Hace 8 años | Por Ripio a elconfidencial.com
Publicado hace 8 años por Ripio a elconfidencial.com

Dos sentencias del Tribunal Supremo no dejan lugar a dudas. Señalan que la Agencia Tributaria, “dentro de las actuaciones de comprobación”, puede verificar operaciones que integren el hecho imponible “aun cuando tengan su origen en ejercicios fiscales ya prescritos”. O lo que es lo mismo, Hacienda puede investigar a los contribuyentes de forma indefinida y no solamente durante los 5 años en que prescribe el delito fiscal con carácter general (el agravado puede extenderse a 10 años cuando se trate de delitos de especial transcendencia).

Comentarios

D

¿Se refiere a los contribuyentes o a los contribuyentes LADRONES...?

Feindesland

A la mierda la seguridad jurídica...

D

#1 Lo que hay que hacer es que no preescriban los delitos de ningún tipo.

D

Parecen putas registrando la cartera del cliente buscando hasta el último céntimo que puedan arrasar.

D

#4 Ingenuo GOTO #6

uno_d_tantos

#8 Una vez transformas el estado de derecho en un chiringuito de derecho ya no hay vuelta atrás.

Hoy se aprovecha la gentuza del desgobierno y los sicarios y mamporreros que los apoyan. Mañana se aprovecharán otros.

uno_d_tantos

Pues ala, está abierta la veda para investigar el enriquecimiento de todas las grandes familias de la aristocracia franquista durante la dictadura de Paco.

m

Esperemos que al menos se aplique a todos por igual

G

#3 lol lol lol

D

Mero postureo de cara a las elecciones. Nada más.

reithor

Vaya, parece que les falta trabajo y ahora tienen tiempo para investigar cosas que nunca se podrán ni recuperar ni juzgar. Que no digo que esté mal, saber quien ha defraudado; pero viendo todo lo que está por prescribir... no puedo evitar pensar que se trata de una maniobra para que se investigue menos lo que sí puede prescribir.

Amalfi

Como se nota que el gobierno necesita pasta, efecto recaudatorio.