#2 y #9 Aquí lo que se discute no es que se pueda rechazar una herencia después de aceptarla. En eso nadie tiene dudas.
Lo que dice la sentencia, es que hacer una transferencia de dinero a tus cuentas aunque luego lo devuelvas es una aceptación tacita. Que es en realidad lo que se discute. De la noticia:
"El TEAC resuelve el conflicto entre un contribuyente y el fisco por la herencia del hermano. El ciudadano recibió en una cuenta que tenía a medias con su hermano el dinero de la venta de varias acciones y participaciones en fondos de inversión en los días previos al fallecimiento y, tras la muerte, movió la mayoría del dinero a cuentas de su titularidad. Hacienda abrió una inspección por el pago del impuesto de Sucesiones y el recurrente volvió a ingresar la totalidad
Habría que comprobar las micotoxinas cerebrales entre los varones que han comentado esta noticia.
Sois unos misóginos, que encima no leéis las noticias, hablan de micotoxinas ingeridas en la dieta por cierto. #2 Tu libras, un saludo.
#2 Hay una tercera opción: Aceptar a beneficio de inventario. Esto es, si después de satisfechas deudas e impuestos queda saldo positivo se acepta, si queda negativo se rechaza. Así nunca te puedes pillar los dedos.
#2 np sé, seguirían teniendo embajadas....
Es increible el nivel de cutrez que se gastan y, aún así, seguimos creyendo que nuestra civilización (totalmente absorbida por la cultura yankee) es faro de nosequé
#2 a ver, si en Guantánamo hubo detenidos ilegalmente sin cargos durante años, bajo torturas, y cuando los soltaron sin más, algunos de ellos denunciaron que el gobernador DeSantis estaba presente cuando eran torturados, y no pasó nada, imagina con esto www.meneame.net/story/exprisionero-guantanamo-cuenta-actual-gobernador
#2 las redes sociales están plagadas de bots que se crearon con la idea de condicionar la opinión social. La sensación de mayoría hace que las personas que no están suficientemente formadas terminen apoyando la opinión de la mayoría, por cuestión de pertenencia al grupo. Con esto te aseguras condicionar la opinión de la mayoría de los gente y al otro porcentaje le haces perder el tiempo discutiendo contra una pared.
#2 No, las comillas no se usan para eso. Para eso se usa la prima (´) no las comillas (")
Y técnicamente, eso sólo se debe usar para minutos y segundos de grado, no de tiempo. La RAE deja claro que se debe usar min y s, no las medidas angulares:
#2 voy a soltarte una pregunta extremamente polémica: por qué crees que las familias sueltan una tablet a sus hijos para tenerlos "atontados" y sin andar jodiendo a tierna edad?
Lo que dice la sentencia, es que hacer una transferencia de dinero a tus cuentas aunque luego lo devuelvas es una aceptación tacita. Que es en realidad lo que se discute. De la noticia:
"El TEAC resuelve el conflicto entre un contribuyente y el fisco por la herencia del hermano. El ciudadano recibió en una cuenta que tenía a medias con su hermano el dinero de la venta de varias acciones y participaciones en fondos de inversión en los días previos al fallecimiento y, tras la muerte, movió la mayoría del dinero a cuentas de su titularidad. Hacienda abrió una inspección por el pago del impuesto de Sucesiones y el recurrente volvió a ingresar la totalidad
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