El acusado no pagó a los albañiles y “se desentendió por completo” de la obra tras cobrar 8.000 euros, pero la Audiencia lo absuelve de estafa porque no ocultó al propietario sus "difíciles circunstancias económicas".
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El acusado llevó “tubos de fontanería, sacos de cemento y varios metros de manguera”, pagó una primera compra de herramientas y materiales y alquiló una hormigonera, una cuba y toberas de retirada de escombros. Durante un mes, tres albañiles demolieron tabiques, solerías y azulejos, desmontaron cuatro puertas y retiraron escombros. También acometieron trabajos de fontanería y jardinería.
Y todo por 8000 euros.
Aquí los estafados son los albañiles. Entiendo la sensación de impunidad, pero esta familia en realidad no ha perdido ni un euro. De hecho esos primeros trabajos le han salido a precio de saldo.
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Pero por lo penal, para que lo metan en la carcel, tienes que cumplir una cosa que se llama tipicidad del delito. Y si buscas "tipicidad delito estafa" tienes lo siguiente:
Entendemos que comete una estafa el que, con ánimo de lucro, utiliza un engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
Y eso no se dá. Así que no es suficiente para meterlo en la carcel pero si para que pague todo lo quedebe.
Pero la responsabilidad civil sigue ahí, y de esa no se libra ni con el mejor abogado de España