#60 Gracias, eso era lo que no me cuadraba. Entonces se trata de un 'efecto Mandela', porque creía recordar su condena anterior.
Bueno, supongo que ahora sí irá a prisión si no hay nada raro.
#23 No entiendo lo que dices. No hablamos de prisión preventiva. Fue juzgado y condenado. ¿De qué riesgos de fuga hablas? Si está libre no hay riesgo de fuga, obviamente, porque ya está fuera de prisión.
Enfermos graves hay en prisión a millares. De SIDA, hepatitis, cáncer. ¿Por qué está libre él y otros presos no?
Su enfermedad quizás fue grave, no lo sé, pero parece claro que no es terminal.
Una nueva condena. ¿Y qué? Si no está en la cárcel ahora tampoco lo estará en el futuro.
Estoy de acuerdo en que lo del 23-F no aparece en la conversación... por tanto, creo que es una "interpretación" que hace quien escribe el artículo , quizá con un fin sensacionalista.
Esa interpretación no la hace solo ese diario sino muchas otras personas. Para algunos "está muy claro" que se refiere a eso... Pero recordemos que Alfonso Armada fue jefe de la Casa del Rey y que Sabino Fernández, amigo de Armada también ocupó ese cargo entre 1990 y 1993... Es cierto que mencionar los 7 años que estuvo en la cárcel Armada es algo que relaciona las palabras con el 23-F, ya que Armada fue a la cárcel por el golpe de estado. No es extraño pensar que lo que calló Armada pudiera ser algo relacionado con el 23-F, ya que parece dar a entender que estar 7 años en la cárcel (por el golpe) tenía relación con una posible tentación por soltar algo que sabía. Y, bueno, fue indultado en diciembre de 1988, que son casi 8 años.
Sin embargo, lo que dice Juan Carlos que estaba "soltando" Sabino Fernández no era nada del 23-F. Se habla de "vida privada" (¿líos amorosos? Ej: la mallorquina), de "vida económica" (ej: cuentas de Juan Carlos en Suiza).
Tú dices que es una conversación con la amante (cierto) sobre quién podría largar información sobre ellos... pero esta última parte de tu frase no está clara o no es así exactamente. Juan Carlos necesita contar los problemas a alguien, como quien va al psiquiatra, y le habla de sus problemas o preocupaciones a Bárbara Rey porque la conoce de muchos años (unos 20 años cuando tuvieron esa conversación). Menciona vida privada, sí, pero como un aspecto más, y, ojo, no solamente la vida privada de él con Bárbara sino que lo que contó Sabino en 1991 (siendo jefe de la Casa del Rey)
fue algo concerniente a la relación con otra amante (la mallorquina), y
también menciona vida económica, etc...
Pego parte de la conversación:
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Bárbara Rey: Por eso, son mentiras que él dice porque quiere decirlas, pero la gente no lo sabe y una persona que ha estado tan cerca de ti…
Juan Carlos I: Sí, pero se inventa cosas con periodistas de vida privada, de vida económica, de vida tal… ¡Huy, la de cosas que está diciendo! (…) Hay reuniones donde me critican y hablan de mí… y de mi vida y de cosas… y tal… Inventan y tal y, entonces, él está presente y, en vez de cortarlo, dice: «Bueno, si yo hablara, si yo dijera… Pero, claro, como yo no puedo hablar por mi lealtad, por mis años en la Casa…».
Bárbara Rey: O sea que calienta… echa leña al fuego…
#3 No, Sabino Fernández Campo no dimitió del puesto de Jefe de la Casa Real, sino que le destituyó Juan Carlos.
Un día le invitó a comer en Casa Lucio, junto con la Reina Sofía y estando Sabino delante le dijo a Sofía:
- Sofi, ¿sabes que Sabino nos deja?
Al parecer Sabino era muy amigo de Sofía o estaba más de parte de ella que de él...
#5 En general, cuando un periódico entrecomilla palabras aisladas, es bandera roja y señal de que probablemente hay manipulación. El periodismo tradicional solía entrecomillar frases enteras, que representaba lo que una persona había dicho (e incluso eso a veces tenía sus problemas cuando sacaban las frases de contexto).
Lo de entrecomillar palabras ya es de traca. Lo único que garantiza es que dijo esa palara, en alguna frase, que puede no tener nada que ver con lo que está hablando el periodista.
#33 Encontré la votación en el congreso sobre este acuerdo. Las únicas intervenciones fueron las de Pedret (PSOE) y Arístegi (PP) manifestando su apoyo al acuerdo y las de Llamazares (ERC-IU-IC) oponiéndose al mismo.
El resultado de la votación fue 339 a favor, 6 en contra, 3 abstenciones y 2 ausentes. El congreso estaba formado por PSOE 169, PP 152, CiU 10, PNV 6, ERC-IU-IC 5, Mixto 8 por lo que intuyo que votaron en contra ERC-IU-IC y alguien del grupo mixto
#59 "La empresa se encargará de la gestión y la difusión del escrutinio provisional de los votos"
no sé si es que no sabéis leer, o qué cojones pasa en este puto país.
#23#19 ok entiendo que a eso es a lo que se refieren con tener problemas para unificar las dos teorias.
Aunque un electrón debería caer igualmente a 9,8m/s2, independiente de la masa de este no?. Si influye en su posición no estaría haciendo que colapse? O eso no tiene nada que ver? (Pregunto sin tener ni idea)
#9 O sea, que me estás dando la razón que cuando la conversación se versa sobre el cambio climático antropogénico hay que usar el término variabilidad climática para hablar del cambio de clima en un periodo largo de tiempo.
#9#10 Hasta donde sé son legales si están homologados y hay unos cuantos. En mi ciudad siempre remitimos a una armería en concreto porque según nos consta venden un modelo que lo está y siempre aconsejamos guardar copia de la factura de venta como oro en paño para probar su origen.
#9 No se si en otros paises las normas son mas logicas. Como tu muestras que algo este prohibido en un lado, no quiere decir se anule en parte con excepciones en otra norma.
Encima el desconocimiento de la norma no te exime de cumplirla, puedes enseñar una norma, pero a lo mejor en algun otro lado hay otra norma que la anula. No sé como hacen los abogados, es un lio tremendo.
Supongo que esto lo conoce @Pasapollo. No se si todos lo abogados conocen estas normas de esprais de pimienta o a lo mejor preguntas a alguno o varios y te dicen cosas contradictorias, que al final es entendible.
Es fundamental que tengas en cuenta que el derecho de llevar siempre contigo un spray de pimienta legal y homologado está respaldado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, que establece el Reglamento de Armas.
En este reglamento, los sprays de defensa personal (según el artículo 5-i) se encuentran en la categoría de armas prohibidas. No obstante, se establece una excepción explícita a esta prohibición para los sprays de defensa personal homologados por el Ministerio de Sanidad (como se muestra en la imagen anterior).
i) Los “sprays” de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancias estupefacientes, tóxicas o corrosivas.
De lo dispuesto en este apartado se exceptúan los sprays de defensa personal que, en virtud de la correspondiente aprobación del Ministerio de Sanidad, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, se consideren permitidos,
en cuyo caso podrán venderse en las armerías a personas que acrediten su mayoría de edad mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte u otros documentos que acrediten su identidad.
ARTÍCULO 5 Reglamento de Armas
Esto significa que solamente los sprays de pimienta homologados son legales en España. Por lo tanto, es de suma importancia que, al adquirir el tuyo, te asegures de que está incluido en la lista mencionada anteriormente, que es publicada por el Ministerio.
#59 Pues es que ahí está la cuestión, que el parlamento puede hacer una moción de censura. Que ya sé que Macron es feliz no nombrando a una candidata de izquierdas pero es que la pueden echar al día siguiente del nombramiento. Si tienen el sistema que tienen, lo suyo sería buscar un acuerdo para que Macron nombre a alguien con la seguridad de que va a permanecer en el cargo al menos un tiempo.
#8#15#31 El RD archivo judicial tiene una disposición adicional donde lo militar será reglado por una ley específica y ahora buscando la específica. Real Decreto 1816/2009, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Archivos Judiciales Militares.
La competencia se la da al Tribunal central militar (o sea por debajo de la sala de lo militar del TS pero sin estar dentro del organo) previa a su paso al archivo histórico militar. No entra en los archivos centrales de justicia.
Dado lo "claro" que es la normativa. Lo que ha pedido el investigador es una respuesta negativa para que otros órganos se tengan que retratar.