Hace 7 años | Por Romma a elespanol.com
Publicado hace 7 años por Romma a elespanol.com

Con la llegada de 2017 se han introducido algunas novedades en normativas para moto, como por ejemplo la llegada de la normativa Euro 4 antipolución o la incorporación obligada de ABS en motos de más de 125 cc. Pero una de las más importantes es la que atañe a las motos del carnet A2.

Comentarios

D

#1 Se me ocurre una posibilidad a lo que hace Industria: si quieres tener una moto potente te tienes que comprar antes otra menos potente.

A

#1 Efectivamente el Ministerio de Industria se ampara en los Reglamentos de la UE 168/2013, 901/2014 y 44/2014, pero lo que parecen ignorar es que esos reglamentos hacen referencia a los requisitos de fabricación y requisitos generales de homologación, y por tanto se refieren únicamente a motos nuevas y NO A LAS MATRICUALDAS en España.

La limitación de potencia es una REFORMA del vehículo UNA VEZ HAYA SIDO MATRICULADO, algo que es competencia exclusiva del Ministerio de Industria español, según indica el Real Decreto 866/2010 sobre reformas en vehículos.

Animo a todos aquellos que tengan dudas o sugerencias, hacer una consulta al propio Ministerio en el siguiente enlace: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/consultasSGCSI/ , hay que elegir en el desplegable “tema” la opción “vehículos”.

Romma

#15 Muchas gracias por el enlace. Hace tiempo escribí a INFOVEHICULOS@minetur.es preguntándoles por qué en España se hace esa interpretación de la normativa y en otros países con la misma normativa, como por ejemplo Alemania, la interpretación es tan diametralmente opuesta que se han homologado kits limitadores... Su contestación es la misma siempre, aludiendo como decía en #1 a esos Reglamentos. Por eso decía que no sé si es dejadez o ignorancia absoluta...

jamma

Lo de éste país y las motos es la leche. Yo tengo una mobylette que nunca estuvo matriculada y ahora sólo puedo hacerla histórica. Es una preciosidad...Una sp95 restaurada del 73. Historia viva. Sin embargo en Mallorca consiguieron una amnistía y pudieron rematricularlas. Ya me lo pongo yo

autonomator

#8 si lo que te va es la "moto" como concepto de toda la vida http://www.hanwaymotos.com/motocicletas/raw-125-cafe/
Si tiras mas pal monte o te gusto Terminator 2 http://www.motofichas.com/marcas/beta/rr-125-enduro-4t
Si eres mas carbonilla y te va eso de retoecer la oreja https://www.google.es/amp/www.masmoto.net/novedades/motos-mundo-wk-125rr-2012/amp/
Y si ya lo que te va es andar con el tobillo bajo y ronronenado http://www.motofichas.com/reportajes/1166-motos-custom-125-baratas

Y seguro que el mercado de 2a mano esta hasta arriba de buenos precios. Muchos puristas andaran con que son chinas y tal, pero tengo un colega con una Keeway de esas que la trata fatal y no le dice esta boca es mia.
Yo he pasado por: TZR80, PK125, SR250 edpecial, XBR500, Bandit650 y ahora tengo una Multistrada 1100 ds y mas feliz que una perdiz. Ahora, también te digo que en moto hay dos tipos: los/las que se han caido y los/las que se van a caer. Asi que si quieres cumplir la estadística, que sea un arrastron y a contarlo a los colegas.

jamma

#12 muchas gracias amigo. Un detallazo.

autonomator

25 años en moto. Consejo - - > PROGRESION, si quieres sacarte el A2 para comprarte un RR de 180 CV y limitarla, pasarle la ITV y quitarle la limitación. Te estas comprando un traje de pino para el baile de los quietos.
Ahora fabrican unas 125 cc preciosas, no tengas prisa y disfruta.

jamma

#7 Recomiendame una 125 cc preciosa que estoy pr comprarme una. Me gustan las Mash...

Romma

#7 La que me gusta tiene 54 cv, que ya me dirás qué diferencia hay entre conducir eso y una de 44, pero bueno, acepto el consejo

RojoRiojano

#9 10cv de diferencia en una moto ya son...

Romma

#11 Hombre no lo niego, pero no es tampoco como se decía arriba "querer tener un pepino de 180 cv con el A2 recién sacado...". En mi opinión si estás capacitado para conducir una de 45, puedes conducir sin problemas una de 54...

RojoRiojano

Lo de las normativas sobre aspectos técnicos y homologaciones de vehículos a motor en España es de risa, parece que cada modificación del reglamento la escribe cada día alguien más tonto e ignorante, no puedes siquiera hacer tu vehículo más seguro porque para cualquier modificación hay que pasar por ingeniero e ITV (con la billetera en la boca) si no está directamente prohibido por razones que ni tráfico ni ITV saben explicar.

D

ahora la moto saldrá con el kit de limitación instalado de fabrica... Lo desinstalas y a correr sin hacer papeles... Es decir, igual que antes.
En la ITV no lo comprueban.
Mi moto figura como limitada desde hace 5 años, le quite la limitación cuando correspondia , es decir a los dos años de carnet y jamás nadie. Ha preguntado nada.
No caben más tontos en este país.

jamma

Nada.

D

Supongo que tanta limitación «en papeles» tiene algo que ver.

Desde las coronas del carburador hasta los puños manipulados pasando por las centralitas de quita y pon

e

Una moto de 44cv hace el 0-100 en 6-8 segundos y supera ampliamente los 160 por hora. A partir de ahi la moto ya empieza a superar con mucho las habilidades y los reflejos de la gran mayoria de conductores. Seguramente buena parte de los que se compran un pepino de más de 100 cv sin apenas experiencia disfrutarian más estando un tiempo con algo más domesticable y aprendiendo.