Hace 2 años | Por baraja a threadreaderapp.com
Publicado hace 2 años por baraja a threadreaderapp.com

La ausencia de denuncia de la cuidadora obligaba al Juez a absolver. Más discutible e interpretable puede ser si el número e intensidad de actos de acercamiento en ese lapso temporal fue suficiente para constituir delito. A la vista de la jurisprudencia, y las sentencias que se vienen dictando por hechos similares, parece que no. Es precisamente la ausencia de requisito de procedibilidad la que impedirá condenar a Pablo Iglesias en el caso Dina. La ley es igual para todos. Lo mismo que salvó a Pablo Iglesias en el caso Dina, salva ahora a este

Comentarios

D

#10 ¿que yo justifico qué? lol lol lol

Si yo he dicho en varias ocasiones que condeno todos los escraches y de este caso en particular he condenado también y he dicho que es un impresentable, ¿qué dices que justifico yo? lol

Ovlak

#11 No hablo de tus intentos de alardear coherencia. Digo que lo relacionáis y equiparáis con escraches cuando no tiene absolutamente nada que ver. Tampoco tienen mucho que ver el acoso en la casa de Iglesias, pero podría llegar a aceptar pulpo como animal de compañía. ¿Pero esto? En fin...

Ovlak

#14 ¿Y quién se ha quejado?
Veo que te gusta tirar la piedra y esconder la mano. Ayer mismo sacaste el tema de los escraches a colación en una noticia sobre este tema sin responder a nadie absuelto-periodista-okdiario-presunto-acoso-hijos-pequenos-pablo/c016#c-16

Hace 2 años | Por Susmuertos a 20minutos.es

D

#15 ¿del acoso a Iglesias? todos los podemitas al menos.

D

#15 contesto de nuevo después de ver que has editado casi todo el comentario.

Como ya he explicado (#_14), y se ve en ese hilo, yo lo que he hecho ha sido meterme con los que me han señalado

"Habia gente que me señalaba en hilos sobre este caso para criticarme (como si a mi me iportara un pepino este majadero)"


Si vas a citarme para darme la razón, puedes hacerlo, solo tienes que acompañarlo con un "tienes la razón", o algun confundido le va a dar por pensar otra cosa.

Ovlak

#29 Sí, saliste a dar las explicaciones que nadie te pidió. Tirar la piedra escondiendo la mano

D

#31 sí, porque en esta web de forma diaria viene gente a tocarme los cojones en menciones que no tienen nada que ver, así que a veces salgo yo antes a defenderme. Un ejemplo de esas menciones de ayer mismo Un juzgado y Asuntos Internos investigan un vídeo con una agresión de agentes de la Ertzaintza a dos migrantes/c7#c-7

Y más que podría poner.

A ver si te veo en alguna de esas criticando a esos usuarios, en vez de criticarme a mí. Cuando dejen de mencionarme para molestar, dejaré yo de salir a defenderme.

baraja

#21 Claro que los niños pueden ser víctimas de acoso. Pero para eso tienen que acosar a los niños. Y los hechos probados dicen que el tipo hizo esto:

▪ ️ 7-N: llama a la puerta y no le abren.
▪ ️ 14-N: vigila desde el coche la puerta.
▪ ️ 26-N: Graba algo desde el coche y se va.
▪ ️ 3-D: llama al telefonillo, le dicen que no hay guardería y se va.
▪ ️ 5-D: llama por teléfono a la cuidadora, que no quiere hablar.

Ergo, el objeto del acoso sería la cuidadora que es la que tiene teléfono y puede abrir la puerta de la guardería. A menos que los bebés tengan móvil y contesten al telefonillo, que no sería el caso.

BodyOfCrime

#22 De hecho la sentencia dice :
Esta última fue la única agraviada, es decir la única que soportó los actos de acercamiento y de comunicación inconsentidos del acusado y por lo tanto la única que tenía la facultad de decidir si se abría o no un proceso penal.

La interposición de la querella de los Sres. [Censurado] sin embargo privó a la perjudicada de esta facultad pues ellos decidieron por ella.

Ello no obsta para que se considere en esta resolución que se ha cometido una infracción por falta de la denuncia requerida por el art.172 ter. 4 y por ello en ningún caso se considera que se pueda efectuar un pronunciamiento condenatorio puesto que la única persona agraviada, esto es la cuidadora, ni ha denunciado ni se ha mostrado parte en el procedimiento, subsanando el defecto anterior.

B

#22 #23 Entiendo entonces que el juez considera que la única víctima de acoso es la niñera sin incluir para nada a los dos menores?

baraja

#32 los bebés no tienen móvil y no se enteran cuando alguien toca al telefonillo como para que se considere acoso

B

#33 Hombre mi bebé si se entera si llaman al móvil o a la puerta, en cualquier caso repito, el juez considera que los menores, por tanto, no han sido objeto de acoso?

baraja

#35 edit

tiopio

José María de Pablo es el auto del libro "La cuarta trama". Aquí va una reseña de Libertad Digital.

https://www.libertaddigital.com/opinion/libros/la-cuarta-trama-1276236366.html

O

Lo mismo que salvó a iglesias en el caso dina salva ahora este periodista!
Vaya, cualquiera diría que damos el mismo valor a unos niños que a una tarjeta de móvil.

B

#8 Los niños no pueden ser víctimas de acoso? Porque lo de que la cuidadora no denuncie lo entiendo, pero ella se libró de los niños se libró del acoso, ya que era claramente un personaje secundario.

O

#8 la cuidadora es la víctima ahora? Tócate los huevos!

BodyOfCrime

#13 Los jueces se equivocan, pero casualmente solo lo hacen cuando dicen lo contrario a lo que a mi me interesa. Y eso es demagogia barata.

Peka

#16 No estas diciendo nada en contra de la argumentación que han dado en el articulo.

Estas actuando de igual forma a lo que criticas.

BodyOfCrime

#18 Yo no soy quien ha empezado un hilo diciendo que "La sentencia no tiene pies ni cabeza, está mal argumentada y parece más el texto de un redactor de panfleto que una reflexión jurídica con una valoración de prueba conforme a derecho".

Es más solo se dedica a dar una visión sesgada y sin posibilidad de revisar la fuente, mientras que el de este meneo no solo argumenta, sino que añade la fuente y las partes dónde el juez argumenta dichas cosas.

BodyOfCrime

#24 Precisamente desde el principio estamos hablando de ese hilo de twitter o acaso no has leído el comentario de #1 lol

Peka

#25 Pues yo no hablaba de ese.

BodyOfCrime

#26 Pues entonces eres tú quién se ha confundido lol

BodyOfCrime

#1 Que va a decir? Los jueces son malos cuando no fallan lo que yo quiero

Peka

#7 ¿Entonces hay que decir que los jueces se equivocan o que los jueces acierta siempre?

Todo el mundo se equivoca y nadie acierta siempre. Si se argumenta una equivocación no veo el problema.

B

Básicamente esto se parece al caso Dina igual que un huevo a una castaña, ya que el Juez considera que no hay acoso sobre los menores, solo sobre la cuidadora, por tanto y como es lógico, basándose siempre en esa premisa, si lo que denuncian los padres es acoso a sus hijos el caso solo puede salvarse con la absolución del acusado.

Pero mola las piruetas que hace el autor para igualar esto a otro caso que no tiene nada que ver, lol lol lol lol

D

Como debe de joder cuando el jarabe democratico que tanto realizabas contra quienes piensan diferente a ti, se te vuelve en contra.

Ovlak

#9 Lo no tan obvio y que no os molestáis en explicar es por qué este caso tiene ni lo más mínimo que ver con los escraches con los que continuamente los relacionáis como justificación. Sí, tú entre ellos.

D

#5 el periodista tenia motivaciones de investigación.
A mi, que se acose a ese payaso de IGlesias, me parece absolutamente irrelevante.. basicamente, por que el estuvo acosando a quien no pensaba como el durante muchos años. Por mi parte, un que le jodan a Iglesias, no siento la mas minima pena por lo que le ha tocado sufrir..

BodyOfCrime

#2 Por aquí alguno dice que si se lo haces a un miembro del gobierno es delito sí o sí.

B

#2 Más bien, como alegra saber todo lo que la ciudadanía puede hacer a un político sin necesidad de un motivo, más allá del "que se vaya de España", es realmente maravilloso y alentador saber que el jarabe democrático no tiene tantos límites como decían antes.

Lo he dicho y lo mantengo, lo mejor que ha podido pasar es el jarabe aplicado a iglesias y su familia, ahora a esperar cuando lleguen otros