En 2025, en una polémica sentencia, el Tribunal Constitucional consignó que la exigencia legal de que el cambio de residencia de un menor requiera el previo consentimiento de ambos progenitores (o la autorización del juez) puede ser «flexibilizada» cuando haya «indicios» de violencia de género, que la madre puede hacer valer de manera unilateral. De este modo, la doctrina Balaguer, en referencia a la magistrada María Luisa, avala que una mujer se lleve a su hijo a otra ciudad alegando violencia de género, incluso si el padre ha sido absuelto
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etiquetas: estrasburgo , cuestiona , españa , vulnerar , presunción de inocencia
Como ejercicio de buen periodismo, digo.
Es El OJETE ¿qué esperabas?
hasta queaunque se demuestre lo contrario.Es que no hace falta Europa para cuestionar ésto.
De ser cierto, claro, que como dicen, del ojete te puedes fiar de la mitad.
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