Hace 12 años | Por manuelbiliar a elpais.com
Publicado hace 12 años por manuelbiliar a elpais.com

Un Juzgado Sevilla ha declarado nulo el acuerdo básico sobre la prestación de servicios de productos de inversión y el contrato de cobertura de tipos de interés sobre una hipoteca, la conocida como cláusula suelo, realizados por Caixa Galicia. Además, ha condenado a la entidad a devolver el dinero -más intereses- que el cliente tuvo que pagar de más por este contrato, que limitaba el impacto...

Comentarios

m

Primer Round: We WIN.

ChukNorris

#1 Primer Round: We WIN.

En tal caso seria He WIN, porque aquí solo gana el que ha denunciado a titulo particular, no se extiende al resto de afectados del mismo banco ni de otros bancos.

InfameIznogud

#8 Precisamente para eso está la demanda colectiva:

ya en febrero de este año, el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid aceptó a trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45 entidades financieras por aplicar este tipo de cláusulas.

Yo estoy adherido ¿y tú?

ChukNorris

#14 Pues también, de ahí mi critica al we Win .... sera un nosotros cuando se ganen las demandas colectivas, no las particulares.

InfameIznogud

#15 Todo llegará, hace poco que está presentada y las cosas de palacio van despacio.

m

#15 Y yo, por eso considero que gano, cuantas más sentencias haya en este sentido para cuando toque la nuestra mucho mejor. Además que te recuerdo que entre las medidas cautelares pedimos que cautelarmente se nos deje de aplicar la claúsula suelo y (IANAL) esto seguro que mejora nuestras posibilidades de obtenerla.

D

#14 ¿sabes si todavía se está en plazo de adherirse?. Yo lo dudé en su momento y no lo hice.

InfameIznogud

#18 Creo que no http://colectivos.adicae.net/i_general_p.php?id=42&nombre=

Pero en todo caso consulta en Adicae a ver qué te dicen.

No obstante, ADICAE continuará posteriormente a este plazo recibiendo adhesiones a la demanda; si el juzgado amplía plazos se presentarán entonces, en caso contrario se buscarán las alternativas para que esas personas que hayan llegado fuera de plazo estén igualmente defendidas (por ejemplo valorando la presentación de una nueva demanda su se agrupasen suficientes solicitudes, u otras fórmulas adecuadas).

D

#29 Gracias, miraré que se puede hacer, otra vez

galen

#8 He wins.

d

Toma!! A PAGAR, banksters!!

k

que sea el primero de muchos!!!

StuartMcNight

He visto la noticia hace un buen rato y me ha dado por buscar en las pendientes por Caixa Galicia, y he visto que las noticias de entidades pequeñas no generan interés. Vaya, veo que lo único que tenía que hacer era modificar un poquito la noticia para atraer a la gran marea de antibancos de meneame.

De todos modos, meneo al canto, para ver si empezamos a meter en apuros nosotros a los bancos y cajas.

m

#5 Precisamente por eso no digo la entidad en el titular

m

Este era el texto del artículo:

Un juez obliga a Caixa Galicia a devolver a un hipotecado lo que le cobró por la cláusula 'suelo' · ELPAÍS.com

Un Juzgado Sevilla ha declarado nulo el acuerdo básico sobre la prestación de servicios de productos de inversión y el contrato de cobertura de tipos de interés sobre una hipoteca, la conocida como cláusula suelo, realizados por Caixa Galicia. Además, ha condenado a la entidad a devolver el dinero -más intereses- que el cliente tuvo que pagar de más por este contrato, que limitaba el impacto de las subidas del euríbor en las cuotas pero también sus descensos, lo que impidió al hipotecado beneficiarse del descenso que este indicador ha registrado en los últimos años. En la fecha en la que se firmó el contrato, julio de 2008, el euríbor estaba en niveles máximos sobre el 5%.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla de 13 de mayo de 2011, contra la que cabe recurso de apelación, sostiene en sus fundamentos de Derecho que la defensa de la parte demandada reconoció que el motivo por el que se realizó el contrato fue la inquietud de los hipotecados por la subida del euribor, y su representante agregó que no se hizo prueba de idoneidad, que no se recogieron las características del producto en la oferta vinculante antes de la firma de escritura y que no dio información previa del contrato de cobertura en otro soporte. Por tanto, manifestó que la explicación que se dio fue en todo momento verbal.

De esta forma, el juez considera que el cliente se puede calificar como minorista y que por ello la protección debió ser la máxima por imperativo legal, facilitándole por escrito la documentación relativa al producto que se iba a contratar, situación que no se produjo, agrega la sentencia, hasta el momento de la firma de la escritura pública ante notario, cuando se entregaron varias páginas con letra pequeña y conceptos técnicos.

Además, estima plausible entender que los hipotecados no conocieron adecuadamente la trascendencia que podría tener para ellos una posible bajada del euribor y que los términos del contrato les podrían haber hecho pensar que se estaba asegurando que no subieran las cuotas del préstamo en caso de variaciones en este indicador, que equivale al interés al que los grandes bancos europeos se prestan dinero entre sí y fija el precio de la gran mayoría de hipotecas variables en España.

En definitiva, el juez argumenta que este caso se basa en el error en el consentimiento, lo que debe propiciar la nulidad de ambos contratos y, en consecuencia, la anulación de los cargos efectuados hasta la interposición de la demanda con devolución de las cantidades y abono de sus intereses desde su cargo en cuenta hasta su completa devolución. Caixa Galicia, actualmente fusionada con Novacaixa, también deberá pagar las costas del proceso.

La decisión de este juzgado se suma a otra, también de un juzgado de Sevilla, el Mercantil número 2, que anuló las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, Caixa Galicia y Cajamar en octubre del pasado año. Entonces, el juez consideró que entre los techos (los máximos intereses que debería asumir un hipotecado) y los suelos (los mínimos) existe un enorme desfase, ya que los máximos (de entre el 10% y el 15%) es difícil que se alcancen, mientras que los mínimos están fijados entre el 2,75% y el 3,25%. El euríbor se encuentra bajo estos límites desde 2009. Además, ya en febrero de este año, el Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid aceptó a trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45 entidades financieras por aplicar este tipo de cláusulas.

Hadry

Existe ya una demanda colectiva contra los bancos para que devuelvan el suelo cobrado de mas. Ellos (los bancos) dicen que no la van a perder, pero lo dudo mucho. Eso si, meterán mierda a rabiar para tenerla enfrascada en los tribunales, pero como si tienen que cobrar la indemnización los abuelos de los demandantes. Espero que les den una buena leche a los bancos.

Q

#10 Los abuelos, no; serán los nietos.

Hadry

#20 Hoy estoy espesa, segundo error.. perdón!

D

Primer problema resuelto. Ahora el segundo problema será cobrar. Seguramente al pobre cliente le van a hacer esperar años. Y eso sino recurren la sentencia.

Hace unos días salió por aquí un caso parecido en Estados Unidos. El cliente tenía la razón, el banco tenía que pagar. No pagaba, no pagaba.... hasta que los clientes solicitaron el embargo del banco! Vaya si pagó el Bank of America! lol

Herumel

Lo que más me desconcierta es... si un juez estima que le han penalizado en exceso y le han cobrado más de lo que deberían, ¿cuál es la penalización real a la entidad?
por que si no se cumple el dicho de...
"si con metertela he dolido con sacartela he cumplido"

Black_Diamond

Esto hay que menearlo.

D

Caixa Galicia no es un banco, es una caja.

iveldie

Esto tendrían que ponerlo por ley, que devolvieran ese dinero a todos los estafados. A mi me corresponderían unos 50.000 euros y me solucionaría muchos de mis actuales problemas.

Karmarada

A ver cuando le toca al Pastor

ash2005

en verdad os digo que aquí va a haber quiebras...

Morgan

Por algo se empieza

D

Cuando los jueces sentencian en contra de los políticos/banqueros no se dice nada, pero cuando van en contra de los ciudadanos, se les pone a parir. Sólo lo digo porque me resulta curioso.

Y encima el país dice que no encuentra la página deseada. lol

D

Una mano oscura no quiere que veamos esa página.

¿Alguien sabe donde verla?

Pegaso666

A los que tengáis las escrituras de préstamo ya inscritas: Revisad muy bien e informaros de las cláusulas que el registro de la propiedad ha inscrito y las que no.
Desde que ha saltado la liebre, los registradores no se quieren pillar los dedos e informan que algunas no son inscribibles y por lo tanto se entiende no pueden aplicarse (véase cláusulas de impago). Los bancos están como locos revisando que sí se inscriban.

kastanedowski

Lo sentimos
La página que ha pedido no existe o ha sido borrada del servidor


Alguien sabe donde se puede volver a leer la noticia? lei en comentarios anteriores el texto, pero quiero re-enviar el enlace

Hikari.chan

La pagina ha sido borrada del servidor, no podremos ver la noticia

a

No carga el link alguien más con el mismo problema?

j

Pero si no entiendo mal la noticia no está hablando de un caso de clausula suelo si no de un "swap" ¿no?