Hace 3 años | Por --506196-- a lainformacion.com
Publicado hace 3 años por --506196-- a lainformacion.com

Si se ha cotizado en los dos regímenes se podrán compatibilizar los dos cobros de pensiones siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones.

Comentarios

CillitBang

No puedes, mi mujer cotizo durante años como autónoma y le pasaron las cotizaciones al régimen general. Se cotiza por dias y no puedes cotizar mas de 1 dia por dia, valga la rebundancia.

hasta_los_cojones

#1 Yo actualmente soy asalariado y freelance.

La empresa para la que trabajo por cuenta ajena, cotiza por mí en el régimen general, y yo pago autónomos para hacer chollos y facturar.

Si lo que cotizo como autónomo no me aportase nada, ¿me estarían incentivando a trabajar en negro?

Edito tras leer el artículo:


1. si has cotizado más de 15 años en ambos, cobras dos pensiones
2. En caso contrario, para aquellos años que hayas cotizado simultaneamente en los dos regímenes, como yo este año, se suman las bases.

CillitBang

#3 pues cuando pidas la jubilación te llevaras una sorpresa

D

No, ya te lo explica 1. lol

s

Puedes si has cotizado simultáneamente a ambos regímenes al menos 15 años.

Meneamelón

No olvides reclamar lo de cuando fuiste un bebé dependiente y el IVA de los chupetes.