El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha cerrado la puerta a que las entidades cobren intereses por dinero que el cliente nunca llega a ver: los gastos asociados a un crédito -como seguros u otros costes- no podrán engordar la base sobre la que se calculan los intereses. La sentencia de la corte europea precisa que los intereses solo pueden calcularse sobre la cantidad puesta a disposición del consumidor, lo que excluye cualquier suma destinada a pagar costes asociados al préstamo que no se entregan directamente al usuario.
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