La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, señala que los contribuyentes que renuncien a una herencia a favor de otro heredero tendrán que pagar igualmente el impuesto de Sucesiones ya que se considerará que ha aceptado el legado previamente.
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blog.hernandez-vilches.com/actualidad/renunciar-a-una-herencia-a-veces
Tecnicamente es un "recojo herencia y dono".
El caudal hereditario, tras una renuncia, se distribuye entre el resto de herederos.
Puedes verlo en el enlace de #3
"El órgano (la DGT) aclara que en este caso no se trataría de una renuncia pura a una herencia sino de una renuncia a favor de una persona determinada. "Tanto desde el punto de vista civil como fiscal, la renuncia a la herencia en favor de una persona determinada supone, en general, su previa aceptación", explica."
"En caso de que se produzca una renuncia de la herencia a favor de otro heredero, se considerará, a todos los efectos, que la persona que ha repudiado su parte de la herencia ha llevado a cabo una donación de esos bienes al beneficiario, y eso acarrea una serie de pagos en concepto de impuestos por la donación de esos bienes."
garanley.com/herencias/se-puede-renunciar-a-una-herencia-en-favor-de-o
Si eres forzado a recibir la herencia para tener que pagar impuestos, entonces no la estás "recogiendo", estás siendo forzado a aceptarla previamente.
(pag 3) castillayleon.ccoo.es/ac2cee4bfbee709fce460048cb39bf9a000050.pdf
Que algunos "astutos" notarios traten de colar "renuncia a favor de un tercero" sin informar que eso no es una renuncia simple (la que no tiene cargas fiscales) es que estan engañando a los clientes.
Todos los equipos legales especializados en herencias que te he enlazado anteriormente coinciden en este concepto de tributación si no es una renuncia simple, algo perfectamente conocido desde hace mucho tiempo.
Ahora, para dinar algo ese algo tiene que ser tuyo, sino no puedes donarlo.
No es tan difil de entender, para poder decidir debes de haber ganado derechos sobre esos bienes. Todo los que no sea Renuncia simple te hace ganar derecho de posesión.
¿Puedo yo vender su casa o su coche? No, porque no tengo el derecho de propiedad.
Para poder decidir sobre el bien tiene que tener el derecho de propiedad.
Podemos aceptar los tecnicismos de los burócratas con incentivos de maximizar la recaudación a toda costa, aunque sea… » ver todo el comentario
En nuestro caso cuando murió mi abuelo todos renunciamos en favor de mi abuela, cuando ella falleció ya se repartió lo correspondiente y se pagaron los impuestos que tocaban, pero según tu lo correcto habría sido que se lo quedara el estado o algo pq cedérselo todo a mi abuela mientras seguía viva esta mal por algún motivo.
Que hubieran apañado en vida lo que pasa con la casa, que la hubiese vendido el padre.
Si no tienes un ahujerodne evasión. Dos hijos renuncian en favor del tercero pero el tercero solo paga un tercio de los impuestos.
O peor aún, renuncian los tres en favor de una asociación patrimonial y no pagan impuestos por la transmisión de la casa.
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