Pero eso no impide a la "prensa libre" catalunistaní ni a la prensa del artista anteriormente conocido como Jaime Robles Lobo (Roures) de seguir enfangando un poco.
#13:
#8 No estan condenados, ni en firme ni sin firme
#139:
#137 si, todo el que no es votante del trifachito original, el de Cataluñistán, es nostálgico de siglo atrás.
Claro, claro. Mejora esos "argumentos". Que ni siquiera viviste esos tiempos y se te notan las costuritas, cielín. Esfuérzate menos, que de tanto intentarlo parece que al que le molesta es a ti
- Lo que es favorable a los intereses de los indepes es cojonudo.
- lo que no vaya a favor de los intereses de los indepes es fach* y es represion.
#147:
#139 el tipo nacido en los 90 que no para de hablar del siglo pasado ahora contándome su vida. En fin. Sostenerla y no enmendarla
Disfruta del sábado, en cualquier caso (me cuelgo de.mi.mensaje, que ignora tras su última pataleta. Menuda ristra mensajes lamentables dejó en este hilo)
#129:
#122 ni un día sin mencionar algo que pasó hace ochenta años, ¿eh?
Cuando tus argumentos lleguen al siglo XXI, y sin cutres hombres de paja, avisa.
#18:
#8 ¿y qué? el artículo 184 bis dice que estando procesados se aplica, no es necesaria la condena firme.
#31:
#8 Te refresco el articulo invocado que motiva la suspension----> Artículo 384 bis.
Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión.
Se cumple que..... existe un auto de procesamiento existe una prision provisional decretada y existe un juicio en curso en el que entre otros delitos, se los acusa de rebeldia .... el articulo de la Lecrim es cristalino.
#11:
#1 Pero si al Psoe le viene bien esta suspensión. Este informe es para no tener responsabilidad sobre ella de cara a unas negociaciones, pero para las elecciones del domingo esto le suma mas que le resta. Aparte yo creo que todo este ir y venir de "decide tú, no mejor tú, no tú que a mi me da la risa..." esta provocada por la chapuza de todo el proceso que se sigue en el supremo y lo injustificado de la prisión preventiva a estas alturas del proceso por temas organizativos del tribunal. El tema serio sera el domingo cuando Junqueras sea elegido como eurodiputado, entonces veremos otro gran espectáculo de difícil justificación.
#143:
#142 me alegra que tardases 12 horas en pensar eso, tras tu infantilismo del hombre de paja.
Te hubiera honrado reconocerlo o no sostenerla por no enmendarla, al menos, pero eso hubiera sido pedir mucho.
#1:
A ver qué excusa pone ahora la Batet para no suspenderlos antes de las elecciones.
#56:
#50 Ya has terminado de pastar ? la jarta de tontas que sueltas como poco me llevaria tiempo desmenuzarlas y digerirlas pero, creo que no mereces la pena.... mira que perla tuya ---> ejercer un derecho fundamental de todo pueblo (reconocido y firmado por España, por cierto), que es el derecho de libre determinación política, y que es el mismo derecho que ha permitido a cualquier país, incluido España, darse su propia constitución. no tiene ni por donde cogerlo... vete con este argumento a cualquier pais serio de nuestro entorno y se carcajearan de ti.... vamos que cualqueir pueblecito de cataluña y/o de españa y/o de europoa podria constituirse como un estado si al alcalde de turno se le ocurre convencer a los vecinos de los parabienes de la creacion la insula de barataria.... amicho Sancho ( @Res_cogitans ), espabila un poco.
#43:
#31 Cierto, procesados por rebelión falsamente, porque si no no podrían hacerles tantas tropelías. Eso sí, el poder judicial español ya ha quedado en ridículo frente a Europa con tanta arbitrariedad y colusión con los poderes políticos-económicos. La fiscalía te lo afina, los jueces conocidos de Villarejo, el juez Marchena de la cuerda del PP pero con apariencia de progresista como bien dijo Cosidó, el Tribunal Supremo cambiando una condena a la banca por una que le beneficia...
Vamos, que el procesamiento tiene el mismo valor que la autoproclamación de Guaidó.
#20:
#8 el artículo 21 del reglamento del Congreso que se habla de aplicar contempla el supuesto de la prisión preventiva.
#58:
#54el juicio del Supremo no va a aguantar Estrasburgo---> Ya veremos. encima de todo los derechos de los acusados --> No estan por encima de la ley.
#33 ¿Y si en un mes se dicta sentencia y la rebeldia que provocó que se alteren mayorias parlamentarias y se modifique lo elegido mediante las elecciones (unico medio por el cual se cumple la maxima constitucional de que la soberania la tiene el pueblo) y no esta presente esa acusacion de rebeldia?
Esta justificado el riesgo de anular la voluntad popular a cambio de seguir un juicio sin dilatarlo mas?
#32 Sólo he corregido el "no estan condenados en firme" porque no estan condenados en absoluto. No he entrado a valorar si es legal o no que los suspendan. No se aclaran ellos, lo voy a tener claro yo...
#1 Que no están condenados en firme, el proceso contra ellos está abierto. Tienen una prisión preventiva por riesgo de fuga, es decir, porque Puigdemont y otros se fueron al extranjero para evitar la acción de la justicia. Por esos están ahora en prisión, en prisión preventiva por riesgo de fuga, pero no es una condena firme... todavía.
#8 Te refresco el articulo invocado que motiva la suspension----> Artículo 384 bis.
Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión.
Se cumple que..... existe un auto de procesamiento existe una prision provisional decretada y existe un juicio en curso en el que entre otros delitos, se los acusa de rebeldia .... el articulo de la Lecrim es cristalino.
#40 El TS ya dictamino que no tiene porque pedir suplicatorio puesto que los procesados ya lo eran cuando fueron elegidos, y te recuerdo que el poder judicial es un pilar de los tres poderes, el judicial no tiene porque pedir suplicatorio al legislativo en este caso.
#42 Es una interpretación que va directa al Constitucional.
1. Es prisión preventiva.
2. Limita no solamente el derecho de los acusados, sino también de quienes los votaron.
En cualquier caso el derecho fundamental prevalece sobre cualquier otra consideración, hasta que no haya sentencia firme... pero seguro que el Constitucional no se reunirá el fin de semana para debatir esto.
#49 Claro que es prision preventiva, y como es preventiva se aplica el 384 bis de la Lecrim, donde especificamente se menciona lo de "preventiva".
No limita ningun derecho, los acusados no estan por encima de la ley y quienes les votaron tampoco, y estos votaron a un partido, asi que pueden correr los puestos.
#52 La ley en la aplicación actual, en este caso, puede no ser Constitucional. En general la aplicación de la ley es interpretativa y siempre debe respetar por encima de todo los derechos de los acusados, cosa que no se esta haciendo en ente momento.
Y sabes perfectamente que el juicio del Supremo no va a aguantar Estrasburgo.
#54En general la aplicación de la ley es interpretativa y siempre debe respetar por encima de todo los derechos de los acusados, cosa que no se esta haciendo en ente momento.
Tanto el artículo 184 bis de la LEC, como el 21 del reglamento de la cámara son muy muy claritos, poca interpretación hay ahí por no decir ninguna. Y no, los derechos de participación activo y pasivo no están por encima de la ley, la misma constitución en su artículo 23 lo deja claro, cristalino:
Artículo 23
Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.
#67 En el acceso a "funciones y cargos públicos" parece que habla de las "condiciones de igualdad" en el acceso a puestos de trabajo de funcionario y similar.
Aquí el caso se trata del anterior derecho, el derecho de los votantes de estos diputados a participar en política por medio de representantes.
La única duda que ha quedado sin resolver para los juristas parece ser la de la necesidad o no del suplicatorio, cosa que en modo alguno deja clara la ley ni mucho menos los autos que ha dictado el Supremo, pese a las pertinentes preguntas que ha realizado la presidenta del Congreso.
#84 Los hechos y acusaciones son:
1- Defraudar el presupuesto realizando un referendum previamente anulado, de ser cierto sería condenable.
2- Desobedecer al TC, cierto y condenable, creo que los acusados son la mesa del congreso.
3- Haber emitido leyes y proposiciones no de ley desde un parlamento, anuladas por el Constitucional posteriormente, para lo que son acusados de rebelión, lo que no es cierto que hubo y por tanto no es condenable.
4- Impedir tumultuosamente la actividad de un funcionario, siendo cierto en apariencia y condenable como sedición, son acusados los Jordis creo recordar.
Por tanto la gran mayoría se irá con la condena por malversación del presupuesto del punto 1. Si la justicia española se empeña en engordar todas las penas condenado por rebelión, sería muy fácil que luego la condena sea anulada por Europa, algo desastroso.
#49 Los que los votaron sabían que estaban en prisión, así que no sé porque crees que se vulneran sus derechos. Esto se soluciona excluyendo de tus listas a personas que están en la cárcel, pero entonces no hay confrontación...
#77 Osea que los que los votaron sabian que al estar en prision no servia para nada votarlos?
Es decir el sistema es tan increiblemente plagado de fallas que permite a gente presentarse, ser votada pero no les permite actuar en consecuencia.
#77 Se vulneran porque no está condenado por rebelión, todo es "presunto". Se soluciona no acusando en falso de rebelión a los diputados españoles, se soluciona con tribunales que respeten la ley pese a las presiones de políticos y periodistas, se soluciona apoyando y defendiendo el derecho de las minorías y mayorías a participar en los asuntos públicos por medio de sus representantes, y resolver los problemas pacíficamente y consultando al pueblo soberano español. Defendiendo la democracia, eso por que hoy en día en España te tachan de independentista o de fascistas, país de pandereta
#77 Tanto ellos tenían derecho a presentarse, como el electorado a elegirlos. La confrontación solo viene del que tiene el mazo, ya sea policial o jurídico.
#31 Cierto, procesados por rebelión falsamente, porque si no no podrían hacerles tantas tropelías. Eso sí, el poder judicial español ya ha quedado en ridículo frente a Europa con tanta arbitrariedad y colusión con los poderes políticos-económicos. La fiscalía te lo afina, los jueces conocidos de Villarejo, el juez Marchena de la cuerda del PP pero con apariencia de progresista como bien dijo Cosidó, el Tribunal Supremo cambiando una condena a la banca por una que le beneficia...
Vamos, que el procesamiento tiene el mismo valor que la autoproclamación de Guaidó.
#43 Ya veremos cuando haya sentencia si tiene valor o no, ésta dictaminara los delitos por los que se les condena y por los que se les absuelve, y si no estan conformes que recurran a a Estrasburgo y ya se vera en el futuro; de momento el juicio continua a pesar de tus comentarios blanqueadores de los (supuestos) golpistas.
#47 Eres tú el que ennegrece a gente que ni siquiera ha sido condenada, anteponiendo tu suposición de que han hecho algo. Un sesgo de tu ideología cavernaria, probablemente. Además, ni siquiera sabes qué es un golpe de estado, concepto que no encaja con lo que se hizo en Cataluña, que fue el intento de ejercer un derecho fundamental de todo pueblo (reconocido y firmado por España, por cierto), que es el derecho de libre determinación política, y que es el mismo derecho que ha permitido a cualquier país, incluido España, darse su propia constitución. Eso obviamente choca con el aparato legal existente en un estado y se produce un choque en el derecho formal, pero nada tiene que ver con un golpe de estado, que consiste en tomar la cabeza del estado para usurpar su poder. A lo sumo, desde la legalidad formal española podría hablarse de sedición, pero no de golpe. Es lo que tiene saber de lo que se habla en lugar de soltar gilipolleces sin ton ni son.
#50 Ya has terminado de pastar ? la jarta de tontas que sueltas como poco me llevaria tiempo desmenuzarlas y digerirlas pero, creo que no mereces la pena.... mira que perla tuya ---> ejercer un derecho fundamental de todo pueblo (reconocido y firmado por España, por cierto), que es el derecho de libre determinación política, y que es el mismo derecho que ha permitido a cualquier país, incluido España, darse su propia constitución. no tiene ni por donde cogerlo... vete con este argumento a cualquier pais serio de nuestro entorno y se carcajearan de ti.... vamos que cualqueir pueblecito de cataluña y/o de españa y/o de europoa podria constituirse como un estado si al alcalde de turno se le ocurre convencer a los vecinos de los parabienes de la creacion la insula de barataria.... amicho Sancho (Res_cogitans ), espabila un poco.
#56 Lamento que no tengas argumentos y que para suplir tus carencias tengas que adornar tus comentarios con tantas imbecilidades huecas. Te reto a que refutes mi argumento con argumentos de derecho y no cuestiones de hecho. Como si lo que opinaran los gobiernos de otros países importara algo, jajaja. Es de primero no confundir lo que es con el deber ser.
Por cierto, tal derecho podría ejercerlo cualquier comunidad, ciertamente, otra cosa es que haya gente armada que vaya a impedírselo por la fuerza. En cualquier caso, el derecho que ha reconocido y firmado España no es un genérico derecho de libre determinación de cualquier grupo de personas, sino de los pueblos, es decir, comunidades con cultura propia.
#60Por cierto, tal derecho podría ejercerlo cualquier comunidad--->Tambien la comunidad de vecinos ?, Comunidad independiente de Rue del Percebe num 13... .... eres de feria, en fin, ...sigue pastando.
#73 ¿Y tú argumento? Ah, sí, necesitas repetir muchos emoticonos porque careces de razones y de la capacidad cognitiva básica para generarlas. Eres el ejemplo perfecto de palillero de bar.
#97 Podría argumentar largo y tendido sobre comentarios con un mínimo de coherencia de la cual tu careces. Vuelve a releer tus bobadas... creés que voy a perder el tiempo con tales mamarrachadas. Sigue pastando en tu terruño
#50ejercer un derecho fundamental de todo pueblo (reconocido y firmado por España, por cierto), que es el derecho de libre determinación política, y que es el mismo derecho que ha permitido a cualquier país, incluido España, darse su propia constitución.
Lo gracioso de esto es que a puigdemont lo han intentado traer 2 veces, en Alemania y Belgica y han retirado la euroorden. Solo lo podian traer por uno de los 2 delitos que era el mas light porque el otro no lo ven en europa. Con lo cual han decidido retirarla porque sino no podrian juzgarle aqui.
#1 Pero si al Psoe le viene bien esta suspensión. Este informe es para no tener responsabilidad sobre ella de cara a unas negociaciones, pero para las elecciones del domingo esto le suma mas que le resta. Aparte yo creo que todo este ir y venir de "decide tú, no mejor tú, no tú que a mi me da la risa..." esta provocada por la chapuza de todo el proceso que se sigue en el supremo y lo injustificado de la prisión preventiva a estas alturas del proceso por temas organizativos del tribunal. El tema serio sera el domingo cuando Junqueras sea elegido como eurodiputado, entonces veremos otro gran espectáculo de difícil justificación.
Pero eso no impide a la "prensa libre" catalunistaní ni a la prensa del artista anteriormente conocido como Jaime Robles Lobo (Roures) de seguir enfangando un poco.
#99 Como prácticamente todos los juristas.
Ahora cuéntame que Marchena, el que controla la sala segunda del Supremo desde atrás según Cosidó, es totalmente imparcial y no tiene ningún sesgo ideológico.
#1 No es excusa. Se basó en la sentencia del Tribunal Supremo sobre la jura de HB allí por los años 80.
Además, como indica #1 la suspensión les beneficia. Si hubiera sido una decisión electoralista les hubiera suspendido desde el principio.
#1, pero si en Españistán suspender los derechos políticos de los cientos de miles de catalanes que votaron a los presos políticos suma más que resta. Si es por una cuestión electoralista, al PSOE le interesa eso. Que te tenga que explicar yo como es tu propio país. ya tiene narices.
#83 En ese caso escribe sin dirigirte a mí. Así tus comentarios no estarán subordinados a los míos y serán más visibles.
Y el único problema que tengo con tus comentarios es que tienen el don de la inoportunidad. Deberías escribirme alguna noche que me cueste pegar ojo, no cuando falta toda la tarde.
#1 La excusa debería ser que el poder político está por encima del poder judicial, y que por lo tanto, son los políticos, a los que se ha votado, los que deben decidir si los suspenden o no.
No puede ser que venga el tribunal e interfiera en el desarrollo político de las instituciones del país. El poder político está por encima, que por algo les votamos, y a los jueces no les votamos.
Que tu no lo veas, que te parezca normal que la democracia española salte por los aires, es no ya preocupante, es síntoma de lo podrida que está la situación.
El congreso debería votar y decidir, nunca debería hacerlo un poder judicial que no tiene competencias.
¿Eso significa que mi voto y el de no sé cuánta gente más que les ha votado queda suspendido también?
¿Significa eso que puedo suspender mi pago de impuestos también?
#71 no, tú has votado a un partido con listas cerradas. El acta de estos señores pasará al siguiente en la lista y ya está.
Votar está bien, pero si además sabes cómo funciona el sistema electoral, incluso mejor.
#90 No, el acta no pasará a los siguientes de la lista si no renuncian a ella, igual que ha pasado en el Parlament de Catalunya.
Dar lecciones a los demás no está bien si no sabes cómo funciona el reglamento de las cámaras...
c/c #71
#96 tiene gracia que saques a colación lo del parlamento de Cataluña y no menciones la opción del voto delegado...
Pero dejando eso aparte, si, tienes razón, ya lo sé. Pero insisto, puesto que se votan listas cerradas, si un diputado no puede ejercer vsus funciones lo lógico y normal ves que renuncie y Corra la lista q otro compañero.
En España no se votan nombres, se votan listas.
#74 Algunos no se reirán. Estarán tan rallados con el asunto que lo único que podrán hacer desde su estúpida mediocridad será votar negativo para tumbar la noticia y que no llegue a portada (como si eso ocultase lo que ha ocurrido).
Esta parte es muy buena: "bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes"
Tienen que ir con cuidado con las excusas que usan para echar a adversarios políticos del congreso porque se pueden disparar en el pié: imagínate si hubiera que echar a la mitad de diputados de PPSOECs y antigua CiU que están encausados y de mierda hasta el culo por corrupción. Ya la mayoría de sesiones están vacías pudiendo ir como pueden, imagínate si se lo prohiben.
#65 NO existe ningún diputado del PSOE que este imputado o vaya a serlo. Por tanto no. Y de CS lo mismo. Del PP... dudo que hayan elegido a alguno, pero no estoy tan seguro. Por tanto no, no habría que echar a la mitad.
Pero entonces aún no están suspendidos, ya que la mesa se reune en unos 20 minutos. Hay que ver con los titulares....
Creo que si no era legal, no tenían que haber admitido ni las listas para las generales, directamente.
Una vez admitidas, habiendo jurado su cargo, ya han planteado una duda razonable sobre su ilegitimidad. Como lo de permitir al sinvergüenza fugado presentarse a las europeas.
Para mi están confirmando que sí es una cuestión política antes que penal.
#39 estoy de acuerdo, y más siendo representantes políticos, autoridades y demás.
Pero.....Se están siguiendo, ¿no? La sentencia aún no ha salido, pero ya hay medidas provisionales como la prisión preventiva para que no se fuguen. (Estemos de acuerdo o no). Por lo que veo no hay inhabilitación provisional para votar ni ser votados.
Una vez jurado el cargo ya son inmunes, inviolables y esas cosas.
Y si no hay suplicatorio del Tribunal ahí deben seguir.
Ese es el cauce legal mas o menos, ¿No?
#28 No puedes privar a nadie de derechos ilegalmente. No es una cuestión de dinero, es una cuestión análoga a no dejarte ir a votar porque dices cosas sin sentido.
#44 Entiendo, no les pueden impedir votar ni ser votados por expresar sus ideas, y más en el ejercicio de su mandato.
Pero no están diciendo algo sobre malversación? ¿Eso tampoco es motivo suficiente para privarlos provisionalmente esos derechos? ¿O necesitan demostrarlo fehacientemente?
#92 gracias y perdona por mi pregunta estúpida pero no lo sabía y si ya de paso me puedes explicar brevemente lo que es el Senado te lo agradecería ya que siempre que voy a votar y veo la papeleta de senadores cometo el mismo fallo de novato y así ya espero no fallar más este domingo
#100 El Senado representa los territorios. Unos senadores son elegidos por cada provincia (la papeleta) y otros son elegidos por cada Comunidad autónoma.
Son dos cámaras que en teoría tienen que compensar entre si. Una propone y modifica y la otra (Senado) modifica con una perspectiva de los territorios.
Comentarios
#8 No estan condenados, ni en firme ni sin firme
#13 pero si en la imaginación de Marchena.. lo demás ya es cuestion de redactar
#19 go to #31
#33 ¿Y si en un mes se dicta sentencia y la rebeldia que provocó que se alteren mayorias parlamentarias y se modifique lo elegido mediante las elecciones (unico medio por el cual se cumple la maxima constitucional de que la soberania la tiene el pueblo) y no esta presente esa acusacion de rebeldia?
Esta justificado el riesgo de anular la voluntad popular a cambio de seguir un juicio sin dilatarlo mas?
#13 go to #31
#32 Sólo he corregido el "no estan condenados en firme" porque no estan condenados en absoluto. No he entrado a valorar si es legal o no que los suspendan. No se aclaran ellos, lo voy a tener claro yo...
#13 Están en el supremo, así que si hay condena ya será en firme.
#98 Cuando llegue a Europa la van a tumbar.
#98 Como si quieren estar en Asgard, si no hay condena no hay condena. Cuando la haya entonces que sea del modo que tenga que ser.
#8 ¿y qué? el artículo 184 bis dice que estando procesados se aplica, no es necesaria la condena firme.
A ver qué excusa pone ahora la Batet para no suspenderlos antes de las elecciones.
#1 Mágicamente se alargará el tema hasta el próximo lunes o martes, no interesa decidir para un lado u otro antes de las elecciones.
#2 En realidad la aritmética parlamentaria invitaría a la suspensión. Beneficia al PSOE.
#5
#2 Maldito calendario gregoriano, es magia oscura.
#1 Pues que es viernes, tron...
#1 ninguna. No tiene escapatoria ya. Demasiado escandaloso sería.
Digo yo...
#1 Que no están condenados en firme, el proceso contra ellos está abierto. Tienen una prisión preventiva por riesgo de fuga, es decir, porque Puigdemont y otros se fueron al extranjero para evitar la acción de la justicia. Por esos están ahora en prisión, en prisión preventiva por riesgo de fuga, pero no es una condena firme... todavía.
#8 el artículo 21 del reglamento del Congreso que se habla de aplicar contempla el supuesto de la prisión preventiva.
#20 Prisión preventiva puede darse por muchos casos distintos, es este caso pesó el riesgo de fuga.
#24 así, es, y estando en prisión preventiva, se les puede suspender por el artículo 21.
#24 Pesara lo que pesara, la mesa del congreso tiene que cumplir la ley.
#24 En el ultimo auto donde se deniega la libertad provisional ya no se justifica por el riesgo de fuga.
#8 Te refresco el articulo invocado que motiva la suspension----> Artículo 384 bis.
Firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión.
Se cumple que..... existe un auto de procesamiento existe una prision provisional decretada y existe un juicio en curso en el que entre otros delitos, se los acusa de rebeldia .... el articulo de la Lecrim es cristalino.
#31 Noop... No ha habido suplicatorio por parte del TS
#40 El TS ya dictamino que no tiene porque pedir suplicatorio puesto que los procesados ya lo eran cuando fueron elegidos, y te recuerdo que el poder judicial es un pilar de los tres poderes, el judicial no tiene porque pedir suplicatorio al legislativo en este caso.
#42 Es una interpretación que va directa al Constitucional.
1. Es prisión preventiva.
2. Limita no solamente el derecho de los acusados, sino también de quienes los votaron.
En cualquier caso el derecho fundamental prevalece sobre cualquier otra consideración, hasta que no haya sentencia firme... pero seguro que el Constitucional no se reunirá el fin de semana para debatir esto.
#49 Claro que es prision preventiva, y como es preventiva se aplica el 384 bis de la Lecrim, donde especificamente se menciona lo de "preventiva".
No limita ningun derecho, los acusados no estan por encima de la ley y quienes les votaron tampoco, y estos votaron a un partido, asi que pueden correr los puestos.
#52 La ley en la aplicación actual, en este caso, puede no ser Constitucional. En general la aplicación de la ley es interpretativa y siempre debe respetar por encima de todo los derechos de los acusados, cosa que no se esta haciendo en ente momento.
Y sabes perfectamente que el juicio del Supremo no va a aguantar Estrasburgo.
#54 el juicio del Supremo no va a aguantar Estrasburgo---> Ya veremos.
encima de todo los derechos de los acusados --> No estan por encima de la ley.
#58 Sobre todo sus derechos...
#54 tu crees que si eso parece importarle una mierda a Marchena le va a importar a los otros hooligans?
#54 En general la aplicación de la ley es interpretativa y siempre debe respetar por encima de todo los derechos de los acusados, cosa que no se esta haciendo en ente momento.
Tanto el artículo 184 bis de la LEC, como el 21 del reglamento de la cámara son muy muy claritos, poca interpretación hay ahí por no decir ninguna. Y no, los derechos de participación activo y pasivo no están por encima de la ley, la misma constitución en su artículo 23 lo deja claro, cristalino:
Artículo 23
Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.
#67 En el acceso a "funciones y cargos públicos" parece que habla de las "condiciones de igualdad" en el acceso a puestos de trabajo de funcionario y similar.
Aquí el caso se trata del anterior derecho, el derecho de los votantes de estos diputados a participar en política por medio de representantes.
La única duda que ha quedado sin resolver para los juristas parece ser la de la necesidad o no del suplicatorio, cosa que en modo alguno deja clara la ley ni mucho menos los autos que ha dictado el Supremo, pese a las pertinentes preguntas que ha realizado la presidenta del Congreso.
#54 ¿ Y por qué no va a aguantar el juicio en Estrasburgo?
#84 Los hechos y acusaciones son:
1- Defraudar el presupuesto realizando un referendum previamente anulado, de ser cierto sería condenable.
2- Desobedecer al TC, cierto y condenable, creo que los acusados son la mesa del congreso.
3- Haber emitido leyes y proposiciones no de ley desde un parlamento, anuladas por el Constitucional posteriormente, para lo que son acusados de rebelión, lo que no es cierto que hubo y por tanto no es condenable.
4- Impedir tumultuosamente la actividad de un funcionario, siendo cierto en apariencia y condenable como sedición, son acusados los Jordis creo recordar.
Por tanto la gran mayoría se irá con la condena por malversación del presupuesto del punto 1. Si la justicia española se empeña en engordar todas las penas condenado por rebelión, sería muy fácil que luego la condena sea anulada por Europa, algo desastroso.
#84 Es una abominación jurídica
#49 Los que los votaron sabían que estaban en prisión, así que no sé porque crees que se vulneran sus derechos. Esto se soluciona excluyendo de tus listas a personas que están en la cárcel, pero entonces no hay confrontación...
#77 Osea que los que los votaron sabian que al estar en prision no servia para nada votarlos?
Es decir el sistema es tan increiblemente plagado de fallas que permite a gente presentarse, ser votada pero no les permite actuar en consecuencia.
#77 Se vulneran porque no está condenado por rebelión, todo es "presunto". Se soluciona no acusando en falso de rebelión a los diputados españoles, se soluciona con tribunales que respeten la ley pese a las presiones de políticos y periodistas, se soluciona apoyando y defendiendo el derecho de las minorías y mayorías a participar en los asuntos públicos por medio de sus representantes, y resolver los problemas pacíficamente y consultando al pueblo soberano español. Defendiendo la democracia, eso por que hoy en día en España te tachan de independentista o de fascistas, país de pandereta
#77 Tanto ellos tenían derecho a presentarse, como el electorado a elegirlos. La confrontación solo viene del que tiene el mazo, ya sea policial o jurídico.
#49 Nadie los votó a ellos. Votaron a su partido.
#40 el 384 bis no habla de suplicatorio
#40 creo que te confundes con el artículo 21 del reglamento del Congreso de los Diputados, lo que ha citado es la Lecrim.
Que igualmente el TS ya interpretó que habiendo iniciado el procesamiento antes del cargo, no es necesario el suplicatorio, pero eso va aparte.
#55 Ya veremos en el TC o en Estrasburgo...
#31 Cierto, procesados por rebelión falsamente, porque si no no podrían hacerles tantas tropelías. Eso sí, el poder judicial español ya ha quedado en ridículo frente a Europa con tanta arbitrariedad y colusión con los poderes políticos-económicos. La fiscalía te lo afina, los jueces conocidos de Villarejo, el juez Marchena de la cuerda del PP pero con apariencia de progresista como bien dijo Cosidó, el Tribunal Supremo cambiando una condena a la banca por una que le beneficia...
Vamos, que el procesamiento tiene el mismo valor que la autoproclamación de Guaidó.
#43 Ya veremos cuando haya sentencia si tiene valor o no, ésta dictaminara los delitos por los que se les condena y por los que se les absuelve, y si no estan conformes que recurran a a Estrasburgo y ya se vera en el futuro; de momento el juicio continua a pesar de tus comentarios blanqueadores de los (supuestos) golpistas.
#47 Eres tú el que ennegrece a gente que ni siquiera ha sido condenada, anteponiendo tu suposición de que han hecho algo. Un sesgo de tu ideología cavernaria, probablemente. Además, ni siquiera sabes qué es un golpe de estado, concepto que no encaja con lo que se hizo en Cataluña, que fue el intento de ejercer un derecho fundamental de todo pueblo (reconocido y firmado por España, por cierto), que es el derecho de libre determinación política, y que es el mismo derecho que ha permitido a cualquier país, incluido España, darse su propia constitución. Eso obviamente choca con el aparato legal existente en un estado y se produce un choque en el derecho formal, pero nada tiene que ver con un golpe de estado, que consiste en tomar la cabeza del estado para usurpar su poder. A lo sumo, desde la legalidad formal española podría hablarse de sedición, pero no de golpe. Es lo que tiene saber de lo que se habla en lugar de soltar gilipolleces sin ton ni son.
#50 Ya has terminado de pastar ? la jarta de tontas que sueltas como poco me llevaria tiempo desmenuzarlas y digerirlas pero, creo que no mereces la pena.... mira que perla tuya ---> ejercer un derecho fundamental de todo pueblo (reconocido y firmado por España, por cierto), que es el derecho de libre determinación política, y que es el mismo derecho que ha permitido a cualquier país, incluido España, darse su propia constitución. no tiene ni por donde cogerlo... vete con este argumento a cualquier pais serio de nuestro entorno y se carcajearan de ti.... vamos que cualqueir pueblecito de cataluña y/o de españa y/o de europoa podria constituirse como un estado si al alcalde de turno se le ocurre convencer a los vecinos de los parabienes de la creacion la insula de barataria.... amicho Sancho (Res_cogitans ), espabila un poco.
#56 Lamento que no tengas argumentos y que para suplir tus carencias tengas que adornar tus comentarios con tantas imbecilidades huecas. Te reto a que refutes mi argumento con argumentos de derecho y no cuestiones de hecho. Como si lo que opinaran los gobiernos de otros países importara algo, jajaja. Es de primero no confundir lo que es con el deber ser.
Por cierto, tal derecho podría ejercerlo cualquier comunidad, ciertamente, otra cosa es que haya gente armada que vaya a impedírselo por la fuerza. En cualquier caso, el derecho que ha reconocido y firmado España no es un genérico derecho de libre determinación de cualquier grupo de personas, sino de los pueblos, es decir, comunidades con cultura propia.
#60 Por cierto, tal derecho podría ejercerlo cualquier comunidad--->Tambien la comunidad de vecinos ?, Comunidad independiente de Rue del Percebe num 13... .... eres de feria, en fin, ...sigue pastando.
#73 ¿Y tú argumento? Ah, sí, necesitas repetir muchos emoticonos porque careces de razones y de la capacidad cognitiva básica para generarlas. Eres el ejemplo perfecto de palillero de bar.
#97 Podría argumentar largo y tendido sobre comentarios con un mínimo de coherencia de la cual tu careces. Vuelve a releer tus bobadas... creés que voy a perder el tiempo con tales mamarrachadas. Sigue pastando en tu terruño
#50 ejercer un derecho fundamental de todo pueblo (reconocido y firmado por España, por cierto), que es el derecho de libre determinación política, y que es el mismo derecho que ha permitido a cualquier país, incluido España, darse su propia constitución.
Estrasburgo rechaza demanda de Puigdemont y 75 diputados catalanes
Estrasburgo rechaza demanda de Puigdemont y 75 dip...
elperiodico.comhttps://www.elperiodico.com/es/politica/20190528/estrasburgo-rechaza-demanda-puigdemont-7477148
Res_cogitans
$ echo "Res_cogitans" >> /dev/null
$ cls
#47 Al usar la palabra golpista no te sientes ridiculo?
#8
Lo gracioso de esto es que a puigdemont lo han intentado traer 2 veces, en Alemania y Belgica y han retirado la euroorden. Solo lo podian traer por uno de los 2 delitos que era el mas light porque el otro no lo ven en europa. Con lo cual han decidido retirarla porque sino no podrian juzgarle aqui.
#1 Pero si al Psoe le viene bien esta suspensión. Este informe es para no tener responsabilidad sobre ella de cara a unas negociaciones, pero para las elecciones del domingo esto le suma mas que le resta. Aparte yo creo que todo este ir y venir de "decide tú, no mejor tú, no tú que a mi me da la risa..." esta provocada por la chapuza de todo el proceso que se sigue en el supremo y lo injustificado de la prisión preventiva a estas alturas del proceso por temas organizativos del tribunal. El tema serio sera el domingo cuando Junqueras sea elegido como eurodiputado, entonces veremos otro gran espectáculo de difícil justificación.
#1 correcto. Todo parece estar ya bastante claro.
Pero eso no impide a la "prensa libre" catalunistaní ni a la prensa del artista anteriormente conocido como Jaime Robles Lobo (Roures) de seguir enfangando un poco.
#23 Ya sabes como funciona esto:
- Lo que es favorable a los intereses de los indepes es cojonudo.
- lo que no vaya a favor de los intereses de los indepes es fach* y es represion.
#23 También hay quien sostiene lo contrario
#48 Joaquín Urías, buena gente, pero las leyes siempre las orienta a su ideología.
#99 Como prácticamente todos los juristas.
Ahora cuéntame que Marchena, el que controla la sala segunda del Supremo desde atrás según Cosidó, es totalmente imparcial y no tiene ningún sesgo ideológico.
#23 que no se hable, que no se hable!
Hablar, debatir, comentar es enfangar... esto con Franco no pasaba y todo era más fácil...
#1 Pues que el pdf no le ha llegado al email y claro, el tecnico hasta el lunes no viene.
#1 Que no son jueces.
#1 No es excusa. Se basó en la sentencia del Tribunal Supremo sobre la jura de HB allí por los años 80.
Además, como indica #1 la suspensión les beneficia. Si hubiera sido una decisión electoralista les hubiera suspendido desde el principio.
#1 Los acaban de suspender. Acabas de quedar un poco en evidencia.
#76 un poco más, querrás decir...
#1, pero si en Españistán suspender los derechos políticos de los cientos de miles de catalanes que votaron a los presos políticos suma más que resta. Si es por una cuestión electoralista, al PSOE le interesa eso. Que te tenga que explicar yo como es tu propio país. ya tiene narices.
#78 Me entra una pereza cuando veo un comentario tuyo que no es ni medio normal.
#80, en realidad los escribo para que los lean los otros usuarios, lo que tu opines me importa más bien nada.
#83 En ese caso escribe sin dirigirte a mí. Así tus comentarios no estarán subordinados a los míos y serán más visibles.
Y el único problema que tengo con tus comentarios es que tienen el don de la inoportunidad. Deberías escribirme alguna noche que me cueste pegar ojo, no cuando falta toda la tarde.
#78 1, no hay presos políticos. No importa cuántas veces lo digas, no es verdad.
2, su país es el tuyo.
#1 La excusa debería ser que el poder político está por encima del poder judicial, y que por lo tanto, son los políticos, a los que se ha votado, los que deben decidir si los suspenden o no.
No puede ser que venga el tribunal e interfiera en el desarrollo político de las instituciones del país. El poder político está por encima, que por algo les votamos, y a los jueces no les votamos.
Que tu no lo veas, que te parezca normal que la democracia española salte por los aires, es no ya preocupante, es síntoma de lo podrida que está la situación.
El congreso debería votar y decidir, nunca debería hacerlo un poder judicial que no tiene competencias.
#1 El Congreso suspende a los cuatro diputados presos tras el aval de los letrados
El Congreso suspende a los cuatro diputados presos...
elconfidencial.com#0 el enlace me sale con error 404, enlace correcto:
https://www.elconfidencial.com/espana/2019-05-24/letrados-suspension-diputados-presos-congreso_2021306/
#0 Pide que te cambien el enlace, que da error. Como ya dice #3
#10 Te he cambiado el enlace por el recomendado por #4
#14 Gracias.
#14 Me temo que ha sido a peor, a mí me abría desde el principio y ahora no abre.
#34 Vaya mierda, esta bien puesta, pero en acortado te envia a otra distinta y falla.
#4 Que lo pida en la fisgona o a algún@admin collons!
¿Eso significa que mi voto y el de no sé cuánta gente más que les ha votado queda suspendido también?
¿Significa eso que puedo suspender mi pago de impuestos también?
#71 no, tú has votado a un partido con listas cerradas. El acta de estos señores pasará al siguiente en la lista y ya está.
Votar está bien, pero si además sabes cómo funciona el sistema electoral, incluso mejor.
#90 No, el acta no pasará a los siguientes de la lista si no renuncian a ella, igual que ha pasado en el Parlament de Catalunya.
Dar lecciones a los demás no está bien si no sabes cómo funciona el reglamento de las cámaras...
c/c #71
#96 tiene gracia que saques a colación lo del parlamento de Cataluña y no menciones la opción del voto delegado...
Pero dejando eso aparte, si, tienes razón, ya lo sé. Pero insisto, puesto que se votan listas cerradas, si un diputado no puede ejercer vsus funciones lo lógico y normal ves que renuncie y Corra la lista q otro compañero.
En España no se votan nombres, se votan listas.
Presos políticos.
Quería decirlo.
Lo llaman democracia y no lo es.
Ya verás las risas cuando el tribunal europeo de DDHH tire esto por tierra y volvamos a hacer el ridículo.
#74 Algunos no se reirán. Estarán tan rallados con el asunto que lo único que podrán hacer desde su estúpida mediocridad será votar negativo para tumbar la noticia y que no llegue a portada (como si eso ocultase lo que ha ocurrido).
#74 Puede que otras decisiones de Marchena lo sean. Pero esta decisión de la Mesa no.
Esta parte es muy buena: "bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes"
Tienen que ir con cuidado con las excusas que usan para echar a adversarios políticos del congreso porque se pueden disparar en el pié: imagínate si hubiera que echar a la mitad de diputados de PPSOECs y antigua CiU que están encausados y de mierda hasta el culo por corrupción. Ya la mayoría de sesiones están vacías pudiendo ir como pueden, imagínate si se lo prohiben.
#65 NO existe ningún diputado del PSOE que este imputado o vaya a serlo. Por tanto no. Y de CS lo mismo. Del PP... dudo que hayan elegido a alguno, pero no estoy tan seguro. Por tanto no, no habría que echar a la mitad.
Pero entonces aún no están suspendidos, ya que la mesa se reune en unos 20 minutos. Hay que ver con los titulares....
Creo que si no era legal, no tenían que haber admitido ni las listas para las generales, directamente.
Una vez admitidas, habiendo jurado su cargo, ya han planteado una duda razonable sobre su ilegitimidad. Como lo de permitir al sinvergüenza fugado presentarse a las europeas.
Para mi están confirmando que sí es una cuestión política antes que penal.
#28 hay que seguir los cauces legales aunque cueste muchas pérdidas de tiempo y dinero, al fin y al cabo lo pagamos todos con nuestros impuestos.
#39 estoy de acuerdo, y más siendo representantes políticos, autoridades y demás.
Pero.....Se están siguiendo, ¿no? La sentencia aún no ha salido, pero ya hay medidas provisionales como la prisión preventiva para que no se fuguen. (Estemos de acuerdo o no). Por lo que veo no hay inhabilitación provisional para votar ni ser votados.
Una vez jurado el cargo ya son inmunes, inviolables y esas cosas.
Y si no hay suplicatorio del Tribunal ahí deben seguir.
Ese es el cauce legal mas o menos, ¿No?
#28 No puedes privar a nadie de derechos ilegalmente. No es una cuestión de dinero, es una cuestión análoga a no dejarte ir a votar porque dices cosas sin sentido.
#44 Entiendo, no les pueden impedir votar ni ser votados por expresar sus ideas, y más en el ejercicio de su mandato.
Pero no están diciendo algo sobre malversación? ¿Eso tampoco es motivo suficiente para privarlos provisionalmente esos derechos? ¿O necesitan demostrarlo fehacientemente?
#57 Se les puede suspender por estar procesados por rebelión. Si no fuera por eso, el Congreso no podría suspenderlos.
#61 gracias, ya me queda mas claro.
Lo cierto es que con esta y otras cosas me da una sensación de inmadurez democrática.....
¿Cómo va el requisito imprescindible del suplicatorio?
#9 ¿para que la cámara decida sobre un diputado la cámara tiene que hacer un suplicatorio a la cámara? joder.
#9 No existe tal requisito cuando el juicio ya está en marcha.
#9 eso es para abrir un proceso... el asunto es que aqui el proceso ya estaba abierto... problema de si antes fue el huevo o la gallina.
#9 no va porque es mentira que sea imprescindible.
#66 Por eso lo digo... porque la derecha parece conocer la sentencia incluso antes de que haya sido dictada. Una sentencia que los declara culpables.
#68 Lo decía por si hay algún despistado...
@admin por favor cambiar el enlace por https://www.elconfidencial.com/espana/2019-05-24/letrados-suspension-diputados-presos-congreso_2021306/ que uno de vosotros lo ha cambiado y no va el que ha puesto.
Que sorpresa!!!! Y el Senado, se sabe algo?
#7 Que sus letrados avalan la suspensión. Es legal. Está en la noticia. ¿No sabes leer?
la marca españa va a rebasar ya los límites del territorio...
Cualquiera diría que ya conocen la sentencia.
#36 La conocen tanto y están tan adelantados que la derecha no hace más que pedir que no se les indulte
#45 Indultar implica ser culpables.
Mal, puesto que no es aplicable de forma retroactiva. Pero buen intento.
#25 el que no es aplicable?
A ver si hay cojones el lunes de suspender a los europarlamentarios electos.
#82 La Mesa del Europarlamento se la suda lo que opinen los nacionalistas españoles. Y obedecerá sus normas propias.
Las Cortes y el Congreso de los Diputados es lo mismo?
#70 No. Las Cortes son la suma de Congreso y Senado.
#92 gracias y perdona por mi pregunta estúpida pero no lo sabía y si ya de paso me puedes explicar brevemente lo que es el Senado te lo agradecería ya que siempre que voy a votar y veo la papeleta de senadores cometo el mismo fallo de novato y así ya espero no fallar más este domingo
#100 El Senado representa los territorios. Unos senadores son elegidos por cada provincia (la papeleta) y otros son elegidos por cada Comunidad autónoma.
Son dos cámaras que en teoría tienen que compensar entre si. Una propone y modifica y la otra (Senado) modifica con una perspectiva de los territorios.