Hace 9 años | Por SergioS a europapress.es
Publicado hace 9 años por SergioS a europapress.es

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado ha rechazado las enmiendas propuestas, entre otros, por el Grupo Socialista, para modificar la previsión del proyecto de Estatuto de la Víctima del Delito que obligará a las mujeres que denuncien violencia de género a pagar las costas del procedimiento y devolver con un 50% de interés las ayudas que hayan recibido como víctimas si el denunciado finalmente sale absuelto.

Comentarios

Gol_en_Contra

#7 O sea que le tocaría pagar si:

1) Un juez determina que se denunció falsamente.
2) Se absuelve (o un sobreseimiento libre) y además se determina que se denunció falsamente (tienen que darse ambas).

#3 ¿A que te refieres con 《de películas》?

SergioS

#11 Según lo entiendo y por lo que declaran los miembros de la oposición, los supuestos a) y b) son independientes, es decir, bastaría con que no se pudiesen demostrar los hechos para que se aplicase la obligación de devolver el dinero con el %50 de interés. Aunque igual #8 puede explicárnoslo mejor.

Gol_en_Contra

#14 Pues ahí no sabría que decirte. A ver si alguien puede arrojar un poco de luz acerca de que diablos quieren hacer ahora.

Lo malo es que con la aplanadora de la mayoría parlamentaria es difícil oponerse...

Gol_en_Contra

#c-7" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/2365941/order/7">#7 No obstante, aunque pueda ser, para algunos, una medida en apariencia razonable... el argumento que ciras en 4# de Ángeles Marra hay que tenerlo muy en cuenta.

D

#2 Sería cojonudo que además de no disfrutar de presunción de inocencia, que después de TENER QUE DEMOSTRAR QUE NO eres culpable encima salten los que critican que se castigue a la falsa denunciante

Te remito a #7

Observer

#10 "Para eso está el sistema garantista por el cuál no serás condenado si no se demuestra tu culpabilidad."
¿te refieres a ese sistema garantista que considera la palabra de la parte denunciante como prueba de culpabilidad del denunciado?

Con la ley actual si ella(mujer) denuncia a su pareja(hombre) solo necesita contar su historia, no contradecirse en la historia que cuenta y mantenerse firme en la acusación para que te condenen.
He especificado el que sea una mujer a un hombre porque no se aplica en ningún otro caso.

natrix

#17 considera la palabra de la denunciante como prueba de tu culpabilidad

No, yo hablaba de España. Perdona por no haberlo aclarado.

Observer

#18 Por desgracia eso es así en España cuando se aplica la ley de violencia de genero. Perdona por no habértelo aclarado.

La cual solo se aplica cuando la mujer denuncia a su pareja(hombre), ni cuando son parejas del mismo sexo(hombre-hombre o mujer-mujer).

B

#17 #19 Eso ni es tan simple como dices, ni se da solo con la ley de violencia de género.
Entre otras cosas el testimonio tiene que ir acompañado de datos objetivos que lo corroboren.
Si fuera así como tú dices muchas más denuncias acabarían en condena.

Observer

#22 Una de dos o mientes o desconoces como es la ley de violencia de genero.
http://www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer/index.php/guia-juridica-sobre-violencia-de-genero-y-derechos-de-las-mujeres/violencia-de-genero/116
El testimonio de la mujer que ha vivido o vive una situación de violencia de género física y/o psíquica, aunque no haya otros testigos, y siempre que concurran los requisitos de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio y persistencia en la incriminación. En ese supuesto, la declaración de la mujer podrá ser prueba suficiente para fundamentar una condena y desvirtuar la presunción de inocencia. Lo contrario, al tratarse de delitos que suceden normalmente en la más estricta intimidad familiar, permitiría que estas conductas delictivas escapen del reproche penal correspondiente, quedando así en la más absoluta impunidad.

Si la historia es creíble(si no hay razón para no creerla), no se contradice y persiste en la incriminación el testimonio de ella(cuando el otro es hombre es suficiente).
Pero esa ley solo se aplica cuando es la mujer cuando denuncia y el denunciado es hombre, si los dos son hombres, los dos mujeres o es el hombre quien denuncia no se aplica dicha ley y por lo tanto no será prueba suficiente.

Imagina que un vecino que te odia se va al juzgado y te denuncia por amenazarlo y su testimonio es prueba suficiente para declararte culpable. Luego, tu o eres capaz de demostrar que eres inocente o el juez te condenará.
Por suerte esto no es así... si no sois pareja, tu no eres el hombre y quien te denuncia la mujer.


PD: Para lo poco que conoces dicha ley, muy rápido has ido a votar negativo y a decir que no es cierto.

B

#23 Pues mira, creo que la conozco algo mejor que tú, porque eso que dices no viene en la ley, ni en la de violencia de género, ni creo que en ningúna otra. Búscalo en la ley (no en la web de junta de Andalucía) y si lo encuentras me lo dices.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-2004.html

No lo encontrarás, porque esjurisprudencia del Tribunal Supremo.

Y segundo error: no se aplica solo a los delitos de violencia de género. Es jurisprudencia muy anterior a esa ley, así que difícilmente se aplica solo en ese caso, ni solo cuando la víctima es mujer y el denunciado es hombre. No sé de dónde sacas eso, aunque parece que es una creencia muy extendida.

Aquí tienes un artículo doctrinal del año 2001 que se refiere a esa jurisprudencia:

http://noticias.juridicas.com/articulos/65-Derecho-Procesal-Penal/200102-coimp3.html#3

D

#10 Para eso se ha violado ese sistema permitiendo que seas condenado si no demuestras tu inocencia, que parece que solo te enteras de la mitad de la historia

natrix

Sería cojonudo que te aticen, que el tío se libre por no poder demostrarlo y encima te toque pagar con intereses.

Gol_en_Contra

#2 Pregunto: ¿No hay casos donde la no condena no implique denuncia falsa?

Por ejemplo un sobreseimiento o que se declare al acusado "no culpable" , lo cual tampoco implica absolución (y consiguiente pago por parte de la denunciante).

Lo digo porque a veces se menciona que no todas los juicios que acaban so condenar al acusado implica denuncia falsa, entiendo que en esos casos tampoco se le haría pagar al (o a la) deninciante.

natrix

#3 Lo de «no culpable» es de las películas.

El sobreseimiento afecta al procedimiento por cuestiones formales, y la absolución entra en la culpabilidad o no del acusado sobre el fondo del asunto. En el primero se podría reabrir la causa, con la absolución, no.

Pero todo eso es independiente de que sea o no denuncia falsa.
Se puede absolver sin que haya necesariamente una denuncia falsa; es decir, el hecho de que no se haya podido demostrar la culpabilidad del acusado como para condenarle (y sea absuelto) no implica que haya habido una denuncia falsa. Y ocurre en la mayoría de los casos.

Puede que la denuncia fuera cierta, pero no se haya podido demostrar la culpabilidad.
Por otro lado, una condena por denuncia falsa requiere que el (falso) denunciante sea conocedor de la falsedad de la denuncia; y para llegar al punto de poder condenarle también se requiere poder demostrar que era consciente de mentir con intención de producir dolo. Y no suele ser fácil de demostrar.

Gol_en_Contra

#c-8" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/2365941/order/8">#8 la cita que hice en 11# a #3 en realidad era para tu comentario en #8

Nova6K0

#2 Sería cojonudo que te denuncien falsamente y encima las mujeres que denuncian falsamente se libren.

#5 Esto lo que hará es que algunas dejen de denunciar en falso para conseguir dinero o a los hijos y por otro lado el dejar de estigmatizar a las verdaderas maltratadas, porque es un insulto hacia ellas.

Salu2

Trigonometrico

#9 Esto puede aumentar el número de maltratos en las mujeres, porque ahora denunciar será un doble riesgo para ellas.

Nova6K0

#12 Yo no tendría miedo a denunciar si tengo pruebas de un delito. Y lo más importante además es denunciar poco tiempo después del maltrato no dos años después. Porque el tiempo es una ventaja para el maltratador. Esto es aún más importante además si hay agresión sexual. No esperar varios años tampoco.

Salu2

Trigonometrico

#24 Estoy de acuerdo contigo, pero tienes que ver que estas cosas no son siempre fáciles de demostrar.

Mister_Lala

Es un comienzo, pero todavía queda un abismo para poder llegar a un juicio por malos tratos en igualdad de condiciones.

natrix

¿Y los denunciantes no?

SergioS

#1 Pues ahora que lo dices, creo que el proyecto se refiere a toda clase de delitos y no sólo a la violencia género, aquí se puede ver la redacción del Congreso:
http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-115-1.PDF

No obstante, los grupos que pedían la retirada del artículo sí lo han relacionado con la violencia de género, como se puede leer en la noticia:

Los citados grupos de la oposición pedían la supresión de este artículo por entender que dada la dificultad probatoria en delitos de violencia de género, que tienen lugar en la esfera privada, penalizar a la mujer si no consigue demostrar los hechos ante el juez puede disuadirla de acudir a la justicia aunque lo necesite.

Ángeles Marra ha calificado como "fundamental" la supresión de esta medida ya que mantenerla, a su juicio, evidencia un "desconocimiento de la realidad a la que se enfrentan las mujeres".

Trigonometrico

Esto va a hacer que más mujeres no se atrevan a denunciar.

Comprendo que algunas mujeres han hecho ir a la cárcel a compañeros inocentes, pero supongo que debería poder demostrarse mala fe en la denuncia para poder castigar a la denunciante.