Queda abierta así la interpretación de quién vulnera la propiedad intelectual ya que entrarían no sólo las webs que se lucren con contenidos protegidos por la propiedad intelectual sino también aquellas que, aún no teniendo publicidad "pretendan causar un daño patrimonial".
En su última revisión, el Anteproyecto de Ley de Economía Sostenible: "La sección podrá adoptar [...]
Si os fijáis, el extracto de la ley es el mismo, "La sección podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar los contenidos que vulneren la propiedad intelectual por parte de un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto, o de quien pretenda causar un daño patrimonial."
sólo que en este caso, el artículo, en lugar de hacer hincapié en el lucro, lo hace sobre el daño patrimonial.
Con la locura con la ley de marrás, estáis subiendo a portada cualquier cosa que salga sin siquiera mierar antes.
A no ser, claro, que el par de apuntes acerca de David Bravo que no son más que un corta pega de comentarios presentes en otras noticias ya meneadas (y subidas a portada) impliquen que no lo es. Vamos, que es un refrito de todo lo que ya ha salido en MnM.
#4:
#1: Sin embargo la ley antivandalismo no cierra publicaciones, por eso no va en contra de la Constitución, artículo 20.5:
"Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial."
Pues quien cierra las webs cautelarmente, según la ley que quieren aprobar, es la Comisión y no el juez.
Si os fijáis, el extracto de la ley es el mismo, "La sección podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar los contenidos que vulneren la propiedad intelectual por parte de un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto, o de quien pretenda causar un daño patrimonial."
sólo que en este caso, el artículo, en lugar de hacer hincapié en el lucro, lo hace sobre el daño patrimonial.
Con la locura con la ley de marrás, estáis subiendo a portada cualquier cosa que salga sin siquiera mierar antes.
A no ser, claro, que el par de apuntes acerca de David Bravo que no son más que un corta pega de comentarios presentes en otras noticias ya meneadas (y subidas a portada) impliquen que no lo es. Vamos, que es un refrito de todo lo que ya ha salido en MnM.
#11 Resulta cansino Se agradecería más diversidad de temas. Si nos fijamos, además, en los hilos sobre la ley, los comentarios ya no aportan si quiera nada nuevo aparte de coñas, gritos y trolleos varios.
#10, llevas razón. Me apena, porque creo que es positivo que cuanta más gente mejor se haga consciente de que a partir de ahora todos los derechos contra la propiedad (material o inmaterial) van a ser perseguidos con el mismo ahínco, pero mi respeto intachable a las reglas de juego no me dejan otra opción: hemos de votar negativo.
También aquellas que "pretendan causar un daño patrimonial". Genial. No solo nos va a emplumar la Administración, sin resolución judicial. Encima, se atribuyen la potestad de interpretar las intenciones.
Pues esto sí que me parece un problema. No me parece bien que, por ejemplo, una tracker privado sin publicidad, que lo único que hace es facilitar el intercambio de archivos, pueda ser cerrada.
Tal y como está redactada se podría cerrar Google, porque se podría encontar un enlace desde ella a una obra con derechos... pero estoy completamente seguro de que a Google no le dirán nada.
La ley antivandalismo multará no sólo a quienes roben mobiliario urbano para revenderlo, sino a quienes aún sin pretender lucrarse con ello, destrocen un semáforo o un banco público.
#4 Pues quien cierra las webs cautelarmente, según la ley que quieren aprobar, es la Comisión y no el juez.
El encargado de ordenar el cierre es el juez.
En primer lugar, ese órgano se dirigirá al titular de la página web que infringe los derechos de propiedad intelectual para instarle a que los retire. Si ese titular no responde a la petición de la Comisión, entonces ésta lo pondrá en conocimiento de la Justicia para que se autorice el cierre de la página.
Una vez que el juez de la Audiencia Nacional reciba el informe de la Comisión de Propiedad Intelectual, tendrá un plazo máximo de cuatro días para convocar a las partes implicadas y decidir si adopta alguna medida de cierre o bloqueo de páginas de internet.
Pregunta: Entonces, ¿es el juez quien finalmente toma la decisión de si se cierra una WEB o no?
MINISTRO DE JUSTICIA : Por supuesto. Es necesaria siempre autorización judicial previa, para poder tomar esa decisión. En un procedimiento ágil que, como máximo, dura 4 días y en el que el juez tiene que oír a las partes y tomar una decisión sobre si acuerda la medida o no.
#1 Poner ejemplos falaces constantemente es un acto propio de una persona que ignora o una persona que deliberadamente pretende confundir a la gente.
Tú nos dirás cuál es tu caso.
Recordatorio otra vez: Ningún bien inmaterial es apropiable. No es posible robarlos. No es comparable la posesión de un bien material a la de un bien inmaterial. Realizar una copia no causa coste, ni daño, ni perjuicio, ni menoscabo alguno.
En todo caso, sucede que es un error basar tu modelo de negocio exclusivamente en vender copias de un bien con oferta infinita: por muy alta que sea la demanda, y por mucho valor que tenga el bien, el precio de mercado siempre va a ser 0€.
Comentarios
Es duplicada: La Ley de Economía Sostenible introducirá el concepto de "lucro indirecto" para bloquear páginas web
La Ley de Economía Sostenible introducirá el conce...
lavozdeasturias.esSi os fijáis, el extracto de la ley es el mismo, "La sección podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar los contenidos que vulneren la propiedad intelectual por parte de un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto, o de quien pretenda causar un daño patrimonial."
sólo que en este caso, el artículo, en lugar de hacer hincapié en el lucro, lo hace sobre el daño patrimonial.
Con la locura con la ley de marrás, estáis subiendo a portada cualquier cosa que salga sin siquiera mierar antes.
A no ser, claro, que el par de apuntes acerca de David Bravo que no son más que un corta pega de comentarios presentes en otras noticias ya meneadas (y subidas a portada) impliquen que no lo es. Vamos, que es un refrito de todo lo que ya ha salido en MnM.
#10 Algunos llevan así desde el 8 de diciembre.
#11 Resulta cansino Se agradecería más diversidad de temas. Si nos fijamos, además, en los hilos sobre la ley, los comentarios ya no aportan si quiera nada nuevo aparte de coñas, gritos y trolleos varios.
#10 Ya lo dije yo en #3 pero referente a otra de las muchas noticias que sobre el asunto se están meneando
#12 Es que si no gritas "ehhhh dupeeee!" no te hacen caso
#10, llevas razón. Me apena, porque creo que es positivo que cuanta más gente mejor se haga consciente de que a partir de ahora todos los derechos contra la propiedad (material o inmaterial) van a ser perseguidos con el mismo ahínco, pero mi respeto intachable a las reglas de juego no me dejan otra opción: hemos de votar negativo.
Sé reconocer cuando he perdido.
#14: La "propiedad" inmaterial es un término que no significa nada. No puedes poseer ideas de la misma manera que posees entes físicos.
#14 O no entendí el comentario, o ¿no te has dado cuenta que te contradices con el hegel de: policia-desaloja-patio-maravillas/1#c-79?
La Policía desaloja el Patio Maravillas
europapress.esINCONSTITUCIONAL
Se puede decir más alto, pero no mas claro
También aquellas que "pretendan causar un daño patrimonial". Genial. No solo nos va a emplumar la Administración, sin resolución judicial. Encima, se atribuyen la potestad de interpretar las intenciones.
Pues esto sí que me parece un problema. No me parece bien que, por ejemplo, una tracker privado sin publicidad, que lo único que hace es facilitar el intercambio de archivos, pueda ser cerrada.
Esta información ya estaba contenida en La prueba diabólica
La prueba diabólica
merodeando.com"La Comisión puede decidir el cierre de cualquier web “con ánimo de lucro, directo o indirecto, o de quien pretenda causar un daño patrimonial”
Es una pena que la gente no se lea las noticias salvo que los titulares sean muy llamativos.
Tal y como está redactada se podría cerrar Google, porque se podría encontar un enlace desde ella a una obra con derechos... pero estoy completamente seguro de que a Google no le dirán nada.
#5 INCONSTITUCIONAL: Se puede decir más alto, pero no mas claro
Pues te quedarás ronco de gritarlo... la Ministra de la SGAE sabe las órdenes que tiene y son claritas: sacar esto adelante.
Disfruten lo votado.
La ley antivandalismo multará no sólo a quienes roben mobiliario urbano para revenderlo, sino a quienes aún sin pretender lucrarse con ello, destrocen un semáforo o un banco público.
#1: Sin embargo la ley antivandalismo no cierra publicaciones, por eso no va en contra de la Constitución, artículo 20.5:
"Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial."
Pues quien cierra las webs cautelarmente, según la ley que quieren aprobar, es la Comisión y no el juez.
#4 Pues quien cierra las webs cautelarmente, según la ley que quieren aprobar, es la Comisión y no el juez.
El encargado de ordenar el cierre es el juez.
En primer lugar, ese órgano se dirigirá al titular de la página web que infringe los derechos de propiedad intelectual para instarle a que los retire. Si ese titular no responde a la petición de la Comisión, entonces ésta lo pondrá en conocimiento de la Justicia para que se autorice el cierre de la página.
Una vez que el juez de la Audiencia Nacional reciba el informe de la Comisión de Propiedad Intelectual, tendrá un plazo máximo de cuatro días para convocar a las partes implicadas y decidir si adopta alguna medida de cierre o bloqueo de páginas de internet.
http://www.lavanguardia.es/internet-y-tecnologia/noticias/20100108/53864141471/el-consejo-de-ministros-aprueba-la-ley-sobre-descargas-en-internet.html
Pregunta: Entonces, ¿es el juez quien finalmente toma la decisión de si se cierra una WEB o no?
MINISTRO DE JUSTICIA : Por supuesto. Es necesaria siempre autorización judicial previa, para poder tomar esa decisión. En un procedimiento ágil que, como máximo, dura 4 días y en el que el juez tiene que oír a las partes y tomar una decisión sobre si acuerda la medida o no.
http://www.netoraton.es/?p=6635
#1 ¿Desde cuando compartir es vandalismo?
#1 Poner ejemplos falaces constantemente es un acto propio de una persona que ignora o una persona que deliberadamente pretende confundir a la gente.
Tú nos dirás cuál es tu caso.
Recordatorio otra vez: Ningún bien inmaterial es apropiable. No es posible robarlos. No es comparable la posesión de un bien material a la de un bien inmaterial. Realizar una copia no causa coste, ni daño, ni perjuicio, ni menoscabo alguno.
En todo caso, sucede que es un error basar tu modelo de negocio exclusivamente en vender copias de un bien con oferta infinita: por muy alta que sea la demanda, y por mucho valor que tenga el bien, el precio de mercado siempre va a ser 0€.
#1 ¿Y la ley antivandalismo te multa si haces una foto al mobiliario urbano? Al copiar ni robas ni rompes, el símil más parecido es hacer una foto.