Hace 6 años | Por Baal a 20minutos.es
Publicado hace 6 años por Baal a 20minutos.es

El Tribunal Constitucional ha anulado la Ley de Transitoriedad aprobada el jueves pasado en el Parlament. El tribunal ha comunicado también las querellas al Govern y a la Mesa del Parlament por el 1-O. El pleno del TC anuló la semana pasada la Ley del Referéndum.

Comentarios

themarquesito

La ha suspendido en tanto que ha admitido el recurso contra la misma. Ya veremos qué pasa cuando se pronuncien, aunque realmente ya sabemos lo que pasará.

Bernard

Qué tras mil historias todavía haya gente (incluida la prensa) que no tenga claro que el TC ha tomado 0 decisión. A ver así:

Alguien dicta una norma---> El Gobierno entiende que vulnera la Constitución---> Presenta un recurso al TC---> El TC automáticamente, sin mirar nada lo suspende de forma cautelar (que no anula) para que no produzca efectos porque así lo determina la ley y deberá decidir en un futuro si efectivamente lo anula en todo, en parte o considera que no vulnera la Constitución.

Así que no es que sean rápidos o no rápidos. Si luego el TC resuelve en 3 meses, pues sí, podran ser "joder han sido rápidos". Cosa que por otra parte creo que es mejor que ser lentos, y por lo tanto, en todo caso habría que criticar a los lentos, no a estos... Por otra parte también influirá la complejidad de cada caso. Este tema es evidente hasta para alguien que lleve 1 mes estudiando Derecho. La financiación en B del PP quizás esté algo más enredada...

yoma

#19 Y si se llega a votar y el número de votos es insignificante con relación al número de habitantes de Cataluña, que es lo que me temo, ¿se dará por válido o se considerará un fracaso?

D

#22 Si vota menos del 50% tendremos un problema. Eso lo reconozco. Es injusto que sea tan fácil boicotear un referéndum cuando no te interesa el resultado pero creo que si esto ocurre el proceso tendrá que alargarse porque seguramente llegarán a la conclusión de que hay que convocar elecciones y volveremos a estar divididos.

Por eso es mejor que los del 'no' vayan a votar y si realmente son mayoría terminen con esto.

yoma

#26 A lo mejor es que si se hicieran las cosas de otra manera...
Te recuerdo que la Constitución vigente, que impide este forma de consulta, fue aprobada en referéndum por amplia mayoría del pueblo español y que por ejemplo Barcelona votó sí a ella en un 91%. Votando en el conjunto de Cataluña el sí por encima de la media nacional.

D

#28 ¿Cual era la alternativa? ¿cuánta gente de la que votó queda viva? ¿qué porcentaje de los que ahora pueden votar votaron la Constitución?

Ay, con todo esto me acuerdo cuando les decían a los vascos que si dejaban la lucha armada todo se podía hablar y votar. JA.

yoma

#36 Pues que se vuelva a hacer otro referendum de apoyo a la Constitución y eso nos dará una imagen del apoyo actual a la misma.
Quedan vivos que pudieron votar en esa ocasión todos los actuales mayores de 55 años aproximadamente, creo que bastantes.

D

#39 Más sencillo: que se deje votar al pueblo lo que pide.

yoma

#40 ¿Y quién valora que parte del pueblo pide eso? ¿Por qué una decisión que afecta a todos los españoles la tienen que decidir unos pocos? ¿Por qué esa decisión la pueden tomar solo los que viven en Cataluña, aunque no sean catalanes y no puedan tomarla los catalanes que residen en otros lugares?
Creo que ahí está el problema, que se está enfocando lo del referendum desde una única perspectiva, los intereses de unos pocos.

D

#45 Quizá si el gobierno central colaborase de alguna manera todo eso se podría discutir, pero no es así. En lugar de comportarse adultos, se comportan como niñatos (o mejor dicho, fascistas rancios españoles).
Yo no soy nacionalista, pero estoy a favor del derecho a decidir, y, sinceramente, mal que me caiga CiU y ERC, han intentado TODO, y solo se han encontrado con un muro. Pues esta es la única salida.

Por una vez podríamos aprender algo de los británicos y hablar las cosas como adultos, pero no. La democracia en España solo es de boquilla.

mefistófeles

#27 Vaya por dios...mira que es mala la GC...matar a gente a base de pelotazos.

de todos modos, y mira que mi memoria es penosa, recuerdo varios casos de asesinados por los mossos: Juan A Benítez, otro en la comisaría del Vendrell, otro en Les Corts...

En fin, si crees que unas fuerzas del orden público son distintas a los otras dios conserve tu inocencia.

D

#31 A ver, la guardia civil y policía nacional también ha torturado y asesinado (y mucho) pero es que el que ha empezado con el 'y tu más' has sido tú, no yo. Lo que yo había dicho es que no pensamos cerrarle la puerta a nadie como sí hacen otros.

mefistófeles

#34 No, no...disculpa, ha tenido que haber un malentendido: yo no soy (intento no ser) de esos de "y tú más", dios me libre de esa argumentación huera y baladí. No me sirve como, entiendo, tampoco te sirve a ti como argumento alguno.

Yo lo único que he dicho es que, si os váis, cerréis la puerta al salir. No más.

Que eso de me voy pero dejo la puerta abierta para seguir recibiendo (pensiones, energía, sanidad...), hombre, tampoco es decente. Insisto que, por mí, perfecta la independencia catalana, pero cuando uno se independiza lo hace con todas las consecuencias. Simplemente decía eso.

w

#34 Quizás si en #18 no hubieras añadido " Los que cierran puertas y asesinan a pelotazos a quien quiera entrar son otros." ...metiendo a los que asesinan a pelotazos...mencionando un tema que todos sabemos a quien se refiere...nadie habria visto necesario el mencionar a otros cuerpos de seguridad. Esta muy feo eso de tirar la piedra y esconder la mano

Saludos

mefistófeles

#11 Argumento estúpido donde los haya, pero bueno, si a ti te vale, con que cierres la puerta al salir a mí también me vale.

D

#14 Dejaremos la puerta abierta. Los que cierran puertas y asesinan a pelotazos a quien quiera entrar son otros.

mefistófeles

#18 oins qué bonito...pero verás, si rompes las reglas del juego porque no te gustan o no te interesan, se acaba el juego y las puertas se cierran. Sencillo de entender.

Y respeto a muertes por pelotazos y torturas, creo que los mossos se llevan la palma

Pero, insisto, personalmente encantado de vuestra independencia. Mientras la ruptura sea total, absoluta y universal, la apoyo con tosas mis fuerzas. (es decir, nada de pensiones españolas, ni energía, ni fronteras abiertas ni nada de nada. )

D

#25 Y respeto a muertes por pelotazos y torturas, creo que los mossos se llevan la palma 

Me temo que no. Los mossos sacaron ojos y la sociedad catalana consiguió prohibirles las pelotas de goma. La guardia civil asesinó a 15 personas a pelotazos.

JBM00

#4 #25 Somos muchos los que no queremos la independencia. De hecho en el supuesto plebiscito que, tanto dolor de cabeza dieron, lo perdieron.
Cuando salgo de Catalunya y viajo por el resto de España me siento cómo en mi casa. Por favor os pido, no nos metáis a todos en la misma saca, si no esto va a ser un verdadero desastre

Robus

#61 De hecho en el supuesto plebiscito que, tanto dolor de cabeza dieron, lo perdieron.

El No no llegó a sacar ni el 40% de votos...

JBM00

#62 Aquests comicis donaren una majoria parlamentària a les forces polítiques partidàries de celebrar un referèndum sobre la independència de Catalunya (Junts pel Sí, Catalunya Sí que es Pot i Candidatura d'Unitat Popular - Crida Constituent), tot i que en número de vots es van imposar les forces no independentistes amb una diferència d'uns cent mil vots la majoria parlamentària va fer possible la creació d'un govern pro-referèndum

...van esdevenir unes eleccions plebiscitàries sobre la independència de Catalunya.[6][7][8][9][10][1] De fet, Artur Mas definí aquestes eleccions com la «consulta definitiva»

https://ca.wikipedia.org/wiki/Eleccions_al_Parlament_de_Catalunya_de_2015

Siempre puedes editar si no estás de acuerdo

Robus

#63 No, estoy de acuerdo en que el sí sacó el 47'8% de los votos... pero el no sacó 39'2%

Creo que 8,6 puntos percentuales de diferencia es suficientemente descriptivo.

El resto de votos (Mayormente CSQEP y Unió) pidieron tanto antes de la campaña como al finalizar ésta que no se les contase como del "no"...

Es muy significativo que los del 'no' se olviden de ese detalle y siempre los sumen como suyos.

Es por esa razón que hace falta un referendum con respuesta binaria: Sí/No

JBM00

#64 Claro, alguien independentista en vez de votar a Junts pel Sí votó a CSQEP.
Todo muy lógico

Además , Antonio Baños lo admitió :
http://www.europapress.es/catalunya/noticia-cup-dice-plebiscito-no-ganado-descarta-declaracion-unilateral-20150928135848.html

Repito, puedes editar la Viquipèdia si no te parece bien

Robus

#68 Claro, alguien independentista en vez de votar a Junts pel Sí votó a CSQEP.

Efectivamente. Al menos así lo vendieron sus lideres (tanto Rabell como Colau dijeron haber votado Sí/Sí el 9-N).

JBM00

#70 Rabell y Colau independentistas... madre mía como estaís, de verdad

vicvic

#18 habría que ponerte a ti en las fronteras para ver que hacías.. Madre mia, que nivel..

U

Justicia rápida cuando no arden los expedientes del PP

tricantinian

#1 Algunos aceleran la tramitación de leyes.
Otros aceleran la anulación de las las leyes tramitadas aceleradamente.

vicvic

#1 si esperan un poco, nos roban el país, entiendes la urgencia? Es tan obvio... Creo que ni los catalanes leales ni el resto de españoles nos merecemos eso...

parabola

#1 #55 Le da igual, si esta gente el único interés que tiene es en utilizar la excusa del PP para saltarse la ley cuando le de la gana.

D

Bien, así es como hay que hacer.

Esta charlotada se vence con la ley en la mano. No va a haber referéndum y punto.

yoma

#11 Para ganar el si, se tendrá que celebrar el referéndum, cosa que todavía no veo claro que así sea.

D

#15 Haremos todo lo posible para votar. Otros harán todo lo posible para que no votemos. Ya veremos.

Baal

#19 junta los tobillos, flexiona las rodillas, coje impulso y arriba mientras juntas los talones a los glúteos y extiendes los brazos!!! Buen bote!!

Robus

Irrelevante por definición: una vez se han aprobado las leyes catalanas de transitoriedad es irrelevante que la apruebe o anule el TC español.

D

#5 Si gana el sí se tendrán que adaptar. Lo que decide el pueblo va a misa.

D

#11 ni te has leído la ley de transitoriedad en la que ya se habla de juzgados y competencias.

Pero bueno, ciñéndome a lo que pone del "pueblo", básicamente es que los políticos redactan una constitución y se ratifica en un referendum, a efectos prácticos, lo mismo que el 78. Te ponen un paquete gigante de medidas y tú la ratificas. Y tocará tragar con las cosas que no gustan porque en conjunto parecerá bueno.

Por no decir que la Asamblea de partidos se otorga poder absoluto en el artículo 88.2.

D

#23

(a partir del minuto 6:25)

Poder constituyente vs poder constituido.

D

#29 No sé que tiene que ver las palabras de alguien hablando sobre querer hacerse una Constitución con la ley que en sus artículos da ese poder a los partidos y las decisiones del pueblo se limitan a consultas y ratificaciones generales.

Si te guías por discursos en vez de por articulados de ley reales no entiendo por qué te cae tan mal el PP, si en sus discursos y en los nombres de las leyes no paran de combatir la corrupción y hacer cosas muy buenas.

D

#30 La ley de transitoriedad entrará en vigor si así lo quiere el pueblo. Esto iniciaría un proceso constituyente y la constitución que saliera solo sería aprobada si así lo decidiera el pueblo.

Lo interesante del vídeo es que si realmente creemos que Catalunya es un sujeto político con soberanía, los catalanes tenemos derecho a decidir si queremos iniciar este proceso constituyente para fundar una nueva república independientemente de lo que digan la CE y el TC. También tenemos derecho a votar que 'no' y seguir subordinados a las leyes de la monarquía española.

Por tanto la discusión no va de lo que digan las leyes sino de si los catalanes realmente somos sujeto político y aquí no nos pondremos de acuerdo. Habrá que ganarse este reconocimiento a través del voto y una movilización ciudadana pacífica y democrática.

D

#32 vamos, que no tienes ningún argumento para desmentir que es lo mismo que en el 78, poder en partidos y votar gigantescos paquetes de medidas sin posibilidad de que el pueblo pueda imponer algo específico.

D

#33 De entrada no creo que sea igual que en el 78 porque pienso que el gobierno y los militares franquistas no podrán imponernos nada.

Pero aunque pensara que esto será exactamente igual que en el 78, como considero que el pueblo catalán es soberano o que no lo es menos que el español, pienso que tenemos derecho a iniciar un proceso constituyente de nuevo y por nuestra cuenta si así lo decidimos en referéndum.

También el pueblo español debería tener derecho a iniciar un proceso constituyente nuevo, dejando atrás el del 78 y sin cumplir estrictamente con los requisitos imposibles que exige la constitución española. Es mi opinión.

D

#38 tú consideras X

La ley dice Y.

Menos discurso y más realidad, la ley dice que la Asamblea tiene el poder absoluto, art 88.2 y que el pueblo ratifica una Constitución, que si se vota no, pues nada, un do while con la asamblea ultrapoderosa encantada.

D

#43 En esta última fase sí. Pero antes:

Títol VII. Procés constituent
Article 85. Activació i característiques fonamentals

Una vegada celebrat el referèndum i en cas de resultat favorable de l’opció independentista,
el Govern de la Generalitat activarà un procés constituent, democràtic, de base
ciutadana, transversal, participatiu i vinculant, amb l’objectiu de redactar i aprovar la
Constitució de la República.
Article 86. Fases del procés
El procés constituent consta de tres fases successives: una primera, de procés participatiu;
una segona, d’eleccions constituents i d’elaboració d’una proposta de Constitució
per part de l’Assemblea Constituent; una tercera, de ratificació de la Constitució per mitjà
d’un referèndum.
Article 87. Procés participatiu
1. El Parlament empararà les diferents fases del procés, vetllant pel desplegament de la
fase participativa que tindrà lloc durant els sis mesos posteriors a la proclamació dels resultats
del referèndum. Aquesta constarà d’un procés deliberatiu a nivell sectorial i territorial,
i la subsegüent convocatòria d’un Fòrum Social Constituent format per representants
de la societat civil i dels partits polítics.
2. El Govern crearà un Consell assessor format per experts acadèmics, a nivell nacional
i internacional, per tal d’assessorar en la fase deliberativa constituent liderat per la societat
civil organitzada.
3. El Fòrum Social Constituent, recollint els debats de la fase deliberativa, ha de debatre
i formular un conjunt de preguntes sobre els principis i qüestions generals de la futura
Constitució, que hauran d’ésser resoltes per la ciutadania mitjançant un procés de participació
ciutadana. El resultat d’aquesta participació ciutadana constituirà un mandat que
vincula políticament l’Assemblea constituent, la qual els articula jurídicament i, si cal, els
harmonitza i sistematitza.


¿Este proceso participativo también existió en el 78? Yo diría que no.

D

#48 ¿Ese proceso participativo es constituyente de algo? Además de que no ves que es un proceso formado por representantes y expertos puestos a dedo por el Govern, si es que te quedas en los titulares.

Luego te fijas en el artículo 88 donde deja claro el poder absoluto y que la Constitución la redactan ellos sin sometimiento a otro poder, ni judicial ni nada, poder absoluto. Artículo 88.2

D

#50 Yo no entiendo eso.

Habrá expertos que asesoran a los representantes de la sociedad civil a redactar preguntas que el pueblo irá respondiendo. La asamblea constituyente luego redactará la constitución a partir de estas respuestas que serán consideraras un mandato vinculante.

Entiendo que la asamblea solo se limitará a redactar jurídicamente lo que el pueblo haya decidido.

Luego te fijas en el artículo 88 donde deja claro el poder absoluto y que la Constitución la redactan ellos sin sometimiento a otro poder, ni judicial ni nada, poder absoluto.

Como tiene que ser. Los jueces aquí no creo que pinten nada.

D

#51 de lo que tú entiendes a lo que luego es o puede ser hay un precipicio.

Confías a ciegas sin garantías y así os va.

Y que los jueces no pintan nada, joder, mucho derecho internacional y demás, pero Estado de Derecho cero.

D

#52 Lo que yo entiendo es exactamente lo que creo que se entiende a partir de lo que he leído. Seguramente a alguien de los dos le falla la comprensión lectora. Es posible que nos falle a ambos.

Y que los jueces no pintan nada, joder, mucho derecho internacional y demás, pero Estado de Derecho cero.

El poder judicial no pinta nada a la hora de redactar leyes. Ese es el legislativo. El judicial es quien las aplica.

D

#54 a mí no me falla, el 88 establece que toda la Constitución la redacta el Govern y la puede aprobar con mayoría absoluta, ni siquiera busca consenso de 2/3 por ejemplo, ¿para qué?

Y luego con el poder absoluto, pues maravilloso, se redacta una ley como la de Corea del Norte y ya está, como no reconoce ni DDHH ni ley internacional ni nada, pues a tragar.

Que despropósito de verdad, sin las mínimas garantías ni base de Estado de Derecho, peor que el 78 al final

D

#57 ¿Cómo que la redacta el govern? ¿Tampoco distingues entre asamblea y gobierno? El artículo 88 dice que la redacta la asamblea pero los artículos anteriores explican que la redactará en base a lo que el pueblo haya decidido y que este mandato del pueblo es vinculante.

En la redacción de una constitución los jueces no pintan nada. Hay letrados que asesoran pero quien decide es el pueblo, ya sea directamente o a través de sus representantes.

Luego ratifica el pueblo.

D

#58 en comentarios anteriores me he referido a la asamblea, simple equivocacion en el anterior.

Lo de vinculante te lo inventas totalmente:

1. Acabat el procés participatiu, el President o presidenta de la República dissol el Parlament i convoca eleccions constituents. L’Assemblea constituent es compon del mateix nombre de membres que el Parlament dissolt. S’elegeixen seguint el règim electoral ordinari.

2. L’Assemblea constituent disposa de plens poders per a redactar una proposta de Constitució, la qual s’ha d’aprovar per majoria de 3/5 dels membres del Ple en votació final sobre el conjunt del text. Si no s’assoleix aquesta majoria, en la segona votació és suficient la majoria absoluta; si no s’obté se segueix deliberant i sotmetent a votació noves propostes fins assolir-la. Cap de les decisions de l’Assemblea constituent, en exercici del poder constituent, seran susceptibles de control, suspensió o impugnació per cap altre poder, jutjat o tribunal.

3. L’Assemblea constituent es regeix pel que disposa aquesta Llei i, supletòriament, pel que disposa el Reglament del Parlament de Catalunya.

4. L’Assemblea constituent assumeix la resta de les funcions, facultats i obligacions del Parlament, inclosa l’elecció del president o presidenta de la República, d’acord amb el que disposa aquesta Llei.


El 1 dice que se convoca elecciones y se forma asamblea como hasta ahora.

El 2 que la asamblea redacta Constitución sin necesidad de consenso y sus decisiones no pueden ser impugnadas por ningún poder, se dan poder absoluto.

El 3, que su reglamento se rige como el del Parlamento actual(ese que se saltan pero bueno)

El 4 que asumen funciones y eligen al presi.


Lo dicho, inventas.

"En la redacción de una constitución los jueces no pintan nada"

Se ve que no entiendes que el punto 2 habla de decisiones que tomen en general, no sólo relativas a una constitución.

Tampoco entiendes que hay limitaciones en lo que se puede hacer y legislar según el derecho internacional, pero lo dicho, si ese país pretende ser absolutista, pues no, no se aplica.

Simplemente dí que te pasas a tribunales como la Haya por el forro y ya está.

D

#60 Lo de vinculante lo pone explícitamente en los artículos anteriores que te he pegado.

El resultat d’aquesta participació ciutadana constituirà un mandat que vincula políticament l’Assemblea constituent, la qual els articula jurídicament i, si cal, els harmonitza i sistematitza.

Lo de 'ningún poder' se refiere a los demás poderes (judicial, ejecutivo).

Se ve que no entiendes que el punto 2 habla de decisiones que tomen en general, no sólo relativas a una constitución.

Este apartado de la ley se titula 'proceso constituyente' porque solo trata del proceso constituyente.

Tampoco entiendes que hay limitaciones en lo que se puede hacer y legislar según el derecho internacional, pero lo dicho, si ese país pretende ser absolutista, pues no, no se aplica.

Para eso hay letrados que asesoran y como los políticos no son imbéciles y querrán que la constitución sea compatible con los derechos humanos y la legislación internacional, se dejarán asesorar. Estos letrados pueden ser jueces pero no tienen ningún poder especial por serlo. Simplemente asesoran, nunca deciden.

¿Sabías que el anteproyecto de la CE lo redactaron entre siete personas? Lo importante es que la constitución definitiva la aprobó el pleno del congreso.

https://es.wikipedia.org/wiki/Padres_de_la_Constituci%C3%B3n

D

#66 lo dicho, en el artículo que les da poder no hay ningún vínculo. Un vínculo político no obliga a nada.

Sigue negando la realidad, pero es lo que pone la ley, poder absoluto.

Y no, el artículo no se refiere solo a la Constitución es la formación de la Asamblea y en la asamblea se toman más decisiones, ¿crees que el país va a estar parado un año sin presupuestos ni nada?

D

#67 lo dicho, en el artículo que les da poder no hay ningún vínculo. Un vínculo político no obliga a nada.

Claro que obliga. La asamblea decidirá cómo se redacta jurídicamente pero la decisión política la toma el pueblo. Es la decisión más importante.

Sigue negando la realidad, pero es lo que pone la ley, poder absoluto.
Y no, el artículo no se refiere solo a la Constitución es la formación de la Asamblea y en la asamblea se toman más decisiones, ¿crees que el país va a estar parado un año sin presupuestos ni nada?


La asamblea tomará más decisiones pero ese 'poder absoluto' del que hablas solo afecta a la redacción del borrador de constitución:

2. L’Assemblea constituent disposa de plens poders per a redactar una proposta de
Constitució, la qual s’ha d’aprovar per majoria de 3/5 dels membres del Ple en votació final
sobre el conjunt del text. Si no s’assoleix aquesta majoria, en la segona votació és suficient
la majoria absoluta; si no s’obté se segueix deliberant i sotmetent a votació noves
propostes fins assolir-la. Cap de les decisions de l’Assemblea constituent, en exercici del
poder constituent,
seran susceptibles de control, suspensió o impugnació per cap altre poder,
jutjat o tribunal.


Es decir:

- disposa de plens poders per a redactar una proposta de constitució...

- Cap de les decisions de l'Assemblea constituent en exercici del poder constituent seran susceptibles de control, suspensió o impugnació per cap altre poder, jutjat o tribunal.
ç

Está más claro que el agua pero ¿sabes qué? entiende lo que quieras. Me has hecho perder demasiado tiempo. Que te vaya bien.

themarquesito

#30 #32 Lo que no veo en los artículos 88 y 89 de la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República es qué ocurre si el pueblo vota "no" en el referéndum de ratificación.

D

#35 No creo que haga falta ya que solo entrará en vigor si gana el sí. Supongo que en todo caso tendrías que buscarlo en la ley del referéndum. Son dos leyes distintas.

themarquesito

#37 Lo del referéndum es otro asunto, yo me refiero a las provisiones sobre la aprobación de una constitución catalana.
En lo que se refiere al referéndum del 1 de octubre, si gana el sí se proclama la independencia y se procede a convocar cortes constituyentes; si gana el no, se convocan elecciones autonómicas inmediatamente.
Con las cortes constituyentes convocadas y una constitución redactada por las mismas, se somete ésta a referéndum. Si en ese referéndum sale el sí, queda aprobada. Sin embargo, no dice nada sobre si el pueblo vota "no" a la constitución redactada por las cortes constituyentes catalanas.

D

#7 en cambio, el Derecho Internacional reconoce las leyes trileras del Parlament... Anda que...

K_os

#4 El estado de derecho según los independentistas catalanes:

javiblan

#4 Eso es lo que dice Puigdemont pero es al reves: en nuestro ordenamiento juridico el TC tiene potestad para anular aquellas leyes aprobadas que considere que no son acordes con la Constitución.

Incluso (y yo diria que con más razon) aquellas leyes que digan ignorar la Constitución.

Imagínate un "Erdogán" o un "Maduro" en el gobierno dictando leyes que se saltan la Constitución.

Pues eso.

D

la Generalitat no ha publicado en el DOGC las resoluciones de TC , y esta no va a ser menos . Ya se ha aplicado el 155? y el FLA ? como tenemos el tema?

D

ha llegado un momento que este tipo de noticias ya resbalan

Baal

#2 tu opinión

JBM00

Uy! Ignorancia. Me gustabas más cuando ponías caritas sonrientes

D

Los del TC pronto pedirán la baja laboral demasiado estrés,

comunistadepro

Jajaja, el tc nos come la polla, diga lo que diga

Dene

Cuanto han tardado esta vez? 30 segundos?

D

#6 Con la ley en la mano eso no sorprendería. Lo que sorprende (o indigna) es que otros casos que son clarísimos lleven estancados meses y meses.

yonky_numerotrece

Ah carallo....esto no prescribe!!