¿Qué es lo que dijo que el PP no quiere que los extremeños oigan?
De aquí a los próximos meses habrá elecciones y campaña continua.
¿Tendrá esa Junta Electoral Central que decidir por todo lo que diga cualquier "cargo público"?
En un desarrollo complementario, el magistrado Manuel Marchena advierte en otra pieza del mismo medio que, incluso en auditorías apoyadas en IA, la responsabilidad última de cualquier error recae en profesionales humanos y no puede eludirse alegando “confianza en el algoritmo”. Este enfoque refuerza la idea de que la IA debe limitarse a funciones auxiliares y no a decisiones con impacto jurídico o profesional pleno.
#1 Es cierto que ahora se le recuerda al PSOE que calló cuando el lawfare se cebaba con otros, pero tampoco es verdad que ellos hayan vivido blindados. Llevan años tragando con un sistema que también los ha triturado.
Ahí está Concepción Espejel: llegó a mantener imputado a un presidente autonómico por una barbacoa, fue apartada de Gürtel por afinidad con el PP… y hoy está en el Constitucional. Ascensos “por méritos”, ya tal.
O el caso ERE: años de titulares, troceado artificial, ningún euro robado por los presidentes (que dimitieron), malversación usada como comodín y luego corregida por el Constitucional. Pero el daño ya estaba hecho.
Y ya que hablamos de ejemplaridad: por ir a una cacería con un juez, Bermejo dimitió como ministro de Justicia. Viendo cómo está el panorama, ya podían tomar nota Marchena, García-Castellón, Del Moral, etc. cada vez que hay una sospecha razonable de parcialidad.
Porque este no es un problema del PSOE, ni de Podemos, ni de independentistas.
Es un problema de salud democrática.
Y el día menos pensado, cualquier paisano puede verse en Alsasua, en un desahucio, o imputado por terrorismo, o que le derriben la casa o se la expropien para que se lucre Quirón.
Cuando la arbitrariedad se normaliza, tarde o temprano nos alcanza a todos.
#1 ???? Resumen de la sentencia contra el Fiscal General del Estado
La Sala del Tribunal Supremo condena al FGE por revelación de secretos basándose exclusivamente en prueba indiciaria. No hay prueba directa de que filtrara el famoso correo:
- no se sabe cómo,
- no se sabe cuándo,
- no se sabe a través de qué medio,
- ni se identifica a la persona concreta que habría ejecutado la filtración.
La sentencia construye la autoría diciendo que fue “él o alguien de su entorno, con su conocimiento”, sin determinar quién, cómo o por qué.
Esto sirve para imputar la filtración al acusado pese a que los propios periodistas declararon que su fuente no fue él, y pese a que existían otras filtraciones previas que no se han investigado (incluidas las de Miguel Ángel Rodríguez y González Amador).
Además, la sentencia incorpora la nota de prensa como elemento incriminatorio, aunque reconoce que no revela nada nuevo y que su contenido ya era público. No fue juzgada como delito, pero se usa para reforzar la condena.
Resumen del voto particular
El voto particular de dos magistradas es demoledor y desmonta la sentencia pieza por pieza:
- No hay prueba suficiente para destruir la presunción de inocencia.
- La “inferencia” utilizada por la mayoría es demasiado abierta y admite conclusiones alternativas.
- No se explica el mecanismo del delito, lo que impide ejercer la defensa.
- La nota de prensa no contiene revelación alguna y su uso como “prueba incriminatoria” es improcedente.
-La condena se basa en una hipótesis, no en hechos probados: “No se relata cómo pudo realizarse la acción delictiva.”
- La valoración de las pruebas de los periodistas desmonta totalmente el relato de la acusación.
En otras palabras: el voto particular sostiene que la sentencia es arbitraria, está mal fundamentada y vulnera derechos fundamentales básicos.
???? Repercusiones y lo que probablemente ocurrirá
#27 • Prueba directa (documental/forense) de que el FGE enviara el correo del 02/02/2024 a un medio: no consta en la causa del Supremo.
• Indicios en autos: varios periodistas han declarado que ya tenían el correo antes de la nota del 14/03/2024 y antes de que el propio FGE lo conociera; además, MAR reconoció haber difundido la información en un chat de periodistas. Eso, si acaso, apunta en sentido contrario a la hipótesis de filtración por el FGE.
• Objeto del juicio: una presunta filtración previa; la nota del 14/03/2024 es contexto, no el hecho típico enjuiciado.
• Conclusión jurídica: hoy por hoy no hay prueba directa contra el FGE; los indicios son discutibles y rige la presunción de inocencia. Cualquier otra responsabilidad (p. ej., revelación de secretos por terceros) exigiría investigación y acreditación específica en la sede competente.
- ¿Por qué no se investiga a MAR por la filtración?
- ¿Por qué el fiscalía de Madrid evitó hacer la nota de prensa en un primer momento?
- ¿Por qué no lo hizo cuando un periódico vertía acusaciones tan graves y delictivas sobre uno de sus miembros?
- ¿Por qué sólo se ha investigado al FGE cuando hay testigos que declaran que fue otra persona más allá del que lo ha reconocido MAR?
- ¿Por qué con ningún indicio se ha producido tal atropello de libertades individuales?
La verdad es que tengo más preguntas que respuestas. Si eso le hacen al FGE ¿qué te harán a ti si te pones en su camino? Es un aviso a navegantes
#26 No es “estrella”, es tipicidad y cronología. El Supremo no juzga la nota de prensa del 14/03/2024, sino una presunta filtración previa del correo de 02/02/2024 a periodistas antes de su difusión oficial; la nota queda como contexto, no como el hecho típico enjuiciado (art. 417 CP).
Hechos relevantes con fechas:
• 06/03/2024: redacciones ya tenían el correo de la defensa de A. González Amador (confesión y propuesta de conformidad). Varios periodistas lo han declarado en el juicio.
• 13/03/2024 (noche): estalla el bulo del “pacto ofrecido por la Fiscalía”.
• 14/03/2024: la Fiscalía publica nota desmintiendo que la oferta partiera de ella. La nota no es el objeto del proceso en el Supremo.
Quién tiene la “estrella”:
• MAR (jefe de gabinete de Ayuso) admitió que difundió a periodistas la información del correo en un chat, lo que precede a la nota y desplaza la cadena de custodia de cualquier “secreto” fuera del ámbito del FGE. No consta que esté encausado por estos hechos. Revelación de secretos por el chat de periodistas y malversación de fondos públicos por ayudar a "un paisano particular".
• A. González Amador: la Audiencia de Madrid (07/11/2025) ha confirmado su procesamiento por fraude fiscal y falsedad documental (350.000 € con facturas falsas, tras los 2 M€ de comisiones por mascarillas).
Trato desigual (dato objetivo):
• Al FGE le registran despacho y dispositivos por orden del Supremo (30/10/2024), con clonados de móviles y ordenadores, y análisis forense posterior. La UCO no halló información de interés en los datos de Google/WhatsApp (30/04/2025).
• Sobre Amador, la causa avanza con procesamiento confirmado, pero no constan diligencias intrusivas equivalentes (como las sufridas por el FGE) en esta pieza; en todo caso, el foco mediático y policial ha sido notablemente más intenso sobre el FGE que sobre quien está procesado por delito fiscal.
Y el ruido llega a Europa: asociaciones de fiscales/magistrados europeos han expresado preocupación por un juicio “sin precedentes” al FGE y por el riesgo de procesos oportunistas (09/11/2025).
#5 El juicio del Supremo no va sobre la nota de prensa: el objeto es una presunta filtración previa a periodistas del contenido del correo antes de ser pública. La nota queda como contexto, no como el hecho típico enjuiciado. Por eso resulta extemporáneo que el decano del ICAM salga hoy a decir que se podía “desmentir sin revelar”: esa afirmación puede servir para titulares, pero no aporta al núcleo del proceso (que no está juzgando la nota). El instructor delimitó los hechos así en el auto de procedimiento abreviado, y la Sala ha mantenido esa acotación al desestimar los recursos: lo indiciario es que el fiscal general facilitó a un medio el contenido confidencial del correo del 2-feb-2024; la nota de prensa no se considera, por sí sola, el delito, aunque figure como contexto.
No entraré en la lista de despropósitos como que el Estadi Olímpic esté «aislado del ruido». La verdad es que soltar exabruptos intentando no perder el toque swiftie tiene su encanto. También los comentarios de haters dentro del propio artículo. En el mejor estilo carpetovetónico, hay quien se lanza a defender Madrid (¿de verdad creen que está limpio?) o a soltar argumentos ad hominem.
No será el mejor artículo del mundo, pero al menos tiene enlaces, cierto humor y reparte para todos los lados. Eso sí, parece que si no eres de Madrid, decir obviedades como que vivir allí es caro, que está lleno de turistas, que la reforma del Bernabéu tiene más sombras que luces o que el Metropolitano está a tomar por saco, se convierte en sacrilegio.
Al final, parece más un texto para desahogarse, usando de excusa que alguien ha dicho que van a multar a Rosalía por algo que ni siquiera se sabe si ha hecho o no.
Dicho esto, como persona de orden, diré que la ley está para cumplirse, seas Rosalía o Florentino Pérez. Y si la ley es injusta, toca luchar para cambiarla. Pero claro, en este país de pandereta siempre resulta más fácil llenar periódicos con falacias que llenar sentencias judiciales con argumentos jurídicos.
#13 Totalmente de acuerdo. Entiendo que hay procesos que deben ser rigurosos —como los contratos laborales, la declaración de la renta o la inscripción en el registro civil—, pero en este caso creo que el problema no está en la norma, sino en cómo se gestiona.
Desde mi punto de vista, la Comunidad de Madrid no parece estar buscando mejorar la situación de los becarios ni facilitar realmente la vida de las empresas. Si de verdad les preocupara la complejidad de los trámites, acompañarían la medida con soluciones prácticas: una oficina única para gestionar las prácticas, un manual claro con los pasos a seguir o incluso una ventanilla del becario que centralizara todos los contratos y evitara los “errores formales”.
En el fondo, me da la sensación de que se usa el discurso de la “colaboración con las empresas” como excusa, cuando lo que hay detrás es más bien una política de confrontación. Y sinceramente, estoy bastante en contra de esa forma de hacer política: en vez de crear soluciones reales, se prefiere polarizar, porque es más fácil que diseñar y explicar buenas políticas públicas.
#9 Desde mi punto de vista, si lo que quieres es ayudar a que nadie cometa un error o simplificar los trámites lo que haces es clarificar el proceso o simplificar los trámites. Si tu intención es otra, pues haces otra cosa.
La obligatoriedad de dar de alta a los becarios en la Seguridad Social no debería suponer grandes dificultades, ya que el procedimiento es similar al de cualquier trabajador. Sin embargo, la diferencia es que las prácticas no son una relación laboral ordinaria: no hay contrato clásico, los periodos pueden ser muy breves o discontinuos y en muchos casos intervienen varias instituciones a la vez (universidad, empresa, administración). Esa complejidad multiplica los trámites y, con ellos, el riesgo de errores burocráticos: altas fuera de plazo, datos mal registrados o problemas de encaje con el calendario académico. Cualquier desajuste, aunque sea mínimo, puede derivar en sanciones o en que la empresa figure como “no al corriente”. En ese terreno se apoyan las críticas, más que en la idea de que los becarios deban cotizar.
Versión crítica con el Gobierno (en clave política)
La Comunidad de Madrid denuncia que la medida estatal introduce una maraña de trámites que, en la práctica, convierte en una carga lo que debería ser una garantía para los estudiantes. Aunque las cotizaciones están bonificadas, cualquier error formal —un alta mal comunicada, una fecha equivocada— puede tener consecuencias desproporcionadas para empresas y organismos públicos, como quedar automáticamente en situación irregular frente a la Seguridad Social. Desde esta óptica, no se cuestiona la justicia de que los becarios coticen, sino la falta de una normativa clara, flexible y homogénea que evite que las instituciones tengan que navegar en un campo minado de papeleo.
Versión crítica con Ayuso (contrapunto)
En realidad, los trámites de dar de alta a un becario no son distintos a los de un trabajador temporal, y las empresas llevan décadas acostumbradas a manejar esa burocracia. Los “errores formales” a los que alude el borrador de la ley autonómica no son más frecuentes que en cualquier otro contrato breve, y en la mayoría de los casos se solventan con simples subsanaciones administrativas. De hecho, la medida de cotizar busca precisamente equiparar los derechos de los estudiantes con los del resto de trabajadores y evitar abusos en las prácticas no remuneradas. Por eso, más que un problema real, la protesta parece tener un trasfondo político: usar la norma estatal como excusa para confrontar con el Gobierno central y reforzar el discurso de la “libertad” frente a la “imposición”.
Quiero pedir disculpas a todas las personas que se sintieron ofendidas con este envío. La idea surgió después de ver el monólogo de Jimmy Kimmel tras su cancelación que me hizo reflexionar sobre si realmente vivimos en una democracia plena, y uno de los ejemplos que me vino a la cabeza fue la censura a algunos medios rusos en la UE, concretamente RT y Sputnik, cuya emisión y distribución se prohibió mediante el Reglamento (UE) 2022/350 tras la invasión de Ucrania.
A partir de ahí, me pareció obvio el contraste entre los personajes elegidos, aunque entiendo que aún usando la forma satírica y la comparación provocadora se haya interpretado en clave política muy distinta a la que pretendía. Algunos han leído entre líneas una defensa del autoritarismo, y quiero dejar claro que nada más lejos de mi intención.
El texto fue generado con un tono humorístico y satírico obviamente mediante un prompt, y no representa en ningún caso una defensa de sistemas totalitarios. Mi único objetivo era invitar a la reflexión crítica sobre las debilidades y contradicciones de nuestras propias instituciones democráticas, precisamente para fortalecerlas frente a los riesgos autoritarios. Era inevitable mantener cierta equidistancia para crear el debate.
Asumo mi “penitencia” por la pérdida de karma que me impide volver a publicar y las críticas recibidas, pero creo que es también un deber cívico aclarar que mi propósito nunca fue polarizar ni blanquear regímenes dictatoriales, sino abrir un debate sobre cómo entendemos la democracia y cómo podemos mejorarla en Europa.
#10 Me corrijo a mí mismo, perdón por no haber sido estricto en la publicación, que en ningún caso quería ser sería ni periodística y te doy las gracias por intentar que no se publiquen noticias erróneas.
Esto creo que es más correcto.
Buena pregunta . No es correcto decir que “se prohibieron todos los medios rusos”. Lo que sí ocurrió es lo siguiente:
Tras la invasión de Ucrania en febrero de 2022, la Unión Europea prohibió la emisión, distribución y monetización de varios medios controlados por el Kremlin, empezando por Russia Today (RT) y Sputnik.
Estas prohibiciones se adoptaron mediante Reglamentos del Consejo de la UE (ejemplo: Reglamento (UE) 2022/350 de 1 de marzo de 2022).
Más adelante, la lista se amplió a otros medios estatales o controlados por el gobierno ruso: Rossiya RTR, Rossiya 24, TV Centre International, Channel One Russia, NTV/NTV Mir, REN TV, Russia 1, Sputnik, RT en todas sus lenguas, Russia Today Documentary, entre otros.
En total, hablamos de una docena larga de canales y plataformas asociadas.
Pero:
No todos los medios rusos fueron prohibidos. Periódicos digitales como Kommersant, Izvestia o Novaya Gazeta (cuando aún publicaba) seguían siendo accesibles desde la UE, aunque algunos sufrieron restricciones en Rusia misma.
La medida se centró en los medios audiovisuales financiados o controlados directamente por el Estado ruso, considerados instrumentos de propaganda.
Conclusión:
No es cierto que se prohibieran “todos los medios rusos”.
Tampoco es bulo que la UE aplicó censura: sí prohibió un grupo concreto de medios, con efecto en todas sus plataformas (webs, emisiones, YouTube, redes sociales en la UE).
Nada más lejos de mi intención que defender sistemas autoritarios. Si alguien ha entendido el artículo como una justificación del modelo ruso o una deriva fascista, quiero aclarar de manera rotunda que no es así. Mi intención era, con un tono satírico, provocar un debate crítico sobre la democracia en Europa: cómo se eligen sus instituciones, qué mecanismos de control existen y hasta qué punto la ciudadanía siente que tiene voz en decisiones que afectan directamente a su vida cotidiana.
Si esta controversia ha hecho que algunos se interesen por el funcionamiento real de la UE y su diferencia con los regímenes autoritarios, bienvenida sea. La crítica a nuestras instituciones no es un ataque a la democracia, sino un ejercicio democrático en sí mismo: exigir más transparencia y más cercanía con los ciudadanos.
2. Cómo se elige la Comisión Europea
La base legal está en el Tratado de la Unión Europea (TUE), especialmente en su artículo 17, y en el Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE). Simplificando, el proceso formal es el siguiente:
Elecciones al Parlamento Europeo (cada 5 años).
Los ciudadanos de la UE votan a sus representantes al Parlamento Europeo.
Propuesta del presidente/a de la Comisión Europea.
El Consejo Europeo (jefes de Estado o de Gobierno de los 27 Estados miembros), teniendo en cuenta los resultados de las elecciones europeas y tras mantener consultas, propone un candidato a presidente de la Comisión.
Aquí entra la primera parte “política”: aunque el Tratado habla de tener en cuenta las elecciones, el Consejo no está obligado a elegir al candidato más votado en el Parlamento (de ahí que en 2019 se descartara al “spitzenkandidat” Manfred Weber y acabara emergiendo Ursula von der Leyen, que ni siquiera había sido candidata directa).
Elección por el Parlamento Europeo.
El Parlamento Europeo debe aprobar al candidato/a a presidente de la Comisión por mayoría absoluta de sus miembros.
#1 Gracias por tu comentario. Te pido disculpas si la comparación te ha resultado ofensiva, no era mi intención en absoluto. El artículo estaba escrito en clave satírica, precisamente para provocar reflexión y debate sobre qué entendemos por democracia y cómo se ejerce en la práctica.
Tienes toda la razón en que existen diferencias esenciales entre ambos casos. Von der Leyen fue elegida por el Parlamento Europeo, que a su vez es escogido en elecciones libres, y la Unión Europea dispone de múltiples contrapesos institucionales que nada tienen que ver con el sistema hipercentralizado de Rusia. Por otro lado, como señalas, el historial de Putin en relación con opositores políticos, libertad de prensa y acumulación de poder es bien documentado por organismos como Freedom House o Reporteros Sin Fronteras, que sitúan a Rusia en la categoría de país “no libre” o con graves limitaciones democráticas.
Mi intención con la sátira no era igualar ambas realidades (evidentemente no lo son), sino subrayar las contradicciones y debilidades percibidas en el sistema europeo: la falta de elección directa de la presidencia de la Comisión, la distancia entre las instituciones y la ciudadanía, o las polémicas en torno a la censura de determinados medios.
De nuevo, lamento si la forma ha podido herir sensibilidades. Ojalá podamos quedarnos con el fondo del debate: qué significa democracia en contextos distintos y cómo podemos fortalecerla en Europa sin dar argumentos fáciles a regímenes autoritarios.
Como ves tanto para el artículo como los comentarios lo filtro por ChatGPT.
#37 Resultado de pasar el documento por ChatGPT en busca de fallos e inconsistencias.
Es cierto que la respuesta se apoya en análisis y opiniones publicados tras la presentación del plan, pero precisamente por eso sorprende que en el propio partido no hicieran un ejercicio similar antes de difundirlo. Con apenas diez minutos de revisión se habrían ahorrado un buen bochorno, tanto en el fondo como en la forma.
El problema no es la herramienta (una IA gratuita hace el trabajo), sino la falta de profesionalidad y de control de calidad en la política actual. Que un documento oficial llegue al público con errores de edición tan groseros y propuestas de dudosa viabilidad legal pone de manifiesto no sólo el oportunismo, sino también la ausencia de meritocracia en los equipos de comunicación y asesoría técnica.
He probado a analizar con un prompt de ChatGPT el documento del PP (Plan Integral de Ayuda, Recuperación y Prevención para el Medio Rural y Forestal, 25/08/2025) y el resultado evidencia carencias graves que deberían haber sido detectadas por cualquier equipo político mínimamente preparado. Con una metodología elemental se obtienen conclusiones que ponen en cuestión el rigor técnico y legal del texto.
1. Fallos de edición
En la propuesta nº18 quedó sin eliminar una nota interna: “ya se hacen, hay que dar la idea de que se tienen que convocar de forma excepcional en estos momentos”. Este desliz convierte un documento programático en un ejercicio de propaganda mal disimulada.
2. Registro de “pirómanos” y pulseras telemáticas
Ya existe el Registro Central de Penados y el sistema SIRAJ. Crear un registro específico de incendiarios es redundante y choca con el RGPD y la LOPDGDD.
El término “pirómano” es clínico, no jurídico: el Código Penal sanciona los delitos de incendio (arts. 351-353), no la “piromanía”.
Las pulseras telemáticas hoy se aplican en contextos muy concretos (p. ej., violencia de género) con base legal expresa y decisión judicial motivada. Imponerlas de forma automática a todo condenado por incendio (incluidos accidentes de agricultores) vulneraría:
Art. 18 CE (intimidad y datos personales).
Art. 25 CE (principio de legalidad y proporcionalidad de las penas).
Jurisprudencia del TEDH (Uzun c. Alemania, De Tommaso c. Italia), que exige una ley clara, previsible y proporcional para medidas de geolocalización.
3. Cambios de uso forestal
El documento habla de “flexibilizar” cambios de uso tras incendios, pero la Ley de Montes (art. 50) lo prohíbe durante 30 años salvo excepciones muy tasadas con aprobación parlamentaria. La propuesta sería, tal cual, contraria a la legislación básica estatal.
Conclusiones
El plan mezcla medidas ya vigentes con ocurrencias de escaso fundamento técnico.
El “registro de pirómanos” y las pulseras telemáticas, planteados de ese modo, son difícilmente compatibles con la Constitución Española, el RGPD y la jurisprudencia europea.
El debate esencial —prevención, gestión forestal, financiación de brigadas— queda desplazado por propuestas de impacto mediático.
Lo verdaderamente preocupante es que con una simple instrucción a una IA se detectan fallos de legalidad y coherencia que cualquier asistente político con preparación debería haber visto. Esto revela un déficit de meritocracia y de capacidad técnica en la elaboración de políticas públicas.
Tenía como norma no comentar y no leer comentarios, pero ciertamente la incumplo. He leído un comentario de «si alguien me dice cómo presentar una querella» así que se lo he preguntado a ChatGPT y después he visto a ver cómo lo publicaba. Sólo me lo dejaba hacer en la sección de microrrelatos, y ha acabado en mi «parte privada». Así que he vuelto a preguntar y me ha dicho que si quería que alguien la leyese la «enviase». Yo lo hecho para probar sobre todo si es capaz de argumentar, no creo que nadie vaya a presentar una querella, pero la verdad que después de haber pasado por abogados este me parece un servicio mucho mejor y mucho más barato.
#83 Gracias, ahora tengo 6.05, pero sigo en «De momento no cumples los requisitos para enviar noticias, que tal si navegas un poco más antes de intentar hacer un envío? Para más información, revisa la wiki.»
¿Cómo podría publicar el microrrelato de otra manera? Leo la wiki, pero no veo lo que hago mal
Esta semana había pensado algo así
*Arancel Intelectual*
Compartían ideas, sueños y proyectos. Pero cuando él propuso una nueva iniciativa, ella reclamó derechos sobre cada pensamiento, cada inspiración. "Todo lo que creas aquí me pertenece", afirmó, imponiendo aranceles a su creatividad. Él, sintiéndose prisionero, decidió liberar su mente y marcharse, entendiendo que la verdadera innovación no admite dueños ni tarifas.
el de la semana pasada
*El Traje de la Rambla*
Nadie sabe de dónde salió, pero dicen que lleva décadas paseándose por Barcelona. Es un traje humilde: una camiseta azul marino con el escudo de la ciudad y una capa improvisada que cambia según la estación—en invierno, una manta vieja; en verano, un paño de cocina. A veces lo lleva un joven skater que recoge basura en el Parc de la Ciutadella. Otras, una señora de Gràcia que acompaña a los ancianos a cruzar la calle. Hay quien jura haber visto al mismo hombre desenmascarar carteristas en el metro de Plaça Catalunya y, esa misma noche, a una niña repartir comida a indigentes en el Raval.
Cuando uno de ellos se cansa, deja el traje colgado en una farola. Sin nota, sin palabras. Solo cuelga ahí, esperando al próximo. Y siempre hay un próximo.
Dicen que no importa quién lo lleve. Juntos, somos el héroe.
Lo puedes solucionar con Excel u otra hoja de cálculo de la siguiente manera:
-Si se agrupan en paquetes de 7 libros, no sobra ninguno --> Tiene que ser múltiplo de siete
-En una librería hay menos de 300 libros --> tiene que ser menor que trescientos
-- PRIMERA COLUMNA múltiplos de 7 menores de 300
--Si se agrupan en paquetes de 12, sobran 2 --> SEGUNDA COLUMNA será la función MOD(A1,12) o equivalente
--Si se agrupan en paquetes de 9, también sobran 2 --> TERCERA COLUMNA será la función MOD(A1,9) o equivalente
Usamos una CUARTA COLUMNA para encontrar la solución buscando en las columnas SEGUINDA y TERCERA cuando se cumple la condición RESTO = 2. IF((B1=2)*AND(C1=2),"SOLUTION",FALSE)
Me imagino que buscabas una respuesta desde el punto de vista de las matemáticas, pero para mí es sencillo rsolverlo así, después es cuestión de arrastrar o de cambiar criterios o fórmulas para encontrar otras soluciones.