No se necesita el permiso de la comunidad para instalar el cargador del coche eléctrico, siempre que sea para uso privado y se instale en la propia plaza. Además, el propietario tendrá que correr con todos los gastos.
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el detalle lo tienes en (ITC) BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT):
Esquema 1: Línea directa desde el contador general a cada punto de recarga.
Esquema 2: Nuevo contador exclusivo para la recarga, asociado al contrato del usuario.
Esquema 3: Sistema de medida en el cuadro general de mando y protección… » ver todo el comentario
lo unico que podría complicarse es si el seguro del edificio pide más cuartos o tiene alguna clausula contra los VE, ahí sí se pueden torcer las cosas si incrementa el coste para todos los vecinos...
Van a tener que implantar alguna otra solución
Así que me parece que hablas más por deseos que por datos.