Hace 7 años | Por --507957-- a libertaddigital.com
Publicado hace 7 años por --507957-- a libertaddigital.com

Una secretaria denunció por agresión sexual a su jefe. El tribunal lo absuelve porque las relaciones sexuales eran parte de las exigencias del trabajo

Comentarios

sede

#52 Obligar a tener relaciones es una violación, como dice #50. Ahí estamos hablando de otra cosa.

sede

#50 sí, estoy de acuerdo con lo que dices.

ikerbera

#12 Seguro que se ha desestimado, pero no es porque lo ponga en el contrato. Puede poner "entregar al primogénito" y sería igual de ilegal la cláusula.

Ya te digo, ¿te imaginas que el primogénito no es varón? Menuda estafa.

capitan__nemo

#10 Esto debe ser el argumento de la segunda parte de "50 sombras de grey"

D

#15 Los encuentros sexuales entre ambos se produjeron entre el 31 de julio y el 13 de agosto de 2014, pero el tribunal entiende que no hay prueba de el procesado usara "violencia o intimidación" hacia la denunciante en ninguna ocasión. El acusado había puesto en esas fechas un anuncio en la página web milanuncios.com en el que ofrecía un puesto de secretaria en Alicante a cambio de una retribución mensual de entre 3.000 y 4.000 euros.

N

#21 Sí, ya lo había leído ¿y?

D

#22 Que sí hubo sexo, pero no se considera hubo intimidación o coacción.

N

#25 Pues eso, pero eso no implica que el juez lo avale. Se está juzgando un caso de agresión y lo que se está usando para desestimarlo, no es el contrato en sí, si no la inconsistencia del testimonio de la mujer.

D

#25 lo que tenía que haber hecho la mujer de estar mejor informada o asesorada es decir "si" al trabajo haciendo como que esa "cláusula" no existe ni se ha acordado porque obviamente es ilegal.

Y luego, cuando venga la exigencia de sexo a cambio de mantener el puesto de trabajo, negarse, grabarlo y denunciarlo por "acoso sexual en el ámbito laboral"

Pero es que yo no sé en qué cojones piensa la gente, de verdad. O quien coño les asesora

D

#29 Exacto. De hecho, como bien dicen en Laboro, tú puedes firmar en sangre bajo el juramento de las 7 diosas de la noche de Monesval que aceptas esa cláusula, que su validez es cero patatero. Si ella la acepta... y la hace voluntariamente, pues mal hecho.

C

#29 pero claro, el sueldo ya no serán 4.000€, sino el del Convenio...

D

Vaya por delante la aberrante condición moral del empleador o gerente. Es un individuo de calaña moral de difícil calificación.

Pero el Derecho y la moral, van separados. Nadie puede sacar rédito (beneficio) de un delito que el mismo ha sido cooperador necesario. Nadie saca provecho de un delito que tu mismo provocas.

Si hubiera sido una secretaria contratada de manera "normal", el jefe la acosa y la coacciona, lo condenarian.
Pero al haber publicado el gerente la oferta literalmente con todas las condiciones, incluidas las sexuales, la que lo aceptó era consciente del delito en el que participaba. Al no haber relación de superioridad al principio (no estaba contratada previamente) se convierte en cooperadora necesaria. Y además cobrando 3000-4000 euros al mes, sueldo muy superior a la misma función en el mercado laboral.

Es un poco la misma diferencia que hay entre "sentirse estafado" a que te estafen de verdad (hay mucha diferencia en el ámbito penal)

La Fiscalía debía haber acusado de un delito contra los trabajadores, no de abuso sexual. Y aun así difícil, por lo explicado anteriormente.

#13 Esto que dices es una chorrada que demuestra que saben menos de Derecho o de Relaciones laborales que yo del ecosistema del pez payaso.

El cumplimiento de una cláusula que no es legal como por ejemplo la obligatoriedad de mantener una relación sexual no puede ser exigido.

Bueno, si que se puede, y si la otra parte accede pues chachi, pero si no hace caso no puede haber consecuencias. Si despidos a la trabajadora por no querer mantener relaciones tendrás que disfrazar lo de otra cosa.

Si todo esto te parece difícil de entender cambia una burrada por otra, como por ejemplo "mantener relaciones sexuales" por "regalar la vivienda habitual" o "entregar al primogénito".

En el contrato puede poner de todo, incluso cosas ilegales y firmar el contrato no te hace colaborador de ningún delito ni ninguna otra película que te montes. Mientras no te intenten hacer cumplir la clausula no pasa nada, y si lo intentan, pues que tengan suerte.

Por otra parte meter barbaridades claramente ilegales en los contratos es normal. Se hace para que llamen la atención, la otra parte pida que se quite y no se dije en números u otras cosas que aunque legales son desfavorables. Cuando le presentas el contrato corregido sin eso que no es exigible se cree que ha ganado y es un negociador duro por hacerte quitarlo y esta firmando lo mismo, porque te has limitado a quitar una cláusula que sabes que no puedes exigir cumplir.

D

#34 Que no.. que esa cláusula no vale una m. A ver si lo pillas en argot coloquial. Que el tribunal dice en pocas palabras "si fuiste tan tonta de cumplir una cláusula nula voluntariamente, sin coacción, es tu problema".
Si ella se hubiera negado y el la coacciona a cumplirla entonces SÍ hubiera habido delito. Los matices en el derecho penal.. cuando quieras preséntate a juez, colegiate...

D

#34 creo que #13 lo explica bien a excepción de una cosa, en la que para mí se pasa siete pueblos y tu le corriges muy acertadamente:

#35 tío, acusarla a ella de cooperador necesario.....Como que no.

D

#37 De forma jurídica, no moral. Es que es diferente...

D

#39 y juridicamente hablaba. Cuando el Código Penal habla de cooperador necesario no creo que se refiera a un caso como este....

Bueno, no es que no lo crea, es que estoy seguro roll

D

#40 ¿Hacemos un probono y lo llevamos al TS?

#35 Lo que el diario dice que dice el tribubal es que no se ha podido probar el acoso. No dice nada más.

D

#28 no te pases de frenada. No es una denuncia falsa. Simplemente lo relatado no se ajusta a la tipificación del delito y no atestigua violencia o intimidación (agresión sexual) o coacciones so pena de perder el curro (acoso).

D

#30 Si denuncia un acoso que no existe es denuncua falsa. Basta de sobreproteger a la mujer, que lo pague por cabrona.

D

#32 vamos a ver. Por lo que yo he leído, en ningún momento dice ella que hubiera violencia física o intimidación. Eso, si lo dijera y no fuera cierto, si sería denuncia falsa.

Solamente hay una incorrecta tipificación del delito y no queda acreditado que actuase forzadamente porque ya acepto esas condiciones. Tenía que haber llevado este asunto con otro enfoque. Pero no quiere decir que el relato sea falso. De hecho la sentencia parece confirmar que ocurre como lo cuenta.

D

#36 Pues eso, que dijo que la violaron y no es verdad, o sea, acusa en falso.

D

#38 y vuelta la burra al trigo....tu mismo

D

#42 Es básicamente lo que dice la noticia: credibilidad cero porque la han pillado en mentiras. Sabía que iba a poner el culo, porque se lo habían dicho. Ahora intenta sacar tajada extra y le paran los pies.

D

#36 pero la Audiencia le ha absuelto por la falta de credibilidad del testimonio de la denunciante. "Las variaciones en sus sucesivas declaraciones erosionan su fiabilidad. No se tratan de meras inexactitudes o malentendidos, pues a nadie se le exige un mimetismo absoluto", argumenta la sala.

El testimonio es falso según la sentencia. Ni las noticias nos leemos.

GatoMaula

#46 Generalmente la apelación al principio in dubio pro, como la de casi todos los Ppos. Grals. del derecho, no suele ser más que un reconocimiento tácito de la carencia de argumentación jurídica por parte de quien los invoca.

#56 Los principios generales suelen estar codificados en las leyes por lo que no suelen ser invocados a menudo, a no ser que no haya ley a aplicar.

D

#46 Seres de luuuuuz....

mente_en_desarrollo

Esto deja obsoleto el debate sobre la legalización de la prostitución.

Contratos de secretaria con duración de 30 minutos y cláusulas adicionales.

#8 y empiezan a llover denuncias a la inspección de trabajo por tener el convenio equivocado.

mente_en_desarrollo

#18 El convenio de empresa está por encima del sectorial, en esta empresa a las folladoras las llamamos secretarias ¿algún problema?

Y si no da igual, administran las ganas de follar de los jefes así no se les puede negar el convenio de administración.

#20 Eso de que el convenio está "por encima" es matizable. El convenio sectorial dejará huecos para que sean acotados por ser el convenio de empresa, y pueden ser ajustados alza o a la baja según se negocie en la empresa. Por lo demás sigue rigiendo el principio "norma más favorable"

#27 Gracias por la información (aunque yo solo estaba bromeando un poco). Entonces si no he entendido mal, lo que hizo la última reforma laboral es eliminar la vigencia de los convenios viejos cuando caduquen y eliminando la ultraactividad, mientras que ahora es obligatorio dejar "cabos sueltos" que se resuelven en el convenio de empresa ¿no?

Lo digo porque si sigue vigente el in dubio pro operario y no hay "cabos sueltos" en el convenio sectorial vigente, no se podrían empeorar condiciones respecto a las previas.

#33 No, los cabos sueltos siempre han estado ahí. Por ejemplo el Estatuto de los Trabajadores deja que se negocie libremente el periodo de prueba, aunque fija un máximo, y una duración concreta si el convenio de empresa no lo especifica. Algunos convenios sectoriales fijan un máximo y mínimo, que los convenios de empresa puede concretar o no.

Básicamente los convenios de empresa concretan esas horquillas o las ajustan a la realidad de la empresa. Habrá cosas que puedan contradecir al convenio colectivo porque la norma solo sugiera y e otros casos solo se aplique si el convenio de empresa no dice otra cosa.

Por ejemplo si en un convenio de empresa no hay tablas salariales porque se les ha olvidado incluirlas (no creo que se de en ninguno) se aplicarían las del convenio sectorial. Por otra parte si en el de empresa se quieren incluir deberán ser compatibles con las del convenio sectorial.

Lo que es más fácil es descolgarse del convenio. Y la novedad más importante era la adición de la palabra "previsión" a las causas para el despido objetivo.

La otra novedad era el fin de la ultractividad, que obviamente se ha utilizado para negociar se manera express convenios muy desfavorables para los trabajadores y que estos aceptarán la caducidad del mismo.

GatoMaula

#41 No, el convenio de empresa y el sectorial tienen el mismo rango, y, en principio, son excluyentes, es decir, sólo te afecta un convenio. Otra cosa es que el convenio de empresa incluya alguna cláusula por la que el convenio sectorial sea de aplicación subsidiaria, sino no, y en caso de que el convenio de empresa presentara alguna laguna habría que resolverla a la luz del estatuto de los trabajadores, que por otro lado es el que fija qué materias pueden regularse, y en qué medida, por los convenios colectivos. Hay muchos convenios que regulan, por ejemplo, el número de miembros que componen la representación de los trabajadores, y el de horas sindicales, pues bien, esas clausulas son nulas de pleno derecho porque en el estatuto de los trabajadores eso ya está fijado en un artículo de carácter normativo, por lo que no hay margen para su modificación por acuerdo entre las partes. La mayoría de las cuestiones que pueden regularse por convenio es porque el estatuto d los trabajadores dice que son dispositivas, de ahí que las cláusulas obligacionales caduquen con el convenio, ya sea éste de empresa o sectorial.

#55 Quería decir eso mismo, pero me he explicado fatal y al estar de viaje no tengo acceso a un ordenador para extenderme en los comentarios.

anxosan

Y he aquí el precedente legal para que vuestros jefes os follen (ahora además literalmente).

¡Biba la ·husticia españistañí!

sede

#1 Perdón, pero... hay algo que no entiendo: ¿no es ese un contrato que incluye labores de secretariado y de prostitución? ¿No fue aceptado por las dos partes? ¿Entonces? ¿Significa eso que todas las prostitutas tienen derecho a percibir una indemnización de sus clientes? Pues van a colapsar los juzgados, me parece.

powernergia

#19 No puedes obligar a ninguna mujer a tener relaciones, ni a las prostitutas, por mucho que te hayan dicho otra cosa por teléfono o hayas firmado un contrato.

D

- No, no pienso follar contigo!
- Y si te pongo un sueldo de 4000 euros al mes???
- Estoooo... en tu casa o en la mia???

Y asi seguimos desde que pintabamos bisontes en Altamira....

kaidohmaru

¿Un contrato de este tipo puede ser legal?

kaidohmaru

#4 Por eso preguntaba porque algo me sonaba. Juer, qué mala leche produce algo asi

ccguy

#3 Hombre claro, si lo pone en el contrato la chica sabía donde se metía. Igual que cuando firmas una hipoteca, un préstamo de Cofidís, o aceptas vender un riñón y el comprador te paga.

D

En serio, es que no me lo puedo creer.

saulot

👉 👌

O

Ojo, entre 3000 y 4000 euros de sueldo al mes

D

#60 Ese dato es esclarecedor a la hora de determinar que pactaron como condiciones laborales.

O

#61 Exacto, porque es una cantidad muy por encima de lo que uno necesita para cubrir sus necesidades vitales y que podría conseguir ejerciendo otro tipo de trabajo sin necesidad de mantener relaciones sexuales de manera no consentida

N

Bien denunciado, pero mejor está denunciarlo al ver el contrato y mejor todavía denunciarlo y no trabajar para alguien así.

PeterDry

Putos jueces.

Brugal-con-cola

#5 más puta era ella

empanadilla.cosmica

Duplicado

i

Ese juez se equivoca

D

Discriminación !!!! Yo quiero que también se pueda añadir esa clausula con la jefa.

D

Al ver un sueldo tan jugoso le hizo el coño pepsi cola pero luego se arrepintió y quiso sacar tajada denunciando un acoso que no existió.

#11 Denunció un acoso que no se ha podido probar, que es distinto de que no exiatiera o de que quiera sacar tajada. Por favor, deja de inventar.

D

#17 Las mujeres son seres de luz. Nunca se inventan maltratos y violaciones para sacar tajada de las leyes feministas. Y pase lo que pase el hombre siempre es sospechoso aunque sea declarado inocente.

Esta es la realidad según el argumentario feminista.

PD: Me gustaría saber lo que le va a caer a la tía por denuncia falsa, si le cae algo.