Hace 17 años | Por teneram a negocios.com
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El Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional han sido sancionados con una falta leve y otra grave por infringir la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) en el procedimiento identificatorio en el acceso a ambas instancias judiciales.La resolución, dictada el pasado 19 de marzo por el director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Artemi Rallo, considera que Justicia ha infringido los artículos 5.1 y 20.1 de la Ley de Protección de Datos .

Comentarios

pablicius

Esto tiene dos lecturas:

1) En casa de herrero, cuchillo de palo. Mira tú quien ha ido a incumplir la ley: la audiencia nacional y el tribunal supremo.
2) La LPD es tan exigente que se necesita prestar verdadera atención de forma activa a sus preceptos, no basta con tener buena intención y no hacer cosas raras para cumplir, hay que tomar medidas activas. Estos serían ilustres ejemplos.