Una nueva sentencia del Tribunal Supremo aclara cuándo es obligatorio darse de alta en el Régimen de Autónomos (RETA), incluso si los ingresos no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional. Un criterio que afecta a trabajadores por cuenta propia, jubilados y profesionales con actividad económica secundaria.
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(estoy usando la calculadora oficial para esto)
Me encantaría que alguien pudiera explicar cual es el razonamiento para esta locura, porque me parece completa y absolutamente justificado defraudar en esta situación