c&p de un extracto: Con el canon se da "beneplácito para que dos o más entidades de gestión de derechos de autor" saquen provecho en común de un adelanto tecnológico lo que "vulnera los principios de la Ley española de la Competencia, y en especial, los artículos 85 y 86 del tratado de la CE, y el 65 y 66 del Tratado de la CECA, sobre acuerdos restrictivos de la competencia y los abusos de posición dominante, además de establecer el derecho a la copia y lo contrario en el mismo texto".
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