"El Tribunal Supremo ha anulado un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de julio de 2004 relativo a la provisión de plazas de Juzgados de lo Mercantil y obliga al órgano de gobierno de los jueces a tener en cuenta el conocimiento de las lenguas autonómicas como mérito para optar a estos cargos judiciales."
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