Pérez de los Cobos figura en la lista de afiliados y donantes. La ley prohibe a los jueces pertenecer a ningún partido. Omitió su vínculo político cuando compareció en el Senado. [Adm: cambiado a enlace con noticia completa a propuesta de #91, el original era https://twitter.com/gsemprunmdg/status/357613145587609601/photo/1 ]
#18:
#17 ¿Qué es lo que no has entendido de lo que he escrito?
He dicho que ni Garzón ni Bermejo militaban. De hecho no es lo mismo simpatizar con una opción política a estar afiliado pagando cuotas.
Si hay una corriente progresista y otra conservadora en la judicatura es porque cada cual tiene su propia ideología, pero no es lo mismo que pagarse cuotas afiliándose.
Por algo la Ley prohibe afiliarse pero no simpatizar por una determinada corriente política.
Edito: Lo voy a poner en negrita como tú has hecho. Se ve que así uno tiene más razón
" mientras que a estos [los miembros del poder judicial] les está prohibida la militancia en partidos políticos o sindicatos, para los Magistrados del TC dicha militancia no se excluye, aunque sí el ocupar cargos directivos o empleos en dichas organizaciones."
Pablo Pérez Tremps, Derecho Constitucional, Volumen II, Valencia, 2010, p. 211.
Es decir, la regla especial del 159.4 de la Constitución manda, por lógica jurídica (lex especialis) y por la expresión "en lo demás"
#19:
#17 ¿Por qué todos los peperos siempre tenéis en la boca el "y tu más"? Pareces Marhuenda...
#2:
Separación de poderes? Eso que es? /modo ironic On
#16:
#9 Garzón nunca militó en el PSOE. Fue delegado del Gobierno en el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Secretario de Estado pero no como afiliado.
Y, si mal no recuerdo, Mariano Fernández Bermejo tampoco era militante, aunque evidentemente sí simpatizante, cuando fue nombrado Ministro de Justicia.
También he visto esto en un examen de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo:
Los miembros del Tribunal Constitucional:
b) No puede estar afiliado a un partido político -> Respuesta incorrecta. La prohibición de afiliación a partidos políticos no alcanza a los magistrados del TC, pues el art. 127 CE sólo la ha establecido para jueces y magistrados del Poder judicial y el art. 159.4 CE y el art. 19.1.6ª LOTC sólo les prohíben ocupar cargos directivos en los partidos, pero no afiliarse. http://ocw.uniovi.es/file.php/33/examenes/testorganos1.htm
En cualquier caso, por lo que se lee en la LOTC, no deja de ser ciertamente ambiguo, ya que ese "en lo demás" podría entenderse como aquello que no está enumerado en las exclusiones específicas, por lo que la afiliación política, al no estar enumerada ahí, debería entrar en ese "en lo demás".
Pero vaya, bien es cierto que atendiendo tanto a los datos aportados por tu libro de Derecho escrito por un ex-magistrado del TC, como la información aportada en ese examen de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, así como lo que apuntaba la doctora en derecho que mencionaban más arriba, será porque hay consenso en que no les está prohibida la militancia. La ley, tal y como está redactada, es ambigua, pero en cualquier caso la interpretación sobre el asunto parece estar consensuada.
#34:
#31 Tienes razón. Desde ese momento no hizo más que favorecer al PSOE.
De tu link de la Wikipedia:
"Tras su paso por la política en las listas electorales del PSOE, volvió a la Audiencia Nacional, donde sus investigaciones contra el llamado terrorismo de Estado contribuyeron también a denunciar las acciones de José Barrionuevo Peña, Ministro de Interior del PSOE, con relación a los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), la llamada "guerra sucia" contra el terrorismo. Éste fue uno de los factores que llevó a la derrota del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) en las elecciones de 1996."
#104:
#99 Artículo 59.4 de la Constitución Española
En lo demás los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.
Apartado II de la ley del Poder Judicial. DE LAS INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES Artículos 389 a 397
...
395. No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos
#36:
#31 oye, te comento: los fanboys del PP que sacáis al PSOE/Garzón/La ETA o lo que toque de formas tan poco sutiles estáis ya más allá de dar pena o cansar. Sois como el recuerdo de una vieja época que los demás queremos dejar atrás. Dejad de dar el coñazo con vuestra mierda.
1. El Tribunal Constitucional, como intérprete supremo de la Constitución, es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido sólo a la Constitución y a la presente Ley Orgánica.
Esto ya me deja dudas sobre lo que afirma El País.
Luego dice:
1. Los Magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por el Rey, a propuesta de las Cámaras, del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial, en las condiciones que establece el artículo 159, 1 de la Constitución.
4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil.
En principio no dice que no pueda estar afiliado, sólo habla de "funciones directivas" en un partido.
Aunque justo abajo dice:
En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.
lo que me hace tener dudas sobre las condiciones. ¿Qué es "en lo demás"?
En cualquier caso, no es para festejar... aunque también hay jueces "progresistas" y "conservadores", que se presentan y hablan en esos términos. También es criticable esa identificación ideológica, pero nadie se queja, parece.
#39:
#31 Primero, cuándo Garzón ocupó un cargo político renunció a su plaza de juez. Si este señor hubiese hecho lo mismo ninguno de nosotros tendríamos que reprocharle absolutamente nada, tuviese el carné que tuviese.
Segundo, la ley dice que no se puede militar en un partido y ser juez a la vez. Y este señor siendo juez incumple la ley y miente además. Por contra ¿qué ley infringió Garzón si en aquel momento ni era juez ni militaba en el PSOE? Si un juez se pasa las leyes por el forro de su saco escrotal apaga y vamonos.
Tu intento del "y tú más" es absurdo.
#119:
#116 A lo que tú te refieres es a esta parte de la noticia:
El listado en el que aparece De los Cobos está en un documento que forma parte del sumario del caso Bárcenas, y en el mismo se señala tanto el nombre de la persona que contribuyó a la financiación del partido como el número de su Documento Nacional de Identidad y la cantidad aportada. En el caso del presidente del alto tribunal fueron 37,14 euros por año, cantidad que, según varios afiliados consultados, coincide exactamente con la cuota mínima que paga los militantes populares en la ciudad de Barcelona.
Aunque bueno, siempre puede ser que aunque forme parte del listado de donantes y afiliados del PP, y que el pago registrado coincida exactamente con la cuota mínima que pagan los militantes populares en Barcelona, en realidad fuera para comprar confetti por la misma cuantía.
Y no sabemos cuándo se dio de baja, pero sí que pagó en 2011, siendo ya magistrado del TC.
#129:
#125 No ha desmontado nada, está omitiendo lo que no le interesa:
"En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial."
#45:
#37 La información que he puesto era para aclarar que tanto jueces como magistrados están sujetos a la responsabilidad disciplinaria, que era el debate que estabais teniendo. Cuando sólo el juez está sujeto, lo especifican en el artículo.
En cuanto a si ejerció, depende de si coinciden los años. Según la Wikipedia:
Y, según El País, hay pagos en 2008, 2009, 2010 y 2011. Así que, aunque hubiera tardado en tomar posesión del cargo, según esta información hubo al menos uno o dos años que sí estuvo afiliado siendo magistrado.
Por cierto, esta portada meneada es una mierda pinchada en un palo. En la propia web de El País la enlazan, no sé por qué no la habéis puesto de ahí, #0:
#10 Tienes toda la razón formal, pero da la casualidad de que Francisco Pérez de los Cobos es miembro del Tribunal Constitucional como magistrado, no en la carrera judicial - de acuerdo - , desde enero de 2011.
No obstante, no jugó limpio al comparecer en el Senado para su propuesta: "Omitió su vínculo político".
Los Magistrados del Tribunal, elegidos por mandato constitucional entre juristas de reconocida competencia, son independientes e inamovibles. La duración de su cargo es de nueve años -sin posibilidad de reelección inmediata, salvo si se ha servido en el cargo por un plazo no superior a tres años-, sin que la Ley haya previsto límite de edad para su desempeño. Con el fin de asegurar la continuidad en las actuaciones del Tribunal, éste se renueva por terceras partes cada tres años (art. 159.3 CE).
#21 Yo no entro a valorar lo ético de esto, simplemente puntualizo, y aunque lo pongas en negrita, un magistrado no es lo mismo que un juez ¿Ves? Creo que tanto tú como yo hemos aprendido algo nuevo, así que sí había más preguntas señoría
#31 Tienes razón. Desde ese momento no hizo más que favorecer al PSOE.
De tu link de la Wikipedia:
"Tras su paso por la política en las listas electorales del PSOE, volvió a la Audiencia Nacional, donde sus investigaciones contra el llamado terrorismo de Estado contribuyeron también a denunciar las acciones de José Barrionuevo Peña, Ministro de Interior del PSOE, con relación a los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), la llamada "guerra sucia" contra el terrorismo. Éste fue uno de los factores que llevó a la derrota del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) en las elecciones de 1996."
#31 oye, te comento: los fanboys del PP que sacáis al PSOE/Garzón/La ETA o lo que toque de formas tan poco sutiles estáis ya más allá de dar pena o cansar. Sois como el recuerdo de una vieja época que los demás queremos dejar atrás. Dejad de dar el coñazo con vuestra mierda.
#31 Primero, cuándo Garzón ocupó un cargo político renunció a su plaza de juez. Si este señor hubiese hecho lo mismo ninguno de nosotros tendríamos que reprocharle absolutamente nada, tuviese el carné que tuviese.
Segundo, la ley dice que no se puede militar en un partido y ser juez a la vez. Y este señor siendo juez incumple la ley y miente además. Por contra ¿qué ley infringió Garzón si en aquel momento ni era juez ni militaba en el PSOE? Si un juez se pasa las leyes por el forro de su saco escrotal apaga y vamonos.
En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder judicial (arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial)
#35 Los 12 miembros del Tribunal Constitucional ostentan el título de Magistrados y tienen las incompatibilidades propias de los miembros del Poder judicial (arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). En concreto:
Artículo 395
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos
#91 En #58 dices lo mismo que yo en #87, pero tengo mis dudas. En la LOTC sólo habla de "cargos directivos en partidos políticos".
Pero como dice
, es una chapuza. Así que puede ser cualquier cosa.
cc: #95 Pero hay dudas, hasta la ex ministra de vivienda del PSOE (es doctora en derecho), dice que no hay incompatibilidad. Ojo, que me da igual, sólo que me llamó la atención que El País diga que está sujeta a la LOPJ, y la LOTC diga que no está sujeta a ninguna otra ley.
Las incompatibilidades de un miembro del TC las marcan los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y concretamente el artículo 395 de esa Ley Orgánica dice
#96 Yo tampoco lo puedo asegurar con rotundidad, básicamente aporto la información de la Wikipedia donde especifica a qué artículos se refiere con "en lo demás" (arts. del 389 al 397) y en ellos está incluida la incompatibilidad con la mera pertenencia a un partido político.
La LOTC dice literalmente esto:
Artículo 19
1. El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible: Primero con el de Defensor del Pueblo; segundo con el de Diputado y Senador; tercero con cualquier cargo político o administrativo del Estado, las Comunidades autónomas, las provincias u otras Entidades locales; cuarto, con el ejercicio de cualquier jurisdicción o actividad propia de la carrera judicial o fiscal; quinto con empleos de todas clases en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional; sexto con el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos; séptimo, con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles. En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial.
2. Cuando concurriere causa de incompatibilidad en quien fuere propuesto como Magistrado del Tribunal, deberá, antes de tomar posesión, cesar en el cargo o en la actividad incompatible. Si no lo hiciere en el plazo de diez días siguientes a la propuesta, se entenderá que no acepta el cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional. La misma regla se aplicará en el caso de incompatibilidad sobrevenida. http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo2-1979.t1.html#a19
Aunque puede haber cierta ambigüedad con lo de "en lo demás", al no mencionar la afiliación de partidos políticos en la enumeración anterior, se entiende que esta está excluida de dicha enumeración, por lo que quedaría integrada en el "en lo demás". Lo cual coincide justamente con lo que especifica la entrada del TC en wikipedia. En cualquier caso, lo prudente hubiera sido avisar al Senado, cosa que no hizo.
Pero vaya, concuerdo en que aun así seguramente exista cierta ambigüedad, por lo que no hay más remedio que lo aclare el juez correspondiente si se elevara una denuncia sobre este asunto.
#96 Se me olvidó añadir en #102, que sirve para aclarar aún más el asunto, y es que hay que indicar que cabe la posibilidad de trabajar para un partido político sin ser afiliado al mismo (según creo, fue lo que hizo Garzón en su momento) que es lo que se prohibe de forma específica en la LOTC: "el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos". Ahí no se nombra la afiliación, pues es diferente a ser empleado de un partido, entendiéndose que queda integrada en los artículos de la LOPJ que son las incompatibilidades propias mencionadas en la LOTC.
También he visto esto en un examen de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo:
Los miembros del Tribunal Constitucional:
b) No puede estar afiliado a un partido político -> Respuesta incorrecta. La prohibición de afiliación a partidos políticos no alcanza a los magistrados del TC, pues el art. 127 CE sólo la ha establecido para jueces y magistrados del Poder judicial y el art. 159.4 CE y el art. 19.1.6ª LOTC sólo les prohíben ocupar cargos directivos en los partidos, pero no afiliarse. http://ocw.uniovi.es/file.php/33/examenes/testorganos1.htm
En cualquier caso, por lo que se lee en la LOTC, no deja de ser ciertamente ambiguo, ya que ese "en lo demás" podría entenderse como aquello que no está enumerado en las exclusiones específicas, por lo que la afiliación política, al no estar enumerada ahí, debería entrar en ese "en lo demás".
Pero vaya, bien es cierto que atendiendo tanto a los datos aportados por tu libro de Derecho escrito por un ex-magistrado del TC, como la información aportada en ese examen de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, así como lo que apuntaba la doctora en derecho que mencionaban más arriba, será porque hay consenso en que no les está prohibida la militancia. La ley, tal y como está redactada, es ambigua, pero en cualquier caso la interpretación sobre el asunto parece estar consensuada.
#58 No es por ponerme puñetero, y más cuando en el fondo todos estamos de acuerdo, pero los jueces y magistrados están sometidos a prohibiciones y a incompatibilidades y los miembros del TC solo lo están a las incompatibilidades. Formar parte de un partido es una prohibición.
Pero vamos, no tengo intención de alargar un debate donde es evidente que es absurdo que un miembro de una alta institución del Estado sea afiliado a un partido.
1. El Tribunal Constitucional, como intérprete supremo de la Constitución, es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido sólo a la Constitución y a la presente Ley Orgánica.
Esto ya me deja dudas sobre lo que afirma El País.
Luego dice:
1. Los Magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por el Rey, a propuesta de las Cámaras, del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial, en las condiciones que establece el artículo 159, 1 de la Constitución.
4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil.
En principio no dice que no pueda estar afiliado, sólo habla de "funciones directivas" en un partido.
Aunque justo abajo dice:
En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.
lo que me hace tener dudas sobre las condiciones. ¿Qué es "en lo demás"?
En cualquier caso, no es para festejar... aunque también hay jueces "progresistas" y "conservadores", que se presentan y hablan en esos términos. También es criticable esa identificación ideológica, pero nadie se queja, parece.
#87 en cualquier caso si te lees bien el artículo no dice que fuera militante, si no que pago cuotas que según algunos militantes son las que ellos pagaban. Sé que puede parecer lo mismo pero no lo es. Se cuida mucho El País de afirmar tal cosa. Y aunque la fecha podría coincidir con su cargo, no da fecha de baja de militancia pero tampoco da la fecha en que comenzó su militancia, si es que militó. Solo habla de cuotas.
#93 Estaba en un listado de donantes y afiliados que desgravaron en calidad de tales (por eso el último año es el 2011). Pagó el importe de la cuota anual de afiliado del 2011 que son 37,14 euros. ¿De verdad crees que era una donación? Si la cuota fuera de un número redondo, todavía podría ser casualidad, pero exactamente 37,14 no es casualidad.
#87 Yo también INAL, pero la intuición me dice que los miembros del Constitucional deberían tener más y no menos incompatibilidades que los demás jueces. Tirando de ese hilo, entiendo que la Constitución especifica unas incompatibilidades propias para los miembros del TC, que se suman (en lo demás) a las demás incompatibilidades generales del poder judicial. En ese caso sí habría cometido una incompatibilidad, tal y como señala El País.
#48 Incluso pueden estar afiliados como el alcalde de Sevilla, que es juez y afiliado al PP. O como lo era Garzón en un comentario con varios negativos por ahí arriba que se presentó en las listas del Psoe y se afilió, aunque luego cuando pasaron de el metió en la cárcel a varios del GAL..
#61 Claro que ahora no es juez. Cobra más como político. Pero cuando deje la política volverá a ser juez. Igualito que Garzón cuando se presentó en las listas del PSOE.
#68 Te podrá parecer eso más o menos ético o estético, pero es legal. Lo que ya es el colmo es que un presidente del Tribunal Constitucional, el señor que más debería velar por el cumplimiento de las leyes de este país, al parecer hay decidido pasarse esas leyes de las que debería ser el máximo garante por el forro de sus gónadas.
Esto de demostrarse ya sería el colmo de este país de pandereta.
#37 La información que he puesto era para aclarar que tanto jueces como magistrados están sujetos a la responsabilidad disciplinaria, que era el debate que estabais teniendo. Cuando sólo el juez está sujeto, lo especifican en el artículo.
En cuanto a si ejerció, depende de si coinciden los años. Según la Wikipedia:
Y, según El País, hay pagos en 2008, 2009, 2010 y 2011. Así que, aunque hubiera tardado en tomar posesión del cargo, según esta información hubo al menos uno o dos años que sí estuvo afiliado siendo magistrado.
Por cierto, esta portada meneada es una mierda pinchada en un palo. En la propia web de El País la enlazan, no sé por qué no la habéis puesto de ahí, #0:
#75 Sí, eso ya lo aclaraba en #45, Pérez de los Cobos es magistrado sin mayor discusión.
Sin embargo, en #71 te respondía a tu pregunta de si el del Constitucional es o no juez, aportando la información que enlacé de Wikipedia, porque hay confusión general con el asunto. No es necesario ser magistrado para ser propuesto como miembro (sí ser jurista de prestigio habiendo ejercido al menos quince años), pero una vez dentro, tomas posesión del cargo como Magistrado del Tribunal Constitucional. Es bueno aclarar esto porque hay mucha gente con dudas sobre si son o no magistrados los miembros del TC.
El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, figura en la lista de donantes y afiliados del Partido Popular. Este documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS y que procede del sumario del caso Bárcenas, revela que ha pagado al PP cantidades que corresponden a la cuota básica de militancia en Barcelona al menos en 2008, 2009, 2010 y 2011 (último año de la lista). Pérez de los Cobos fue propuesto como magistrado del Constitucional en 2010 y tomó posesión en enero de 2011. El artículo 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a los jueces “pertenecer a partidos políticos”. Los juristas consultados, incluido un expresidente del Constitucional, consideran que la afiliación supone una incompatibilidad clarísima. Pérez de los Cobos se ha
negado a responder a las preguntas de este periódico. Cuando compareció en el Senado para su elección, omitió su vínculo con el Partido Popular.
#64 Se puede acceder al Constitucional sin ser magistrado (se debe ser jurista de prestigio, básicamente, con al menos quince años de profesión) pero al acceder poseen el título de magistrados del TC. De hecho, Pérez de los Cobos fue propuesto como magistrado por el Senado, propuesta que fue aceptada en 2010:
El Tribunal Constitucional está integrado por 12 miembros, que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son nombrados por el Rey mediante Real Decreto, a propuesta:
De las Cámaras que integran las Cortes Generales. Cuatro de sus miembros son designados por el Congreso de los Diputados y otros cuatro por el Senado, en ambos casos por mayoría de 3/5 de los miembros de cada Cámara. Los nombrados por el Senado provienen necesariamente de candidatos propuestos por las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas;
Del Gobierno. Son dos;
Del Consejo General del Poder Judicial. Son dos, por mayoría de 3/5 de sus miembros (art. 107.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
La designación para este cargo se hace por nueve años, debiendo recaer en ciudadanos españoles que sean Magistrados o Fiscales, Profesores de Universidad, Funcionarios públicos o Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional. Los Magistrados se renuevan por terceras partes cada tres años (Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, capítulo II, artículo 16.3). http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Constitucional_(Espa%C3%B1a)#Composici.C3.B3n
Más info en la composición del tribunal, donde está el presidente magistrado Pérez de los Cobos:
#33 y todos los que se han escandalizado con una no noticia de El PAIS, porque deberían pedir responsabilidades al "periolisto" que redactó la noticia y al que decide llevarla a portada, es falsaria y calumniosa, solo sirve para distraer la atención de las cosas que si apestan en el gobierno y justificar a esos corruptos cuando alegan persecución.
Hay que leer toda la LOPJ, así como la LOTC, no solo la parte que nos interesa para dar una vision manipulada y falsa de la realidad que se adecue a nuestros intereses, en el art. 299 LOPJ dictamina que la Carrera Judicial se compone de tres categorías, Magistrado del Tribunal Supremo, Magistrado y Juez, en artículos siguientes describe como se accede y promociona lo largo del escalafón; en el art. 395 LOPJC ciertamente establece la prohibición de pertenencia a partidos políticos para jueces y magistrados, esto es, miembros de la Carrera Judicial y sobre todo y más importante la LOTC en su art. 16 y siguientes regula quienes pueden ser miembros del TC, ( art.18 Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre ciudadanos españoles que sean Magistrados, Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos o Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional o en activo en la respectiva función), el sr. Pérez de los Cobos fue elegido miembro del TC en su condición de jurista de reconocido prestigio, es Catedrático de Derecho del Trabajo,y como tal puede tener afiliacion política si lo desea, por lo cual y sobre todo en vista que la misma Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en su régimen de incompatibilidades no establece como una de ellas la adscripción a un partido político él no ha hecho nada ilegal, cuestión distinta sería mantener su militancia una vez elegido miembro del TC.
Para lo que dicen que no es juez aunque sea presidente de un tribunal, efectivamente no lo es, puesto que aunque el TC se denomina tribunal no es un organo jurisdiccional como tal, la misma LOPJ establece cuales son los únicos órganos jurisdiccionales y el TC está por encima y al lado del orden judicial, no perteneciendo al mismo, así como hay otros muchos organos denominados tribunales que tampoco lo son respecto al poder judicial como por ejemplo los tribunales de cuentas que simplemente son órganos administrativos.
#10 El Tribunal Constitucional está formado por magistrados, que es (dicho pronto y mal) una categoría superior de jueces. Y tienen las mismas incompatibilidades.
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Artículo 5
El Tribunal Constitucional está integrado por doce miembros, con el título de Magistrados del Tribunal Constitucional
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Artículo 395
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos, y les estará prohibido:
1.º Dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos o Corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, ni concurrir, en su calidad de miembros del Poder Judicial, a cualesquiera actos o reuniones públicas que no tengan carácter judicial, excepto aquellas que tengan por objeto cumplimentar al Rey o para las que hubieran sido convocados o autorizados a asistir por el Consejo General del Poder Judicial.
2.º Tomar en las elecciones legislativas o locales más parte que la de emitir su voto personal. Esto no obstante, ejercerán las funciones y cumplimentarán los deberes inherentes a sus cargos.
#70 Lo que te quiere decir #10 es que el Tribunal Constitucional, aunque lleve ese nombre, no es un órgano judicial, no pertenece al Poder Judicial. Es un órgano político. Sus miembros no tienen por qué proceder de la carrera judicial, pues este mismo fulano Pérez de los Cobos era Catedrático de Derecho del Trabajo y nunca había sido Juez.
Ahora, cuando pasan a integrar el Poder Judicial tienen la categoría de Magistrado y se les aplican las incompatibilidades que marca la Ley.
#17 ¿Qué es lo que no has entendido de lo que he escrito?
He dicho que ni Garzón ni Bermejo militaban. De hecho no es lo mismo simpatizar con una opción política a estar afiliado pagando cuotas.
Si hay una corriente progresista y otra conservadora en la judicatura es porque cada cual tiene su propia ideología, pero no es lo mismo que pagarse cuotas afiliándose.
Por algo la Ley prohibe afiliarse pero no simpatizar por una determinada corriente política.
Edito: Lo voy a poner en negrita como tú has hecho. Se ve que así uno tiene más razón
#81 se cuida mucho de decir que fue afiliado para evitar una demanda, solo dice que pago cuotas de afiliado (parece lo mismo pero no lo es). Y nunca lo pone en boca del periodista, solo lo afirma a través de opiniones de afiliados.
#43 Estoy de acuerdo, pero mientras siga vigente, por muy gilipollez que sea, se ha de cumplir.
A mi a veces me resulta una gilipollez ir solo por la autopista a 120 km/h y el cuerpo me pediría ir a 180 km/h. Sin embargo la Ley manda que vaya a una velocidad y la cumplo.
Ahora...si me pillan los mossos les diré que es que considero que el límite de velocidad es una gilipollez
¿Y? ¿va a pasar algo? ¿va a dimitir alguien? ¿alguna investigación policial? ¿alguna comisión de investigación? Ay, puta España, que vieja y corrupta eres!
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Artículo 395
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos, y les estará prohibido:
1.º Dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos o Corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, ni concurrir, en su calidad de miembros del Poder Judicial, a cualesquiera actos o reuniones públicas que no tengan carácter judicial, excepto aquellas que tengan por objeto cumplimentar al Rey o para las que hubieran sido convocados o autorizados a asistir por el Consejo General del Poder Judicial.
2.º Tomar en las elecciones legislativas o locales más parte que la de emitir su voto personal. Esto no obstante, ejercerán las funciones y cumplimentarán los deberes inherentes a sus cargos.
Estamos al borde de un desastre grave, el legislativo paralizado, el ejecutivo lleno de sobornos, el judicial tomado por prosélitos. Esto va a terminar muy mal.
En el caso del presidente del alto tribunal fueron 37,14 euros por año, cantidad que, según varios afiliados consultados, coincide exactamente con la cuota mínima que paga los militantes populares en la ciudad de Barcelona.
Solo tenéis que ir a su pueblo natal y preguntar por su pasado...os asustaríais...yo pensaba que este no casaba con el PP, que se le quedaba corto, con eso os lo digo todo
Aparece en las listas como afiliado y es Magistrado coincidiendo dos años en el TC.
Lo que hay que aclarar entonces es si, como dicegallir, los magistrados del constitucional pueden ho no estar afiliados.
En el regimen general no. En el constitucional no lo tenemos claro.
Es eso en resumen no??
Merogos si es como tu dices esta claro que no pueden. ...
#38 que no haya sucedido no quita que los ciudadanos estemos obligados a reclamar la dimisión oportuna ante un escándalo de tales magnitudes en un cargo que debería ser rigurosamente impoluto
A mí lo que me da pena es que lejos de solucionar los problemas los poderes se están dedicando a soltar mierda con cuentagotas. España, los españoles y sus necesidades les importan cero.
Ha llegado todo muy lejos. Arbol podrido se corta, o se cae solo al tiempo
Aunque me parece poco ético y bastante impresentable pertenecer al Tribunal Constitucional y estar afiliado a un partido político, lo de este señor no es ilegal.
Primero porque los miembros del TC no tienen consideración de jueces (aunque algunos sí lo sean), por lo que no se les aplica su régimen, y segundo porque este tipo tampoco es juez sino que es catedrático.
Permitirme reproducir un escrito leído en una web y que describe, a mi modo de ver, porque estamos como estamos. Si alguien ha tenido el estomago de leer anteriores comentarios míos (algo viejos ya) verá que solo aclara algo mas (mucho) lo que yo "malamente" he intentado escribir en otras ocasiones:
"El español medio no tiene costumbre de ser, o no quiere ser, un ciudadano consciente de sus obligaciones, pero tampoco de su verdadero poder y derechos. El español medio no piensa como un ciudadano del que emana la soberanía ni la facultad de elegir gobernantes a los que exigir dedicación, honradez y diligencia. El español lleva siglos siendo vasallo de sus gobernantes, porque vive en un país donde los primeros y principales derechos en tenerse en cuenta son los de el estado, el gobierno y los poderes que, dicho sea de paso, no mantienen la separación e independencia deseadas.
El español paga sus impuestos porque papá estado, el omnipresente y omnipotente gran hermano que le tutela, le obliga a ello, ofreciéndole después la ilusión de que le regala los servicios necesarios por la intrínseca magnanimidad del sistema. El español medio no es consciente de que el bienestar del que pueda disfrutar en ocasiones proviene precisamente de su propio dinero, el que papá estado le resta de su nómina y demás impuestos que le cobra a diario, como tampoco termina de ser consciente de que un presidente, un rey, un alcalde o cualquier otro mandatario deberían estar obligados a servir al ciudadano antes que pasear en lujosos vehículos oficiales, vivir en mansiones, comer en restaurantes caros y veranear en lugares bien aislados del común de la gente.
El español medio desprecia, pero solo de palabra, que sus dirigentes sean distantes como una casta superior a la que aclamar a su paso. Pero el español medio no se atreve a defender sus propios derechos, que deberían ser irrenunciables. Parece que le avergüenza exigir atención porque paga sus impuestos, que es cosa de extranjeros y queda muy bien en las películas americanas.. Soporta con enfado, pero soporta, que la clase política se vea salpicada a diario, casi literalmente a diario, por asuntos sucios. Para un español medio los sinónimos más próximos a “ayuntamiento”, sea éste de un pueblo o de una gran ciudad, son términos que definen delitos o conductas reprochables, como corrupción, cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, nepotismo, amiguismo, contrataciones irregulares, abuso de poder… etc.
El español medio asume todo esto como un mal con el que hay que convivir, y renuncia a movilizarse para exigir a sus dirigentes lo que ellos deberían ofrecer por sí mismos. Todo esto se ha hecho bien patente en estos dos últimos años de tremenda crisis, durante los cuales los poderes que deberían haberse contrarrestado por el bien y la estabilidad de la sociedad no han hecho otra cosa que protegerse entre ellos para asegurar sus intereses y modo de vida. Gobierno, sindicatos, partidos nacionalistas, oposición, la corona, gran parte de los medios de información… todos procuran mantener el tipo con buenas palabras, iniciativas inútiles que no llevan a ningún sitio ni solucionan los problemas más urgentes. Y lo seguirán haciendo, porque saben bien que la sociedad, el conjunto de ciudadanos que les sostiene, no ve más allá de sus propias quejas y lamentos, sin atreverse a ponerse en pié para exigir a los que viven su costa que tomen la dirección de este barco que va directo al abismo."
El País descubre ahora que la justicia está politizada. Podría recordar a Garzón que se presentó por el Psoe. Así que es una tonteria lo de la cuotas si no se sabe cuando por lo que se llega a ver en este tweet. Vaya, leñe, a ese le apoyaron en El País.
#9 Garzón nunca militó en el PSOE. Fue delegado del Gobierno en el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Secretario de Estado pero no como afiliado.
Y, si mal no recuerdo, Mariano Fernández Bermejo tampoco era militante, aunque evidentemente sí simpatizante, cuando fue nombrado Ministro de Justicia.
#16 me debí quedar ciego al verle en los mítines apoyando a Gonzalez. Un poco menos de hipocresía. Lo único que se enfadó porque no le hicieron ministro. Por cierto, fue DIPUTADO POR EL PSOE.
#16 Y número dos por Madrid en las listas electorales del PSOE. Es lo que también aparece en la Wikipedia. Lo que no sale es que su verdadero objetivo era ser ministro de justicia, algo que no consiguió y por eso lo primero que hizo al abandonar y comenzar de nuevo como juez fue perseguir a los GAL. Curioso. Garzón ha hecho cosas buenas, pero en mi opinión no es trigo limpio (en lineas generales) ni mucho menos. En España no hay Justicia limpia.
#16 Macho que era número dos por Madrid por detrás de Felipe González. Si es que no hay más ciego que el que no quiere ver. Nunca mejor dicho aquí, que la solución es ocultar los mensajes disidentes.
Comentarios
"La ley prohíbe a los jueces afiliarse a partidos políticos". No hay más preguntas, Señoría.
#1 El presidente del constitucional no es juez
#10 Tienes toda la razón formal, pero da la casualidad de que Francisco Pérez de los Cobos es miembro del Tribunal Constitucional como magistrado, no en la carrera judicial - de acuerdo - , desde enero de 2011.
No obstante, no jugó limpio al comparecer en el Senado para su propuesta: "Omitió su vínculo político".
Los Magistrados del Tribunal, elegidos por mandato constitucional entre juristas de reconocida competencia, son independientes e inamovibles. La duración de su cargo es de nueve años -sin posibilidad de reelección inmediata, salvo si se ha servido en el cargo por un plazo no superior a tres años-, sin que la Ley haya previsto límite de edad para su desempeño. Con el fin de asegurar la continuidad en las actuaciones del Tribunal, éste se renueva por terceras partes cada tres años (art. 159.3 CE).
#21 Yo no entro a valorar lo ético de esto, simplemente puntualizo, y aunque lo pongas en negrita, un magistrado no es lo mismo que un juez ¿Ves? Creo que tanto tú como yo hemos aprendido algo nuevo, así que sí había más preguntas señoría
#24 Pertenecer a un partido político es lo contrario a ser independiente, según la norma (Constitución Española, art. 159.3)
#26 pero ser diputado del Psoe como Garzón, te hace superindependiente.
#31 Tienes razón. Desde ese momento no hizo más que favorecer al PSOE.
De tu link de la Wikipedia:
"Tras su paso por la política en las listas electorales del PSOE, volvió a la Audiencia Nacional, donde sus investigaciones contra el llamado terrorismo de Estado contribuyeron también a denunciar las acciones de José Barrionuevo Peña, Ministro de Interior del PSOE, con relación a los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), la llamada "guerra sucia" contra el terrorismo. Éste fue uno de los factores que llevó a la derrota del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) en las elecciones de 1996."
#31 oye, te comento: los fanboys del PP que sacáis al PSOE/Garzón/La ETA o lo que toque de formas tan poco sutiles estáis ya más allá de dar pena o cansar. Sois como el recuerdo de una vieja época que los demás queremos dejar atrás. Dejad de dar el coñazo con vuestra mierda.
#31 Primero, cuándo Garzón ocupó un cargo político renunció a su plaza de juez. Si este señor hubiese hecho lo mismo ninguno de nosotros tendríamos que reprocharle absolutamente nada, tuviese el carné que tuviese.
Segundo, la ley dice que no se puede militar en un partido y ser juez a la vez. Y este señor siendo juez incumple la ley y miente además. Por contra ¿qué ley infringió Garzón si en aquel momento ni era juez ni militaba en el PSOE? Si un juez se pasa las leyes por el forro de su saco escrotal apaga y vamonos.
Tu intento del "y tú más" es absurdo.
#39 no renunció a la plaza de juez Garzón, pidió una excedencia, por eso pudo volver a ser juez.
Según están diciendo por aquí este señor no es juez, y segundo todavía nadie ha aclarado cuando fue afiliado.
#40 Vamos, que no ejercía de juez mientras desarrollaba otras labores, tal y como marca la ley y la decencia.
¿Y dices que no es juez siendo el presidente del Tribunal Constitucional? ¿Pero tú a quién estás tomando por bobos?
#42 ¿sabes si el presidente del tribunal es juez? Yo no lo sé, pero hay quien afirma que no. Si no lo es, quedaría feo, pero no incumpliria nada.
#44 Exactamente es un magistrado, una escala superior a la de juez, con lo que esto todavía es más grave.
#48
#44
En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder judicial (arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial)
http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Constitucional_(Espa%C3%B1a)
Artículo 395 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l4t2.html
Claro, clarísimo, clarerrimo, no?
#64 Es un magistrado. Para el resto goto #58
#66 http://www.tribunalconstitucional.es/es/tribunal/emeritos/Paginas/MagistradosEmeritos.aspx
A mayor abundancia...
#35 Los 12 miembros del Tribunal Constitucional ostentan el título de Magistrados y tienen las incompatibilidades propias de los miembros del Poder judicial (arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). En concreto:
Artículo 395
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos
#35 goto #45, #71 y #85
#87 Insisto, goto #58
Ampliación de la noticia (se debería cambiar el enlace)
http://politica.elpais.com/politica/2013/07/17/actualidad/1374091659_457490.html
#91 En #58 dices lo mismo que yo en #87, pero tengo mis dudas. En la LOTC sólo habla de "cargos directivos en partidos políticos".
, es una chapuza. Así que puede ser cualquier cosa.Pero como dice
cc: #95 Pero hay dudas, hasta la ex ministra de vivienda del PSOE (es doctora en derecho), dice que no hay incompatibilidad. Ojo, que me da igual, sólo que me llamó la atención que El País diga que está sujeta a la LOPJ, y la LOTC diga que no está sujeta a ninguna otra ley.
#96 ¿Pero qué dudas? ¿En serio te lo has leído?
Las incompatibilidades de un miembro del TC las marcan los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y concretamente el artículo 395 de esa Ley Orgánica dice
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l4t2.html
Punto pelota.
#96 Yo tampoco lo puedo asegurar con rotundidad, básicamente aporto la información de la Wikipedia donde especifica a qué artículos se refiere con "en lo demás" (arts. del 389 al 397) y en ellos está incluida la incompatibilidad con la mera pertenencia a un partido político.
La LOTC dice literalmente esto:
Artículo 19
1. El cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional es incompatible: Primero con el de Defensor del Pueblo; segundo con el de Diputado y Senador; tercero con cualquier cargo político o administrativo del Estado, las Comunidades autónomas, las provincias u otras Entidades locales; cuarto, con el ejercicio de cualquier jurisdicción o actividad propia de la carrera judicial o fiscal; quinto con empleos de todas clases en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional; sexto con el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos; séptimo, con el desempeño de actividades profesionales o mercantiles. En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial.
2. Cuando concurriere causa de incompatibilidad en quien fuere propuesto como Magistrado del Tribunal, deberá, antes de tomar posesión, cesar en el cargo o en la actividad incompatible. Si no lo hiciere en el plazo de diez días siguientes a la propuesta, se entenderá que no acepta el cargo de Magistrado del Tribunal Constitucional. La misma regla se aplicará en el caso de incompatibilidad sobrevenida.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo2-1979.t1.html#a19
Aunque puede haber cierta ambigüedad con lo de "en lo demás", al no mencionar la afiliación de partidos políticos en la enumeración anterior, se entiende que esta está excluida de dicha enumeración, por lo que quedaría integrada en el "en lo demás". Lo cual coincide justamente con lo que especifica la entrada del TC en wikipedia. En cualquier caso, lo prudente hubiera sido avisar al Senado, cosa que no hizo.
Pero vaya, concuerdo en que aun así seguramente exista cierta ambigüedad, por lo que no hay más remedio que lo aclare el juez correspondiente si se elevara una denuncia sobre este asunto.
#96 Se me olvidó añadir en #102, que sirve para aclarar aún más el asunto, y es que hay que indicar que cabe la posibilidad de trabajar para un partido político sin ser afiliado al mismo (según creo, fue lo que hizo Garzón en su momento) que es lo que se prohibe de forma específica en la LOTC: "el desempeño de funciones directivas en los partidos políticos, sindicatos, asociaciones, fundaciones y colegios profesionales y con toda clase de empleo al servicio de los mismos". Ahí no se nombra la afiliación, pues es diferente a ser empleado de un partido, entendiéndose que queda integrada en los artículos de la LOPJ que son las incompatibilidades propias mencionadas en la LOTC.
#123 Buen apunte.
También he visto esto en un examen de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo:
Los miembros del Tribunal Constitucional:
b) No puede estar afiliado a un partido político -> Respuesta incorrecta. La prohibición de afiliación a partidos políticos no alcanza a los magistrados del TC, pues el art. 127 CE sólo la ha establecido para jueces y magistrados del Poder judicial y el art. 159.4 CE y el art. 19.1.6ª LOTC sólo les prohíben ocupar cargos directivos en los partidos, pero no afiliarse.
http://ocw.uniovi.es/file.php/33/examenes/testorganos1.htm
En cualquier caso, por lo que se lee en la LOTC, no deja de ser ciertamente ambiguo, ya que ese "en lo demás" podría entenderse como aquello que no está enumerado en las exclusiones específicas, por lo que la afiliación política, al no estar enumerada ahí, debería entrar en ese "en lo demás".
Pero vaya, bien es cierto que atendiendo tanto a los datos aportados por tu libro de Derecho escrito por un ex-magistrado del TC, como la información aportada en ese examen de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, así como lo que apuntaba la doctora en derecho que mencionaban más arriba, será porque hay consenso en que no les está prohibida la militancia. La ley, tal y como está redactada, es ambigua, pero en cualquier caso la interpretación sobre el asunto parece estar consensuada.
CC/ #96
#58 No es por ponerme puñetero, y más cuando en el fondo todos estamos de acuerdo, pero los jueces y magistrados están sometidos a prohibiciones y a incompatibilidades y los miembros del TC solo lo están a las incompatibilidades. Formar parte de un partido es una prohibición.
Pero vamos, no tengo intención de alargar un debate donde es evidente que es absurdo que un miembro de una alta institución del Estado sea afiliado a un partido.
#42 Además de jueces pueden ser miembros del Constitucional gente como catedráticos, abogados y juristas en general.
#48 Sí, pero en este caso accedió al Constitucional como magistrado, estando sujeto a la responsabilidad disciplinaria de la LOPJ.
#50 Cierto, más bien me refería a esa prohibición de estar afiliados, que en principio se pide solo a quien pertenece a la carrera judicial.
Lo triste es que haya debate, porque significa que alguien ha entrado en ese supuesto cuando jamás debería haber sido así.
#50 El País dice que está sujeto a la LOPJ, sin embargo existe la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo2-1979.html
No soy jurista ni abogado, pero en ella dice:
1. El Tribunal Constitucional, como intérprete supremo de la Constitución, es independiente de los demás órganos constitucionales y está sometido sólo a la Constitución y a la presente Ley Orgánica.
Esto ya me deja dudas sobre lo que afirma El País.
Luego dice:
1. Los Magistrados del Tribunal Constitucional serán nombrados por el Rey, a propuesta de las Cámaras, del Gobierno y del Consejo General del Poder Judicial, en las condiciones que establece el artículo 159, 1 de la Constitución.
El artículo 159 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t9.html#I279) de la Constitución:
4. La condición de miembro del Tribunal Constitucional es incompatible: con todo mandato representativo; con los cargos políticos o administrativos; con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato y con el empleo al servicio de los mismos; con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal, y con cualquier actividad profesional o mercantil.
En principio no dice que no pueda estar afiliado, sólo habla de "funciones directivas" en un partido.
Aunque justo abajo dice:
En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.
lo que me hace tener dudas sobre las condiciones. ¿Qué es "en lo demás"?
En cualquier caso, no es para festejar... aunque también hay jueces "progresistas" y "conservadores", que se presentan y hablan en esos términos. También es criticable esa identificación ideológica, pero nadie se queja, parece.
#87 en cualquier caso si te lees bien el artículo no dice que fuera militante, si no que pago cuotas que según algunos militantes son las que ellos pagaban. Sé que puede parecer lo mismo pero no lo es. Se cuida mucho El País de afirmar tal cosa. Y aunque la fecha podría coincidir con su cargo, no da fecha de baja de militancia pero tampoco da la fecha en que comenzó su militancia, si es que militó. Solo habla de cuotas.
#93 Estaba en un listado de donantes y afiliados que desgravaron en calidad de tales (por eso el último año es el 2011). Pagó el importe de la cuota anual de afiliado del 2011 que son 37,14 euros. ¿De verdad crees que era una donación? Si la cuota fuera de un número redondo, todavía podría ser casualidad, pero exactamente 37,14 no es casualidad.
#93 si es blanco y en botella es aceite !!!
#87 Lo indica en la propia Wikipedia:
En lo demás, los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder judicial (arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Constitucional_%28Espa%C3%B1a%29#Composici.C3.B3n
Y según la LOPJ:
Artículo 395
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l4t2.html
En #33 enlacé al artículo 417, que indica el tipo de falta de esa infracción: muy grave.
#87 El TC no forma parte del Poder Judicial pero los Magistrados del TC si están sometidos al regimen de incompatibilidades de la LOPJ.
La clave está en el artículo 19 de la LOTC que has enlazado (al final del punto 1):
...Los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del Poder Judicial.
#87 Yo también INAL, pero la intuición me dice que los miembros del Constitucional deberían tener más y no menos incompatibilidades que los demás jueces. Tirando de ese hilo, entiendo que la Constitución especifica unas incompatibilidades propias para los miembros del TC, que se suman (en lo demás) a las demás incompatibilidades generales del poder judicial. En ese caso sí habría cometido una incompatibilidad, tal y como señala El País.
#48 Incluso pueden estar afiliados como el alcalde de Sevilla, que es juez y afiliado al PP. O como lo era Garzón en un comentario con varios negativos por ahí arriba que se presentó en las listas del Psoe y se afilió, aunque luego cuando pasaron de el metió en la cárcel a varios del GAL..
#52 Deja de mentir. El alcalde de Sevilla ahora mismo NO ES JUEZ. ¿En que tribunal es el juez titular el alcalde?
Algunos os debéis de creer que ser juez es como ser cura, que uno lo es de por vida aunque renuncie a ejercer como tal... muy propio, claro.
#61 Claro que ahora no es juez. Cobra más como político. Pero cuando deje la política volverá a ser juez. Igualito que Garzón cuando se presentó en las listas del PSOE.
#68 Te podrá parecer eso más o menos ético o estético, pero es legal. Lo que ya es el colmo es que un presidente del Tribunal Constitucional, el señor que más debería velar por el cumplimiento de las leyes de este país, al parecer hay decidido pasarse esas leyes de las que debería ser el máximo garante por el forro de sus gónadas.
Esto de demostrarse ya sería el colmo de este país de pandereta.
#10 #21 #24:
CAPÍTULO III
DE LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA
Artículo 414
Los Jueces y Magistrados están sujetos a responsabilidad disciplinaria en los casos y con las garantías establecidas en esta Ley.
Artículo 417
Son faltas muy graves:
2. La afiliación a partidos políticos o sindicatos, o el desempeño de empleos o cargos a su servicio.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo6-1985.l4t3.html#a417
cc/ #1
#33 Pero estuvo afiliado a la vez que ejerció como magistrado o no?
#37 La información que he puesto era para aclarar que tanto jueces como magistrados están sujetos a la responsabilidad disciplinaria, que era el debate que estabais teniendo. Cuando sólo el juez está sujeto, lo especifican en el artículo.
En cuanto a si ejerció, depende de si coinciden los años. Según la Wikipedia:
En 2010 fue nombrado magistrado del Tribunal Constitucional de España1 , y en junio de 2013 fue elegido Presidente del TC, por unanimidad de sus magistrados2 .
http://es.wikipedia.org/wiki/Francisco_P%C3%A9rez_de_los_Cobos_Orihuel
Y, según El País, hay pagos en 2008, 2009, 2010 y 2011. Así que, aunque hubiera tardado en tomar posesión del cargo, según esta información hubo al menos uno o dos años que sí estuvo afiliado siendo magistrado.
Por cierto, esta portada meneada es una mierda pinchada en un palo. En la propia web de El País la enlazan, no sé por qué no la habéis puesto de ahí, #0:
http://srv00.epimg.net/pdf/elpais/1aPagina/2013/07/ep-20130718.pdf
Sí, #0, podías pedir que cambien la portada por la que enlaza #45, ésta se ve fatal.
#75 Sí, eso ya lo aclaraba en #45, Pérez de los Cobos es magistrado sin mayor discusión.
Sin embargo, en #71 te respondía a tu pregunta de si el del Constitucional es o no juez, aportando la información que enlacé de Wikipedia, porque hay confusión general con el asunto. No es necesario ser magistrado para ser propuesto como miembro (sí ser jurista de prestigio habiendo ejercido al menos quince años), pero una vez dentro, tomas posesión del cargo como Magistrado del Tribunal Constitucional. Es bueno aclarar esto porque hay mucha gente con dudas sobre si son o no magistrados los miembros del TC.
#81 Concretamente la portada dice esto (ya que #0 ha enlazado un twit infame en el que no se ve una mierda, pudiendo haber enlazado el pdf que ofrecen en la web de El País y que enlazo en #45: http://srv00.epimg.net/pdf/elpais/1aPagina/2013/07/ep-20130718.pdf):
El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, figura en la lista de donantes y afiliados del Partido Popular. Este documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS y que procede del sumario del caso Bárcenas, revela que ha pagado al PP cantidades que corresponden a la cuota básica de militancia en Barcelona al menos en 2008, 2009, 2010 y 2011 (último año de la lista). Pérez de los Cobos fue propuesto como magistrado del Constitucional en 2010 y tomó posesión en enero de 2011. El artículo 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a los jueces “pertenecer a partidos políticos”. Los juristas consultados, incluido un expresidente del Constitucional, consideran que la afiliación supone una incompatibilidad clarísima. Pérez de los Cobos se ha
negado a responder a las preguntas de este periódico. Cuando compareció en el Senado para su elección, omitió su vínculo con el Partido Popular.
#37 Sí. Estuvo afiliado como mínimo hasta el 2011 inclusive (es posible que siga afiliado). Fue nombrado a finales del 2010.
#33 pero el del constitucional no es juez, no?
Edito: http://es.wikipedia.org/wiki/Francisco_Pérez_de_los_Cobos_Orihuel
Es magistrado desde el 2010 y además parece ser un JETA
#64 Se puede acceder al Constitucional sin ser magistrado (se debe ser jurista de prestigio, básicamente, con al menos quince años de profesión) pero al acceder poseen el título de magistrados del TC. De hecho, Pérez de los Cobos fue propuesto como magistrado por el Senado, propuesta que fue aceptada en 2010:
El Tribunal Constitucional está integrado por 12 miembros, que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son nombrados por el Rey mediante Real Decreto, a propuesta:
De las Cámaras que integran las Cortes Generales. Cuatro de sus miembros son designados por el Congreso de los Diputados y otros cuatro por el Senado, en ambos casos por mayoría de 3/5 de los miembros de cada Cámara. Los nombrados por el Senado provienen necesariamente de candidatos propuestos por las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas;
Del Gobierno. Son dos;
Del Consejo General del Poder Judicial. Son dos, por mayoría de 3/5 de sus miembros (art. 107.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
La designación para este cargo se hace por nueve años, debiendo recaer en ciudadanos españoles que sean Magistrados o Fiscales, Profesores de Universidad, Funcionarios públicos o Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional. Los Magistrados se renuevan por terceras partes cada tres años (Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, capítulo II, artículo 16.3).
http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Constitucional_(Espa%C3%B1a)#Composici.C3.B3n
Más info en la composición del tribunal, donde está el presidente magistrado Pérez de los Cobos:
http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Magistrados_del_Tribunal_Constitucional_de_Espa%C3%B1a
#71 este tío es magistrado desde el 2010, antes y después de esta fecha ha seguido pagando las cuotas de afiliado.
#33 y todos los que se han escandalizado con una no noticia de El PAIS, porque deberían pedir responsabilidades al "periolisto" que redactó la noticia y al que decide llevarla a portada, es falsaria y calumniosa, solo sirve para distraer la atención de las cosas que si apestan en el gobierno y justificar a esos corruptos cuando alegan persecución.
Hay que leer toda la LOPJ, así como la LOTC, no solo la parte que nos interesa para dar una vision manipulada y falsa de la realidad que se adecue a nuestros intereses, en el art. 299 LOPJ dictamina que la Carrera Judicial se compone de tres categorías, Magistrado del Tribunal Supremo, Magistrado y Juez, en artículos siguientes describe como se accede y promociona lo largo del escalafón; en el art. 395 LOPJC ciertamente establece la prohibición de pertenencia a partidos políticos para jueces y magistrados, esto es, miembros de la Carrera Judicial y sobre todo y más importante la LOTC en su art. 16 y siguientes regula quienes pueden ser miembros del TC, ( art.18 Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre ciudadanos españoles que sean Magistrados, Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos o Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional o en activo en la respectiva función), el sr. Pérez de los Cobos fue elegido miembro del TC en su condición de jurista de reconocido prestigio, es Catedrático de Derecho del Trabajo,y como tal puede tener afiliacion política si lo desea, por lo cual y sobre todo en vista que la misma Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en su régimen de incompatibilidades no establece como una de ellas la adscripción a un partido político él no ha hecho nada ilegal, cuestión distinta sería mantener su militancia una vez elegido miembro del TC.
Para lo que dicen que no es juez aunque sea presidente de un tribunal, efectivamente no lo es, puesto que aunque el TC se denomina tribunal no es un organo jurisdiccional como tal, la misma LOPJ establece cuales son los únicos órganos jurisdiccionales y el TC está por encima y al lado del orden judicial, no perteneciendo al mismo, así como hay otros muchos organos denominados tribunales que tampoco lo son respecto al poder judicial como por ejemplo los tribunales de cuentas que simplemente son órganos administrativos.
#33 que sea una falta muy grave, ?Qué incluye en el combo para nuestro estimado funcionario?
#10 El Tribunal Constitucional está formado por magistrados, que es (dicho pronto y mal) una categoría superior de jueces. Y tienen las mismas incompatibilidades.
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Artículo 5
El Tribunal Constitucional está integrado por doce miembros, con el título de Magistrados del Tribunal Constitucional
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Artículo 395
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos, y les estará prohibido:
1.º Dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos o Corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, ni concurrir, en su calidad de miembros del Poder Judicial, a cualesquiera actos o reuniones públicas que no tengan carácter judicial, excepto aquellas que tengan por objeto cumplimentar al Rey o para las que hubieran sido convocados o autorizados a asistir por el Consejo General del Poder Judicial.
2.º Tomar en las elecciones legislativas o locales más parte que la de emitir su voto personal. Esto no obstante, ejercerán las funciones y cumplimentarán los deberes inherentes a sus cargos.
Los magistrados son una de las catergorías de la carrera judicial
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Acceso_a_la_Carrera_Judicial__Jueces_y_Fiscales
#70 Lo que te quiere decir #10 es que el Tribunal Constitucional, aunque lleve ese nombre, no es un órgano judicial, no pertenece al Poder Judicial. Es un órgano político. Sus miembros no tienen por qué proceder de la carrera judicial, pues este mismo fulano Pérez de los Cobos era Catedrático de Derecho del Trabajo y nunca había sido Juez.
Ahora, cuando pasan a integrar el Poder Judicial tienen la categoría de Magistrado y se les aplican las incompatibilidades que marca la Ley.
#152 #10 #70 Leeros esto El bulo del presidente del Tribunal Constitucional
El bulo del presidente del Tribunal Constitucional
asihablociceron.blogspot.com.es#123 T eres la ecepción al refran
#1 no me gusta votar tuits, salvo cosas como esta. Pero ésto qué es?
Mańana cuando suba la noticia completa no negaticeis
#14 Cuando sepamos lo que significa negaticeis no negaticeramos.
#46 juas y re-que-te-juas!
#17 ¿Qué es lo que no has entendido de lo que he escrito?
He dicho que ni Garzón ni Bermejo militaban. De hecho no es lo mismo simpatizar con una opción política a estar afiliado pagando cuotas.
Si hay una corriente progresista y otra conservadora en la judicatura es porque cada cual tiene su propia ideología, pero no es lo mismo que pagarse cuotas afiliándose.
Por algo la Ley prohibe afiliarse pero no simpatizar por una determinada corriente política.
Edito: Lo voy a poner en negrita como tú has hecho. Se ve que así uno tiene más razón
#18 ¿Sabes cuando ha militado? ese es el quiz de la cuestión y aqui no se dice, podría ser una no noticia.
#22 Según El País: "Pagó al PP la cuota básica de militancia en Barcelona al menos en 2008, 2009, 2010 y 2011"
#76 no, lo que El Pais dice es que unos militantes dicen que las cifras aportadas coinciden con la cuota de afiliación.
Parece lo mismo pero no. Tampoco dice si fue militante y en caso de serlo cuando se dio de baja.
#79 He hecho un copiar y pegar de la portada web de El País. Pero si tu dices que eso no es lo que pone... en fin.
#81 se cuida mucho de decir que fue afiliado para evitar una demanda, solo dice que pago cuotas de afiliado (parece lo mismo pero no lo es). Y nunca lo pone en boca del periodista, solo lo afirma a través de opiniones de afiliados.
#18 Lo que demuestra que esa ley es una gilipollez
#43 Estoy de acuerdo, pero mientras siga vigente, por muy gilipollez que sea, se ha de cumplir.
A mi a veces me resulta una gilipollez ir solo por la autopista a 120 km/h y el cuerpo me pediría ir a 180 km/h. Sin embargo la Ley manda que vaya a una velocidad y la cumplo.
Ahora...si me pillan los mossos les diré que es que considero que el límite de velocidad es una gilipollez
Separación de poderes? Eso que es? /modo ironic On
#17 ¿Por qué todos los peperos siempre tenéis en la boca el "y tu más"? Pareces Marhuenda...
#19 Porque no tienen argumentos ni razón, la antesala del insulto.
CLEPTOCRACIA
Está todo podrido, todo. España apesta.
No se dice CUANDO en esta mininoticia de twitter, dato fundamental.
¿Y? ¿va a pasar algo? ¿va a dimitir alguien? ¿alguna investigación policial? ¿alguna comisión de investigación? Ay, puta España, que vieja y corrupta eres!
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Artículo 395
No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos, y les estará prohibido:
1.º Dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos o Corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, ni concurrir, en su calidad de miembros del Poder Judicial, a cualesquiera actos o reuniones públicas que no tengan carácter judicial, excepto aquellas que tengan por objeto cumplimentar al Rey o para las que hubieran sido convocados o autorizados a asistir por el Consejo General del Poder Judicial.
2.º Tomar en las elecciones legislativas o locales más parte que la de emitir su voto personal. Esto no obstante, ejercerán las funciones y cumplimentarán los deberes inherentes a sus cargos.
(via Antonio maestre)
Todos pringados.
DESMONTANDO EL SISTEMA PIEDRA A PIEDRA...
#17 ¡¡¡Que VARA!!!
#23 lástima que no lo pueda corregir.
#23 #17 Doble barra de medir.
Qué quisquillosos nos ponemos ¿no?
#5 el cuando dirá si es noticia o no.
España es un país sin futuro si la juventud no hace de verdad una revolución. Donde coño esta el 15M y el no les votes???
¡Eo, Eo, Eo! ¡Esto es un chorreo!
Yo ya no sé si reir o llorar con este país, o ponerme a rellenar botellas con cócteles de nombres rusos, o...
#100 o ponerme a rellenar botellas con cócteles de nombres rusos,
Cocktails Dimitris??
Estamos al borde de un desastre grave, el legislativo paralizado, el ejecutivo lleno de sobornos, el judicial tomado por prosélitos. Esto va a terminar muy mal.
El presidente del Constitucional con el carné entre los piños. Como debe de ser.
O sea: el Presidente del Tribunal Constitucional Español tiene el carnet del PP.
(...y luego me preguntan por qué prefiero que Cataluña tenga un Estado propio...)
Y este tampoco va a dimitir, claro!
Hispanistão
El titular de El País es en este momento "El presidente del Constitucional pagó cuotas de militante del PP"
Solo dice que aparece en la lista de donantes y afiliados, y en ningún caso afirma que fuera militante en la noticia.
http://politica.elpais.com/politica/2013/07/17/actualidad/1374091659_457490.html
#59 Sí que lo pone:
En el caso del presidente del alto tribunal fueron 37,14 euros por año, cantidad que, según varios afiliados consultados, coincide exactamente con la cuota mínima que paga los militantes populares en la ciudad de Barcelona.
#65 pues eso, que El País no afirma que sea la cuota de afiliado, solo unos afiliados dicen que coincide.
#17 Demagogia: https://es.wikipedia.org/wiki/Demagogia
Comparar un delito con una propuesta política...
Solo tenéis que ir a su pueblo natal y preguntar por su pasado...os asustaríais...yo pensaba que este no casaba con el PP, que se le quedaba corto, con eso os lo digo todo
La separación de poderes ya tal.
Una cosa, a Garzón haber sido diputado no le impidió ejercer luego, ¿con este se podría hacer algo?
¿ cuanta mierda más vamos a tragar antes de salir a reclamar justicia? ¿ que coño nos pasa a todos!
Madre que follon.
En resumen.
Aparece en las listas como afiliado y es Magistrado coincidiendo dos años en el TC.
Lo que hay que aclarar entonces es si, como dicegallir, los magistrados del constitucional pueden ho no estar afiliados.
En el regimen general no. En el constitucional no lo tenemos claro.
Es eso en resumen no??
Merogos si es como tu dices esta claro que no pueden. ...
#99 Artículo 59.4 de la Constitución Española
En lo demás los miembros del Tribunal Constitucional tendrán las incompatibilidades propias de los miembros del poder judicial.
http://www.tribunalconstitucional.es/es/tribunal/normasreguladoras/Lists/NormasRegPDF/Normas%20Reguladoras/ConstitucionEspa%C3%B1ola.pdf
Apartado II de la ley del Poder Judicial. DE LAS INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES
Artículos 389 a 397
...
395. No podrán los Jueces o Magistrados pertenecer a partidos políticos o sindicatos
¿ha dimitido ya?
#32 qué va... yo llevo toda la mañana dándole al botoncito y no hay forma, no dimite el muy cabr... hijo de p...
No se salva ni dios
Que bonito!!! Arte y parte.
Dimisión, ¿no? ¿o tampoco?
Lo siento, pero no entiendo por qué si la noticia ya está publicada, se saca un tuit y encima una imagen con mala resolución.
#38 que no haya sucedido no quita que los ciudadanos estemos obligados a reclamar la dimisión oportuna ante un escándalo de tales magnitudes en un cargo que debería ser rigurosamente impoluto
Qué país! Aquí no se salva nadieee!!
Evidentemente, de confirmarse, debería DIMITIR inmediatamente!!
#15 pero... hemos visto dimitir a alguien de algún puesto de relativa importancia? yo no lo recuerdo...
A mí lo que me da pena es que lejos de solucionar los problemas los poderes se están dedicando a soltar mierda con cuentagotas. España, los españoles y sus necesidades les importan cero.
Ha llegado todo muy lejos. Arbol podrido se corta, o se cae solo al tiempo
A mí me gusta leer las letras también.
El Constitucional es un nido de arbitrariedad y corrupcion, lo dicen los abogados que mas le conocen. Y este Presidente hace linaje de esa estirpe.
Lo mismo pagó la cuota en "diferido".
Aunque me parece poco ético y bastante impresentable pertenecer al Tribunal Constitucional y estar afiliado a un partido político, lo de este señor no es ilegal.
Primero porque los miembros del TC no tienen consideración de jueces (aunque algunos sí lo sean), por lo que no se les aplica su régimen, y segundo porque este tipo tampoco es juez sino que es catedrático.
Os recomiendo algunas lecturas ligeras:
http://www.losgenoveses.net/Personajes%20Populares/Perezdeloscobos/perezdeloscobosexperto.html
y anexos.
Permitirme reproducir un escrito leído en una web y que describe, a mi modo de ver, porque estamos como estamos. Si alguien ha tenido el estomago de leer anteriores comentarios míos (algo viejos ya) verá que solo aclara algo mas (mucho) lo que yo "malamente" he intentado escribir en otras ocasiones:
"El español medio no tiene costumbre de ser, o no quiere ser, un ciudadano consciente de sus obligaciones, pero tampoco de su verdadero poder y derechos. El español medio no piensa como un ciudadano del que emana la soberanía ni la facultad de elegir gobernantes a los que exigir dedicación, honradez y diligencia. El español lleva siglos siendo vasallo de sus gobernantes, porque vive en un país donde los primeros y principales derechos en tenerse en cuenta son los de el estado, el gobierno y los poderes que, dicho sea de paso, no mantienen la separación e independencia deseadas.
El español paga sus impuestos porque papá estado, el omnipresente y omnipotente gran hermano que le tutela, le obliga a ello, ofreciéndole después la ilusión de que le regala los servicios necesarios por la intrínseca magnanimidad del sistema. El español medio no es consciente de que el bienestar del que pueda disfrutar en ocasiones proviene precisamente de su propio dinero, el que papá estado le resta de su nómina y demás impuestos que le cobra a diario, como tampoco termina de ser consciente de que un presidente, un rey, un alcalde o cualquier otro mandatario deberían estar obligados a servir al ciudadano antes que pasear en lujosos vehículos oficiales, vivir en mansiones, comer en restaurantes caros y veranear en lugares bien aislados del común de la gente.
El español medio desprecia, pero solo de palabra, que sus dirigentes sean distantes como una casta superior a la que aclamar a su paso. Pero el español medio no se atreve a defender sus propios derechos, que deberían ser irrenunciables. Parece que le avergüenza exigir atención porque paga sus impuestos, que es cosa de extranjeros y queda muy bien en las películas americanas.. Soporta con enfado, pero soporta, que la clase política se vea salpicada a diario, casi literalmente a diario, por asuntos sucios. Para un español medio los sinónimos más próximos a “ayuntamiento”, sea éste de un pueblo o de una gran ciudad, son términos que definen delitos o conductas reprochables, como corrupción, cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, nepotismo, amiguismo, contrataciones irregulares, abuso de poder… etc.
El español medio asume todo esto como un mal con el que hay que convivir, y renuncia a movilizarse para exigir a sus dirigentes lo que ellos deberían ofrecer por sí mismos. Todo esto se ha hecho bien patente en estos dos últimos años de tremenda crisis, durante los cuales los poderes que deberían haberse contrarrestado por el bien y la estabilidad de la sociedad no han hecho otra cosa que protegerse entre ellos para asegurar sus intereses y modo de vida. Gobierno, sindicatos, partidos nacionalistas, oposición, la corona, gran parte de los medios de información… todos procuran mantener el tipo con buenas palabras, iniciativas inútiles que no llevan a ningún sitio ni solucionan los problemas más urgentes. Y lo seguirán haciendo, porque saben bien que la sociedad, el conjunto de ciudadanos que les sostiene, no ve más allá de sus propias quejas y lamentos, sin atreverse a ponerse en pié para exigir a los que viven su costa que tomen la dirección de este barco que va directo al abismo."
El País descubre ahora que la justicia está politizada. Podría recordar a Garzón que se presentó por el Psoe. Así que es una tonteria lo de la cuotas si no se sabe cuando por lo que se llega a ver en este tweet. Vaya, leñe, a ese le apoyaron en El País.
#9 Garzón nunca militó en el PSOE. Fue delegado del Gobierno en el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Secretario de Estado pero no como afiliado.
Y, si mal no recuerdo, Mariano Fernández Bermejo tampoco era militante, aunque evidentemente sí simpatizante, cuando fue nombrado Ministro de Justicia.
#16 me debí quedar ciego al verle en los mítines apoyando a Gonzalez. Un poco menos de hipocresía. Lo único que se enfadó porque no le hicieron ministro. Por cierto, fue DIPUTADO POR EL PSOE.
https://es.wikipedia.org/wiki/Baltasar_Garz%C3%B3n
TENÉIS UNA DOBLE BARA DE MEDIR A LU CI NAN TE
#17 Te voto positivo porque, aunque no es un delito como el caso de esta noticia, tiene narices el asunto...
#16 Y número dos por Madrid en las listas electorales del PSOE. Es lo que también aparece en la Wikipedia. Lo que no sale es que su verdadero objetivo era ser ministro de justicia, algo que no consiguió y por eso lo primero que hizo al abandonar y comenzar de nuevo como juez fue perseguir a los GAL. Curioso. Garzón ha hecho cosas buenas, pero en mi opinión no es trigo limpio (en lineas generales) ni mucho menos. En España no hay Justicia limpia.
#16 Macho que era número dos por Madrid por detrás de Felipe González. Si es que no hay más ciego que el que no quiere ver. Nunca mejor dicho aquí, que la solución es ocultar los mensajes disidentes.