Hace 6 años | Por Quinqui a xataka.com
Publicado hace 6 años por Quinqui a xataka.com

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a los administradores de EMWReloaded de las acusaciones por delitos contra la propiedad intelectual. Con esta sentencia se cierra definitivamente uno de los casos más antiguos de juicios en España contra páginas de enlaces P2P.

Comentarios

D

y cómo van a resolver el lucro cesante que ha supuesto para los acusados todo esto?

Varlak

#1 Pasando del tema. Resuelto.

air

#1 Dice la noticia que si les hubiesen juzgado en base al nuevo código penal, otro gallo cantaría. El nuevo Código impone penas a quien "con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica" sin la autorización de los titulares de sus derechos.

Pregunto, ¿qué problema hay con la nueva ley? ¿Debemos permitir que un "emprendedor" cree una web de descargas/streaming de pelis y series para sacar tajada del trabajo de otro, y encima jodiéndote el ordenador con malware y popups a no parar? Esta ley hace lo lógico, penaliza al "traficante de drogas" no al consumidor. Yo lo entiendo en 2001, cuando no había YouTube, Netflix, Spotify ni ninguna plataforma de streaming para monetizar los contenidos, pero ahora es que eslo lógico que sin inviertes 100,000,000 en una peli saques rentabilidad. Tampoco es robar.

D

#8 No me queda clara la razón por la que se menciona la Ley Mordaza.

air

#10 Es un error del periodista, salvo que que lo hiciera a propósito para manipular generando rechazo de antemano en el lector. Sabe muy bien que la Ley Mordaza tiene connotaciones negativas para todo el mundo. Si bien la Ley Mordaza (Leyes más bien) reforma una parte del Código Penal, para castigar publicar tweets y otras cosas y reforma la Ley de Seguridad Ciudadana que nada tiene que ver con esto.

e

#10 Off-topic: Buen nombre. Lo malo es que la v en castellano se pronuncia igual que la b, así que has cometido un error

D

#20 Cuando voy a ver a mi familia, es como transcriben mi nombre en los visados... Díselo a los del Consulado.
Yo creo que por eso el ь, por otro lado.

redscare

#8 El problema esta en los detalles. En particular el problema esta en "comunique públicamente". El tema es que se quiere considerar un link como "comunicación publica", lo cual pone en peligro la estructura de todo internet. Para empezar porque yo hoy puedo decir "mira que chulo este link Sentencia absolutoria definitiva en uno de los casos más antiguos de P2P: EMWReloaded absuelto tras 11 años

Hace 6 años | Por Quinqui a xataka.com
" y dentro de 3 meses meneame desaparece, alguien compra el dominio, pone una pagina pirata y de repente yo he linkado a contenidos protegidos por derechos de autor y he cometido un delito.

Cualquiera que tenga dos dedos de frente ve la barbaridad y el peligro que eso supone.

D

#12 Pues esperemos que sea antes de tres meses, porque todavía no hay nada.

D

#8 El único problema que le veo es que hay que diferenciar la cultura del negocio.

Son dos cosas diferentes y hay que protegerlas de manera diferente.

No tiene sentido subvenciones de cultura al negocio, ni copyrights de negocio a la cultura

Trigonometrico

#15 Con el sistema actual, no parece sencillo separar completamente una cosa de otra.

s

#8 Si.montas una web y de el 80% o 70% y pico.de ingresos brutos al autor directamente pero pasas de la.discográfica .cometes un daño a terceros?

Luego como penaliza el enlaze de cualquier forma no tener la descarga en realidad penaliza toda internet de forma indirecta

Trigonometrico

#8 Pues yo soy más de, si hacer películas deja de ser rentable, que no hagan películas.

D

#8 En general estoy de acuerdo contigo, pero me parece una ley excesivamente amplia en cuanto a lo que es "obtener beneficio económico" o ese "distribuya". Además, es más que discutible el impacto que eso tiene.

K

#8 Yo te explico el problema. Lo que cambió la nueva ley es sobre todo esto "beneficio económico directo o indirecto". El problema es como se interpreta ese "indirecto". De hecho te podrían empurar solo por el hecho no de ganes dinero, si no que no lo gastes por obtener una obra que alguien comparte. De este sitio (https://hayderecho.com/2015/09/21/la-tutela-penal-de-la-propiedad-intelectual-una-vision-critica-de-la-nueva-ley-de-reforma-del-codigo-penal/ ) : "apunta a que también podrá ser penado simplemente el ahorro que tiene una persona que se baja una canción o una película de internet"

D

"sus administradores han estado casi once años de batallas legales gastándose un dinero en procedimientos que no recuperarán"

se puede acosar a alguien durante años con procesos judiciales sin consecuencia alguna? no deberían pagarles todos esos gastos por haber perdido? ahora deberían denunciar ellos para recuperar todo..

redscare

#11 Lo que no entiendo es como no denuncian al Estado por "dilación indebida". No soy abogado pero... joder 11 años!!!

c

#11 y eso que el partido peperoni quiso en su dia aumentar las tasas judiciales, para hacerlo aun mas clasista.

m

#11: Si, parece que el pago de costas sólo es cuando eres pobre, no para los ricos.

D

11 años después. Basura de justicia. No hay otro nombre mejor.

soundnessia

Adió
Cuanto tiempo.!
Que bien funciona la justicia en este país... y que rápido

Vermel

Aún recuerdo el nombre de uno de los mejores trolles que conocí en aquel foro: fancooler
Qué recuerdos! 😪

D

Vaya lo mismo que duró el proceso a Carlos Fabra once años también, en ese caso adrede. Recuerdo que hubo uno que duró treinta años solo quedaba uno vivo de los acusados que eran varios. Eso no es justicia eso es reírse de uno.

Cehona

Podian compartir la sentencia por Torrent.