La primera clave, y la más interesante jurídicamente, consiste en responder a la siguiente pregunta: ¿un beso en los labios atenta contra la libertad sexual de otra persona? Como escribí en otro artículo cuando surgió este caso, la respuesta que ha venido dando la jurisprudencia a este problema no ha sido siempre la misma, y depende de cada caso concreto. Fundamentalmente, se debe diferenciar si estamos ante un beso de carácter erótico o ante una mera manifestación de afecto.
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