Hace 3 años | Por Amonamantangorr... a eldiario.es
Publicado hace 3 años por Amonamantangorri a eldiario.es

En caso de que el president de la Generalitat de Catalunya no dé cumplimiento a una orden de la Junta Electoral Central, ésta puede dirigirse bien directamente o bien mediante el Ministerio Fiscal al órgano judicial competente, en este caso el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, para que éste requiera al president el cumplimiento de la orden. En el caso de que Torra no atienda el requerimiento del TSJC, entonces estará cometiendo el delito de desobediencia. Sin la intermediación del órgano judicial no hay delito de desobediencia.

Comentarios

baraja

#3 Creerse lo que dice Pérez Royo o Urías no os hará aprobar derecho. Escribe para su claque y porque en eldiario pagan por eso.

themarquesito

#7 Pérez Royo tiene buena fama como constitucionalista, pero aquí está desbarrando en materias de derecho penal y de derecho electoral, que no son su especialidad. Es como preguntarle a un médico especialista de aparato digestivo por cosas de dermatología.

Dravot

#10 bueno, y básicamente que es un tío que ha descubierto que, si le dices a los nacionalistas y a sus palmeros de Podemos lo que quieren oír, automáticamente te salen múltiples ofertas de trabajo como tertuliano y articulista.

rojo_separatista

#3, ad hominem de manual.

D

#23 te lo argumento yo, Royo, que indudablemente tiene un historial de decir estupideces solo para clickbait, ya que no se juega prevaricación ni nada al hacer sus artículos, solo busca clicks, dice que no se puede imputar desobediencia porque la JEC no es un ente superior al Presidente de una CCAA.

El problema está en que es un tema de competencias, y las competencias en temas electorales recaen en estas juntas electorales. Así que, en este tema de competencias concreto, sí se puede decir que el que manda y es superior, es la JEC.

Que, efectivamente, puedes intentar rebatir sus decisiones y su mando por la vía judicial, hay mecanismos, pero no desobedecerla porque, en estas competencias, es la autoridad superior.

Amonamantangorri

#34 Ahí entra lo que ese señor llama "interpretación analógica" que nunca debería aplicarse en el derecho penal, pues "choca frontalmente con el principio de legalidad penal, que es una pieza esencial de todo Estado de Derecho digno de tal nombre".

He de decir que he necesitado buscar el significado de "interpretación analógica". Creo que significa, grosso modo, que si algo compete al derecho penal, no pueden hacerse analogías con el perro del President cagando en la calle y un policía que le multa. No vale.

JEC comunica al president que debe retirar la pancarta. JEC se lo transmite al TSJC. TSJC condena a Torra por desobediencia a una instancia judicial y jerárquica al President. Ahí metieron la pata, pues el JEC no es ni una instancia judicial, ni es jerárquicamente superior al presidente de una comunidad autónoma.

No es necesario decir que Torra es un desobediente confeso, dirigente de un movimiento que aboga por practicar la desobediencia.

Luego está el tema político, que se escapa de cuestiones técnicas, como el hecho de que Torra no es un hippie insumiso al servicio militar, sino un presidente catalán electo por su parlamento, gracias a, bah, sin buscarlo, bastante gente catalana.

D

#37 sobre las competencias de la JEC se habla en el 5.5 de la sentencia https://estaticos.elperiodico.com/resources/pdf/5/7/1601308286375.pdf

Por ejemplo el tribunal dice que el 410 no lo interpreta como superioridad jerárquica, ya que simplemente habla de autoridad, y la autoridad competente en temas electorales es la JEC.

javibaz

Entonces alguien está prevaricando

mariKarmo

#1 Quizás los mismos que han librado a Rato del fiasco de Bankia.

Yonny

y #1

Os tragáis todo lo que leéis?

Mirad la ley, es clara:
http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/loreg

baraja

#20 un dirigente que promueve la desobediencia civil y se jacta de ello

Promueve tanta desobediencia civil que luego pide penas de cárcel para sus colegas de los CDR

Amonamantangorri

#21 Compruebo que fue por sucesos en los que la matraca "Es un movimiento dirigido desde arriba para tapar el trespersent" se demostró como una total falsedad. Eso forma parte del conflicto y competencia entre los exconvergentes, esquerra, entidades indepes y CDRs, que de "colegas" nada. En absoluto es un movimiento homogéneo y controlado desde arriba.

baraja

#22 Cuando el MH habla de "apreteu", los CDR se convierten en sus colegas.

Los Comités de Desfaenats per la República son los colegas del MH.

Amonamantangorri

#24 Son contradicciones que, creeme, no tengo ni pajolera idea de cómo explican y gestionan ellos. No estaba refiriéndome a eso.

Avispao

Royo vive en su puta realidad alternativa, su nivel de patetismo es casi enternecedor. Que alguien le haga casito, par favar

D

En un país en el que lo primero que se hace es criticar la justicia cuando no nos gusta las sentencias que no apoyan lo nuestro, pero se alaba y se expone como evidencia ejemplar cuando sus sentencias son favorables, demuestra que sólo te puedes fiar de la justicia misma y no puedes respetar ni fiarte de aquellos que la critican o se soportan de ella de manera tan interesada y electoralista, según la dirección de dichas sentencias.

Amonamantangorri

#16 Primero, no tiene mucho sentido reprochar que "qué horror, está usted incumpliendo la ley" a un dirigente que promueve la desobediencia civil y se jacta de ello. El 1-O fue una operación de abierta desobediencia; Quim Torra y su formación política volvieron a ganar el gobierno con una campaña en la que afirmaban que lo volverían a hacer. Sus presos y exiliados son héroes.

"En su declaración judicial, Torra admitió abiertamente ante el juez haber desobedecido las órdenes de la JEC de retirar las pancartas con lazos amarillos y la simbología independentista de la fachada de Palau. "Sí, desobedecí", dijo Torra ante el juez el pasado 15 de mayo".

Segundo: dejando claro el anterior punto, no es del todo descartable que en la judicatura española haya elementos tan arrogantes, pagados de sí mismos y sujetos a directrices políticas, que incluso puestos a reprimir con la ley en la mano, se pasen las debidas formas procesales por sus solemnes cojones.

mefistófeles

El argumento de este señor falla en cuanto dice que la JEC no tiene autoridad, en materias referidas a su campo de actuación, superiores a las del presidente de una comunidad autónoma.

https://es.wikipedia.org/wiki/Junta_Electoral_Central

http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/Satellite?c=Page&childpagename=JEC%2FJEC_Layout&cid=1379061462506&d=Touch&packedargs=d%3DTouch&pagename=jec%2Fwrapper%2FJEC_Wrapper

Pero vamos, que el personal siga dándole vueltas a este tema cuando el propio encausado reconoción haber desobedecido es ganas de hacer comulgar con ruedas de molino.

t

Además y perdonenme la expresión, ya son ganas de tocar los huevos, fue más que avisado, incluso:

Además, el TSJC recuerda que la JEC respondió a Torra sobre "lo que representan los lazos amarillos o las banderas 'esteladas'" al indicarle que son un "símbolo legítimo que pueden utilizar las formaciones políticas en su propaganda electoral, pero que, al menos durante los periodos electorales" no lo pueden "hacer los poderes públicos, ya que éstos deben mantener una rigurosa neutralidad política".

Ahora a dar pena, a llorar y los de la CDR a liarla en la calle, muchos ya estamos cansados de esta situación.

grantorino

Una más para comprobar la de veces que ha mentido ya Pérez Royo.

D

#29 El indulto no tiene nada que ver con que la justicia haya hecho algo mal. Si la gente o ciertos periodistas quieren pintarlo así, cosa suya.

El indulto, en teoría, se da cuando la justicia ha actuado correctamente pero existe un sentimiento popular que hace que el poder ejecutivo reduzca o elimine parte de la condena.

Por supuesto esa es la teoría, la práctica es que se conceden por intereses políticos.

Pero vamos, con o sin indulto, cuando se les acabe la inhabilitación en 10-15 años puedes estar convencido que Junqueras será el president de la generalitat. Mucho van a tener que cambiar las cosas para que no sea así.

p3riko

#30 campaña de desprestigio contra la justicia para que a nivel social se vea bien conceder el indulto. La maniobra es única y exclusivamente para evitar mancharse de la concesión del indulto que se va a dar obviamente, como indicas, por motivos políticos a políticos (o ex-politicos), los cuales, aún estando inhabilitados, no les impide hacer campaña o ser asesores del político de turno. No digo que sea ilegal nada de lo que he dicho, pero el sentimiento que podría generar que se indulte a unos políticos que han cometido un delito es muy de casta, a mis amigotes los salvo de la cárcel, pero al currito que no tiene la gracia de conocer a estos seguirá en la cárcel por robar para comer (si, un ejemplo un tanto exagerado pero es para que te hagas una idea). Si ponen a los políticos como víctimas del estado opresor y cala el mensaje, esa sensación de casta no sería tal en beneficio de una sensación de clamor por justicia popular, pobrecitos ellos que están siendo perseguidos por sus ideas bla bla bla bla....

t

Osea que segun esta persona lo que dice el tribunal superior de justicia es mentira? y el tiene razón, pues vaya, se equipoca el tribunal superior de justicia de Cataluña y el de España.
Aqui leo algo distinto https://www.elperiodico.com/es/politica/20191219/el-tsjc-inhabilita-a-torra-por-no-retirar-los-lazos-amarillos-del-palau-7780126 teniendo en cuenta que no soy catedrático en derecho

"El organismo electoral ratificó el acuerdo el 18 de marzo y apercibió al mandatario de las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales, en que pudiera incurrir si persiste en la desobediencia. "
"Para el tribunal , el ‘president’ "no sólo no ordenó la retirada en las fachadas", sino que "llegó a decidir (o consentir), en algunos casos, su sustitución por otros lazos, blancos y cruzados por una raya roja. No cabe duda, pues, de que, además de desatender el mandato de la Junta Electoral, asistimos a una voluntad consciente y a una disposición anímica inequívoca de contravención"

S

Este tipo de acciones son las que justifican la independencia de Cataluña, ¿quién quiere estar en el país más corrupto de Europa? España no tiene forma de arreglarse, es mejor separarse de ella.

D

#8 El/los gobiernos catalanes son un tanto igual de corruptos.
Buscad otra excusa más convincente, como que Colón era catalán.

Sinyu

#12 Y España los proteje. Mira el caso de Pujol, muchos estamos esperando y nada. Pasan los años muchas bromas con el 3% pero nada, de nada, de nada.

baraja

#8 Este tipo de acciones son las que justifican la independencia de Viladecans, ¿quién quiere estar en la comunidad más especialita de España? Cataluña no tiene forma de arreglarse, es mejor separarse de ella.

germanso

A ver si alguien que sepa de derecho puede dar su opinión, pero a mi la de Perez Royo me parece que sigue estrictamente (que es lo que toca) la letra del código penal.

Que por cierto, no es el artículo 50.1, sino el artículo 410.1. Aquí patina Perez Royo, aunque en el segundo párrafo si que lo especifica.

Código penal: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444

Artículo 410.
1. Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, no incurrirán en responsabilidad criminal las autoridades o funcionarios por no dar cumplimiento a un mandato que constituya una infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de Ley o de cualquier otra disposición general.

Artículo 411.
La autoridad o funcionario público que, habiendo suspendido, por cualquier motivo que no sea el expresado en el apartado segundo del artículo anterior, la ejecución de las órdenes de sus superiores, las desobedeciere después de que aquéllos hubieren desaprobado la suspensión, incurrirá en las penas de multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

Solo puedo entender que el TS considera que la JEC es una autoridad superior al Govern de la Generalitat.

Amonamantangorri

#28 Dice Pérez Royo:

En el Derecho Penal no se admite la interpretación analógica y únicamente mediante una interpretación de este tipo se podría llegar a la conclusión de que la JEC es la "autoridad superior" respecto al president de la Generalitat, cuando está abierto un proceso electoral.

Como no tengo ni idea de derecho he mirado qué es interpretación analógica y me parece que el tuyo es un ejemplo perfecto.

themarquesito

#27 La JEC, en materia electoral, es superior competencial al presidente de la Generalitat. Incluso lo es al presidente del gobierno

M

Debe ser como lo de las "no fiestas"

p3riko

Y comienza la campaña para blanquear o quitar culpabilidad y así allanar el camino para indultos. Cualquiera que disienta de la opinión del autor será tildado de facha, fascista, etc...

D

#11 El indulto no te quita la inhabilitación. Y a este tío lo único que han hecho es inhabilitarle, así que...

p3riko

#25 ya, pero están todos los del proces. Que lo que hacen es blanquear el delito señalando a la justicia como herramienta opresora "inventándose" sentencias etc... Para que crean que las sentencias son injustas y que deben de ser eliminadas. La solicitud de indulto ya se está tramitando, ahora campaña de desprestigio contra la justicia para blanquear los delitos cometidos por éstos y así poder darles el indulto. Que aprovechan esta sentencia para cargar más contra la justicia.