#132 Estoy de acuerdo, pero debe haber un tope, y te lo digo como cotizante del mar, que estaba en 4 000€ antes del cáncer.
Podríamos poner un tope alto, pero razonable. Por ejemplo 2 800€ como cuantía máxima de la pensión.
La diferencia se puede usar para cubrir las pensiones mas bajas, que de eso se trata de que los que mas cotizan ayuden a los que menos lo hacen.
El pensar que todo son paguitas y que cada uno aguante su vela, lo único que hace es aumentar la precariedad.
No se trata de mantener a vagos subsidiados, se trata de quien ha trabajado toda su vida en una obra, un bar, una tienda, etc puede jubilarse sin preocuparse de si va a poder comer el mes que viene.
#131 Hombre, dependerá de cuál tienes. Yo tengo uno y está bastante bien, rendimiento medio del 8-9% al año y ventajas fiscales. Naturalmente, tiene sus pegas, sobre todo la falta de liquidez (hay que esperar diez años para sacar el dinero), pero si sabes en lo que te metes no me parece mala opción.
#37 Como continuacion a mi #46 chat gpt te explica cuales eran las limitaciones legales:
En la época del caso Filesa (finales de los 80 y principios de los 90), las principales limitaciones legales que impidieron condenar directamente al PSOE como partido por financiación ilegal fueron las siguientes:
Ausencia de tipificación del delito de financiación ilegal:
Hasta la reforma del Código Penal en 2015 (Ley Orgánica 1/2015), el delito de financiación ilegal de partidos políticos no estaba específicamente contemplado como tal en la legislación española. Esto significaba que, aunque se demostraran prácticas de financiación irregular, como las del caso Filesa, no existía un tipo penal específico para sancionar a un partido político como entidad por estas conductas. En su lugar, los tribunales solo podían perseguir delitos conexos cometidos por personas físicas, como falsedad documental, apropiación indebida o malversación.
Responsabilidad penal limitada a personas físicas:
Antes de la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en 2010 (y su ampliación en 2015), los partidos políticos, como asociaciones, no podían ser considerados responsables penales directamente. En el caso Filesa, las condenas recayeron sobre individuos (como Josep María Sala, Carlos Navarro y Aída Álvarez) por delitos específicos relacionados con la trama (falsedad en documento mercantil y apropiación indebida), pero el PSOE como organización no pudo ser imputado ni condenado, ya que la legislación no lo permitía.
Falta de regulación estricta sobre financiación de partidos:
La Ley de Financiación de Partidos Políticos de 1987 (Ley Orgánica 3/1987) era poco rigurosa y tenía lagunas importantes. No establecía controles efectivos sobre el origen de los fondos ni sanciones claras por irregularidades graves. Además, el Tribunal de Cuentas, encargado de fiscalizar las cuentas de los partidos, tenía competencias limitadas y carecía de capacidad para imponer sanciones penales. Esto… » ver todo el comentario
Sí, el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) ha estado implicado en varias causas relacionadas con presunta financiación ilegal, algunas de las cuales han resultado en condenas y otras están bajo investigación. A continuación, se detallan los casos más relevantes basados en la información disponible:
Caso Filesa (1988-1997):
Este es el caso más conocido de financiación ilegal del PSOE. El Tribunal Supremo acreditó que el PSOE obtuvo más de 1.200 millones de pesetas (unos 7,21 millones de euros de la época, equivalentes a 15,6 millones de euros en 2020) de manera irregular a través de una trama de empresas (Filesa, Malesa y Time Export) que cobraban por informes ficticios a bancos y empresas. Estos fondos se usaron para financiar campañas electorales de 1989 y el referéndum de la OTAN de 1986. Aunque el PSOE como partido no fue condenado directamente debido a que el delito de financiación ilegal no estaba tipificado en el Código Penal hasta 2015, ocho personas, incluidos tres cargos socialistas (Josep María Sala, Carlos Navarro y Aída Álvarez), fueron condenadas por delitos como falsedad documental y apropiación indebida. Algunos de los condenados recibieron indultos parciales en 2000 por el gobierno de José María Aznar.
Caso Azud (2007-2008, Valencia):
La Fiscalía Anticorrupción ha señalado indicios de financiación ilegal del PSOE valenciano (PSPV-PSOE) en las campañas electorales de 2007 y 2008. Según las investigaciones, empresas del grupo de Enrique Gimeno, como SITRA y FACSA, habrían pagado gastos electorales a través de facturas falsas emitidas por la empresa Cronosport, por un total de 108.344 euros en 2007 y 70.817,40 euros en 2008, para sufragar gastos de campaña al margen de la normativa legal y del Tribunal de Cuentas. La investigación apunta a una operativa de adjudicaciones públicas amañadas a cambio de estos pagos. El caso sigue en curso, y la Fiscalía ha rechazado el sobreseimiento de Gimeno, indicando… » ver todo el comentario
#17 Se te ha colado un poco de exageracion en ese "en toda Europa", ¿no crees?
Sin contar casi todos los paises pequeños que entiendo quieras quitarle relevancia en el contexto de casos como Italia pero... se me ocurre que Francia, Alemania o Reino Unido son algo "relevantes" a la hora de hacer esa afirmacion.
#19 Vaya comparación mas mal tirada. Que es peor, que alguien se vaya de putas o que alguien acose a una jovencita?
Aunque ya se la respuesta podemita, lo peor es lo que haya hecho el Pp, da igual el qué.
#19 Como no pueden irse de pilinguis porque esta peor visto en Podemos /Sumar que en Ppsoe, pues acosan a las militantes y demas.
Es como los curas, como no pueden ir con mujeres, pues con monaguillos.