en virtud de comisión rogatoria remitida por un Tribunal extranjero.
"La interrupción voluntaria del embarazo como parte del contenido constitucionalmente protegido del derecho fundamental a la integridad física y moral (art. 15 CE)."
No por explicitarlo en el 43 dejaría de ser fundamental.
En mi opinión Montero intenta diferenciarse en algo con poco recorrido