Hace 6 años | Por yokiero a eldiario.es
Publicado hace 6 años por yokiero a eldiario.es

"Que las expresiones se viertan en un chat privado no excluye que se realicen públicamente como es el caso de un grupo con 116 agentes que no se conocen", señala el magistradoEl instructor rechaza la principal vía de defensa de los agentes que alegaron que las loas a Hitler y las consignas xenófobas fueron "bromas" en una "charla privada"El minimiza las amenazas y el riesgo que corre el agente que denunció a tres compañeros y sigue adelante con la investigación por odio e injurias a la autoridad

Comentarios

D

#12 Volviendo al ejemplo del autobús.

Los chavales se encuentran a gusto, entre ellos, y gastan las mismas bromas y dicen las mismas tonterías que cuando están en el pasillo esperando a que llegue el profesor.

Y el conductor les denuncia. ¿decidirá el juez que lo que decían los chavales era comunicación privada o podría decir que era comunicación pública?

Estoy de acuerdo en que los casos obvios son obvios, el problema está en los casos no tan obvios y por eso se necesita que los criterios que se usarán para decidir sean claros.

No estoy defendiendo a fascistas diciendo fascistadas en un grupo multitudinario donde no se conocen entre sí la mayoría.

D

#16 Han dicho lo que te convenga mejor para meterlos en la cárcel y tirar la llave, pero lo dijeron en un contexto de risas.

currahee

#20 Ah, vale. Veo que no te apetece debatir. Buenos días.

D

#23 Claro que estoy debatiendo, pides unas variables y te digo que las pongas a tu gusto siempre que el contexto haya sido bromas.

No estaban planeando un asesinato ni nada por el estilo, pero han dicho la mayor burrada de la historia.

"Violar judías para preñarlas y luego hacer que aborten a hostias tras lo cual comerse los fetos de la que salen calentitos" ¿es bastante salvaje?

El conductor lo grabó.

¿Han cometido algún los chavales delito?

tul

#24 en este pais sera lo que le salga del rabo al juez, pareceis nuevos.

D

#39 la atención que merece es la siguiente:

¿Es comunicación pública porque hay un desconocido en el grupo? en este caso el conductor.
No parece que sea ese el motivo.

P.D.
no discuto lo que han dicho ni defiendo a los policías

Opino que no es comunicación pública aunque sea un canal privado porque su uso no es conversación, sino difusión.

Lo que pido es que los criterios para diferenciar comunicación privada de comunicación pública sean perfectamente claros y explícitos.

Pero aquí la gente ve fantasmas por todos lados, y confunden pedir una ley clara para todos con defender a nazis

T

#24
1. Si a ti te parece una broma la frase "a esa puta roja se la tenían que haber cargado en atocha", eres un troll
2. Si reduces todo el asunto a "es que no sé la frontera entre conversación pública o privada, creo que no me mojo por eso" se te ven las maneras a lo lejos
3. Si obvias (a propósito) que quienes escribieron estas "bromas" poseen armas de fuego, es que directamente eres gilipollas.

Pero todo esto son hipótesis, así que no te puedo valorar

D

#68
1. Que les metan presos y que tiren la llave, me importa tres pepinos-

2. Hay que aclarar la ley en este aspecto para mayor tranquilidad de todos

i

#15 un bus, que yo sepa, es un lugar público. Por tanto, aunque sea una conversación privada, sí sería denunciable. Luego depende de lo que hayan dicho se le prestará atención o no. En este país a no ser que te metas con la familia real o políticos no parecen haber consecuencias.

En sí diría que cualquier cosa que pueda considerarse un delito es denunciable independientemente del contexto o los presentes, otra cosa es si se hará algo al respecto o no.

T

#12 Pero hay 2 cosas diferenciadas.

Una es que hayan amenazado a alguien del grupo, ahí estamos todos de acuerdo en que se debe investigar. Pero la otra es empurarlos por hacer comentarios sobre lo bien que les cae Hitler o que Carmena les parece un vejestorio o los Ferreras unos periodistas de mierda, yo creo que barbaridades así sea de Carmena, Junqueras, Rajoy o Rato las ha dicho casi todo el mundo charlando o por escrito y no tendríamos campos de concentración suficientes.

currahee

#41 Estoy de acuerdo en parte contigo. Pero del mismo modo que se está encarcelando a twiteros y titiriteros, me parece bien que se vaya a por whatsaperos abiertamente nazis.

Aunque me gustaría que ninguno de los tres colectivos fuese procesado por insultar ni por demostrar tener un cociente intelectual muy por debajo de la media. Pero... es lo que hay. Ley Mordaza para todos o para ninguno.

T

#71 Twitteros y tirititeros hacen manifiestamente públicos sus mensajes, la clave del caso de los municipales es si se puede considerar conversación privada (donde cada uno se puede poner gañán a decir paridas en confianza) o por el contrario, es entorno público del que hay que responsabilizarse de lo que se escribe.

No me refiero a las amenazas, eso siempre tendrá respuesta por parte de la justicia, como confesiones de delitos o manifestar crímenes futuros. Pero si se considera pública una conversación de whatsapp, va a ser muy interesante esta jurisprudencia porque estas cosas están generalizadas en todos sus usuarios, y como decían por ahí, habría que concluir con un límite a partir del cual un grupo se considera público o privado.

D

#2 Más de dos. A lo segundo, creo que ya se hace.

D

#3 osea que lo que diga esta noche buena en la cena con la familia podría llevarme a la cárcel?

Si digo "el rey es homosexual" o "habría que matar a los curas" o "franco ha sido el mejor gobernante de España" o "ETA debería matar a Rajoy" o "deberíamos exterminar a los no-blancos"... A parte de quedar como una gilipollas ante mi familia, ¿podrían denunciarme y tener consecuencias legales?

No lo creo, no vivimos en una distopía granhermanesca, (aún)

S

#10 eso es imposible. La casuística es enorme. La ley puede establecer unos criterios genéricos (y adaptados a las nuevas tecnologías, eso es importante) y luego será el Juez el que determine qué es privado o público. Y si no estás de acuerdo vas recurriendo hasta el Supremo o el Constitucional.

D

#10 Las leyes deben de ser claras y concisas, Con Franco el delito empezaba en mas de cuatro. ¿En democracia (ejpañola por supuesto) que cifra es?.

borteixo

#10 sigo flipando con que defendáis que se encausen las gilipolleces que diga alguien por internet por mucha repugnancia que puedan dar. Después nos quejamos de que la justicia es lenta y tal.
Gilipollas y fachas los habrá siempre, y seguirán diciendo gilipolleces por muchas denuncias que se pongan.

D

#8 El chat puede ser de 5 o 500 personas, pero lo típico es que hablen cuatro y el resto esté haciendo bulto sin decir ni una palabra. Así que el juez dirá lo que quiera pero si no hay participación de la gente pueden perfectamente alegar que tenían la percepción de ser privado.

currahee

#59 Ah sí? Es así como justificas las amenazas de muerte cuando te pillan? "Verá, señor juez, es que cuando lo amenacé, creía que nadie más se iba a enterar..."

Penrose

#8 Ten mucho cuidado porque esto puede sentar precedente y luego jugar en tu contra.

No es un chat público porque no se puede ver lo que se publica si no te dan acceso. Sean nazis o cantantes de cumbia.

Me da pánico las cosas que defendéis.

currahee

#63 A mí me da pánico vuestra comprensión lectora.

Aunque por lo visto, según tu criterio, aquí en menéame podemos amenazar a quien nos venga en gana, no? Puedo por ejemplo hablar por aquí con algunos meneantes que saben quién eres y decirte que te vayas preparando porque te vamos a matar.

Ahhhhh, pero como para publicarlo, Menéame me ha dado acceso previamente, estoy en mi derecho de decir lo que me de la gana sin consecuencias, verdad?

Penrose

#69 Menéame no te da ningún acceso, es público.

currahee

#73 Para escribir aquí tienes que hacerte una cuenta

Penrose

#74 Pero no para leer.

currahee

#75 Si quieres seguir retorciendo las cosas entonces utilizo la carta "Twitter", te sirve?

Penrose

#76 Pero qué dices hombre, está muy claro. Conversación privada -> No la puedes leer sin invitación. Mira quien habla de retorcer...

T

#5 #8 Creo que los dos tenéis parte de razón y parte de sin razón.
El número de personas no puede ser signo de privacidad o no. Un grupo privado debe serlo o no por otras características.
El juez está más que capacitado para decidir qué es privado y que no, quitándole la razón otro juez.
La legislación en estos casos sería inútil dadas todas las variables que podrían existir. Y para eso están los jueces, que además pueden crear/generar jurisprudencia.
Estáis embarcados en una discusión sin fin, y tenéis que daros cuenta de que cosas que decís son lógicas y cuáles no.

D

#65 Me parece que esto será un problema de la era de internet, y es que las nociones que tenemos de público o privado si de por si no son claras, ahora lo son todavía menos aún. Además, creo que vamos a tener que asumir que hay distintos grados de privacidad/publicidad, no creo que escribir eso en un chat se equivalente a hacerlo en una reunión de 150 personas en la que se da un discurso, pero también pienso que algo de razón tiene el juez.

TenienteDan

#8 ¿Que problema hay con el cava extremeño? roll

Libertual

#8 Yo creo que la idea de declararlo público es para absolver a los policías.
Los policías se beneficiaron del ámbito privado para acosar y amenazar a un compañero pensando que sus acciones no saldrían de ahí. Si el juez lo considera público probablemente sea para absolverlos.

D

#5 Si es tu discurso, vigila que no haya nadie presente que te grabe y te denuncie... lol

D

#17 ¿Ese es el criterio que establece la ley bien claro y por escrito?

Es decir, si estoy con una amiga en una cafetería y se me acercan unos chicos que no conocemos de nada, y se ponen a hablar con nosotras, y entre las bromas cuento un chiste negro sobre Carrero Blanco, ¿pueden denunciarme?

No los conozco de nada

S

#19 La ley no puede establecer un criterio único en este caso, los casos posibles son infinitos. Pero el ejemplo que comentas es una conversación entre un grupo de personas en un contexto de privacidad, aunque no les conozcas de nada.

El Juez valorará que repercusión publica pueden tener tus palabras y, obviamente, ninguna. En el caso de los policías es interesante el criterio del Juez porque alude a un número "X" de personas dentro de una red social como whatsapp, donde es facilísimo que alguien pueda reenviar los mensajes a quien le de la gana. Donde ya hablamos de un numero importante de personas desconocidas entre si.

Supongo que el Juez ha valorado todo eso y entiende que esa conversación no es privada. LO QUE NO QUIERE DECIR que otro Juez no tenga otro criterio y, recurriendo, puedan salir indemnes

D

#25 Muy bien.

¿Qué es lo que determina el contexto de privacidad? Tendrá que haber algún criterio al respecto.

Si alguien reenvía los mensajes, de un contexto de privacidad a otro, ¿sigue siendo privado?

Si alguien reenvía los mensajes, de un contexto de privacidad, a un contexto público ¿quien comete el delito? ¿quien ha dicho lo que sea en el primer contexto? ¿O quien lo ha publicado en el segundo?

Y respecto a lo último, no es normal que algo tan serio dependa de lo que ha desayunado el juez por la mañana.

Si me apetece decir algo en un grupo de whatsapp quiero saber a qué atenerme.

S

#26 pues lo siento, no vas a tener a que atenerte. La ley no puede prever todos los casos, como comprenderas es imposible. También entra en juego cual es tu animo, tu intención. Eso también es valorable a la hora de determinar si se comete un delito.

A ver, no "depende de lo que haya desayunado el juez por la mañana". La labor de un Juez consiste en escuchar a las partes, sus argumentaciones, coger la ley e INTERPRETARLA. Y sumando todo eso establecer su veredicto sobre la cuestión.

Y si alguna parte no esta de acuerdo puede recurrirlo.

D

#27 Claro que no puede prever todos los casos, como tampoco hace en el resto de cosas.

Es muy fácil, por defecto toda comunicación es privada salvo que:

1. la plataforma es de comunicación sea pública. (incluso aunque la audiencia sea nula o reducida)
Por ejemplo, si publico un libro que nadie compra, o si estoy dando un mitín en la plaza con un megafono aunque sólo hayan venido a verme mis amigos.

2. La plataforma es de comunicación privada, pero se le está dando un uso de difusión:
Por ejemplo un grupo de whatsapp para comunicar noticias, en el que hay predominantemente pocos emisores y muchos receptores.

En ese contexto, incluso una conversación entre un par de miembros del grupo será comunicación pública, porque saben que están usando un canal de difusión

3. La plataforma es de comunicación privada, y se le está dando un uso de conversación, pero por la naturaleza o contexto hay más personas escuchando y los participantes son conscientes de ello

No necesitamos prever todos los casos.

¿sé te ocurre alguno que no esté cubierto en estos tres?

D

#27 #32 Quería meterme en vuestra conversación para comentar un detalle muy puntual, la ley no puede prever cualquier caso, pero pienso que a menos que se trate de proteger algo muy esencial, debería estar lo más delimitado posible. Tampoco tiene sentido que se equipare una declaración que se hace en un chat, con soltar algo desde una plataforma en las fiestas de tu pueblo o con ser portada en un periódico de tirada nacional.

Internet complica mucho más el tema de decidir si algo es privado o no lo es, me parece que vamos a tener que aceptar que hay distintos grados de "publicidad" o "privacidad", y no se pueden tratar todos de forma equivalente.

S

#79 si, es un tema muy complicado. A tenor de esta conversación he buscado algo de jurisprudencia y hay cosas bastante fuertes. Se ve que la justicia anda muy por detrás del tema de privacidad en redes sociales, hay que estar muy al loro con el tema....

D

#19 Estas insistente con el tema. Sí, te pueden denunciar y tu amiga te puede denunciar aunque no haya personas desconocidas.
No hay nadie en este mundo que no te pueda denunciar. Te ha quedado claro ya?
Qué la denuncia prospere o no, o que haya pruebas es otra cosa, pero denunciarte te puede denunciar cualquiera.

D

#29 Que la denuncia prospere o no, depende también de que la ley sea clara al respecto.

Si me he cagado en michael jackson y el juez es un fan... igual me cae una multa aunque haya sido una conversación privada...

D

#33 eso es un tanto chorrada, no te parece? Una cosa es que un momento muy puntual en un chat entre amigos sueltes algo chorra, porque te cabrea o sea humor negro o lo que sea. Y otra muy distinto es que día sí y día tmb amenaces a una persona en un chat con que vas a matarla.
Que es el caso que nos ocupa.

Vamos, que creo que tienes ya cierta cabeza como para venir a plantear chorradas como la que has soltado.

salteado3

#42 Y no olvidemos el agravante de que son policías, al servicio de todos y pagados por todos, incluida Carmena.

Ahí un programa de esos de reality de policías que empieza con una voz en off que dice que cuando termina su turno él sigue siendo policía siempre, en todo momento.

cada vez queda más claro que no tienen toda la profesionalidad que se les presume (y de la que presumen) ni hay por qué asumir que siempre digan la verdad o hagan lo correcto.

wondering

#42 Es que hay que separar los temas. Quizás me equivoque, pero que yo sepa, por un lado, hay al menos 1 policía (o algunos muy concretos) que han estado amenazando a otro policía. Eso es una amenaza. Nada que ver con humor. Y da igual que sea por whatsapp, por teléfono o por twitter, porque son amenazas. El juez tendrá que decidir hasta qué punto son creíbles por supuesto.

Luego está el tema de las diferentes burradas que ha puesto cada uno. Si el juez no considera el chat este como privado, el que puso la burrada contra Carmena por el tema de Atocha, es probable que al menos, se le investigue por enaltecimiento del terrorismo. No me sorprendería, ni lo vería mal tampoco.

Para el resto, pues no sé, porque no tengo tanto detalle.

D

#87 No creo que sea enaltecimiento del terrorismo, pero sí incitación al odio y la violencia.

D

#31 Pues aunque #19 y #29 te lo explican bastante bien, añado a lo que ellos dicen dos cosas:

-Aquí lo grave no es tanto que sea público o privado (que también, claro), sino que agentes de la policía, actuando como agentes en cuanto tal (dado que el chat se creó por y para los miembros de la policía: que el único vínculo común era el trabajo se demuestra porque muchos no se conocían), suelten auténticas animaladas y dediquen loas explícitas al nazismo.

-Donde no hay nada que expresar no cabe decirse que peligre la "libertad de expresión".

Thermita

#5 Hace falta ser cuñao para no distinguir entre un chat de 160 personas que no se conocen entre si y una cena familiar.

Casanotra

#5 hostia, la mitad de los españoles irían a juicio la noche de Navidad

D

#5 El Derecho de Libre Reunion es algo moderno, los abuelos de los peperros consideraban delito que mas de cuatro personas estuviesen juntas y no te rias que es verdad, en Nochebuena podia presentarse la polica en tu casa y llevarse a todos detenidos por eso.

mangrar_2

#5 Exacto, algunos quieren que acabemos como en 1984 de George Orwell, con la policía del pensamiento.

Libertual

#5 Si tu acosas y amenazas a alguno de tus familiares te pueden denunciar y si eres policía te suspenden de empleo y sueldo.
Si podemos, no vamos a esperar a que cumplas tus amenazas.

D

#92 ¿Entonces no tiene relevancia que el juez diga que la comunicación en el chat era privada o pública?

Si tiene que considerarlo será por algo.

Libertual

#93 Yo creo que es una estrategia para absolver a los policías y que los delitos queden impunes.

D

#2 me parece que la distinción importante que hace el juez es que son personas que no se conocen.

Battlestar

#2 Es que no debería haber diferencia alguna, o algo es delito, o no lo es, ¿qué es esa chorrada de que sea publico o privado? Si las amenazas son un delito, en las condiciones en las que se describen el código penal, entonces es un delito, da igual que se la diga en privado a la victima de las amenazas o lo haga en televisión en horario de máxima audiencia.

Si acordamos que decir gilipolleces o tener la boca grande es un delito, entonces debería ser delito independientemente que se haga en la barra de un bar o en twiter. Si no se le da publicidad a una cosa no es un delito y si se le da si? ¿No es esto una mera manera de tratar de impedir que se escuche a la gente que dice cosas que no nos gustan? Alguien dice en un bar que Hitler y Franco son los heraldos de la bondad y pensamos que es un gilipollas, alguien lo dice en publico y pasa a ser un delincuente?

Pues cuidado, que si acordamos que las gilipolleces son delito puede que mañana alguien piense que lo que nosotros decimos es una gilipollez y nos convirtamos así en delincuentes.

A mi me parece más preocupante que los librepensadores y defensores de la libertad insistan en convertir en criminales a los garrulos, que el que los garrulos griten sus garruladas a los cuatro vientos. Con defensores de la libertad como estos, quién necesita fascistas.

L

#28 Pues si ha sido así, debería. Eso y más.
Que estos hablaban de cazar y cosas así. Por no hablar de las amenazas a un miembro del grupo, y sugerir que otro, si no se andaba con cuidado, iba a ir por el mismo camino.

Autarca

#6 ¿Libertad de expresión? Desde la ley mordaza ya no tenemos nada de eso.

Paradójico que se le aplique a un grupo que en teoría estaba bajo su protección.

fugaz

Ser policía debe ser incompatible con ser fascista o cometer delitos de odio.

Hay que obedecer a la autoridad, su declaración tiene presunción de veracidad y su profesión le obliga a actuar en asuntos muy delicados con delincuentes y víctimas y permitiéndoles que a veces se salten las restricciones que nos ponemos el resto.

Son el poder ejecutivo.

Si suficientes de ellos son fascistas o caen en delito de odio o de corrupción el sistema se cae.

D

#4 totalmente de acuerdo, pero está en juego la libertad de expresión en comunicaciones privadas, lo cual no es moco de pavo.

D

#6 Aquí no está en juego la libertad de expresión de nadie.

D

#18 Mientras no esté claro qué diferencia la comuniación privada de la comunicación pública, sí está en riesgo

D

#21 Aunque esté claro. La libertad de expresión debe existir en todos los ámbitos, tanto públicos como privados.

Pepepaco

#21 la libertad de expresión no está en riesgo por esa diferencia entre público y privado.
Si tú, haciendo uso de tu libertad de expresión, amenazas de muerte a alguien eso es un delito. Lo hagas en público, en privado, o tú sólo encerrado en el armario de tú habitación. Si alguien tiene una prueba de tú delito te denuncia y ya está.
Eso no tiene nada que ver con tu libertad de expresión que sigue intacta

D

#48 Es que esto no tiene sentido, una amenaza es cuando voy a ti te y te digo que te voy a machacar, pero si se lo digo a pepe (que te voy a machacar a ti) no te estoy amenazando. Esto es tan absurdo como hablar de insultos cuando se habla de alguien que no está presente.

Pepepaco

#80 El delito de amenazas no requiere en absoluto que me lo digas a mí a la cara basta con que hayas proferido esa amenaza y se pueda demostrar.
CAPÍTULO II
De las amenazas
Artículo 169
El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.
Artículo 170
1. Si las amenazas de un mal que constituyere delito fuesen dirigidas a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, o a cualquier otro grupo de personas, y tuvieran la gravedad necesaria para conseguirlo, se impondrán respectivamente las penas superiores en grado a las previstas en el artículo anterior.
2. Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años, los que, con la misma finalidad y gravedad, reclamen públicamente la comisión de acciones violentas por parte de organizaciones o grupos terroristas.
Artículo 171
1. Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior.
2. Si alguien exigiere de otro una cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar o difundir hechos referentes a su vida privada o relaciones familiares que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a su fama, crédito o interés, será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años, si ha conseguido la entrega de todo o parte de lo exigido, y con la de cuatro meses a dos años, si no lo consiguiere.
3. Si el hecho descrito en el apartado anterior consistiere en la amenaza de revelar o denunciar la comisión de algún delito el ministerio fiscal podrá, para facilitar el castigo de la amenaza, abstenerse de acusar por el delito cuya revelación se hubiere amenazado, salvo que éste estuviere castigado con pena de prisión superior a dos años. En este último caso, el juez o tribunal podrá rebajar la sanción en uno o dos grados.
4. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
5. El que de modo leve amenace con armas u otros instrumentos peligrosos a alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, exceptuadas las contempladas en el apartado anterior de este artículo, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de uno a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de seis meses a tres años.
Se impondrán las penas previstas en los apartados 4 y 5, en su mitad superior cuando el delito se perpetre en presencia de menores, o tenga lugar en el domicilio común o en el domicilio de la víctima, o se realice quebrantando una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza.
6. No obstante lo previsto en los apartados 4 y 5, el Juez o Tribunal, razonándolo en sentencia, en atención a las circunstancias personales del autor y a las concurrentes en la realización del hecho, podrá imponer la pena inferior en grado.

D

#96 Me has copiado todo eso para no decir nada. Entiendo que por definición para "amenazar" a otro, tienes que "amenazarle". lol

El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado [...]

Pepepaco

#98 Te pegué todo el capítulo de las amenazas para que vieras que en ningún apartado exige que el amenazado tenga que estar presente, o ni siquiera enterarse, para que sea delito. De hecho de la frase que tú copias no se desprende lo que argumentas.

Quizás con un ejemplo lo entiendas mejor:
Si tú me dices "Le voy a reventar la cabeza y todos los huesos a XXXX" eso es una amenaza y acabas de cometer un delito, a XXXX acabas de amenzarle. Si yo te denuncio tendrás que responder penalmente por ese hecho, aunque XXXX no se haya enterado o no se entere hasta que yo haga la denuncia. Luego el juez valorará la intencionalidad, la credibilidad de la amenaza y toda una serie de circunstancias para aplicar una u otra pena o incluso para archivar la denuncia si considera que la frase es fruto de un "calentón" (por ejemplo) y no tenías la menor intención de cumplirla.

D

#100 Y ya contesté a tu copia y pega sin sentido, se habla de amenazar a alguien, difícilmente se puede amenazar a alguien sin amenazar a nadie.

D

#6

¿También te parece mal que se espíe a AlQaeda? Pues nazis con pistola son igual de peligrosos que los moros con explosivos.

D

#35 lol

No estoy hablando de espionaje, sino de libertad de expresión.

Me parece perfecto que se espíe a traficantes, terroristas, pederastas, políticos, a mi vecina e incluso a mí misma.

Me parece mal que algo que yo diga en una conversación privada pueda ser constitutivo de delito.

No es lo mismo decir a mi novio por whastapp "me gustaría que alguien matase a pablo iglesias" que decir en tuiter "me gustaría que alguien matase a pablo iglesias"

No porque nadie tenga derecho a escuchar lo que digo, sino porque decirlo en un contexto privado no es delito.

Ovlak

#6 Esto no tiene nada que ver con la libertad de expresión. La libertad de expresión ampara en el ámbito privado y público. Incluso está más fundamentada en garantizar las expresiones públicas. Aquí, sin embargo, se juzgan expresiones no amparadas por la libertad de expresión como injurias y delito de odio. La polémica consiste en que algo no puede ser injuria si se produce en el ámbito privado y, por lo tanto, no se realiza con el ánimo de ofender al sujeto pasivo de la injuria. Pero aquí la libertad de expresión no pinta nada.

D

#49 No estoy de acuerdo que no pinte nada, ya que podemos hablar justamente de lo que comentas tu, si te digo que te voy a matar te estoy amenazando, si lo digo en el ámbito privado y tu no estás presente, podemos irnos a hablar de que es una forma de expresarse que no tiene nada que ver con cometer un delito.

Estamos legislando chorradas, no delitos, y eso nos lleva a hablar de precrimen. Esto en parte me sigue recordando al comentario de Pablo Iglesias sobre Mariló Montero, "la azotaría hasta que sangrara". Fuera de contexto eso puede ser cualquier cosa, una amenaza, acoso sexual, etc.

Ovlak

#81 Insisto que la libertad de expresión no se planteó en función de si el ámbito en el que se ejerce es público o privado. En todo caso es un derecho que se defendió para el ámbito de lo público, ya que historicamente aunque no existiera libertad de expresión uno siempre ha podido manifestar todo tipo de ideas en círculos de confianza. Los comentarios de estos policías no están amparados por la libertad de expresión ya que se suponen injurias. Sólo queda dilucidar si el ámbito en el que se expresaron se considera público o privado y que yo sepa aún no hay ni sentencia ni condena como para que nos estemos aquí tirando los platos.

D

#85 Entiendo tu punto de vista, pero como ya dije antes, no lo comparto.

R

#4 Ser fascista debe ser incompatible con todo en un pais democrático, que te meten en la cárcel por hacer canciones pero no por ser fascista.

N

Que nos digan a partir de qué número se considera privado. Y también en qué ámbitos. No es lo mismo un chat de familia numerosa que un chat de trabajo o un chat entre amigos.

m

¡Que no os dais cuenta, que es sólo un grupo de amigos!

Eso si, amigos al estilo de Roberto Carlos.

#Nota para los que conozcan poco el #Mundo_Viejuno: me refiero al cantante. lol

D

A por ellos oee

D

No se porque está banda y todos los que los defienden no tienen prision incondicional sin fianza, estilo titiriteros

D

#37 Nadie debería ir a la cárcel por expresar sus opiniones. Ni los titiriteros ni los raperos ni estos policías.

D

#56 y por amenazas de muerte tampoco?

D

#60 Pues me parece bastante desproporcionado ir a la cárcel por eso, la verdad. No me parecen más que cuatro gilipollas soltando imbecilidades en un grupo de whatsapp.
Que no sirvan para policías, correcto. Cárcel, desproporcionado.
De todas formas no soy jurista.

D

#88 no he pedido cárcel, pero igual que tú, como mínimo los inhabilitaba.

wondering

#56 "expresar sus opiniones". A ver si entendemos de una vez que la libertad de expresión, como cualquier otro derecho, tiene límites.

No todo vale.

obmultimedia

en 3,2,1... juez apartado y pondran a otro amiguito del PP y dira que son chiquilladas y cerrara el caso.

D

La basura fascista, a las mazmorras.

TarekJor

Un Chat-privado de carácter público?
No es mejor decir "un chat por invitación" con afán público?

Entonces (pregunta para Abogados o Jueces), un chat "privado" que es?
A- Sólo un chat de dos personas (bidireccional)? (la típica conversación que sólo podrían leer esas dos personas)

B- Además de A, un chat de menos de 10 personas?

PD: lo digo para "tener consistencia jurídica", no voy a tolerar que se "normalice" el Espionaje en "general" de grupos de Telegram o Whastapp... que lo hagan (soterrado), y clandestino es una realidad... pero no es legal (no se sostendría ante un Tribunal)

... que no "tenga carga de prueba" ante un Tribunal, (en los chats privados), porque cualquier "custodia de prueba" en delitos de palabra es carne de "Pruebas Falsas"...

La Justicia tiene un grave problema con la Presunción de Veracidad en Delitos de Palabra o Posesión (porque hay un gris donde te la pueden colar, si quieren), por eso no me gustan los "Delitos de Internet", muchos son productos del mundo real, Internet no es fiable como carga de prueba, ni o es la IP... etc (hay mucha Jurisprudencia sobre eso), aunque el Leviatán se lo quiera cargar todo "hacia la Sospecha permamente", quien quiera cometer un delito en Internet...

Habrá un porcentaje que "lo haga con su DNI o desde Facebook o Twitter" desde su IP de casa", esos los menos, podrían utilizar otro tipo de servicios para "enmascarar" su Identidad (y el sistema judicial en Internet, sobre Delitos/Faltas de Palabra estaría "bien-follado", con Duda-Razonable por defecto.

Sobre, el argumento (comparto que un chat con 116 agentes tiene un carácter de difusión pública por invitación, además en un contexto de turnos y de "Trabajo público" por más Razón.

"Que las expresiones se viertan en un chat privado no excluye que se realicen públicamente como es el caso de un grupo con 116 agentes que no se conocen",

TarekJor

#64 (mierda) se me ha pasado el tiempo de edición:

Sobre la "Legislación", veo más viable:

Veo más viable a priori (Educación, y moderación como Menéame o Disqus), con ocultación de mensajes (democráticamente) pero no Censura.

Twitter debería tener algo así y Telegram o WhatsApp también. (Se podría legislar bien para obligar a introducir auto-moderación por Comunidad en esas redes o apps), así no se "favorece" Censura pero se introduciría Disciplina al Lobo o al Fascista y a la Violencia Verbal.

Algo así como una norma para "sistemas de Comunicación sociales" (además me parecería positivo)

Menéame lo tiene y por eso, sigo entrando (porque tiene Karma, moderación-social) y no es Censura (que sí Moderación)

Sobre, el argumento (comparto que un chat con 116 agentes tiene un carácter de difusión pública por invitación, además en un contexto de turnos y de "Trabajo público" por más Razón.

En la Libertad de Expresión no todo vale (y esto es un caso muy extremo, en un contexto de gente armada, Policía local, ojo)

"Que las expresiones se viertan en un chat privado "por invitación" no excluye que se realicen públicamente como es el caso de un grupo con 116 agentes que no se conocen"

No metería la "cuña de chat privado" es un error.

c

Pues que se haga una cuenta em foropolicia ese juez..si quiere flipar.

BuendiaRocks

La pulisia del pensamiento !!!!!!
Vamos a echar mucho de menos los 80

D

Mientras tanto las loas a descerrajar tiros en la nuca de los jueces como hacen la camareta de raperos nos parece libertad de expresión. Doblepensar orwelliano.

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