Hace 3 años | Por nereira a 20minutos.es
Publicado hace 3 años por nereira a 20minutos.es

"La celebración de la fiesta no es delictiva, es una infracción administrativa (multa), como si se incumple el horario de cierre de un establecimiento"."Ahora bien, en este caso, el delito flagrante es la desobediencia grave que se produce al ignorar los asistentes a la fiesta los requerimientos policiales. Sobre el hecho de que los agentes no hubieran pedido una orden judicial para entrar en el piso, Cortés Bechiarelli explica que hay ocasiones en las que la policía no puede esperar "12 ó 16 horas" hasta conseguir una autorización

Comentarios

D

#18 Aunque sea un piso turistico, hay unas leyes referidas a un domicilio privado... un domicilio privado lo es, aunque sea turistico o familiar.
Es como si voy a un piso turistico unos dias, y viene la policia a hacer un registro del piso estando yo dentro¿? estamos locos o que...

currahee

#42 Dos cosas:
1. Diccionario de la RAE Código Penal
2. Una reunión de no convivientes NO ES DELITO.

D

#18 aunque sea turistico, sigue siendo un domicilio particular inviolable segun la constitucion. Estos casos llegaran al supremo en 3 o 4 años y estos polis acabaran la mayoria inhabilitados o similares. El hecho de tener que esperar 14 horas a que un juez lo autorice no es culpa del ciudadano.

currahee

#65
1. La desobediencia a la autoridad no es un delito que permita el acceso al domicilio.
2. Ver punto 1.
3. Estás en tu domicilio, desobedezcas o no, la policía sigue sin tener derecho a entrar.
4. Me gusta ese artículo. De qué ley lo has sacado?

r

#4 Ni te crees tú tu propia mentira.

mperdut

#4 Entonces hay una cosa que no entiendo, con tu afirmación resultaría que la policia nunca necesitaria orden judicial, te dice que abras la puerta y si no abres te la tiran abajo por que has desobedecido a los agentes.

nereira

#1 "el delito flagrante es la desobediencia grave que se produce al ignorar los asistentes a la fiesta los requerimientos policiales"

Attanar

#4 Entonces la policía podría irrumpir en tu casa sin orden judicial, simplemente pidiéndote que te identifiques.

Eso no tiene ni pies ni cabeza.

d

#4 Pero la acción de la policía debe ser siempre proporcional. No se puede tirar la puerta abajo de un domicilio particular y entrar por la fuerza porque alguien se niegue a identificarse.
Se le envía la propuesta de sanción al propietario de la vivienda o se espera a que salga.

Bacillus

#61 ves, aquí tienes una prueba de porque la rae no siempre recoge el término jurídico.
Según la rae, un delito es un quebrantamiento de la ley.
Pero juridicamente, no todos los quebrantamientos de una ley son delitos.
Que oye, visto como respondes a #51, por otra parte de digo que sigas usando la RAE para entender las leyes...seguro que te va estupendamente.

m

#4 No. No lo es.

r

#5 No tergiverses, gracioso.

¿Cómo va a saber la policía cuántos hay dentro de la casa? Dime, dime cómo.

¿Una máquina de inteligencia artificial que distingue entre 6 o 7 voces?

Anda, no digas absurdeces.

d

#5 #7 Pues no está tipificado como delito, sino como falta administrativa. Si estuviera recogido como delito grave estaría justificada la actuación.
Y ojo, yo creo que determinados comportamientos deberían de ser tipificados como delitos contra la salud pública (este en concreto) pero hay que legislar bien.

Metabron

El que acepte este argumento y permita que la policía ande por ahí tirando puertas abajo sin una orden judicial le está haciendo un flaco favor a la libertad que tanto nos ha costado conseguir. Tenian mil alternativas antes de violentar un domicilio particular sin una orden judicial. Esos policías deben ser expedientados y expulsados.

currahee

#61 Lo que tú digas.

Bacillus

#3 Una fiesta no es un ilicito penal, segun he escuchado en otros comentarios. Hace tuempo salio una noticia similar.
Tampoco se en que supuestos un policia puede exigir que las personas salgan de una vivienda particular.
Es que entonces nunca se necesitarian ordenes.
"salgan ahora mismo, dejen la puerta abierta y denme permiso para entrar"
-No sennor agente.
-"se niegan, eh? Delito de desobediencia... tirad la puerta abajo"

No soy abogado pero imagino que ni todos los delitos dan lugar a que se pueda invadir un domicilio ni toda negacion a un requerimiento a un agente sera considerada posteriormente desobediencia, puesto que imagino que los requerimientos estaran tasados y deberan de ser legales, etc....
Seria interesante conocer la opion de algun abogado o jurista... si conoceis el nick de alguno, citarle para que nos de su opinion porque me interesa este tema, la verdad.

Ovlak

#4 Ahí está la duda. Parece claro que saltarse las restricciones sanitarias no es constitutivo de delito así que no faculta a la policía para acceder al domicilio por flagrante delito. Por otro lado, no todo requerimiento policial constituye delito de desobediencia grave en caso de no ser atendido. Si no, la inviolabilidad del domicilio sería aguas de borrajas en tanto en cuanto un agente de la autoridad sólo necesitaría dar la orden de abrir la puerta para poder acceder alegando delito flagrante al desobedecer la misma.
Seguramente esta duda sólo la podrá resolver un juez que dilucide si la desobediencia es grave o no.

D

#5 Cuando son los politicos los que se saltan las normas, no ponen en riesgo la salud publica... a que no?

Me habla de acostarme quien no tiene ni idea de por donde le sopla el viento...

currahee

#43
1. El hecho no es delito.
2. Por tanto no se puede hablar de "delincuente"
3. El hecho es observable? What? Los vecinos y los policías tienen rayos X y yo no me he enterado?
4. El domicilio es inviolable.

D

#45 ya, y mientras tanto tú y yo pagando el sueldo de esos señores, mientras no pueden estar en otro lugar donde se les necesite más. Mal negocio.

D

#1 ¿Saltarte las normas sanitarias y poner en riesgo la salud pública no te parece un delito flagrante? Vete a acostarte, anda.

#73 "y la policía te pide identificación en tu domicilio"
Ni la policía estaba en el domicilio, ni siquiera se podía aseverar a priori al 100% que eran policías (pueden ser gente disfrazada diciendo números identificativos al azar). En todo caso, serán los policías quienes tendrían que mostrar sus placas y sus identificaciones por la mirilla primero. Y, si no hay mirilla, ajo y agua.

D

Por cierto, no cuentan que la policía municipal llevaba ya alguna intervención en este domicilio inspeccionando piso turístico y ya entró la nacional tras media hora según testigos negociando e intentando que salieran.
Si crees que se está cometiendo un ilícito penal y encima se niegan a identificarse...
Así que si estás hasta la punta de los ovarios de los vecinos locos, haciendo fiesta y poniendo a todos en riesgo, es eso o algo peor.
Es lo que tiene un estado de derecho. O tomarse la justicia por su mano.
Pero claro, el allanamiento de morada vs el allanamiento de lo que me salga a mi de los huevos morenos contra los vecinos riéndome de ellos semanas y semanas y jugando con su vida.

Si el juez les negó el habeas corpus... algo raro raro raro hay que no cuentan en la noticia esta

Bacillus

#42 no puedes tomar definiciones de la RAE para estimar o entender términos jurídicos.

o

#4 estas muy equivocado y si esta gente recurre tendremos otra bonita sentencia condenando a la policía por saltarse el derecho por el forro de los cojones y a este señor juez debería de caerle también por prevaricar, que si que a todos nos toca los cojones este tipo de cosas pero no podemos tomarnos la justicia por nuestra mano y menos las fuerzas del orden.

D

#13 PISO TURÍSTICO!!! Ese detalle no cuenta?

gz_style

#73 Negarte a ser identificado o aportar datos falsos no es un delito, es una infracción administrativa.

D

#24 por cierto, aunque no esté de acuerdo contigo, yo
No voy a votarte un negativo por eso, como tú, ya que discrepar no es el objetivo de los negativos. Te voto de hecho positivo como protesta

P

#1 Pues más delito flagrante q una fiesta en plena pandemia.El buen rollismo nos esta matando porque bares,excepto en Madrd,no hay abiertos muchos por las noches.

o

estoy contra la ley mordaza, pero estoy a favor de la actuacion de la policia en esta ocasion

Menuda tomadura de pelo q mientras la economia se hunde, un par de inbeciles se salten las normas celebrando fiestas, molestando a los vecinos reiteradamente

Ojala q les caiga unas buenas multas

D

#28 Mas de 1 millon de multas se pusieron en los primeros meses de pandemia... solo salieron adelante unas 7.000 multas.

Este pais se va a la mierda merecidamente, por tener un gobierno central de inútiles que no tienen ni idea de legislar con dos dedos de frente.

F

#4 no estoy de acuerdo. La fiesta es una falta administrativa no un delito. Lo que prohíbe es la reunión de no convivientes, no las fiestas, pero no es un delito sino una falta. En un domicio, que es inviolable, no tengo porqué identificarme estando en mi domicilio.
La actuación policial es desmedida, desproporcionada e ilegal ¿Porque no solicitaron una orden judicial? Porque el juez los manda a paseo y tampoco estaban muy por la labor de esperar a que salieran y proponerles para sanción.

D

#70 Mal negocio es aceptar que la policia se salta las leyes. Eso si es un mal negocio.

D

#1 Independientemente de la pandemia, tendría que serlo a determinadas horas y con determinados decibelios.
No es de recibo que unos vecinos monten un pifostio del copón, no les pase nada y la policía no pueda hacer nada hasta que se cansen.

fugaz

#81 No es un caso de un policía yendo a una casa arbitraria a pedir un dni.

En un caso de un piso denunciado repetidamente por hacer fiestas ilegales en medio de una pandemia, con gente que se niega a obedecer a la policía y se niega siquiera a identificarse. Una jeta.

Lo de la orden judicial seguramente lo utiliza la tia porque sabe a qué velocidad va, o porque tiene contactos, para seguir tomandonos el pelo a todos.

Me quedo con la policía y quiero ser defendido de esta gente, que son los criminales.

B

#63 Segun tu teoría, todo delito de desobediencia por no identificarse dejaría de serlo en el momento en que posteriormente se identificasen....

Entidendo que el delito se ha cometido desde el momento en que reiteradamente se ha negado a identificarse, por más que se sigan negando posteriormente.... y la entrada en el domicilio no va a evitar que dicho delito se consume

B

#79 Confundes el entrar en un domicilio sin orden judicial porque se esté cometiendo un delito que no es flagrante, con entrar en un domicilio en el transcurso de una persecución (a lo cual te habilitaria el art. 795 1ª dela LEC "Se entenderá sorprendido en el acto no sólo al delincuente que fuere detenido en el momento de estar cometiendo el delito, sino también al detenido o perseguido inmediatamente después de cometerlo, si la persecución durare o no se suspendiere mientras el delincuente no se ponga fuera del inmediato alcance de los que le persiguen")

Si ese mismo delincuente del coche, lo sorprendes robando (ya evitas los efectos del delito...) y en vez de perseguirlo, se escapa y mañana, sin ser en la persecución, te enteras que está en su casa, no puedes entrar sin orden judicial, y lo sabes.

Respecto a lo de extranjeros (creo q la mayoria de Arabia Saudí), no lo podian saber hasta que entraron, por lo que en este caso no aplica.

Jangsun

#81 Si no querían que les tiraran la puerta abajo, les bastaba con enseñar el DNI.

BiRDo

#73 No. Es. Delito. Flagrante.

Por otra parte, el Tribunal Supremo lo definió en la Sentencia de 12 de septiembre de 2001 como "un delito que encierra en sí la prueba de su realización, por lo que la flagrancia es la percepción sensorial directa del hecho delictivo, de manera que la flagrancia se ve, se observa, no se demuestra y aparece vinculada a la prueba directa y no a la indirecta, circunstancial o indiciaria."

¿Me cuentas qué delito estaban percibiendo directamente a través de la puerta cerrada? Exacto, si yo no me identifico, no hay nada que percibir. La no-percepción no es un tipo de percepción, del mismo modo que no follar no es una postura del kamasutra.

Es delito. Sí. Pero no es Flagrante. Y mucho menos otorga la potestad de ir derribando puertas. Parecemos subnormales.

D

#4 Entre los requisitos legales para una desobediencia grave es informar previamente que se va a cometer el delito si se persiste en la aptitud.

Dudo que se pueda entender cómo informado alguien que no abre la puerta.

fugaz

#66 Veamos, una cosa es si puede la policía entrar con un ariete incluso si no te identificas (delito) porque no se considere un delito flagrante.

Y otra muy diferente es si estas obligado a identificarte en tu domicilio en caso de falta administrativa.

Si. Estás obligado a identificarte en tu domicilio en caso de falta administrativa.

No hacerlo es delito.

Artículo 16. Identificación de personas.

1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:

a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.

b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito.

En estos supuestos, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, incluida la identificación de las personas cuyo rostro no sea visible total o parcialmente por utilizar cualquier tipo de prenda u objeto que lo cubra, impidiendo o dificultando la identificación, cuando fuere preciso a los efectos indicados.

r

No, siguiente pregunta.

B

#55 Vale, una de las mayores bases de datos de jurisprudencia a la que tu llamas "una pagina de internet". Po vale, ya se sabe que la ignorancia es atrevida...

Y en todo caso, no es "mi" opinión contra la de ese catedratico (en la misma noticia tiene más que opinan distinto, pero se ve que no te han interesado...) sino la doctrina del Supremo frente a la "opinion" de ese catedrático.

panchobes

#40 ¿Está usted hablando en serio?

currahee

#90 Por suerte no eres tú quien redacta las leyes. Cómo sabes que llevaban sin emborracharse 1 mes y no 12?

Mira, vivo en un lugar donde los bares y restaurantes están cerrados desde noviembre, donde las reuniones privadas están limitadas a 10 personas (a 5 hasta hace una semana) sin que se produzcan casos como el de la noticia, y donde la pandemia sigue sus ciclos de forma idéntica a lugares como España, donde la hostelería sigue abierta y donde se producen fiestas en pisos constantemente.

Ya está bien de creer que unos chavales haciendo el capullo o unas abuelas viajando de Madrid a Alicante van a traer el apocalipsis.

Ainhoa_96

#203 Ya lo han explicado por activa y por pasiva, y además te equivocas porque no es RESISTENCIA, es DESOBEDIENCIA. Lo cual no constituye bajo ninguna supuesto un delito flagrante. Si así fuera, la policía podría entrar en cualquier domicilio bajo cualquier pretexto. Algo que la CE protege mucho y que sería un verdadero disparate jurídico.

La policía sólo puede entrar en un domicilio si están robando, peleando, asesinando a alguien, algo grave, no por cualquier nimiedad. Eso sucede en dictaduras.

currahee

#220 Éste no sólo pide que entren sino que reclama que entren a dar de hostias a los ocupantes de la vivienda.
Así que no hace falta que le recuerdes qué es lo que sucede en una dictadura. Él lo sabe bien, y le encanta.

B

#68 Estupendo, pero la entrada en el domicilio no evita ni la consumación del delito ni los efectos de este verdad? Pues eso, según la jurisprudencia, si no los evita, no es delito flagrante.

Creo que también es bastante gráfico, si entrando en el domicilio sin orden, evitas que se cometa el delito o sus efectos (por ejemplo se esta "produciendo" un asesinato) puedes entrar sin orden................, si no los evitas (por ejemplo, se han negado a identificarse y cuando entres a parte de dos tortas, te los vas a llevar detenidos por desobediencia) no puedes entrar sin orden.

Ainhoa_96

#2 Existe una diferencia fundamental entre una Rave/discoteca/bar/restaurante y una fiesta en un domicilio particular. Por lo que estás mezclando churras con merinas.

m

#59 Claro que sí. La RAE está por encima del código penal. De todos es sabido que cada vez que la RAE modifica cualquier acepción, toca revisar todas las condenas y veredictos para ver a qué presos hay que soltar a raíz de la nueva definición de la RAE. Ocurre continuamente.

Misth

#4 entonces si un policia llama a mi puerta, me dice que me identifique y que le deje entrar, yo le digo que "no", ya puede tirar mi puerta abajo... Digo yo: ¿cuando sería entonces inviolable mi domicilio?

Policia: - identifiquese, y dejenos pasar a ver si tiene mas gente dentro

Respuesta del inquilino: si, por supuesto = policia entra en casa


Policia: - identifiquese, y dejenos pasar a ver si tiene mas gente dentro

Respuesta del inquilino: No, es mi cada y es inviolable

Policia tira la puerta, entra y te detiene.


Dime... ¿Cuando es inviolable tu domicilio? Si obedeces sus peticiones, entran.... Si no obedeces sus peticiones,(delito de desobediencia) entran... ¿Cuando carajos es inviolable segun tu?

jacktorrance

#70 mandas alguno que esté custodiando alguna embajada de mala muerte. No será por polis.

D

#76 ¿Artículo 16? He buscado y ni el del código penal ni el civil dicen nada que tenga que ver son eso... y tampoco el de la constitución. O eso, o mis conocimientos de leyes son demasiado limitados para pillarlo..

BiRDo

#26 Claro, si están 30 minutos pidiéndome que abra, es distinto Ya pueden conculcar mis derechos

D

#c-209" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/3481283/order/209">#209 incorrecto.
Jueces consideran "desproporcional" la actuación de la Policía que derribó una puerta

Hace 3 años | Por --311425-- a europapress.es


si me haces el favor le dices a # 212 @ fugaz que deje de mentir y tergiversar que el código penal y la ley son muy claras al respecto y como le explique con datos-normas los lugares donde pueden y no pueden pedir identificación me silencio.

diferencias entre vía publica y domicilio privado.
que esperen en la puta calle y cuando salga si tienen autoridad para pedirme con modales que me identifiquen o pidan la orden de un juez mientras no exista delito fragrante.

currahee

#101 El delito flagrante que les permite entrar en un domicilio es para salvar una vida en peligro inmediato (intento de suicidio, disputa violenta, etc...) o en caso de que el delincuente se haya refugiado en él durante la comisión de un delito si con ello es posible que los efectos de éste desaparezcan. Por ejemplo, que se deshaga de pruebas incriminatorias.

Negarse a identificarse no les da derecho a entrar, por mucho que os empeñéis. O se esperan a que salgan o se le pide una orden judicial. No identificarse no basta para entrar.

RamonMercader

#4 la desobediencia grave (que habría que ver si es grave) ya se ha producido. Cuando los policías entran no se esta cometiendo ningún delito flagrante que puedan evitar

D

#14 Es que no es así. Es una invención de los policías de balcón.

I

#1 flagrante

De flagrar y -nte; lat. flagrans, -antis.

1. adj. Que flagra.

2. adj. Que se está ejecutando actualmente.

3. adj. De tal evidencia que no necesita pruebas. Contradicción flagrante.


Según la acepción 2 sí que es flagrante.

Peka

#4 El mismo caso sucedió en una casa rural en Euskadi, la ertzaintza espero pacientemente al amanecer y fue calzando una multa a todo el que salió de esa casa.

Vettel

#35 Vaya soplapollez acabas de soltar para atacar gratuitamente a los de Podemos y del PSOE. No tiene que ver con el tema de la noticia ni nadie ha sacado la política hasta ahora. Manda narices que tú te quejes de algo y hagas algo peor.

a

#4 En ese caso eliminemos las protecciones de las leyes ya que no sirven para nada, para que pedir una orden judicial, si la policía solo tiene que ordenar desde fuera algo a la gente a la gente y si no lo hace ya pueden tirar abajo las puertas y entrar.
Es decir la policía puede forzar la creacion de un delito a voluntad y partir de ahí ya tiene carta blanca para actuar.

M

Esto se ha hablado en Las Cosas Claras con el magistrado Bosch en calidad de jurista.

Se necesitan conocer las pruebas, y aunque apunta que la actuación policial parece desproporcionada porque en principio no parece ser delito de desobediencia sino una falta (si mal no recuerdo) administrativa, lo cual no pasaría de sanción, pero que las causas y circunstancias quedan por determinarse y sólo el juez que lleva el caso puede hacerlo. Ha señalado un artículo de la CE que habla de la vivienda y aquí no ve "delito flagrante", pero lo señala en calidad de jurista, no lleva el caso.

basuraadsl

#70 Mal negocio no es, 8 0 10 en una fiesta x 600 euros, salen para muchas horas de un policía o dos nacionales. Tampoco hace faltan que haya 50, digo yo. Eso sí, quien se salte las normas que apechugue. Ahí es donde está el problema es la la impunidad de algunos.

D

#41 Del mismo modo que no pueden entrar en un piso okupa aunque esté lleno de mierda, putas y droga, no pueden entrar en un domicilio privado aunque en él se este montando un fiestón de la ostia con mierda, putas y droga.

Battlestar

#31 Así a simple vista yo diría que eso que marcas en negrita se cumple, si no interviene no lo puede identificar evitando asi la consumación del delito de desobediencia.

Que ojo, no estoy diciendo que me parezca bien que les puedan tirar la puerta por un delito de desobediencia, lo que digo es, que esos requisitos de fragante delito que tu mismo expones y remarcas cumplir se cumplen.

I

#206 #75 Las palabras significan lo que significan. Que cojan los legistas otras que se acerquen más a lo que quieren decir.

D

#8 sí, sí lo es

baraja

#4 no, nein, non, ni de coña, iie

currahee

#126 Si quieres te lo vuelvo a repetir. Donde yo vivo los bares y los restaurantes llevan cerrados casi 6 meses ya. Las reuniones privadas han estado limitadas a 5 personas hasta la semana pasada y a 10 actualmente. Los casos subieron tras el cierre, cayeron después y han subido otra vez sin que las medidas hayan cambiado.

En Francia tienen incluso toque de queda a partir de las 18h desde hace meses... y los casos siguen disparados.

currahee

#141 Luego los tienes en la playa (lugar mejor ventilado imposible) y salen en portada porque también lo están haciendo mal (noticia de hace un par de días). Si estos chavales en lugar de estar en el piso estuviesen en la calle les estaría cayendo una incluso peor. No tienes más que ver en qué se centran todos los informativos desde hace dos días.

La cuestión es juzgar al prójimo cada vez que hace algo que nos parece mal o que nos gustaría hacer a nosotros.

currahee

#178 1. El confinamiento perimetral no aguantaría ni 5 minutos delante del TC (y cómo ya comenté en la propia noticia: quién te dice que Marcelo no fue en avión a París y de ahí en avión a Valencia?)
2. La obligación de llevar mascarilla en espacios abiertos donde se puedan guardar las distancias es una gilipollez sin base científica.

P

Sí y repartienndo estopa.Espectaculos como el de la Rave de Bcn fueron lamentables.

Q no se traumaticen eh, eso sí contagiar lo q quieran..

currahee

#10 Ilústrame

n

#7 Toda la razón

i

#41 se nota que nunca has tenido vecinos jóvenes. Anda que no me he hartado yo de llamar a la policía por las fiestas de mis vecinos y jamás han hecho nada.

jacktorrance

#19 Insinúa que tendrían que identificar y multar a todos los políticos que acudieron a la farra de Pedro J?

gauntlet_

#70 Eso no es un argumento legal.

D

#147 que juez ha dado la razon a quien? cuando se ha juzgado? han entrado sin orden judicial y luego a las 20 horas el juez ha dicho "habeis hecho bien" ? desde cuando las faltas administrativas las supervisa un juez "a posteriori" ? que pelicula os estis montando aqui?

Te refieres a esto ? "El juez de guardia denegó el Habeas Corpus solicitado por los detenidos, dando así la razón a los policías en su actuación." Pero quien ha escrito este engendro? que tiene que ver que el juez deniegue el habeas corpus con confirmar que en se momento la policia se podia saltar al constitucion? Ya os digo que este caso y otros como este van a acabar en el supremo y las FFAA van a quedar muy muy mal.

HyperBlad

#7 Una fiesta plena pandemia no es un delito, por muchas ganas que tengas de que lo sea.

HyperBlad

#200 ¿A que "resistencia a la autoridad" no es lo mismo que "fiesta en plena pandemia"? ¿A que no?

A

A la policía no le bastó con los abusos que cometió durante el confinamiento. Siguen igual o peor. Espero que les caiga un buen puro.

B

#18 He ahí la clave del caso del video en cuestión.
No es domicilio de los ocupantes, sino un mero piso alquilado para la fiesta, y que alguien lo aclare, creo no constituye "domicilio" legalmente.

D

#52 Ahora sí que me convence el argumento que has esgrimido. Va mi positivo por delante!

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