Publicado hace 10 años por bertrand3 a bitnavegante.blogspot.com.es

Cuando se aprobó la Constitución de 1978 violaron flagrantemente la teoría de la Separación de Poderes. Se dijo en su momento, y continúan repitiéndolo, cosas grandilocuentes respecto a la independencia de uno u otro poder, pero objetivamente, no es que se esté politizando los diversos ámbitos (que también), sino que tal y como está elaborada la Constitución no existe una separación real y, por tanto, hace imposible tal independencia.

Comentarios

bertrand3

#1 ¡Ah! ¿Montesquieu era falangista? ¡No lo sabía!

U

#3 Suarez, sí.

marihuanO

#3 Tenía veinte falanges, al menos

k

#3 Pues claro, su firma está entre la del rey y la de superman.

nemesisreptante

#1 Nunca me fiaría de algo ignorado por la ciudadanía. ¿Lo cualo?

Gaeddal

#2 Debería haber elecciones diferenciadas a presidente del gobierno y a cámara de diputados

¿Por qué?

n

#16 O eliges al candidato cunero, que lo han puesto de nº2, porque el 2 siempre sale en la provincia. Asi te aseguras estomados agradecidos y borregos en el parlamento

El que puso en la constitucion (Art. 68 Apartado 2) que la circunscripción electoral es la provincia, la cagó, pero mucho.

Gaeddal

#16 Para elegirlo. La gente cree elegir presidente cuando en realidad elige diputados y estos al presidente. Pero de esta manera creen que están votando al cabeza de lista por madrid cuando a lo mejor están votando a una imputada como Magdalena Álvarez como sería en mi provincia o una inepta como Celia Villalobos que también se ha presentado aquí.

Es que tampoco votan al cabeza de lista, sino a la propia lista. Pero vamos, que bien podrías asumir que, igual que la gente desconoce el sistema electoral y la forma de gobierno, tú estás proponiendo algo completamente inútil por el mero hecho de que cuadra mejor en tus esquemas mentales.

El presidencialismo es la peor de las exportaciones yanquis. A la larga lista de problemas endógenos (cohabitaciones, inestabilidad, rigidez...) hay que añadir su naturaleza mayoritaria. Nos quejamos del bipartidismo en España y vamos a meter una institución cuyo titular siempre pertenecerá a uno de los dos partidos mayoritarios.

Por cierto, tu último párrafo es una chorrada. Directamente. La separación de poderes es una idea pop de la ciencia política, pero la gran mayoría de las veces no se sabe de lo que se está hablando. Por ejemplo, tú lo planteas como un medio para controlar a los partidos políticos (sic). ¿Crees que tu propuesta haría que los partidos políticos estuvieran más controlados?

#19 JUAS. Vamos, que tú lo que quieres es el sistema de EEUU. Si no, no es democracia con mayúsculas.

jrodriguezmos

#22 No, quiero algo mejor. Y se puede, en USA tienen un problema gravísimo que es la financiación de los partidos a través de donaciones. Nosotros podemos hacer que sean delito y se deban mantener sólo con sus cuotas de militantes. A cambio, los medios de comunicación, dado que viven gran parte del año de las noticias que genera la política, tendrían que dar obligatoriamente espacios de campaña.
Estamos ante una oportunidad histórica de tener el sistema democrático más moderno del mundo, separar los poderes y deshacernos de una maldita vez de la máquina de corrupción que es el sistema proporcional de listas.

Gaeddal

#23 No acabo de ver la relación con lo que estamos discutiendo. Antes de hablar de financiación de partidos deberíamos aclararnos con la división de poderes. Digo yo.

Oye, que si estamos jugando a soltar lo primero que se nos pasa por la cabeza, avísame. ¡Mandarina! ¡Croqueta! ¡Dumbledore es gay!

jrodriguezmos

#26 No hay nada que aclarar con la división de poderes. Un gran poder sólo se controla con otro gran poder, punto. Si hay que confiar en las personas ya ves dónde estamos; yo no trago más con confiar en la gente: Por un lado el gobierno, por otro el parlamento con nuestros representantes controlándolo, y la justicia con autoridad e independencia para que delinquir no salga a cuento. No hay discusión posible sobre esto. Y mal hacemos si verdades como mundos entran a debate.

Gaeddal

#39 acaso conoces alguna democracia parlamentaria donde el presidente del gobierno no fuera de uno de los dos partidos más votados?

Uno no, es que ha habido docenas de casos. Pero vamos, que ello no quita para que los presidencialismos, por su propia naturaleza, sean incapaces de articular coaliciones de gobierno.

Dicho sea de paso, sobre la inestabilidad existen teorías muy sólidas que plantean la moción de censura como una válvula de vapor político. Es más, hay incluso quien sitúa al presidencialismo como una de las diversas causas del golpe de Estado egipcio.

el sistema democrático americano tiene muchos problemas, pero no vienen del sistema presidencialista, que, al contrario que aquí, permite un control mutuo entre el poder ejecutivo y el legislativo.

No todos, pero una parte (amplia, EMHO) de sus problemas tiene relación con su sistema presidencialista. Ya sé que para ti un Gobierno bloqueado es casi una bendición, pero donde yo estudié era un síntoma de Estado con problemas serios.

Desde luego, estudiar el presidencialismo analizando el caso de EEUU es como sacar la tasa de pobreza a partir de los datos de La Moraleja. Miremos latinoamérica, a ver si siguen saliendo las cuentas.

#34 Ya, bueno. Eso es lo que enseñan en el instituto y supongo que, si te quedas ahí, lo tendrás claro clarinete. Eso sí, si un día te da por estudiar ciencia política o leer algo sobre división de poderes, descubrirás que no sólo ignorabas lo que ignorabas, sino que tambien ignorabas que lo ignorabas.

#33 ¿Comorl? Perdona, pero es que estás siendo contradictorio. Vamos a ver, el sistema electoral de la presidencia de EEUU es mayoritario. El sistema de partidos es bipartidista, y al carecer de listas electorales para el Congreso/Senado, la vinculación con el distrito es mayor y la disciplina de partido es menor.

Lo de que el bipartidismo yanqui es una quimera directamente me ha matado. La quimera, si acaso, es el bipartidismo español. Aquí tenemos partidos minoritarios presentes en el las Cortes, en las asambleas autonómicas y, por supuesto, a nivel local. Allí sólo salen del binomio "demócratas/republicanos" en las entidades locales, y siempre que no sean muy grandes.

PD: A poco que se ha descuidado Linz, esto ya se cae a cachos.

C

#22 La naturaleza del presidencialismo no es más mayoritaria que la de un ejecutivo elegido por el parlamento, acaso conoces alguna democracia parlamentaria donde el presidente del gobierno no fuera de uno de los dos partidos más votados?
A parte de eso no entiendo esa lista de problemas endógenos que planteas (inestabilidad? más que en un parlamentarismo? porque?).

Como dice #23, el sistema democrático americano tiene muchos problemas, pero no vienen del sistema presidencialista, que, al contrario que aquí, permite un control mutuo entre el poder ejecutivo y el legislativo.

El hecho de que este control a veces lleve a bloqueos, no tiene porque ser un fallo, sino una fortaleza que limita las acciones de cada uno de los poderes.
Es evidente que hay muchas cosas que se pueden mejorar del sistema democrático americano, pero eso no significa que sea malo por naturaleza.

F

#22 Eso de que USA es tan bipartidista es un quimera, en las últimas elecciones presidenciales se presentaron casi treinta candidatos en los dos partidos mayoritarios y en lugar de elegir a los finalmente designados a base de dedazo (de aznar--->rajoy y de zapatero--->rubalcaba) los eligieron los ciudadanos que quisieron participar, las ideas que representaban entre todos ellos suponen una diversidad ideológica mucho mas amplia que la que tenemos aquí ya no con los dos partidos mayoritarios, si no incluso con la suma de todos los partidos salvo dos o tres en cada uno de los dos extremos, por lo que si el sistema es bipartidista, pero no al modo en el que se entiende el bipartidismo en este país, por que el poder de los partidos es mínimo y si no mira al tea party reventando las elecciones primarias de medio partido republicano hace dos o tres años, hay senadores dentro del partido demócrata que se autodefinen como socialistas (da igual si lo son o no realmente, lo importante es que dentro de un partido que está en contra del socialismo pueden llegar a cargos gente que dice serlo).

jrodriguezmos

#13 Sencillo, para que el ejecutivo gobierne con las leyes que los representantes de los ciudadanos hacen en el legistaltivo. Más fácil, para que los representantes de cada distrito, puedan defender a sus representados de gobiernos injustos. ¿Te parece poco? Ah, se llama DEMOCRACIA. Justo lo que no son: España, Grecia, Portugal e Italia, que carecen de la misma separación de poderes. Y así nos va.
El sistema proporcional es la madre de la corrupción. Los políticos roban porque pueden, y al no haber independencia de la justicia y tener todos mucho que guardar, el latrocinio tiende a infinito.

D

#19 No sé porque has metido en el mismo saco a España, Grecia, Portugal e Italia.
Portugal e italia tienen una constitución antifascista que ya quisieramos para nosotros y mayor separación de poderes.
Echa un ojo a este artículo, una anomalia en España, un juez demócrata
"El poder judicial no tuvo una transición democrática como la de otros poderes"

Hace 10 años | Por akera a nuevatribuna.es

jpalde

#2 Cuidado, que un cargo sea vitalicio no significa que sea independiente de quien lo elige.

Rompe-y-RaSGAE

#18 Supongo que te refieres a que Obama nombre a su cuñado, o un sectario de su partido. En realidad, como el nombramiento tiene que pasar por el visto bueno del Senado es difícil que se dé un caso así de exagerado pero siempre hay ese riesgo, claro. De todos modos, sin existir el sistema perfecto, tiene dos ventajas frente al nuestro: una, que el nombrado puede 'traicionar' a su mentor ya que no le pueden quitar del puesto. En España un juez 'díscolo' puede darse por cesado en la siguiente renovación, con lo cual es más difícil que se atreva. La otra ventaja es que un presidente como Bush, Obama o quien sea no tiene más remedio que ceñirse escrupulosamente a la ley ya que será controlado por jueces que fueron nombrados hace mucho y por diferentes presidentes. Mira el tribunal supremo americano actual: http://en.wikipedia.org/wiki/Supreme_Court_of_the_United_States#Current_justices Hay dos nombradas por Obama pero aún quedan miembros de la época de Bush, Clinton y hasta...¡Reagan!

Aquí en cuanto llegan al poder les quema el ansia de renovar los órganos judiciales. Si hay problemas, que decidan los que nombramos anteayer.

krollian

#7 Y si sales a la calle, burorrepresión o porrazo. Pero me da que la gente no se va a acobardar. El hambre es más fuerte.

http://www.elporquedeunamosca.com/2011/05/por-que-no-hay-una-democracia-real-en.html

D

#7 Que renueven el consejo, no significa que el resto de jueces españoles (que son los que juzgan) trabajen con independencia, son independientes en un 99 por cien, yo diría que el 100x100, el problema está en que son humanos y también tienen sus ideales. Pero independientes lo son seguro. A no ser que alguien piense que un juez independiente tenga por obligación tener ideas de izquierda.

bruster

#45 Según la Wikipedia:

El CGPJ tiene competencias en las siguientes materias:
La propuesta de nombramiento por mayoría de tres quintos, mayoría que se computará sobre la base de la totalidad de sus veintiún miembros, de:
a) El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y el Vicepresidente de este último.
b) Miembros del Tribunal Constitucional cuando así proceda.
c) Los Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Supremo, así como los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas.
d) El Magistrado de la Sala Segunda de lo Penal o Tercera de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, competente para conocer de la autorización de las actividades del CNI que afecten a los derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18.2 y 3 de la Constitución española, así como la del Magistrado de dichas Salas del Tribunal Supremo que lo sustituya en caso de vacancia, ausencia o imposibilidad.
Para efectuar estas propuestas de nombramiento, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial velará, en todo caso, por el cumplimiento de los principios de mérito y capacidad.
Inspección de juzgados y tribunales.
Selección, formación y perfeccionamiento, provisión de destinos, ascensos, situaciones administrativas y régimen disciplinario de jueces y magistrados.
Nombramiento mediante orden de los jueces y presentación a Real Decreto, refrendado por el Ministro de Justicia, de los nombramientos de magistrados del Tribunal Supremo, Presidentes y magistrados.
Nombramiento de Secretario General y miembros de los gabinetes o servicios dependientes del mismo.
Ejercicio de las competencias relativas a la Escuela Judicial que la Ley le atribuye.
Elaborar, dirigir la ejecución y controlar el cumplimiento del presupuesto del Consejo.
Potestad reglamentaria en lo relativo a su personal, organización y funcionamiento y otros aspectos que desarrollen la Ley Orgánica del Poder Judicial, en los términos previstos en ésta.
Publicación oficial de las sentencias y otras resoluciones que se determinen del Tribunal Supremo y del resto de órganos judiciales.
Elaboración de informes sobre los anteproyectos de leyes y disposiciones generales del Estado y de las Comunidades Autónomas que afecten a determinadas materias, entre otras la organización, demarcación y planta judiciales.
Aquellas otras que le atribuyan las Leyes: entre ellas, el amparo de los jueces o magistrados que se consideren inquietados o perturbados en su independencia.


Hombre, yo creo que algo tiene que ver.

D

#46 Creo que nada que afecte a la independencia de los jueces españoles. ¿Leíste lo que copiaste de la wiki?

bruster

#47 Sí claro que lo leí. Lo vocales del CGPJ se elige a imagen y semejanza del congreso y senado. Y el CGPJ elige a el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y el Vicepresidente de este último,los miembros del Tribunal Constitucional cuando así proceda, los Presidentes de Sala y Magistrados del Tribunal Supremo, así como los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas...Y estos a su vez influyen en la elección de distintos cargos dentro de sus ocupaciones. Qué sí que hay mucha independencia en el juzgado de un pueblo o en lo social más cercano a tú barrio, pero cuando lo que se juzga en de una alta importancia, no hay independencia. Pero bueno esto es como todo, hay gente que aún cree en los Reyes Magos y otros que creen que la justicia es independiente en España, es cuestión de fe....

bruster

#47 También me leí este meneo....

Esperanza Aguirre a Gallardón: “¿Por qué no hemos destituido a López Guerra?”

Hace 10 años | Por Ripio a politica.elpais.com


El poder legislativo metiendo mano al poder judicial, menuda independencia...

martingerz

me gusta que se sepa porque cuando votas, también votas a estos y como suelo decir podrás pasar de política pero la política no pasa de tí

U

Votamos a partidos que cocinan listas cerradas de diputados.
Los diputados eligen presidente del gobierno y él a los ministros. En teoría. Está la sombra de los partidos, si falla alguien es trásfuga.
También eligen a los cargos de los jueces entre los que ganaron una oposición y les son afines. Igual con los fiscales.
Etc, etc. ¡Viva la democracia!
Es una cadena, con una sola papeleta. Al único que no votó nadie es al rey. Los que lo hicieron, o no se acuerdan o no se lo creen.

H

No es que no haya separación de poderes. Al contrario, hay concentración de poderes en los partidos políticos, concrétamente en dos.

D

Ahora nos enteramos de que los ciudadanos NO elegimos al presidente del gobierno. Solo elegimos la formación de las cámaras, y son éstas las que tiene el poder de nombrar todo lo demás.
Democracia de juguete para tener a los niños distraidos.
30 años para darnos cuenta... buen trabajo.

D

¿ Solo en la separación de poderes? Toda la Constitución es un engaño

Artículo 47

Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.

Artículo 44

2. Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

D

#24 y el mandato imperativo...
Por cierto me hace gracia lo de democracia o democracia en mayusculas. La democracia es o no es, y españa no es democrata.

vviccio

Los políticos tienen derecho a trincar así lo establece la Constitución y el Senado es un monumento al trinque.

NapalMe

La separación de poderes es un engaño desde que no votamos a jueces ni militares. Si, de siempre.

f

En realidad apenas ha cambiado nada.

Con Franco mandaba en España la casta.

Y con la democracia, gobierna la casta sobornando políticos, es decir, unos mataos de tres al cuarto que se venden por cuatro duros.

Y de ahí para abajo, a colocar amiguetes.

capitan__nemo

¿En otros países está separado?
Me estoy acordando de «el informe pelicano» y la serie «scandal».

capitan__nemo

#36 puedes separarlos por las leyes y la democracia, pero acabaran unidos en la sombra por el dinero y la corrupción.
Si es verdad que hay que empezar a separarlos por las leyes y la democracia. Después ya intentaremos resolver el otro problema.

D

#15 al final no he respondido a tu pregunta. Si, en los demás países esta separado. En Francia se vota por separado el presidente (ejecutivo), y la cámara (legislativo). Ademas creo que esta pensando para que las elecciones no coincidan en el tiempo. Igual en EEUU.
A cualquiera de los dos les puede pasar (y de hecho les pasa) que quieren hacer una ley para lo que sea, pero tiene que negociar con los demás partidos y llegar a un consenso. ESO es democracia. Al menos una democracia mejor que la española.
Respecto a los jueces, es mas complicado, en EEUU creo que el tribunal supremo es elegido entre el presidente y el senado. Pero los jueces del tribunal supremo son vitalicios (hasta que se mueren). La duración vitalicia es una formula discutible cuanto menos, pero así lo que se consigue que solo dependan de su propio criterio (el judicial) para dictar sentencia (nadie puede presionarle: "si no sentencias esto com yo quiero, te hecho").

l

No nos olvidemos que el PSOE en 1985 fue el que rompió la separación de poderes con el "graciosillo" Alfonso Guerra diciendo "Montesquieu ha muerto" cuando decidieron que el consejo general del poder judicial lo eligirían ellos.

A la antigua AP se le llenó la boca de oponerse pero con la boca pequeñita estaban encantados de la vida para cuando mandasen ellos.

http://paisse.blogspot.com.es/2008/10/montesquieu-ha-muerto.html

D

Es verdad esto solo pasa en España y no en:

Suiza: donde los parlamento elijen a los gobiernos (que existen como una suerte de comisión parlamentaria) y a los jueces.
Alemania: Donde los parlamentos elijen a los gobiernos y estos a los jueces.
Reino Unido: donde hasta menos de 10 años el Lord Canciller era Ministro de Justicia y AAPP, Presidnte del Supremo y Presidente de la Camra alta todo a la vez.
Noruega: Donde el Parlamento eleije al Gobierno y lso ayuntamientos a lso Jueces legos.
Irlanda: Donde el Parlamento elije el gobierno y este a los jueces.
...
Y sigo que me aburro.

D

es todo una puñetera farsa ..Votar es participar en este circo de grandes sinverguenzas hijos de perras.

D

Esta es la gran fuente de toda la corrupción y de toda la mierda .. no comentado jamas por ningun inutil y vendido periodista de mierda de este pais , ni por sucios tertulianos de mierda , solo unos cuantos pensadores lo gritan a los 4 vientos pero no hay medio de comunicación de mierda que cuente con ellos , quizas porque todos los medios pertenecen a las mismas fabricas de chorizo del ppsoe ..

reithor

¿Y no habla de John Locke para introducir la separación de poderes?

D

#42 Se escribe "desarrollo", "sobre cómo llegar", "oye", "no estás de acuerdo", "gente", etc...

o

Vaya, veo que no soy el único que se ha dado cuenta, aunque yo llevo como 15 años de ventaja.

D

Este artículo es muy bonito y dice una gran verdad sobre que en españa no se respeta la separación de poderes. Ahora bien: aun así, el artículo lo veo equivocado, desde el punto de vista o en el sentido de que la cuestión importante a considerar ya a estas alturas no es si la separación de poderes se está haciendo mal o bien; la cuestión importante a considerar ya a estas alturas es que la llamada "separación de poderes" es un enfoque sobradamente obsoleto, propio de otros tiempos, donde la política tenía más un status formal, disciplinario y subjetivo, que el carácter económico que en realidad debería corresponderle. En definitiva, el artículo presupone que la separación de poderes debería aplicarse con mayor rigor y corrección, cuando lo que habría que presuponer es que la separación de poderes ha quedado obsoleta y debe avanzar hacia esquemas socio-económicos menos arcaicos y primitivos. Como siempre, en españa, vamos en la dirección equivocada.

F

#41 ole ole y ole, acabas de cargarte el desarroyo de toda la teoría política, el trabajo de todos los filósofos de los úlitmos tres siglos y todo ello con un montón de frases vacías sobre la creciente importancia de las relaciones económicas en los gobiernos, pero sobre como llegar a esos "esquemas menos arcaicos" no dices nada, sobre si esos esquemas van directamente en contra de la separación de poderes o es que esta se ha vuelto irrelevante tampoco te pronuncias, pero olle, tú dejas claro que no estas de acuerdo con jente como Thomas Jefferson y tus argumentos te los guardas para mejor ocasión, un aporte para el debate que duda cabe.

D

La mejor exposición crítica con la que me he podido topar a cerca de lo que es este régimen (Estado de partidos, partidocracia) y de los requisitos de la Democracia, ha sido leyendo, escuchando, a Antonio García-Trevijano. Por ejemplo:

a

con unas garantías para garantizar su independencia

a

Yo prefiero los gobiernos colegiados. El presidente del gobierno elegido como ahora

a

Una solución para una mayor independencia de poderes podría ser la elección de representantes en listas abiertas, proporcionalidad total en la ley electoral y que los jueces lo sean por carrera y mérito y capacidad. Los tribunales superiores y los gobiernos del poder judicial entre jueces