Hace 5 años | Por Errease a publico.es
Publicado hace 5 años por Errease a publico.es

El tribunal cree que el acusado, que es el tío de la víctima, no utilizó la fuerza porque la menor no opuso resistencia al quedar en estado de shock

ﻞαʋιҽɾαẞ

#0 Está así en la noticia, pero deberías corregir el "boqueo" de la entradilla.

c

Y luego negando que el problema es de "jueces".

Errease

#1 hecho.

Connect

Es lo que pone en la noticia.

boquear.
1. intr. Abrir la boca.
2. intr. Estar expirando.

anxosan


¿Pero qué mierda de justicia es esta?

No hace falta que respondáis, que ya se la respuesta.

Errease

#5 pero que es una menor....

comunistadepro

#7 y además trending topic

oso_69

#7 Lo comento en #8

c

#5 Eso no es verdad... las leyes dan para condenar estos hechos como violación.

comunistadepro

#6 muy española y mucho española

Errease

#10 Veo que das importancia a que sean magistradas. Yo ninguna.

D

Ya, es que precisamente esa es la definición jurídica de abuso sexual.

https://elpais.com/elpais/2018/04/26/videos/1524779743_585480.html

D

Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa. Montesquieu
Saludos.

comunistadepro

Justicia patriarcal, justicia ciega.

pip

Hay un problema y es que son 3 magistradas de Barcelona. Habrá que mirar rápidamente que apellidos tienen porque seguro que son machistas colaboradoras votantes de ciudadanos.

c

A ver una cosa. Mensaje dirigido a los televidentes de antena 3 y telecirco.

Lo del estado de "shock" en el jucio de la manada ERA BROMA. No existe tal cosa. Existen estados de stress (pero no en lo de la manada) , que debe diagnosticar un psiquiatra.

comunistadepro
D

#6 La que tenemos. No pregunte, si no quiere respuestas. De retóricas cuestiones MNM está lleno.
Saludos.

pip

Esta sentencia y muchas que han ocurrido y ocurrirán ponen de manifiesto que el problema no es de los jueces, el problema si lo hay es del código penal.

A mí a me veces me da la impresión de que esto es un debate más semántico que otra cosa, como si la gente se quedase más tranquila con 6 años por violación que con 9 por abuso. Un problema de terminología.

c

#14 Y en todo caso yo lo que empiezo a notar es que la gente no quiere que haya delito de abusos sexuales, sino agesión o no agresión.

Sí, eso, eso. Lo traduzco para el nivel de comprensión de una feminista: Significa que el juicio de la manada hubiera acabado en absolución, al no poder ser agresión.

l

Asqueroso y repugnante... a quien menos imaginas que pueda hacerte daño se porte como un auténtico miserable.

D

Cuando los jueces esten en "sochk" les metere un calabacin bien goirdo por el culo, o el cipote de un caballo y que luego me cuenten...

Joputas, no se en que mundo mviven o los jueces o el codigo penal...

Repugnante...

D3S1GN

Si los hechos ocurrieron en el 2011 el código penal empleado es el anterior al 2015, por lo que cambia respecto a lo que hemos visto recientemente.

D

#8 Tres MAGISTRADAS HETEROPATRIARCALES.

shinjikari

#.8 Imagino que aquí el machismo estará descartado.

What?! Que sea una mujer no la hace inmune al machismo...

#28 Mucha suerte intentando convencerle de algo con la palabra "mujer".

Errease

3 negativos. LoL

Priorat

#2 ¿Es de los jueces? ¿Qué dice la ley?

Wintermutius

#7 Es verdad. Es abuso en adultos, pero en menores es agresión en todos los casos, ¿no?

D

Que puto asco

Adson

#8, Imagino que aquí el machismo estará descartado.

Pues sin entrar a valorar si las susodichas lo son o no, eso es como decir que no hay obreros de derechas u homosexuales homófobos.

oso_69

#15 A los jueces de la manada se les acusa de machistas. Destacando lo de que son magistradas quiero resaltar que el problema no son los posibles prejuicios de los jueces, sino las leyes en si.

D

Antes la gente se manifestaba si le quitaban derechos... se resistía si la intentaban agredir... ahora entran en shock. ¿Que clase de generación se está educando?

manuelpepito

#14 Creo que hay un problema de incultura de términos jurídicos. Mucha gente piensa que violación es una cosa y jurídicamente es otra, y cuando no pone en la sentencia violación chispan.

Relacionado con esta incultura me acuerdo cómo se reía la gente cuando el PP cambio imputado por investigado, pues al final estás cosas calan (los cabrones no dan puntada sin hilo)

Errease

#36 Pero si en los jueces de la Manada hay una magistrada. No tiene que ver el Machismo y la interpretación de las leyes con ser hombre o mujer.

oso_69

#28 Una chica de catorce años violada -o abusada- por su tío. En el juicio de la manada podría entender que alguien pensase que la chica se lo buscó. Incluso una mujer con mentalidad machista podría intentar justificar eso. En este caso no creo que ninguna mujer, por muy machista que sea, pueda justificar o minimizar esto.

#36 Conozco a un montón de mujeres machistas, todo el mundo las conoce

Priorat

#2 Amplio que ya no podía editar al buscar el código penal.

#2 ¿Es de los jueces? ¿Qué dice la ley?

Resaltar que el tribunal eran tres juezas y parece que ha sido unánime.

"Artículo 180

1. Las anteriores conductas serán castigadas con las penas de prisión de cinco a diez años para las agresiones del artículo 178, y de doce a quince años para las del artículo 179, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.ª Cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
2.ª Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183."


¿Concurre alguna de las circunstancias anteriores?
Dicho sea de paso la pena es de violación, pero ahora se le llama "agresión sexual".

1a. Condición no se da. La segunda tampoco y la tercera tampoco.

Creo que también sería absurdo que la pena sea la misma si te dan una paliza y te violan, que si solo te violan. ¿Qué pedimos? ¿Suprimir el artículo 180 para que todo sea lo mismo?

Draakun

#13
Cuando alguien está en shock no puede ni hablar, mucho menos gritar "NO". Por eso creo que habría que cambiar la ley y el concepto. La frase debería ser "ANTES TE HA DE DECIR QUE SÍ"

Creo que la ley actual debería cambiar para cubrir ese hueco porque se hacen la infanta para escaparse... "No me consta su negativa, no me informó de que no quería, en ningún momento dijo que no... ni habló... Cómo iba yo a saber..."

Memememima

#5 El problema es la definición de "consentimiento". Si se considera que todos los que callan, otorgan, no sirve de nada.

JoséCanseco

A lo mejor cambiar la ley como decía podemos es estúpido, pero agrabar las penas por abuso sexual o ampliar el significado de violación para que contemple estos casos si sería un debate serio y podría ser una mejora social, pero es solo mi opinión y no tengo ni idea de derecho ni de si esto podría ser factible.

D

#44 Así es amigo.

Priorat

#5 Ya la han considerado violación, pero la pena se llama agresión sexual. 12 años es por violación. No puede ser por otra cosa. Ha sido condenado por el artículo 179 sin los agravantes del 180. O sea Agresión Sexual por violación. No existe un delito llamado "violación" pero la violación si tiene una condena distinta, más grave, a otro tipo de agresiones sexuales.

Artículo 178

El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.

Artículo 179

Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.

Artículo 180

1. Las anteriores conductas serán castigadas con las penas de prisión de cinco a diez años para las agresiones del artículo 178, y de doce a quince años para las del artículo 179, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1.ª Cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio.
2.ª Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.
3.ª Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad, discapacidad o situación, salvo lo dispuesto en el artículo 183.

D

#14 Quizá convendría valorar el abuso de poder, al margen (o adicionalmente) del uso de la violencia. Tambien es cierto que si hay problemas con decidir si el hecho de amenazar o amedrentar es violencia, como para añadir un factor más....

Ironizator

Yo alucino. ¿Cuánto tiempo lleva pasando esto hasta que se ha hecho mediático tras lo de "la manada"? Es tremendo que a violadores tan crueles y dañinos se les apliquen estos atenuantes. Una violación debe ser considerada como tal. Esto de abuso es humillar a las víctimas. Les están diciendo que quizá podían haber hecho algo más para evitarlo, es decir, que les están culpando en parte. Hasta a menores, que no tienen autoridad sobre los adultos, se les está diciendo que a lo mejor en parte es su culpa por haberse dejado. Luego, si se llevan una paliza o las matan, pues entonces ya es violación, si no, es sólo abuso porque la víctima no ha sabido reaccionar contundentemente contra el violador. De verdad, indignante.

Que cambien las leyes, que formen a los jueces, que hagan las dos cosas, lo que sea necesario, pero esto no puede seguir pasando.

Priorat

De verdad, no cuesta tanto tomar el código penal antes de comentar algo en una noticia asi.

La sentencia me parece correcta. Condena por agresión sexual por el artículo 179 que es el de la violación, pero sin los agravantes de violencia del 180.

D

#39 Otra voz sensata, aleluya. Estoy contigo.

D

#45 ¿Qué hacemos entonces? ¿Tiene que haber un sí claro imagino, evidentemente por ambas partes, y si el sí del principio luego se vuelve silencio en mitad de la relación qué hacemos? ¿Cuándo vale un sí y cuándo vale un silencio?

Zade

#46 machistas y machistos

Errease

#54 Vamos que la niña tiene que defenderse como pueda, y el tio darle dos puñetazos o matarla.

D

#11 go to #39

c

#43 Cómo que no se da la tercera?... ser menor de 18 años no es ser vulnerable por razón de edad?

D

#2 Los jueces solo interpretan y aplican la Ley de la manera más extricta posible. En todo caso la culpa es de los legisladores.

D

Pero que asco ...

c

#61 Pues de estricto, en el caso que nos lleva, nada de nada.

D

#14 o igual no.

Qué ocurre en aquellos paises donde no se da esta distinción?

Gresteh

Con la ley en la mano eso es exactamente lo que es, sin violencia o intimidación es abuso y no agresión. Agresión con prevalimiento lo cual no quiere decir que NO sea violación, lo es, pero es violación sin violencia.

Es un problema simplemente léxico y no de legislación, a la gente le indigna que no lo llamen violación desde el punto de vista legal... pero la verdad es que el término violación se menciona “de pasada” en la ley, la violación no es un término jurídico, lo es la agresión y el abuso y el que sea uno u otro depende de la violencia del acto o de las amenazas previas.

Luego se puede opinar si X años es mucho o poco o si el caso concreto merecería más o menos pena... pero sin perder de vista que la ley debe ser granular, no podemos poner a todos los delitos sexuales la misma pena, los más graves deben tener más pena y tampoco podemos hacer que la pena sea desproporcionada para los casos graves.

¿Que pena queremos para las violaciones? Eso es algo que como sociedad nos tenemos que plantear.

¿La solución es subir la pena o cambiar el nombre al delito? Personalmente creo que el nombre es irrelevante llámalo abuso comb penetración o violación o como quieras, el nombre da igual lo importante es que esté penado adecuadamente.

Priorat

#52 No hay ningún atenuante. Lo han condenado por violación. Es reo de violación por el artículo 179. La condena se llama agresión sexual.

Si hubieran aceptado la violación con violencia también se llamaría agresión sexual.

Agresiones sexuales las ha de tres tipos:

Artículo 178. Sin penetración en boca, ano o vagina.
Articulo 179. Violación (lo pone en el mismo artículo) con penetración en boca, ano o vagina.
Artículo 180, las de 179 con el agravante de violencia, intimidación, dos o más persona o a menores (15 años o menos) o discapacitados.

Lo han condenado por el 179, o sea, por violación.

Joder... vaya nivelazo de hilo. Se decidió cambiar el nombre de violación a agresión sexual porque se pensó que violación era más denigrante para la víctima. Pero viendo la incultura generalizada creo que lo mejor sería volver a cambiar el nombre del delito del 179 y 180 a violación.

D

#2 #5 La penetración sin consentimiento es considerada violación.

Penas máximas:
- Agresión con penetración: 12 años
- Abuso con penetración: 10 años
- Violación: no existe. Son las otras dos de arriba.

Y creo que hay una diferencia usar la violencia o armas y abusar del estado de una persona.

CC #6

G

No es que rebaje, es que la definición jurídica de agresión sexual no es la misma que la vulgar, como tampoco lo es la de asesinato. En lenguaje vulgar eso es una agresión, en lenguaje jurídico no porque no la ha apalizado.

El tío ha sido condenado e ira 6 años a la cárcel o sea que de rositas no se irá. Llevamos toda una vida con las sentencias de este tipo y ahora, de golpe y porrazo los periodistas han descubierto esta mina de clics y van a reaccionar con amarillismo en todas y cada una de las sentencias en las que el lenguaje jurídico y el vulgar discrepen.

Al final acabaremos poniendo a todos los violadores las mismas sentencias que a los violadores-apalizadores y como entonces las de los violadores-apalizadores quedarán en comparación flojas habrá que subirlas. Inflación de las penas por parte de la izquierda. Antes estas cosas eran típicas de la derecha.

Priorat

#60 La edad de consentimiento sexual son 16. Por eso no se da la 3ra.

Ironizator

#67 La noticia dice otra cosa diferente a lo que tú dices. Según la noticia, se cambió agresión sexual por abuso sexual, por no acreditarse violencia.

Vaya nivelazo el tuyo que ni lees la noticia antes de comentar.

M

#20 Sí, existe. Lo explica una psiquiatra especializada en trauma que trata a víctimas de violación.

G

#60 No según la jurisprudencia. Si lo aplicas ya a los 17 años te va a saber a bastante poco cuando se viole a una niña de tres años.

D

#8 Al final va a resultar que a los de la manada los han condenado de más por el miedo a la turba... o que las juezas son más patriarcales que los jueces, a saber.

Gresteh

#11 Es una mención de pasada, el delito no se denomina "violación" se denomina agresión sexual o abuso sexual.

Cierto es que menciona lo de "reo de violación" pero el delito en si no se llama violación es agresión sexual con agravante de penetración, es un problema puramente léxico.

¿Lo de la manada es violación? SI por la simple razón de que en lenguaje coloquial eso es una violación y lo que importa es precisamente eso, el nombre que le da la sociedad y no el nombre técnico que le da la legislación.

Si la solución pasa única y exclusivamente por cambiarle el nombre al delito... entonces para este viaje no hace falta alforjas, el nombre técnico del delito da igual, lo importante es que sea castigado con la pena adecuada para el hecho realizado.

D

#5, ese no es el problema, los jueces no han dicho que no sea violación. La cosa es que violación no es u termino jurídico.

Por cierto, la chica tenía 16 años, si llega a tener 15 le habría caído una más gorda. Y este se lo merecía diría que más que los de la manada.

D

#39 De hecho le han caído 6 años que no es poco tiempo.

Priorat

#58 El que tiene que ejercer la violencia no es la víctima, sino el que ejerce el delito. Violación sin violencia una condena. Violación con violencia, otra. Si es muy sencillo. No puede ser la misma condena si te pegan una paliza y te violan, que si solo te violan.

El legislador quiso condenar la violación de manera muy grave. Son 12 años. Un homicidio va de 10 a 15 años. Pero además quiso que si había violencia, cosa que no sucede en este caso, la pena por la violación aún se agravara más. La violencia además, no hace falta que sea física. Puede ser psicológica. Y esta violencia no tiene nada que ver con que se defienda o no la víctima. Tiene que ver con la que ejerce el agresor.

Un poquito de razón. A ver. He puesto los artículos 179 y 180. Dime como los cambiarías tú.

Ironizator

#70 Pero es que NO hay consentimiento.

D

#65 Que tienen un Código Penal menos garantista y que meten en el mismo saco delitos de diferente realización objetiva. O lo regulan a través de diferentes agravantes (como si hay lesión o no), lo que al final sería solo un bonito cambio de nombre pero dejaría las cosas como están.

D

#63 Se comen 9 años cada uno tiempo más que suficiente para que las probabilidades de que los violen en prisión sean altísimas.

D

#45 Mi duda en todo esto y lo pregunto con todo el respeto, no quiero que te moleste ni te siente mal, es como pretendemos saber si se produce un silencio, si es un sí o un no, o que es. Ni hombres ni mujeres somos capaces de leer la mente, que yo sepa.
Si yo consiento empezar a tener sexo y a mitad camino dejo de consentir, pero no digo nada, ¿cómo sabe la otra persona que he dejado de consentir si yo no se lo digo?
A mi sinceramente esto no me parece tan fácil como lo queréis plantear y es más vuestro planteamiento me parece muy peligroso y que puede llevar a usarse de mala manera, aunque vuestra intención sea buena (cosa que no dudo, por cierto).

Priorat

#80 Por eso es violación. Si hubiera consentimiento no sería violación. La mayoría de edad legal y sexual es de los 16 años.

Por eso si alguien comete delito a partir de los 16 se le juzga como adulto.

AbiRN

Puto asco de justicia que se ríe en la cara de las víctimas. De vergüenza, ajena y propia. País de pandereta. Que nadie se sorprenda si alguien en algún momento se toma la justicia por su mano...

a

#39 Violencia o intimidación, ¡que siempre se nos olvida la segunda!

D

No olvidar que tenemos el código más PROGREsista y garantista del mundo mundial. lol lol lol

D

Los fachaflautas de la justicia despues se quejan.

johel

Las leyes hacen a los jueces, los jueces a las leyes, la sociedad hace las leyes o las leyes hacen la sociedad?
Sea como fuere, ¿es la peste la que hace a esta sociedad o es que esta sociedad apesta?

Memememima

#83 ¿Quiénes se supone que somos "nosotros"?

Ironizator

#84 Creo que no tienes ni puta idea de lo que dices, y se nota cada vez que hablas. Ya te lo dije en #71, por lo menos lee el puto artículo antes de hablar. Ni te has leído el artículo que habla de rebaja de condena por no considerarse agresión, ni te leíste mi comentario en el que me quejaba de que se rebajara a abuso, porque contestas como si hubiera sido condenado por agresión y como si yo me hubiera quejado de que se le condenara por agresión. El mismo título ya dice que se rebajó la acusación a abuso.

Ahora me dices que la mayoría de edad son 16 años. Quizá para el consentimiento sexual, cuando lo haya, que ni siquiera es el caso. Para el resto de casos, una persona de 16 años es MENOR DE EDAD, salvo que sea un menor emancipado.

D

#90 La sociedad

Memememima

#93 Yo no represento a la sociedad, en absoluto.

Priorat

#92 Conste que he leído la noticia por encima, pero parece que demasiado por encima.

Te doy la razón. Lo que he dicho no tiene nada que ver. Y la sentencia de las tres juezas me parece un sinsentido. No tiene sentido nada de lo que he dicho anteriormente.

En todo caso se puede ser más educado en la respuesta porque yo he sido educado en las mías.

Observer

#77 «la chica tenía 16 años»

ya me extrañaba que no le hubieran aplicado el 180 siendo menor.

N

El 37... Serías tú Clint Eastwood con 16 años... Una chica de 16 años seguro que no se espera eso del hermano de su padre.

Gresteh

#60 efectivamente la tercera se da y por ello le han puesto una pena de 6 años y medio, que está entre los 5 y los 10 para el abuso sexual, de lo contrario la pena hubiese sido menor.

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