La Brigada Provincial de Información (BPI) de Madrid ha interpuesto una queja contra tres letrados ante el Colegio de Abogados de Madrid, por recomendar a las personas detenidas que no declaren en comisaría(..) "La queja interpuesta por la BPI evidencia un profundo desconocimiento de los policías, ya no sólo de la ley, sino de toda la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de defensa del detenido.
#3:
Que hagan bien su trabajo y consigan las pruebas que demuestran que el detenido ha cometido el delito del que se le acusa, así da igual que declare o no.
#1:
Todo detenido tiene derecho a declarar solo ante el juez ... de momento.
#2:
Es que claro, el pueblo está muy crecidito, piden abogados antes de declarar delante de mononeuronales ¿Que será lo próximo pedir jueces, respecto a los derechos y a la dignidad del detenido? Madre mía a este paso van a acabar cayendo detenidos por las ventanas de las comisarias de esos que se "tiraban solos" en épocas de Franco.
#6:
#3 Y sin trampas ni atajos; sin amenazas y torturas; y respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Claro que así va ser mucho más difícil investigar.
Por cierto, esta semana "la policía" no ha hecho más que quejarse.
#7:
Esta gente quiere averiguar las cosas por lo fácil... Con razón los niñatos se la colaron con lo de Marta del Castillo. Están demasiado bien acostumbrados a que la gente no sepa defenderse, y que una vez acorralados, se contradigan o canten como las almejas. Esto es grave por dos motivos. Uno, porque en cuanto haya un crimen que asuste a la gente, el politicastro de turno les apretará las tuercas para que pillen al primero que pase. Y dos, porque da a entender que no están realmente preparados para pillar a alguien medianamente listo.
Desde luego... perdonadme la frase de creyente, porque es de mi suegra, pero "en este país no pasan cosas peores porque Dios no quiere". Porque vaya, parece que vamos buscando el desastre a gritos.
#12:
El quid está en esto:
"La policía desde siempre ha interpretado que el abogado no puede dirigirse al detenido... Esta interpretación se deriva de hacer una lectura restrictiva del artículo 520.6. C de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que el abogado podrá "entrevistarse reservadamente con el detenido al término de la práctica de la diligencia en que hubiere intervenido". "Dicho artículo dice únicamente eso, ni más ni menos, nada dice de que no se pueda hablar con el detenido o recomendarle declarar o no ante la presencia de los policías", insiste Gómez Cuadrado. "Muchos abogados consideramos que...."
Conozco a bastantes policías y abogados (sobre todo penalistas) y cuando hay una cena/comida -en confianza- siempre acaban hablando del tema. A veces no acaba bien: los primeros recitan de memoria el artículo y los segundos se ponen a interpretarlo. Es un clásico
Esta claro que los abogados no son comparsas y no todos los detenidos entienden el significado (y consecuencias) de lo que le leen al ser detenidos.
#84:
#0#1#2#3 Aquí una conferencia de un profesor de derecho que te explica por qué no hay que hablar con la policía ya que en ningún momento va a mejorar tu condición y en todo caso puedes cagarla diciendo algo que no querías por culpa de los nervios, que te malinterpreten... etc.
#57:
#46, El Derecho es para todos. De hecho, los derechos fundamentales del Capitulo II del Título 1º, se distingue en dos secciones: 14 a 29 y 30 a 38. Los primeros tienen eficacia universal, es decir, se aplican a todas las personas independientemente de su condición; mientras que los segundos (formalmente) a los ciudadanos, aunque la interpretación es tan amplia que hoy el día la distinción es, básicamente, que los primeros tienen acceso al recurso de amparo al TC.
Decir que el DERECHO(sic) asiste solamente a aquellos que no han robado, violado, matado, ... es (además de evidencia de un desconocimiento atroz del derecho) una barbaridad desconcertante ya que, de ser así, el derecho perdería TODA su esencia y sentido: regular y ordenar la sociedad. Por otra parte, la policía no es quien para declarar la culpabilidad de una persona, por lo tanto, la mera detención por la misma no es constitutiva de nada más que de un indicio de comisión o culpabilidad. Por lo que, aunque fuese cierta tu aserción, las personas detenidas estarían en pleno uso de TODOS sus derechos, incluidos aquellos que tu quieres eliminar a quienes delinquen. Para mayor abundamiento, es cierto que no todos tienen un pleno uso de sus derechos, aquellos que -como tu dices- han robado, matado, violado, ... en restringidos sus derechos, en concreto, libertad, sufragio pasivo y activo, ... Pero, por mucho que a algunos os pese, solo un juez puede decretar aquello.
Incluso la justificación que das: "¿que derecho tenian las personas perjudicadas? es cuanto mínimo pueril. Por supuesto que las victimas del delito tenían todo el derecho al disfrute del bien jurídico protegido, sin posibilidad de perturbación por parte de tercero, justo esa es la ratio existencial del Derecho Penal, para castigar esos comportamientos el OJ establece una serie de normas que, una vez aplicadas, castigan al culpable en la extensión establecida. Evidentemente, la propia existencia del Ius Puniendi, es algo indeseable para el Dercho, por lo que se aplica (de momento) con toda la cautela posible.
los abogados son para "hacer el bien" y es todo lo contrario todo abogado tiene que defender a su gente pero hasta que punto. ¿como un abogado puede defender a alguien que ha matado?,¿violado? es inmoral
Los abogados no están para "hacer el bien", y no se de donde te lo has sacado. Si quieres saberlo, la función de un abogado es (a pesar del brindis al sol del Art. 30 del Estatuto de la Abogacía) ostentar la dirección técnica de una parte (la que sea) en un procedimiento (entre otras). El procedimiento judicial está definido como un proceso heterocompositivo, en el que hay varias partes y un órgano decisorio. El fin del proceso mismo es la averiguación de la verdad, pero no a través de cualquier medio, sólo siguiendo las normas adjetivas del proceso. En él las partes (con distintos intereses) realizan sus acciones, cada una dirigida a su fin, y al final el órgano decisorio falla. Por lo tanto, la función atribuida a los abogados como "colaboradores de la justicia" se basa en la defensa (legitima o no) de los intereses de una parte en un proceso judicial. Si alguna vez vas a volver a decirme que mi profesión es inmoral, infórmate antes.
#59:
#46 Coño que bien con las frases grandilocuentes, a ver, te voy a contar unas cosilla que se aprenden en el cole, no hace falta ser abogado ni nada:
1º Los derechos son por definición para todos, de los contrario serían privilegios (que significa ley privada).
2º Nadie puede ser privado de sus derechos sin una justa causa y DEMOSTRADA.
3º El lugar para demostrar esa causa es un juicio público y justo, donde se muestren pruebas y el acusado pueda defenderse.
4º Los derechos de las víctimas? Claro que tienen, por que crees si no que los delincuentes van a la carcel? Por ser muy feos? También existen mas mecanismos de reparación como la responsabilidad civil, ayudas sociales.....etc, depende de cada delito y victima.
5º Un abogado debe defender a su cliente como Buzz Lightyear: HASTA EL INFINITO Y MAS ALLÁ, porque es el juez (o jurado) quien debe juzgarle, el abogado esta para defenderle.
6º Lo de no defender a un violador......como sabes que lo es antes del juicio? Porque lo dice la policía? Entonces el juicio es innecesario, es mas, hasta las leyes lo serían: bastará con poner una maquina expendedora de sentencias y según lo que diga la policía que has hecho, salga la sentencia.
Y antes de oir las típicas memeces: NO, no se lo que es perder un hijo a manos de un asesino y es harto probable que tu tampoco, pero tengo bastante sentido común para saber que: a) Ninguna pena me devolverá a mi hijo, NINGUNA. b) Se sobradamente que mi estado mental y emocional me impedirían ser racional, por mucho que me empeñe en que no, QUERRIA VENGANZA. c) Si quiero venganza la hago yo, el estado imparte justicia, que es otra cosa.
Y puestos a imaginar cosas, no imagines ser solo la victima, imagina también ser un reo injustamente acusado.
#17:
#1 Y una vez ante el juez siempre puedes decir "No me acuerdo", "Fue por amor", etc... bueno, no sé si tú y yo podemos utilizar esta estrategia.
Nunca hables con un policia, todo lo que digas podra ser usado en tu contra nunca en tu favor. Especialmente si no eres culpable de nada...
#39:
#12 3. El derecho a la asistencia de letrado implicará lo siguiente:
a) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho a entrevistarse en privado y a comunicarse con el letrado que lo represente, inclusive con anterioridad a que sea interrogado por la policía u otras fuerzas o cuerpos de seguridad o autoridades judiciales;
b) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho a que su letrado esté presente e intervenga de manera efectiva cuando lo interroguen. Esta intervención será acorde con los procedimientos previstos por la normativa nacional, a condición de que tales procedimientos no menoscaben el ejercicio efectivo ni el contenido esencial del derecho de que se trate. Cuando un abogado intervenga durante un interrogatorio, se hará constar así de conformidad con los procedimientos pertinentes de la normativa nacional;
c) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho al menos a que su letrado esté presente en las siguientes actuaciones de investigación o de obtención de pruebas, si dichas actuaciones están previstas en la normativa nacional y se exige o permite que el sospechoso o acusado asista a dicho acto:
i) ruedas de reconocimiento,
ii) careos,
iii) reconstrucciones de los hechos.
Que hagan bien su trabajo y consigan las pruebas que demuestran que el detenido ha cometido el delito del que se le acusa, así da igual que declare o no.
#6Claro que así va ser mucho más difícil investigar. O no. Los asesinos de Marta del Castillo cantaron la traviata al menos 6 veces. Y lo que consiguieron fue despistar de manera completa y absoluta.
#38 Mucho me temo que, también en este caso, la policía dirá que "declararon lo que sus abogados les dijeron que debían declarar". Cosa que por otro lado, y por poco que a muchos les disguste, es su derecho: nadie está obligado a declarar en contra de si mismo. Ni siquiera Cristina de Borbón!!
Para discernir "la verdad" están los jueces y magistrados (y en algunos casos El Jurado).
A la policía les gustaría que "tras un par de interrogatorios" todos confesasen en las 48 o 72 horas que tienen antes de poner a los detenidos a disposición judicial!! pero de ahí a cargar contra los abogados defensores, y por tanto, contra el derecho a la defensa; minusvalorando, además, el derecho a la tutela judicial efectiva; hay un trecho...
Se han pasado. Cada vez que abren la boca, la cagan!! y últimamente hablan demasiado.
#1 Y cuando esta ante el juez le ampara el derecho a mentir, o sea que tenemos las mismas.
#3 Eso, que encuentren ellos pruebas que para eso están. Pero respetando nuestros derechos y nuestra intimidad, que son sagrados aunque haya niños muertos.
#31 Puedes mentirle a un madero todo lo que quieras. No pasa absolutamente nada. Mentirle a un juez ya es otro rollo: http://es.wikipedia.org/wiki/Perjurio
Y cuando hay niños muertos es una pena, pero nadie tiene que pagar por algo que no ha hecho.
De hecho, para que un sistiema judicial funcione es mucho más importante que un inocente no cumpla condena a que un culpable escape de ésta.
#44 Ya, pero en España tenemos un grave problema de corrupción y no se va a solucionar con el derecho a mentir, ni la protección de datos, ni similares. A veces creo que nuestros políticos ponen esas leyes solo para defender sus chanchullos, una suerte que nuestra constitución obligue a que esas leyes también nos defiendan a nosotros.
#44 mentir al juez siendo un acusado es un derecho, ya que nadie esta obligado a declarar en contra de el mismo. Otra cosa es un testigo... para los que existe el delito de perjurio
#97 me conformaría con que la policía dijese la verdad, Ya que ellos si están obligados... pero no, mienten como bellacos y encima se quejan de que los abogados HAGAN SU TRABAJO
#0#1#2#3 Aquí una conferencia de un profesor de derecho que te explica por qué no hay que hablar con la policía ya que en ningún momento va a mejorar tu condición y en todo caso puedes cagarla diciendo algo que no querías por culpa de los nervios, que te malinterpreten... etc.
#1 Te puedes negar a declarar ante la policía
Te puedes negar a responder las preguntas de la acusación y
También te puedes negar a declarar ante un juez...en este caso, ateniéndote a las consecuencias.
#1 Articulo 24.2 de la Constitución: Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
Es que claro, el pueblo está muy crecidito, piden abogados antes de declarar delante de mononeuronales ¿Que será lo próximo pedir jueces, respecto a los derechos y a la dignidad del detenido? Madre mía a este paso van a acabar cayendo detenidos por las ventanas de las comisarias de esos que se "tiraban solos" en épocas de Franco.
Esta gente quiere averiguar las cosas por lo fácil... Con razón los niñatos se la colaron con lo de Marta del Castillo. Están demasiado bien acostumbrados a que la gente no sepa defenderse, y que una vez acorralados, se contradigan o canten como las almejas. Esto es grave por dos motivos. Uno, porque en cuanto haya un crimen que asuste a la gente, el politicastro de turno les apretará las tuercas para que pillen al primero que pase. Y dos, porque da a entender que no están realmente preparados para pillar a alguien medianamente listo.
Desde luego... perdonadme la frase de creyente, porque es de mi suegra, pero "en este país no pasan cosas peores porque Dios no quiere". Porque vaya, parece que vamos buscando el desastre a gritos.
#7 "por lo facil" ya, ya. No entres en mi propiedad que es privada, no intervengas mis llamadas que son confidenciales, no mires mi ordenador que mis datos están protegidos por ley, no preguntes a mis vecinos que hablar es de cotillas,...
#42 O fachilla o ignorante. Todo eso a lo que tú te refieres ya se puede hacer legalmente. Y no con mediums, sino con jueces. ¿Pillas? Claro que, para eso, hace falta policias, no cazurros, capaces de aportar pruebas o evidencias al juez.
#7 Precisamente, mi experiencia me dice que los policías no son tíos especialmente inteligentes (por lo menos con los que yo he tratado). Pero escapan profesionalmente porque la mayoría de los delincuentes son yonkis a los que les quedan cuatro neuronas.
#63: Yo no dudo de su inteligencia... como mínimo tienen que saber redactar una denuncia. Y fíjate que en general ni dudo de sus intenciones: creo que la mayoría pilla a un asesino y lo que más desea es empurarlo hasta las cejas. Lo que pongo en duda es su preparación. No creo que tengan suficiente tiempo y preparación para enfrentarse a los problemas de forma legal. Les funciona normalmente, pero cuando les sale alguien particularmente listo o frío, no pueden hacer nada. Esto tiene que cambiar: tienen que estar mejor preparados.
El quid está en esto:
"La policía desde siempre ha interpretado que el abogado no puede dirigirse al detenido... Esta interpretación se deriva de hacer una lectura restrictiva del artículo 520.6. C de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que el abogado podrá "entrevistarse reservadamente con el detenido al término de la práctica de la diligencia en que hubiere intervenido". "Dicho artículo dice únicamente eso, ni más ni menos, nada dice de que no se pueda hablar con el detenido o recomendarle declarar o no ante la presencia de los policías", insiste Gómez Cuadrado. "Muchos abogados consideramos que...."
Conozco a bastantes policías y abogados (sobre todo penalistas) y cuando hay una cena/comida -en confianza- siempre acaban hablando del tema. A veces no acaba bien: los primeros recitan de memoria el artículo y los segundos se ponen a interpretarlo. Es un clásico
Esta claro que los abogados no son comparsas y no todos los detenidos entienden el significado (y consecuencias) de lo que le leen al ser detenidos.
#12 No es interpretación. Hay una Directiva europea (http://www.boe.es/doue/2013/294/L00001-00012.pdf) que regula eso de manera clara (Artículo 3.3) Por cierto, el Gobierno Español la publicó cuando noo le quedaron más cojones a hacerlo, es decir, que demoró su aplicación todo lo que pudo.
#30 La entrada en vigor de la Directiva que citas es de 20 días (final) El gobierno puede hacer lo que quiera con las mismas (exagerando) es comunmente denunciado por no trasponerlas a tiempo al ordenamiento jurídico, pero eso no quita que puedan ser directamente aplicables en el estado (un juez por ejemplo: http://noticias.juridicas.com/articulos/10-Derecho-Comunitario/200801-0023901020901.html "C.-Efecto directo")
El ámbito de aplicación de esa directiva en concreto es uno bien específico (artículo 2): detenciones europeas y concede un mínimo para todos los paises de la UE y sus detenidos. Otra cosa es que las legislaciones europeas a su vez respeten los tratados (no UE: del Consejo Europa -que no Consejo Europeo, propiamente UE, o el Tribunal Europeo de DDHH o todo lo relativo al Convenio Europeo de DDHH o, a la vez, para el ingreso se exija la ratificación del tratado y ciertos protocolos adicionales para entrar en la UE ¿Por qué te digo esto? Porque todo lo anterior no es derecho de la UE, pero se exige.
Las legislaciones internas pueden variar en estos aspectos, a l único obligado (y no vía UE) es a lo expresado en el anterior párrafo y todo el derecho -derivado o no, es decir originario- proveniente de la UE. La UE no tiene competencias penales directas (otra cosa es que desde dentro puedan llegarse a acuerdos para lograrlo y se logren grandísimos acuerdos. Si ves esta Directiva proviene del Consejo de la UE (el Consejo está formado por los gobiernos y es más político que otra cosa, pero encaminado a la actuación http://europa.eu/about-eu/institutions-bodies/council-eu/index_es.htm)
Una cosa son los propios actos de integración -competencias propias por tratados o derivadas de los mismos- y otra todo lo que se haga por coordinación -vía UE, que ya digo, es muy importante, pero los estados no ceden, con todas sus consecuencias, ciertas competencias ni locos, un ejemplo claro fue Schengen y el Reino Unido: "no voy a ceder mis BBDD sobre Terrorismo, no me integro totalmente, lo que no obsta para que tenga otras formas de colaborar" En SIRENE (u otros sistema lo ves, sin irte a nigún documento complicado: http://www.policia.es/org_central/judicial/ucpi/sirene.html "..básicamente en cooperación policial y judicial en territorio Schengen -que va más allá de la UE y no incluye toda la UE- Euroorden (orden Europea de detención y entrega) para los países miembros de la U.E., en donde esta operativo el Sistema de Información Schengen y en materia de extradición en resto de países Schengen, Noruega e Islandia." (Islandia o Noruega no forman parte de la UE) (#12)
#49 absolutamente. Cuando tienes otras cosas que hacer la claridad expositiva se la dejas a otros, sobre todo si escribes en teléfono y la pantalla es de dos lineas
#53 Respondía a un comentario donde afirmaba que la directiva "Por cierto, el Gobierno Español la publicó cuando noo le quedaron más cojones a hacerlo"
Las Directivas si no son traspuestas pueden ser aplicables en el estado por un juez que forma parte del estado, poseen efecto directo. España abusa mucho de ello, como Italia.., el TJUE, luego le canta las cuarenta y aquí no ha pasado nada. La que citan entraba en vigor a los 20 días
La Directiva en concreto que se cita hace referencia (artículo 2) a algo específco: detenciones europeas, la euroorden (http://es.wikipedia.org/wiki/Euroorden) Ese es su ámbito de aplicación
Son las competencias de la UE. Luego puede tener competencias de coordinación: ya que tenemos estas instituciones, podemos usarlas para hablar y negociar cosas que, no siendo competencias propias de ellas, sirvan para hacer algo en común. Esa Directiva viene por una decisión macro del Consejo. El Consejo es un organo político (ministros, etc, ver link arriba con competencias)
La UE es el mayor experimento en Organizaciones Internacionales por su peculiaridad de organización de integración, no de simple cooperación, pero sigue habiendo mucha coordinación entre paises (policial judicial, etc) Ciertas competencias no las van a entregar los estados porque sí (probablemente nunca) pero sí puede haber acuerdos, hay bastantes, de hecho. Sobre Schengen, del que no forma parte el Reino Unido y tiene peculiaridades características sobre paises integrantes ya lo he comentado arriba. Cito lo del CEDH porque es otro ejemplo de tratados que han cambiado normas penales/procesales, sin ser derecho estrictamente de la UE, ni formar parte de ella, por mucho que los periodistas lo suelen confundir día sí, día también.
En mi teléfono veo tres/cuatro mini lineas. Quien esté interesado seguro que busca desde lo escrito. En el momento que abro otra página para buscar un link, lo escrito se me borra (es mi configuración, que la tengo para otra cosa así y no la voy a cambiar: por eso muchas veces escribo un comentario y despues aparecen 4 links despues: grabo, sé lo que busco, lo edito y los pongo uno a uno o se me borra)
#62 Si te pones a explicar en un mensaje tan largo el efecto de una Directiva huele a que tu postura es básicamente la de la Poli.
Para empezar, no es cierto que el objeto de la Directiva en cuestión sea sólo la Euroorden. Lee bien: el objeto y el ámbito de aplicación vienen claramente delimitados en sus arts. 1 y 2. Tú sólo te quedas con la letra b) del artículo 2:
"La presente Directiva establece normas mínimas relativas a los derechos de sospechosos y acusados en procesos penales Y
de las personas que sean objeto de procedimientos en virtud de la Decisión Marco 2002/584/JAI (Euroorden)
a ser asistidos por un letrado..."
#65 claro, tu hueles mi pensamiento
A mi, pérdoname, no me queda tan claro como a tí. Porque ese "desde" y ese "estado miembro" me hacen pensar. A mi entender los sospechosos del que habla el 1 hacen referencia a intervención entre estados: el típico requirente, requerido de toda la vida en las extradiciones. Yo puedo estar equivocado, tu puedes estarlo, pero por propia lógica es para/entre paises miembros:
"Ámbito de aplicación
1. La presente Directiva se aplica a los sospechosos o acusados en procesos penales desde el momento en que las autoridades competentes de un Estado miembro hayan puesto en su conocimiento, mediante notificación oficial u otro medio, que son sospechosos o que se les acusa de haber cometido una infracción penal, y con independencia de si están privados de libertad. Se aplica hasta la conclusión del proceso, es decir, hasta la decisión definitiva que determina si el sospechoso o acusado ha cometido o no la infracción, incluidas, cuando proceda, la imposición de la condena y la resolución de cualquier recurso. " http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2013-82319 (de ahí las negritas)
Lo que sí creo que va a ocurrir que unos detenidos puede que tengan abogados semi comparsas en el momento del interrogatorio policial y otros no "Velar por que el sospechoso o acusado tenga derecho a que su letrado esté presente e intervenga de manera efectiva cuando lo interroguen." Esto va a acabar mal (eufemismo, porque puede ser muy bueno, ya que por todo lo que oigo durante años, entre unos y otros el tema se las trae, entre abogados que quieren hacer eso y policias que les hacen callar)
#75 yo te he hecho algo? mira que te sigo dando explicaciones y tu ahí erre que erre.
Está perfectamente respondido en el paréntesis "(eufemismo, porque puede ser muy bueno..)" Usa tu inteligencia para descubrirlo: todas las contradicciones del sistema que cantan demasiado acaban bien. Tardan, pero mejoran algo muy importante: el replanteamiento de raiz del sistema
Bibliografía:
#12 3. El derecho a la asistencia de letrado implicará lo siguiente:
a) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho a entrevistarse en privado y a comunicarse con el letrado que lo represente, inclusive con anterioridad a que sea interrogado por la policía u otras fuerzas o cuerpos de seguridad o autoridades judiciales;
b) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho a que su letrado esté presente e intervenga de manera efectiva cuando lo interroguen. Esta intervención será acorde con los procedimientos previstos por la normativa nacional, a condición de que tales procedimientos no menoscaben el ejercicio efectivo ni el contenido esencial del derecho de que se trate. Cuando un abogado intervenga durante un interrogatorio, se hará constar así de conformidad con los procedimientos pertinentes de la normativa nacional;
c) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho al menos a que su letrado esté presente en las siguientes actuaciones de investigación o de obtención de pruebas, si dichas actuaciones están previstas en la normativa nacional y se exige o permite que el sospechoso o acusado asista a dicho acto:
i) ruedas de reconocimiento,
ii) careos,
iii) reconstrucciones de los hechos.
#18 Esos consejos están muy bien pero no sé hasta que punto se pueden aplicar en otras legislaciones distintas a la norteamericana. Incluso en algunos estados norteamericanos con las recientes leyes anti-terroristas ya no necesitan una orden judicial para registrar tu coche o casa.
#18 NO habra una version con subs? (los de google suck), el tio habla como una ametralladora (hasta el poli lo dice) O mejor con un abogado español, por eso de que las leyes son diferentes y eso...
PD: que bueno lo que dice el poli de que la mayoria de interrogatorios en españa e italia empieza fisicamente....
"Muchos abogados consideramos que no podemos ser meros 'convidados de piedra' en las diligencias policiales llevadas a cabo con el detenido en comisaría, y que del derecho de defensa y el derecho a la asistencia letrada pasa inevitablemente por aconsejar al detenido lo que puede o no hacer en esas situaciones. ¿De qué te sirve si no tener un abogado en comisaría?".
Toda la razón del mundo. O sea, la policía (o al menos estos policías) pretende que si me detienen e interrogan, antes de consultar con ningún abogado, conteste dócilmente a todas sus preguntas.
No sé, a mi eso me da mala espina. Da igual si eres inocente, es más, sobre todo si eres inocente en una situación así te vas a poner nervioso, la vas a liar parda y seguro que no eres capaz de pasar el interrogatorio bien. Vamos, a mi me detienen por algo que no he cometido y se ponen a interrogarme y seguro que se me pone cara de culpable de los nervios que me entran.
Ojo que estas gansadas que sueltan los polis suelen ser dirigidas, es decir, empiezan a tantear la respuesta (en intensidad y profundidad) de la ciudadanía y los profesionales afectados frente a la posibilidad de suprimir ese derecho para ver si consiguen eliminarlo.
Oh, polis retardeds, vaya una novedad. A veces me pregunto cual es el nivel para poder acceder a un cuerpo de Policía si vemos a diario cosas como estas.
Si, por eso a mi me llamaron para que me personara en una comisaría, me preguntaron sobre mi relación con un individuo que (presuntamente) ha coaccionado, amenazado, extorsionado, retenido contra su voluntad a gente, etc. para acabar diciéndome que esa persona me había denunciado a mí y que lo sentían pero tenían que cursar la denuncia y que me buscara un abogado. Después de "interrogarme" de esa manera, me tomaron la correspondiente declaración con su firmita y todo. Todo muy profesional.
El asunto fue sobreseído porque no había caso, supongo que este individuo me denunció para sacarme dinero durante el proceso (como intentó, efectivamente).
Fue la primera vez que pisé una comisaria y espero no tener que volver a hacerlo. Mala gente.
Cualquiera de nosotros iría a la cárcel sólo con que llevaran a declarar a nuestras madres, si va la mía me pueden culpar hasta del 11M porque es capaz de liar cualquier conversación.
normal, con la confianza que da declarar frente a 4 macarras encapuchados llamándote rojo hijo de puta o lesbiana de mierda, ¡dónde vamos a parar! Los jueces y abogados son para maricas.
Anda y que se coman tres cagaos.
Lo peór no es que la policía interpréte la ley a su gusto, lo hacen en todos loa paises, es que no todos los abogados son como el sr. Gomer Cuadrado, la mayoría cuando son de oficio se limitan únicamnte a hacer acto de presencia y no le recomiendan no declarar si vé que declarar podría ser perjudicial para el interes de su cliente, y además cuando llegas al juzgado de guardia a declarar porque te negste a hacerlo en comisaría, la/el funcionaria/o no te pregunta si se han respetado tus derechos, solo te pregunta si te los han leido, y la mayoria de calabozos no respetan ni eso(lectura de derechos), en algunos casos el detenido no se entera nunca de que tiene derecho a asistencia médica o llamar asu consulado o embajad, encima si te han zurrado bien; el fiscal te añade la falta o delito de agresión contra los pobrecitos policías indefensos.
aqui uno no sabe quién es abogado fiscal o qiuén se la morfa quién o lo que sea, por ejémplo el caso de la infanta, el fical parece el abogado defensor y el juez fiscal en un caso sin juez.
Nunca en la historia una declaración ha hecho algo por el acusado. Si eres culpable, que lo demuestren, pero sin tu ayuda.
Si eres inocente que te suelten, o fabriquen las pruebas (si las iban a fabricar da igual que colaboradora o no...)
Si al final está bien que en todas las pelis americanas digan lo de "tiene derecho a permanecer callado", asi, aunque los policías se olviden de esto la gente ya sabe a qué está obligada o no. Lo de soy ciudadano americano si te meten en una prisión extranjera ya no lo podemos decir, pero lo otro sí es aplicable.
Estoy de acuerdo totalmente con lo que recomiendan los abogados, pero, cierto es tambien, que si hay un muerto encima de la mesa, tambien estoy de acuerdo con que le saquen la confesion COMO SEA, mas que nada, para evitar mas "carcaños".
#61 Por lógica, en cada caso de homicidio (ya sea cualificado, intencional, accidental...etc.) hay un muerto encima de la mesa, es un margen un poco amplio, no?
Por otro lado....lo de sacar confesiones COMO SEA, facilita mucho la la tarea de resolver crímenes culpando A QUIEN SEA. Es mas, con 12 horas y una caja de herramientas, ya verás como consigo que tu mismo confieses haber matado a Kennedy.
#100 Lo he leído y esta en consonancia con lo que yo digo.
Se contempla guardar silencio como una de las manifestaciones del derecho a la no autoincriminación.
Del texto que me mandas "la mentira, en cambio, aparece como algo torcido y malsano, fundamentalmente atentatorio contra el modelo, pues destruye la confianza en el mismo e introduce el descreimiento en la buena fe. Por ello mal puede hablarse de un derecho a mentir y, peor aun, que sean los magistrados quienes sacralicen tan incoherente posibilidad[26]."
Si estos supuestos profesionales de las fuerzas de seguridad siguen obedeciendo las consignas de sus superiores políticos corruptos, marrulleros y, la mayoría de ellos, con un pié en la cárcel y el otro en una pastilla de jabón, lo único que van a conseguir es perder la poca dignidad que les quedaba como colectivo.
Yo creo que deberían dejarles por ley dar palizas a los detenidos, violaron, humillados, torturados... Así los policías estarían más contentos en su trabajo y resolverán más casos porque claro, quien se niega a decir que es culpable tras recibir una buena somanta de palos?
Ya no se conforman con pasarse las leyes por el forro de los cojones cada vez que les da la gana, ahora encima quiere que esta les dé vía libre para sus abusos y vejaciones. Que asco de "defensores de la ley y el orden..."
nadie merece que venga alguien y le viole o le mate.Si segun el acusado tiene sus derechos ¿que pasa con los derechos que tiene la victima?que verguenza de pais en el que vivimos.
el DERECHO... el derecho es para alguien que no esta en la carcel por meter una paliza, violar,robar,matar... porque si ellos lo hicieron ¿que derecho tenian las personas perjudicadas?. los abogados son para "hacer el bien" y es todo lo contrario todo abogado tiene que defender a su gente pero hasta que punto. ¿como un abogado puede defender a alguien que ha matado?,¿violado? es inmoral
#46, El Derecho es para todos. De hecho, los derechos fundamentales del Capitulo II del Título 1º, se distingue en dos secciones: 14 a 29 y 30 a 38. Los primeros tienen eficacia universal, es decir, se aplican a todas las personas independientemente de su condición; mientras que los segundos (formalmente) a los ciudadanos, aunque la interpretación es tan amplia que hoy el día la distinción es, básicamente, que los primeros tienen acceso al recurso de amparo al TC.
Decir que el DERECHO(sic) asiste solamente a aquellos que no han robado, violado, matado, ... es (además de evidencia de un desconocimiento atroz del derecho) una barbaridad desconcertante ya que, de ser así, el derecho perdería TODA su esencia y sentido: regular y ordenar la sociedad. Por otra parte, la policía no es quien para declarar la culpabilidad de una persona, por lo tanto, la mera detención por la misma no es constitutiva de nada más que de un indicio de comisión o culpabilidad. Por lo que, aunque fuese cierta tu aserción, las personas detenidas estarían en pleno uso de TODOS sus derechos, incluidos aquellos que tu quieres eliminar a quienes delinquen. Para mayor abundamiento, es cierto que no todos tienen un pleno uso de sus derechos, aquellos que -como tu dices- han robado, matado, violado, ... en restringidos sus derechos, en concreto, libertad, sufragio pasivo y activo, ... Pero, por mucho que a algunos os pese, solo un juez puede decretar aquello.
Incluso la justificación que das: "¿que derecho tenian las personas perjudicadas? es cuanto mínimo pueril. Por supuesto que las victimas del delito tenían todo el derecho al disfrute del bien jurídico protegido, sin posibilidad de perturbación por parte de tercero, justo esa es la ratio existencial del Derecho Penal, para castigar esos comportamientos el OJ establece una serie de normas que, una vez aplicadas, castigan al culpable en la extensión establecida. Evidentemente, la propia existencia del Ius Puniendi, es algo indeseable para el Dercho, por lo que se aplica (de momento) con toda la cautela posible.
los abogados son para "hacer el bien" y es todo lo contrario todo abogado tiene que defender a su gente pero hasta que punto. ¿como un abogado puede defender a alguien que ha matado?,¿violado? es inmoral
Los abogados no están para "hacer el bien", y no se de donde te lo has sacado. Si quieres saberlo, la función de un abogado es (a pesar del brindis al sol del Art. 30 del Estatuto de la Abogacía) ostentar la dirección técnica de una parte (la que sea) en un procedimiento (entre otras). El procedimiento judicial está definido como un proceso heterocompositivo, en el que hay varias partes y un órgano decisorio. El fin del proceso mismo es la averiguación de la verdad, pero no a través de cualquier medio, sólo siguiendo las normas adjetivas del proceso. En él las partes (con distintos intereses) realizan sus acciones, cada una dirigida a su fin, y al final el órgano decisorio falla. Por lo tanto, la función atribuida a los abogados como "colaboradores de la justicia" se basa en la defensa (legitima o no) de los intereses de una parte en un proceso judicial. Si alguna vez vas a volver a decirme que mi profesión es inmoral, infórmate antes.
#46 Coño que bien con las frases grandilocuentes, a ver, te voy a contar unas cosilla que se aprenden en el cole, no hace falta ser abogado ni nada:
1º Los derechos son por definición para todos, de los contrario serían privilegios (que significa ley privada).
2º Nadie puede ser privado de sus derechos sin una justa causa y DEMOSTRADA.
3º El lugar para demostrar esa causa es un juicio público y justo, donde se muestren pruebas y el acusado pueda defenderse.
4º Los derechos de las víctimas? Claro que tienen, por que crees si no que los delincuentes van a la carcel? Por ser muy feos? También existen mas mecanismos de reparación como la responsabilidad civil, ayudas sociales.....etc, depende de cada delito y victima.
5º Un abogado debe defender a su cliente como Buzz Lightyear: HASTA EL INFINITO Y MAS ALLÁ, porque es el juez (o jurado) quien debe juzgarle, el abogado esta para defenderle.
6º Lo de no defender a un violador......como sabes que lo es antes del juicio? Porque lo dice la policía? Entonces el juicio es innecesario, es mas, hasta las leyes lo serían: bastará con poner una maquina expendedora de sentencias y según lo que diga la policía que has hecho, salga la sentencia.
Y antes de oir las típicas memeces: NO, no se lo que es perder un hijo a manos de un asesino y es harto probable que tu tampoco, pero tengo bastante sentido común para saber que: a) Ninguna pena me devolverá a mi hijo, NINGUNA. b) Se sobradamente que mi estado mental y emocional me impedirían ser racional, por mucho que me empeñe en que no, QUERRIA VENGANZA. c) Si quiero venganza la hago yo, el estado imparte justicia, que es otra cosa.
Y puestos a imaginar cosas, no imagines ser solo la victima, imagina también ser un reo injustamente acusado.
Comentarios
Que hagan bien su trabajo y consigan las pruebas que demuestran que el detenido ha cometido el delito del que se le acusa, así da igual que declare o no.
#3 Y sin trampas ni atajos; sin amenazas y torturas; y respetando los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Claro que así va ser mucho más difícil investigar.
Por cierto, esta semana "la policía" no ha hecho más que quejarse.
#6 Claro que así va ser mucho más difícil investigar. O no. Los asesinos de Marta del Castillo cantaron la traviata al menos 6 veces. Y lo que consiguieron fue despistar de manera completa y absoluta.
#38 Mucho me temo que, también en este caso, la policía dirá que "declararon lo que sus abogados les dijeron que debían declarar". Cosa que por otro lado, y por poco que a muchos les disguste, es su derecho: nadie está obligado a declarar en contra de si mismo. Ni siquiera Cristina de Borbón!!
Para discernir "la verdad" están los jueces y magistrados (y en algunos casos El Jurado).
A la policía les gustaría que "tras un par de interrogatorios" todos confesasen en las 48 o 72 horas que tienen antes de poner a los detenidos a disposición judicial!! pero de ahí a cargar contra los abogados defensores, y por tanto, contra el derecho a la defensa; minusvalorando, además, el derecho a la tutela judicial efectiva; hay un trecho...
Se han pasado. Cada vez que abren la boca, la cagan!! y últimamente hablan demasiado.
#1 Y cuando esta ante el juez le ampara el derecho a mentir, o sea que tenemos las mismas.
#3 Eso, que encuentren ellos pruebas que para eso están. Pero respetando nuestros derechos y nuestra intimidad, que son sagrados aunque haya niños muertos.
#31 Puedes mentirle a un madero todo lo que quieras. No pasa absolutamente nada. Mentirle a un juez ya es otro rollo:
http://es.wikipedia.org/wiki/Perjurio
Y cuando hay niños muertos es una pena, pero nadie tiene que pagar por algo que no ha hecho.
De hecho, para que un sistiema judicial funcione es mucho más importante que un inocente no cumpla condena a que un culpable escape de ésta.
#44 Ya, pero en España tenemos un grave problema de corrupción y no se va a solucionar con el derecho a mentir, ni la protección de datos, ni similares. A veces creo que nuestros políticos ponen esas leyes solo para defender sus chanchullos, una suerte que nuestra constitución obligue a que esas leyes también nos defiendan a nosotros.
#44 mentir al juez siendo un acusado es un derecho, ya que nadie esta obligado a declarar en contra de el mismo. Otra cosa es un testigo... para los que existe el delito de perjurio
#55 Pues entonces que se callen y no líen las investigaciones, pero no deberían poder mentir.
#93 claro, vas a condenar a una persona y tiene que autodelatarse, mejor que ni declaren, son culpables seguro
#96 No tiene que autodelatarse, tiene que contar lo que ocurrido y punto, y si no quiere contarlo porque le perjudica, pues que calle.
#97 me conformaría con que la policía dijese la verdad, Ya que ellos si están obligados... pero no, mienten como bellacos y encima se quejan de que los abogados HAGAN SU TRABAJO
#0 #1 #2 #3 Aquí una conferencia de un profesor de derecho que te explica por qué no hay que hablar con la policía ya que en ningún momento va a mejorar tu condición y en todo caso puedes cagarla diciendo algo que no querías por culpa de los nervios, que te malinterpreten... etc.
Don't talk to police
#84 Buenísimos los ejemplos (el de estaba bromeando, el Jackson, la comparativa de las 10.000 leyes federales, la langosta..) A favoritos!
Se llama james Duane http://en.wikipedia.org/wiki/James_Duane_%28professor%29
Transcripción para el que se pierda, va como una ardilla al que le esté ardiendo el rabo: http://bitmote.com/index.php?post/2011/12/13/Why-You-Should-Never-Talk-to-The-Police%2C-Part-1-Transcript
Todo detenido tiene derecho a declarar solo ante el juez ... de momento.
#1 Y una vez ante el juez siempre puedes decir "No me acuerdo", "Fue por amor", etc... bueno, no sé si tú y yo podemos utilizar esta estrategia.
#1 y ni si quiera eso, acogiéndote a la quinta enmienda.
#40 Eso sería si estuviésemos en EEUU.
Aquí en todo caso sería el artículo 24.2 de la Constitución Española.
http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=24&tipo=2
#81 para nada http://www.elmundo.es/elmundo/2007/06/11/espana/1181577458.html
#83 Hay gente que vee demasiadas pelis
http://www.elcorreogallego.es/inicio/ultima-hora/galicia/ecg/un-acusado-acoge-quinta-enmienda-legislacion-estadounidense-un-juicio/idEdicion-2007-06-11/idNoticia-176292/
#91 gitanos, seguro
#95 Gitanos, payos, chinos o malayos,
enteraos hay en todos lados.
Negativo por xenófobo.
#40 Estamos en Yankilandia y yo sin saberlo.
#1 Te puedes negar a declarar ante la policía
Te puedes negar a responder las preguntas de la acusación y
También te puedes negar a declarar ante un juez...en este caso, ateniéndote a las consecuencias.
#1 Articulo 24.2 de la Constitución: Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
Es que claro, el pueblo está muy crecidito, piden abogados antes de declarar delante de mononeuronales ¿Que será lo próximo pedir jueces, respecto a los derechos y a la dignidad del detenido? Madre mía a este paso van a acabar cayendo detenidos por las ventanas de las comisarias de esos que se "tiraban solos" en épocas de Franco.
Esta gente quiere averiguar las cosas por lo fácil... Con razón los niñatos se la colaron con lo de Marta del Castillo. Están demasiado bien acostumbrados a que la gente no sepa defenderse, y que una vez acorralados, se contradigan o canten como las almejas. Esto es grave por dos motivos. Uno, porque en cuanto haya un crimen que asuste a la gente, el politicastro de turno les apretará las tuercas para que pillen al primero que pase. Y dos, porque da a entender que no están realmente preparados para pillar a alguien medianamente listo.
Desde luego... perdonadme la frase de creyente, porque es de mi suegra, pero "en este país no pasan cosas peores porque Dios no quiere". Porque vaya, parece que vamos buscando el desastre a gritos.
#7 "por lo facil" ya, ya. No entres en mi propiedad que es privada, no intervengas mis llamadas que son confidenciales, no mires mi ordenador que mis datos están protegidos por ley, no preguntes a mis vecinos que hablar es de cotillas,...
Al final habrá que recurrir a médiums y adivinos.
#42 O fachilla o ignorante. Todo eso a lo que tú te refieres ya se puede hacer legalmente. Y no con mediums, sino con jueces. ¿Pillas? Claro que, para eso, hace falta policias, no cazurros, capaces de aportar pruebas o evidencias al juez.
#51 Si, jueces como Garzon, como Silva... en esos casos se ve a quien ayuda la ley, a lo corruptos.
#52 Vale, claudico ante semejante razonamiento: Como existen Garzones, les damos esas facultades a los policias. Amen.
#56 Más bien decía que ni los jueces tienen esas facultades de las que hablas.
#7 Precisamente, mi experiencia me dice que los policías no son tíos especialmente inteligentes (por lo menos con los que yo he tratado). Pero escapan profesionalmente porque la mayoría de los delincuentes son yonkis a los que les quedan cuatro neuronas.
#63: Yo no dudo de su inteligencia... como mínimo tienen que saber redactar una denuncia. Y fíjate que en general ni dudo de sus intenciones: creo que la mayoría pilla a un asesino y lo que más desea es empurarlo hasta las cejas. Lo que pongo en duda es su preparación. No creo que tengan suficiente tiempo y preparación para enfrentarse a los problemas de forma legal. Les funciona normalmente, pero cuando les sale alguien particularmente listo o frío, no pueden hacer nada. Esto tiene que cambiar: tienen que estar mejor preparados.
El quid está en esto:
"La policía desde siempre ha interpretado que el abogado no puede dirigirse al detenido... Esta interpretación se deriva de hacer una lectura restrictiva del artículo 520.6. C de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que el abogado podrá "entrevistarse reservadamente con el detenido al término de la práctica de la diligencia en que hubiere intervenido". "Dicho artículo dice únicamente eso, ni más ni menos, nada dice de que no se pueda hablar con el detenido o recomendarle declarar o no ante la presencia de los policías", insiste Gómez Cuadrado. "Muchos abogados consideramos que...."
Conozco a bastantes policías y abogados (sobre todo penalistas) y cuando hay una cena/comida -en confianza- siempre acaban hablando del tema. A veces no acaba bien: los primeros recitan de memoria el artículo y los segundos se ponen a interpretarlo. Es un clásico
Esta claro que los abogados no son comparsas y no todos los detenidos entienden el significado (y consecuencias) de lo que le leen al ser detenidos.
#12 No es interpretación. Hay una Directiva europea (http://www.boe.es/doue/2013/294/L00001-00012.pdf) que regula eso de manera clara (Artículo 3.3) Por cierto, el Gobierno Español la publicó cuando noo le quedaron más cojones a hacerlo, es decir, que demoró su aplicación todo lo que pudo.
#30 La entrada en vigor de la Directiva que citas es de 20 días (final) El gobierno puede hacer lo que quiera con las mismas (exagerando) es comunmente denunciado por no trasponerlas a tiempo al ordenamiento jurídico, pero eso no quita que puedan ser directamente aplicables en el estado (un juez por ejemplo: http://noticias.juridicas.com/articulos/10-Derecho-Comunitario/200801-0023901020901.html "C.-Efecto directo")
El ámbito de aplicación de esa directiva en concreto es uno bien específico (artículo 2): detenciones europeas y concede un mínimo para todos los paises de la UE y sus detenidos. Otra cosa es que las legislaciones europeas a su vez respeten los tratados (no UE: del Consejo Europa -que no Consejo Europeo, propiamente UE, o el Tribunal Europeo de DDHH o todo lo relativo al Convenio Europeo de DDHH o, a la vez, para el ingreso se exija la ratificación del tratado y ciertos protocolos adicionales para entrar en la UE ¿Por qué te digo esto? Porque todo lo anterior no es derecho de la UE, pero se exige.
Las legislaciones internas pueden variar en estos aspectos, a l único obligado (y no vía UE) es a lo expresado en el anterior párrafo y todo el derecho -derivado o no, es decir originario- proveniente de la UE. La UE no tiene competencias penales directas (otra cosa es que desde dentro puedan llegarse a acuerdos para lograrlo y se logren grandísimos acuerdos. Si ves esta Directiva proviene del Consejo de la UE (el Consejo está formado por los gobiernos y es más político que otra cosa, pero encaminado a la actuación http://europa.eu/about-eu/institutions-bodies/council-eu/index_es.htm)
Una cosa son los propios actos de integración -competencias propias por tratados o derivadas de los mismos- y otra todo lo que se haga por coordinación -vía UE, que ya digo, es muy importante, pero los estados no ceden, con todas sus consecuencias, ciertas competencias ni locos, un ejemplo claro fue Schengen y el Reino Unido: "no voy a ceder mis BBDD sobre Terrorismo, no me integro totalmente, lo que no obsta para que tenga otras formas de colaborar" En SIRENE (u otros sistema lo ves, sin irte a nigún documento complicado: http://www.policia.es/org_central/judicial/ucpi/sirene.html "..básicamente en cooperación policial y judicial en territorio Schengen -que va más allá de la UE y no incluye toda la UE- Euroorden (orden Europea de detención y entrega) para los países miembros de la U.E., en donde esta operativo el Sistema de Información Schengen y en materia de extradición en resto de países Schengen, Noruega e Islandia." (Islandia o Noruega no forman parte de la UE) (#12)
#36 Es un post el tuyo en el que se ve que conoces el tema, pero que no tienes ni repajolera idea de explicarlo.
#49 absolutamente. Cuando tienes otras cosas que hacer la claridad expositiva se la dejas a otros, sobre todo si escribes en teléfono y la pantalla es de dos lineas
#50 No es cuestión del teléfono, es que no se comprende qué es lo que quieres decir, ni cuál es tu postura al respecto.
#53 Respondía a un comentario donde afirmaba que la directiva "Por cierto, el Gobierno Español la publicó cuando noo le quedaron más cojones a hacerlo"
Las Directivas si no son traspuestas pueden ser aplicables en el estado por un juez que forma parte del estado, poseen efecto directo. España abusa mucho de ello, como Italia.., el TJUE, luego le canta las cuarenta y aquí no ha pasado nada. La que citan entraba en vigor a los 20 días
La Directiva en concreto que se cita hace referencia (artículo 2) a algo específco: detenciones europeas, la euroorden (http://es.wikipedia.org/wiki/Euroorden) Ese es su ámbito de aplicación
Cuando se firman los tratados de adhesión viene todo el paquete: el derecho originario y el derivado.
Europa tiene unas competencias específicas, competencias propias de los estados y que le son cedidas (artículo 93 http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=93&tipo=2) "Esto mío, ahora lo haces tu"
Son las competencias de la UE. Luego puede tener competencias de coordinación: ya que tenemos estas instituciones, podemos usarlas para hablar y negociar cosas que, no siendo competencias propias de ellas, sirvan para hacer algo en común. Esa Directiva viene por una decisión macro del Consejo. El Consejo es un organo político (ministros, etc, ver link arriba con competencias)
La UE es el mayor experimento en Organizaciones Internacionales por su peculiaridad de organización de integración, no de simple cooperación, pero sigue habiendo mucha coordinación entre paises (policial judicial, etc) Ciertas competencias no las van a entregar los estados porque sí (probablemente nunca) pero sí puede haber acuerdos, hay bastantes, de hecho. Sobre Schengen, del que no forma parte el Reino Unido y tiene peculiaridades características sobre paises integrantes ya lo he comentado arriba. Cito lo del CEDH porque es otro ejemplo de tratados que han cambiado normas penales/procesales, sin ser derecho estrictamente de la UE, ni formar parte de ella, por mucho que los periodistas lo suelen confundir día sí, día también.
En mi teléfono veo tres/cuatro mini lineas. Quien esté interesado seguro que busca desde lo escrito. En el momento que abro otra página para buscar un link, lo escrito se me borra (es mi configuración, que la tengo para otra cosa así y no la voy a cambiar: por eso muchas veces escribo un comentario y despues aparecen 4 links despues: grabo, sé lo que busco, lo edito y los pongo uno a uno o se me borra)
#62 Si te pones a explicar en un mensaje tan largo el efecto de una Directiva huele a que tu postura es básicamente la de la Poli.
Para empezar, no es cierto que el objeto de la Directiva en cuestión sea sólo la Euroorden. Lee bien: el objeto y el ámbito de aplicación vienen claramente delimitados en sus arts. 1 y 2. Tú sólo te quedas con la letra b) del artículo 2:
"La presente Directiva establece normas mínimas relativas a los derechos de sospechosos y acusados en procesos penales
Y
de las personas que sean objeto de procedimientos en virtud de la Decisión Marco 2002/584/JAI (Euroorden)
a ser asistidos por un letrado..."
#65 claro, tu hueles mi pensamiento
A mi, pérdoname, no me queda tan claro como a tí. Porque ese "desde" y ese "estado miembro" me hacen pensar. A mi entender los sospechosos del que habla el 1 hacen referencia a intervención entre estados: el típico requirente, requerido de toda la vida en las extradiciones. Yo puedo estar equivocado, tu puedes estarlo, pero por propia lógica es para/entre paises miembros:
"Ámbito de aplicación
1. La presente Directiva se aplica a los sospechosos o acusados en procesos penales desde el momento en que las autoridades competentes de un Estado miembro hayan puesto en su conocimiento, mediante notificación oficial u otro medio, que son sospechosos o que se les acusa de haber cometido una infracción penal, y con independencia de si están privados de libertad. Se aplica hasta la conclusión del proceso, es decir, hasta la decisión definitiva que determina si el sospechoso o acusado ha cometido o no la infracción, incluidas, cuando proceda, la imposición de la condena y la resolución de cualquier recurso. "
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2013-82319 (de ahí las negritas)
Aquí te lo explican mejor: http://noticias.juridicas.com/actual/3360-resumen-de-la-directiva-2013-48-ue-del-parlamento-europeo-y-del-consejo-sobre-el-derecho-a-la-asistencia-de-letrado-en-los-procesos-penales.html
Lo que sí creo que va a ocurrir que unos detenidos puede que tengan abogados semi comparsas en el momento del interrogatorio policial y otros no "Velar por que el sospechoso o acusado tenga derecho a que su letrado esté presente e intervenga de manera efectiva cuando lo interroguen." Esto va a acabar mal (eufemismo, porque puede ser muy bueno, ya que por todo lo que oigo durante años, entre unos y otros el tema se las trae, entre abogados que quieren hacer eso y policias que les hacen callar)
#74 ¿Qué es "acabar mal"?
#75 yo te he hecho algo? mira que te sigo dando explicaciones y tu ahí erre que erre.
Está perfectamente respondido en el paréntesis "(eufemismo, porque puede ser muy bueno..)" Usa tu inteligencia para descubrirlo: todas las contradicciones del sistema que cantan demasiado acaban bien. Tardan, pero mejoran algo muy importante: el replanteamiento de raiz del sistema
Bibliografía:
#12 3. El derecho a la asistencia de letrado implicará lo siguiente:
a) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho a entrevistarse en privado y a comunicarse con el letrado que lo represente, inclusive con anterioridad a que sea interrogado por la policía u otras fuerzas o cuerpos de seguridad o autoridades judiciales;
b) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho a que su letrado esté presente e intervenga de manera efectiva cuando lo interroguen. Esta intervención será acorde con los procedimientos previstos por la normativa nacional, a condición de que tales procedimientos no menoscaben el ejercicio efectivo ni el contenido esencial del derecho de que se trate. Cuando un abogado intervenga durante un interrogatorio, se hará constar así de conformidad con los procedimientos pertinentes de la normativa nacional;
c) los Estados miembros velarán por que el sospechoso o acusado tenga derecho al menos a que su letrado esté presente en las siguientes actuaciones de investigación o de obtención de pruebas, si dichas actuaciones están previstas en la normativa nacional y se exige o permite que el sospechoso o acusado asista a dicho acto:
i) ruedas de reconocimiento,
ii) careos,
iii) reconstrucciones de los hechos.
Así tenemos los nudillos... (le falto decir)
También puedes decir "no me consta"
#8 o "no me acuerdo".. o "no lo sé"...o "de eso se ocupa mi marido"...
Lo explican muy bien en este video:
Nunca hables con un policia, todo lo que digas podra ser usado en tu contra nunca en tu favor. Especialmente si no eres culpable de nada...
#18 Sal de mi mente!
#18 Esos consejos están muy bien pero no sé hasta que punto se pueden aplicar en otras legislaciones distintas a la norteamericana. Incluso en algunos estados norteamericanos con las recientes leyes anti-terroristas ya no necesitan una orden judicial para registrar tu coche o casa.
#18 NO habra una version con subs? (los de google suck), el tio habla como una ametralladora (hasta el poli lo dice) O mejor con un abogado español, por eso de que las leyes son diferentes y eso...
PD: que bueno lo que dice el poli de que la mayoria de interrogatorios en españa e italia empieza fisicamente....
Que empiezen por genova.
"Muchos abogados consideramos que no podemos ser meros 'convidados de piedra' en las diligencias policiales llevadas a cabo con el detenido en comisaría, y que del derecho de defensa y el derecho a la asistencia letrada pasa inevitablemente por aconsejar al detenido lo que puede o no hacer en esas situaciones. ¿De qué te sirve si no tener un abogado en comisaría?".
Toda la razón del mundo. O sea, la policía (o al menos estos policías) pretende que si me detienen e interrogan, antes de consultar con ningún abogado, conteste dócilmente a todas sus preguntas.
No sé, a mi eso me da mala espina. Da igual si eres inocente, es más, sobre todo si eres inocente en una situación así te vas a poner nervioso, la vas a liar parda y seguro que no eres capaz de pasar el interrogatorio bien. Vamos, a mi me detienen por algo que no he cometido y se ponen a interrogarme y seguro que se me pone cara de culpable de los nervios que me entran.
Están tan acostumbrados a saltarse las leyes que sueltan estas barbaridades sin despeinarse.
Ojo que estas gansadas que sueltan los polis suelen ser dirigidas, es decir, empiezan a tantear la respuesta (en intensidad y profundidad) de la ciudadanía y los profesionales afectados frente a la posibilidad de suprimir ese derecho para ver si consiguen eliminarlo.
Oh, polis retardeds, vaya una novedad. A veces me pregunto cual es el nivel para poder acceder a un cuerpo de Policía si vemos a diario cosas como estas.
Si, por eso a mi me llamaron para que me personara en una comisaría, me preguntaron sobre mi relación con un individuo que (presuntamente) ha coaccionado, amenazado, extorsionado, retenido contra su voluntad a gente, etc. para acabar diciéndome que esa persona me había denunciado a mí y que lo sentían pero tenían que cursar la denuncia y que me buscara un abogado. Después de "interrogarme" de esa manera, me tomaron la correspondiente declaración con su firmita y todo. Todo muy profesional.
El asunto fue sobreseído porque no había caso, supongo que este individuo me denunció para sacarme dinero durante el proceso (como intentó, efectivamente).
Fue la primera vez que pisé una comisaria y espero no tener que volver a hacerlo. Mala gente.
Qué vergúenza! Abogados que ayudan a sus clientes! Qué será lo próximo? Políticos y policias al servicio del ciudadano?
Cualquiera de nosotros iría a la cárcel sólo con que llevaran a declarar a nuestras madres, si va la mía me pueden culpar hasta del 11M porque es capaz de liar cualquier conversación.
Hay quejas parecidas en los mataderos?
Esta gente debería jugar más al Phoenix Wright y saber que sin pruebas que tirar a la cara no puede/debería pillar a nadie.
normal, con la confianza que da declarar frente a 4 macarras encapuchados llamándote rojo hijo de puta o lesbiana de mierda, ¡dónde vamos a parar! Los jueces y abogados son para maricas.
Anda y que se coman tres cagaos.
Lo peór no es que la policía interpréte la ley a su gusto, lo hacen en todos loa paises, es que no todos los abogados son como el sr. Gomer Cuadrado, la mayoría cuando son de oficio se limitan únicamnte a hacer acto de presencia y no le recomiendan no declarar si vé que declarar podría ser perjudicial para el interes de su cliente, y además cuando llegas al juzgado de guardia a declarar porque te negste a hacerlo en comisaría, la/el funcionaria/o no te pregunta si se han respetado tus derechos, solo te pregunta si te los han leido, y la mayoria de calabozos no respetan ni eso(lectura de derechos), en algunos casos el detenido no se entera nunca de que tiene derecho a asistencia médica o llamar asu consulado o embajad, encima si te han zurrado bien; el fiscal te añade la falta o delito de agresión contra los pobrecitos policías indefensos.
aqui uno no sabe quién es abogado fiscal o qiuén se la morfa quién o lo que sea, por ejémplo el caso de la infanta, el fical parece el abogado defensor y el juez fiscal en un caso sin juez.
Tiene derecho a permanecer en silencio, señor policía, y no cagarla con quejas absurdas.
Lo siento señor agente, solo pienso hablar con usted, para decirle que no pienso hablar con usted. Quiero un abogado.
Venga coño, pues ni no saben ni esto que lo tenemos en común con los americanos y sale en todas y cada una de las series de policías y detectives...
¿¿pero qué coño estudia esta gente para la oposición??
¿¿la composición química de la porra de goma??
Las responsabilidades del estado están copadas por elementos, cuanto menos, literalmente inútiles. Y así nos va.
Confiesa que es por tu bien, te quedarás más tranquilo. Siempre me descojono en las series con eso.
Últimamente me parece todo tan opusino. Y no quisiera ser pesado pero...
http://www.opuslibros.org/nuevaweb/modules.php?name=News&file=article&sid=18873
Enfermizo todo ésto, ¿no, #27?
Nunca en la historia una declaración ha hecho algo por el acusado. Si eres culpable, que lo demuestren, pero sin tu ayuda.
Si eres inocente que te suelten, o fabriquen las pruebas (si las iban a fabricar da igual que colaboradora o no...)
"Con Franco no pasaba esto", añadieron con hastío.
Normal, yo tampoco declararía delante de un chimpancé. A lo mejor no me entiende, y a lo peor me sacude
el nivel medio de conocimiento de las leyes (que se supone defienden) en la policia es bastante bajo.. si no, no harían muchas cosas que hacen
Mucho Castle y Mucho CSI es lo que ven.
Nunca he comprendido el dicho ese que dice "te crees tú que la Policía es tonta".
Todo el mundo tiene derecho a eso, esta gente que se cree?
Si al final está bien que en todas las pelis americanas digan lo de "tiene derecho a permanecer callado", asi, aunque los policías se olviden de esto la gente ya sabe a qué está obligada o no. Lo de soy ciudadano americano si te meten en una prisión extranjera ya no lo podemos decir, pero lo otro sí es aplicable.
Apum! pitch-to-la... (Entónese a lo Matt Damond)
Claro, con esta policía normal que después pasen cosas.
Estoy de acuerdo totalmente con lo que recomiendan los abogados, pero, cierto es tambien, que si hay un muerto encima de la mesa, tambien estoy de acuerdo con que le saquen la confesion COMO SEA, mas que nada, para evitar mas "carcaños".
#61 Por lógica, en cada caso de homicidio (ya sea cualificado, intencional, accidental...etc.) hay un muerto encima de la mesa, es un margen un poco amplio, no?
Por otro lado....lo de sacar confesiones COMO SEA, facilita mucho la la tarea de resolver crímenes culpando A QUIEN SEA. Es mas, con 12 horas y una caja de herramientas, ya verás como consigo que tu mismo confieses haber matado a Kennedy.
#64 Yo mate a manolete que conste.
#64 Vale pero que tampoco te pueda dar 14 declaraciones para liar la investigación.
La policía se queja de que la gente ejerce sus derechos. Vaya, cuan democráticos llegan a ser los canes del estado, así nos va.
#100 Lo he leído y esta en consonancia con lo que yo digo.
Se contempla guardar silencio como una de las manifestaciones del derecho a la no autoincriminación.
Del texto que me mandas "la mentira, en cambio, aparece como algo torcido y malsano, fundamentalmente atentatorio contra el modelo, pues destruye la confianza en el mismo e introduce el descreimiento en la buena fe. Por ello mal puede hablarse de un derecho a mentir y, peor aun, que sean los magistrados quienes sacralicen tan incoherente posibilidad[26]."
Vale, claudico ante semejante razonamiento: Como existen Garzones, les damos esas facultades a los policias. Amen.
Lo mismo es que se olvidan de que la gente, buena o mala, tiene derecho a no hacerlo
Los policías se quejan de los abogados.
Los abogados se quejan de la policía:
ICAM pide a sus abogados no presten asistencia letrada a los detenidos si la policía oculta su rostro
ICAM pide a sus abogados no presten asistencia let...
otrosi.netSi estos supuestos profesionales de las fuerzas de seguridad siguen obedeciendo las consignas de sus superiores políticos corruptos, marrulleros y, la mayoría de ellos, con un pié en la cárcel y el otro en una pastilla de jabón, lo único que van a conseguir es perder la poca dignidad que les quedaba como colectivo.
Al enemigo... ni agua.
De los creadores de "¿Donde está Marta?" y "Esos huesos son de bichos" llega ahora: "Putos abogados tocacojones".
A.C.A.B.
¿La Policía se queja de falta de profesionalidad? La definición de ironía, oiga
Ser policía, vergüenza me daría.
Yo creo que deberían dejarles por ley dar palizas a los detenidos, violaron, humillados, torturados... Así los policías estarían más contentos en su trabajo y resolverán más casos porque claro, quien se niega a decir que es culpable tras recibir una buena somanta de palos?
Ya no se conforman con pasarse las leyes por el forro de los cojones cada vez que les da la gana, ahora encima quiere que esta les dé vía libre para sus abusos y vejaciones. Que asco de "defensores de la ley y el orden..."
#28 Solo un guantanamo español podria aumentar la verguenza y el asco de vivir este engendro que llaman pais
Pero, ¿no es un derecho el declarar solo ante el juez?, ¿de que se quejan estos policías?.
Ahora falta la queja porque no les dejan torturar a los detenidos para que "canten" en comisaría.
La queja (...) evidencia un profundo desconocimiento de los policías, ya no sólo de la ley, sino de toda la jurisprudencia constitucional
Pues si no conocen la ley, ¿cómo se van a saber la jurisprudencia?
nadie merece que venga alguien y le viole o le mate.Si segun el acusado tiene sus derechos ¿que pasa con los derechos que tiene la victima?que verguenza de pais en el que vivimos.
#68 No entiendes la diferencia entre "acusado" y "culpable".
el DERECHO... el derecho es para alguien que no esta en la carcel por meter una paliza, violar,robar,matar... porque si ellos lo hicieron ¿que derecho tenian las personas perjudicadas?. los abogados son para "hacer el bien" y es todo lo contrario todo abogado tiene que defender a su gente pero hasta que punto. ¿como un abogado puede defender a alguien que ha matado?,¿violado? es inmoral
#46, El Derecho es para todos. De hecho, los derechos fundamentales del Capitulo II del Título 1º, se distingue en dos secciones: 14 a 29 y 30 a 38. Los primeros tienen eficacia universal, es decir, se aplican a todas las personas independientemente de su condición; mientras que los segundos (formalmente) a los ciudadanos, aunque la interpretación es tan amplia que hoy el día la distinción es, básicamente, que los primeros tienen acceso al recurso de amparo al TC.
Decir que el DERECHO(sic) asiste solamente a aquellos que no han robado, violado, matado, ... es (además de evidencia de un desconocimiento atroz del derecho) una barbaridad desconcertante ya que, de ser así, el derecho perdería TODA su esencia y sentido: regular y ordenar la sociedad. Por otra parte, la policía no es quien para declarar la culpabilidad de una persona, por lo tanto, la mera detención por la misma no es constitutiva de nada más que de un indicio de comisión o culpabilidad. Por lo que, aunque fuese cierta tu aserción, las personas detenidas estarían en pleno uso de TODOS sus derechos, incluidos aquellos que tu quieres eliminar a quienes delinquen. Para mayor abundamiento, es cierto que no todos tienen un pleno uso de sus derechos, aquellos que -como tu dices- han robado, matado, violado, ... en restringidos sus derechos, en concreto, libertad, sufragio pasivo y activo, ... Pero, por mucho que a algunos os pese, solo un juez puede decretar aquello.
Incluso la justificación que das: "¿que derecho tenian las personas perjudicadas? es cuanto mínimo pueril. Por supuesto que las victimas del delito tenían todo el derecho al disfrute del bien jurídico protegido, sin posibilidad de perturbación por parte de tercero, justo esa es la ratio existencial del Derecho Penal, para castigar esos comportamientos el OJ establece una serie de normas que, una vez aplicadas, castigan al culpable en la extensión establecida. Evidentemente, la propia existencia del Ius Puniendi, es algo indeseable para el Dercho, por lo que se aplica (de momento) con toda la cautela posible.
los abogados son para "hacer el bien" y es todo lo contrario todo abogado tiene que defender a su gente pero hasta que punto. ¿como un abogado puede defender a alguien que ha matado?,¿violado? es inmoral
Los abogados no están para "hacer el bien", y no se de donde te lo has sacado. Si quieres saberlo, la función de un abogado es (a pesar del brindis al sol del Art. 30 del Estatuto de la Abogacía) ostentar la dirección técnica de una parte (la que sea) en un procedimiento (entre otras). El procedimiento judicial está definido como un proceso heterocompositivo, en el que hay varias partes y un órgano decisorio. El fin del proceso mismo es la averiguación de la verdad, pero no a través de cualquier medio, sólo siguiendo las normas adjetivas del proceso. En él las partes (con distintos intereses) realizan sus acciones, cada una dirigida a su fin, y al final el órgano decisorio falla. Por lo tanto, la función atribuida a los abogados como "colaboradores de la justicia" se basa en la defensa (legitima o no) de los intereses de una parte en un proceso judicial. Si alguna vez vas a volver a decirme que mi profesión es inmoral, infórmate antes.
#46 Coño que bien con las frases grandilocuentes, a ver, te voy a contar unas cosilla que se aprenden en el cole, no hace falta ser abogado ni nada:
1º Los derechos son por definición para todos, de los contrario serían privilegios (que significa ley privada).
2º Nadie puede ser privado de sus derechos sin una justa causa y DEMOSTRADA.
3º El lugar para demostrar esa causa es un juicio público y justo, donde se muestren pruebas y el acusado pueda defenderse.
4º Los derechos de las víctimas? Claro que tienen, por que crees si no que los delincuentes van a la carcel? Por ser muy feos? También existen mas mecanismos de reparación como la responsabilidad civil, ayudas sociales.....etc, depende de cada delito y victima.
5º Un abogado debe defender a su cliente como Buzz Lightyear: HASTA EL INFINITO Y MAS ALLÁ, porque es el juez (o jurado) quien debe juzgarle, el abogado esta para defenderle.
6º Lo de no defender a un violador......como sabes que lo es antes del juicio? Porque lo dice la policía? Entonces el juicio es innecesario, es mas, hasta las leyes lo serían: bastará con poner una maquina expendedora de sentencias y según lo que diga la policía que has hecho, salga la sentencia.
Y antes de oir las típicas memeces: NO, no se lo que es perder un hijo a manos de un asesino y es harto probable que tu tampoco, pero tengo bastante sentido común para saber que: a) Ninguna pena me devolverá a mi hijo, NINGUNA. b) Se sobradamente que mi estado mental y emocional me impedirían ser racional, por mucho que me empeñe en que no, QUERRIA VENGANZA. c) Si quiero venganza la hago yo, el estado imparte justicia, que es otra cosa.
Y puestos a imaginar cosas, no imagines ser solo la victima, imagina también ser un reo injustamente acusado.