Hace 4 años | Por --37472-- a lavanguardia.com
Publicado hace 4 años por --37472-- a lavanguardia.com

El secretario general de Vox, Javier Ortega Smith, ha pedido esta mañana que el Gobierno aplique el artículo 116 de la Constitución y declare el estado de alarma, excepción y sitio en Catalunya ante las protestas que se han producido tras la publicación de la sentencia del 1-0 .

Comentarios

wondering

#13 De momento Torra le gana la partida en eso.

D

#25 no me digas? Ha eliminado estos derechos? Ah, ya me parecia a mi que no y mira que a mi Torra me cae como una patada en los cojones pero las cosas como son

- El derecho a la libertad y seguridad personales (art. 17). Declarado el estado de excepción, podrá procederse a la detención de cualquier persona siempre que existan fundadas sospechas de que esa persona vaya a provocar alteraciones del orden público, durante un plazo máximo de diez días, debiéndose comunicar en el plazo de veinticuatro horas dicha detención al juez, quien podrá requerir en cualquier momento información sobre la situación del detenido. No afecta al procedimiento de habeas corpus, con lo cual, toda persona detenida ilegalmente podrá ser de inmediato puesta en libertad. En el estado de sitio, se prevé también la posibilidad de suspender las garantías jurídicas del detenido (asistencia letrada, derecho a ser informado de la acusación...) previstas en el artículo 17.3.
- El derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2), pudiendo la autoridad gubernativa -con inmediata comunicación al juez competente- ordenar y disponer inspecciones y registros domiciliarios si lo considera necesario para el mantenimiento del orden público.
- El derecho al secreto de las comunicaciones, en especial de las postales, telegráficas y telefónicas (art. 18.3), con las mismas cautelas de comunicación inmediata a la autoridad judicial y siempre que la intervención de las comunicaciones fuese necesaria para el esclarecimiento de hechos delictivos o el mantenimiento del orden público.
- La libertad de circulación y residencia (art. 19). Puede prohibirse la circulación de personas y vehículos, así como delimitarse zonas de protección y seguridad, e incluso exigir la comunicación de todo desplazamiento u obligar a una persona a desplazarse fuera de su lugar de residencia. Para la adopción de tales medidas, la autoridad gubernativa deberá tener motivos fundados en razón de la peligrosidad que para el mantenimiento del orden público suponga la persona afectad por tales medidas.
- Los derechos a la libertad de expresión, a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica (art. 20.1 a) y d) y el secuestro de las publicaciones, grabaciones u otro medio de información 20.5). La adopción de estas medidas -se advierte expresamente en la Ley Orgánica 4/1981- no podrá llevar aparejada ningún tipo de censura previa.
- Los derechos de reunión y manifestación (art. 21), pudiendo la autoridad gubernativa someter reuniones y manifestaciones a la exigencia de autorización previa, prohibir su celebración o proceder a la disolución de las mismas. Expresamente quedan excluidas las realizadas por partidos políticos, sindicatos u organizaciones empresariales en cumplimiento de los fines previstos en los artículos 6 y 7 de la Constitución.
- Los derechos de huelga y a la adopción de medidas de conflicto colectivo (arts. 28.2 y 37.2), facultando la ley a la autoridad gubernativa para decretar la prohibición de los mismos.

Sulfolobus_Solfataricus

#7 El fuego ya lo prendieron los nacionalistas hace mucho rato y lo alimentan continuamente, esto es una reacción.

b

#28 Y tú más.

#32 No, simplemente recuerdo quiénes iniciaron y mantienen el conflicto vivo. Los indepes están colándoos la mentira de que es como mucho una responsabilidad compartida, pero no lo es.

b

#34 Y qué opinas de la noticia?

#44 Que no es necesario de momento, pero es una herramienta que no hay que descartar ya que el gobierno regional es muy poco fiable defendiendo los derechos de la gente en Cataluña (más bien los ataca en cuanto puede).

b

#45 Respeto tu opinión pero también manifiesto lo poco que gusta me gusta tu adjetivo “regional”. Constitucionalmente hablando, se trata de una comunidad autónoma. Y llamarlo de una forma u otra deja entrever tu ideología con suma claridad.

b

#46 Por cierto: vivo en Barcelona y salvo algunos metros cuadrados, el resto es un remanso de paz. Vaya, que aplicarnos el 155 sería como aplicarlo en un par de Zaragozas. Te lo digo porque salvo esos metros cuadrados, el resto de la ciudadanía está tan tranquila como pueda estarlo Zaragoza hoy mismo.

Sulfolobus_Solfataricus

#46 No empleo regional como título jurídico, sino geográfico. Cataluña es una región de España, constituida en comunidad autónoma. Es un uso objetivamente correcto.
Si quieres "entrever" mi ideología puedes preguntarme también, no es que me avergüence. Sí, uso el término región en parte por la insistencia de otros en llamar a España "el Estado", o a Cataluña "país" y "nación", como contraste con sus ansias de grandeza que no se corresponden con la realidad. Cataluña es sólo eso, un trozo de España, en nada superior a otros trozos.

D

Comentar que el estado de excepción y el de sitio pasa por eliminar derechos y libertades fundamentales

La suspensión de derechos, como se ha anticipado, es cuestión estrechamente relacionada con la declaración de las situaciones excepcionales, que procede, a tenor del artículo 1 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, "cuando circunstancias extraordinarias hiciesen imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios de las autoridades". Las situaciones excepcionales en las que se permite la suspensión de derechos y libertades son, para nuestra Constitución, el estado de excepción y el estado de sitio, puesto que en el estado de alarma, regulado también en la citada Ley Orgánica como situación excepcional, no se hace posible tal suspensión de derechos.
El estado de excepción podrá declararse "cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales para la comunidad o cualquier otro aspecto del orden público resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para establecerlo y mantenerlo" (artículo 2 de la Ley Orgánica 4/1981). El de sitio, "cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no pueda resolverse por otros medios" (artículo 32 de la misma Ley).


- El derecho a la libertad y seguridad personales (art. 17). Declarado el estado de excepción, podrá procederse a la detención de cualquier persona siempre que existan fundadas sospechas de que esa persona vaya a provocar alteraciones del orden público, durante un plazo máximo de diez días, debiéndose comunicar en el plazo de veinticuatro horas dicha detención al juez, quien podrá requerir en cualquier momento información sobre la situación del detenido. No afecta al procedimiento de habeas corpus, con lo cual, toda persona detenida ilegalmente podrá ser de inmediato puesta en libertad. En el estado de sitio, se prevé también la posibilidad de suspender las garantías jurídicas del detenido (asistencia letrada, derecho a ser informado de la acusación...) previstas en el artículo 17.3.
- El derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2), pudiendo la autoridad gubernativa -con inmediata comunicación al juez competente- ordenar y disponer inspecciones y registros domiciliarios si lo considera necesario para el mantenimiento del orden público.
- El derecho al secreto de las comunicaciones, en especial de las postales, telegráficas y telefónicas (art. 18.3), con las mismas cautelas de comunicación inmediata a la autoridad judicial y siempre que la intervención de las comunicaciones fuese necesaria para el esclarecimiento de hechos delictivos o el mantenimiento del orden público.
- La libertad de circulación y residencia (art. 19). Puede prohibirse la circulación de personas y vehículos, así como delimitarse zonas de protección y seguridad, e incluso exigir la comunicación de todo desplazamiento u obligar a una persona a desplazarse fuera de su lugar de residencia. Para la adopción de tales medidas, la autoridad gubernativa deberá tener motivos fundados en razón de la peligrosidad que para el mantenimiento del orden público suponga la persona afectad por tales medidas.
- Los derechos a la libertad de expresión, a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica (art. 20.1 a) y d) y el secuestro de las publicaciones, grabaciones u otro medio de información 20.5). La adopción de estas medidas -se advierte expresamente en la Ley Orgánica 4/1981- no podrá llevar aparejada ningún tipo de censura previa.
- Los derechos de reunión y manifestación (art. 21), pudiendo la autoridad gubernativa someter reuniones y manifestaciones a la exigencia de autorización previa, prohibir su celebración o proceder a la disolución de las mismas. Expresamente quedan excluidas las realizadas por partidos políticos, sindicatos u organizaciones empresariales en cumplimiento de los fines previstos en los artículos 6 y 7 de la Constitución.
- Los derechos de huelga y a la adopción de medidas de conflicto colectivo (arts. 28.2 y 37.2), facultando la ley a la autoridad gubernativa para decretar la prohibición de los mismos.

http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=55&tipo=2

b

#10 Eso les pone burracos. Lo de eliminar derechos fundamentales a catalanes y vascos. Les tienen unas ganas...

D

#33 A los vascos y los catalanes sólo? Yo más bien diría a todos los españoles

karakol

Y también dos huevos duros.

c

Y que traigan al paraca de la farola... y la cabra.

a

#1 Todavía no han pedido bombardear la ciudad desde el castillo, aún les falta margen para ser todavía más capullos

" el estado de alarma, excepción y sitio" Esta es la solución al problema de una parte muy grande de los que llaman nacionalistas a los catalanes, sin pararse a pensar lo que proclaman ellos de España.

Shotokax

Para demostrar que eres el más de derechas tienes que asegurarte que la gilipollez que digas sea más grande que la que dicen los demás de derechas.

D

Y también dos huevos duros.

D

VOX no deja de ser la otra cara de la moneda de Torra.

D

#12 Nacionalistas racistas xenofobos porta-banderitas? Yo diria que la misma cara.

Ovlak

Y el estado de guerra también. Si es que son unos flojos...

A.more

Eso dicen. En realidad quieren que empiezan los paseos.

D

¿Los tres al mismo tiempo? ¿Con uno no les vale?

D

#21 Denota el gran conocimiento que tienen de la constitución que no saben distinguir que son 3 estados excluyentes, se aplica uno de los 3, no los 3 a la vez, luego se les llena la boca con la palabra "constitución" y lo único que pretenden es saltársela en cuanto pueden

jdmf

Ahí ahí... puestos a dar palos, dénoslo avalados por la ley, no vaya a ser que luego nos juzgue un tribunal extranjero... (¿Un tribunal catalán?

AubreyDG

A estos se le pone como el muslo de Hulk todo lo huela a tanques tomando las calles.

D

#2 o pescuezo de toro de lidia.

AubreyDG

#6 U olivo centenario.

Res_cogitans

Cuando te falta inteligencia, tienes que suplirlo con agresividad y fuerza bruta.

D

Ahora que ya saben dónde está que le lleven a su casa y les abra la puerta a los técnicos del ayuntamiento.

a

O directamente el estado de guerra. Para qué andarse con rodeos.

D

Porque es políticamente incorrecto, pero si pudieran pedirían más bombardeos.

D

Emosioengñados!!! Que conboquen la hunta militaaaarrrg de Burgosss

Qué gente... Te tienes que reir...

D

#35 Para una vez estamos de acuerdo oye lol

radon2

Ese apellido Smith no me suena a muy mucho español, a ver si va a ser un espía de la Pérfida Albión.

chorche77

Compete al consejo de ministros pedir el estado de excepción, el parlamento solo lo aprueba. Esto solo es un pedo mental al aire.

D

#17 Pero bien que se lo tiran, con ganas

wondering

Vox ayudando a la estrategia de los indepes.

D

#23 V 💩 X y estratégia no pueden ir en la misma frase es como "inteligencia militar" es un oxímoron

PD: Principio de Hanlon: no atribuyas a la maldad lo que puede ser fácilmente explicado por la estupidez

wondering

#29 Lo de vox efectivamente no es maldad, es estupidez, porque haciendo eso ayudan a la estrategia de los indepes.

gale

Y los de VOX y Rivera metiendo mierda... si es que no podemos ser más tontos...ahora entiendo mejor algunos momentos históricos de nuestro país...y es que somos medio imbeciles.
A ver si se serena todo y las posiciones moderadas acaban imponiéndose.

D

#40 es curioso como ls fachas tapan sus mierdas y vergüenzas aunque sean verdad, eso tiene un nombre también "censura"

D

Si con esto no arreglan el tema catalan, yo ya no se!!