El cantautor Javier Krahe ha sido absuelto por los juzgados de lo Penal de Madrid del atentado contra la libertad religiosa en una película sobre él, rodada en 1978 y emitida parcialmente en Canal+ en 'Lo más +' en 1997. La responsable del programa, Montse Fernández, también ha salido libre de cargos.
Pues se lo tenemos que agradecer a un socialista, Juan Alberto Belloch.
#1:
Permitir la blasfemia, esto solo se hace en repúblicas bananeras comunistas.
Mañana cometerán la osadía de obligar a la Iglesia a pagar el IBI. Y en un par de días, que se le puedan lanzar huevos podridos a los españoles de bien que participen en procesiones. Disfruten lo votado.
#25:
Esta no ha sido ninguna victoria, Krahe ha tenido que perder tiempo y dinero para defenderse, y cualquiera que haya tenido un juicio pendiente sabe que es un como un puto grano en el culo, por mucho que te digan que lo tienes ganado.
Los que le han puesto la denuncia seguramente sabían que no iban a ganarla pero han logrado su objetivo: putear y que sirva de advertencia a otros, y les sale gratis.
#19:
"La otra tarde en una iglesia,
que era fiesta de guardar,
me dio un ataque de amnesia,
no podía recordar,
a quién coño fui a rezar,
yo, que siento por Jesús
¡repelús!"
Claro que sí, con dos cojones. Lo mismo es hacer un video riendote de un objeto (que podrá ser la de dios para determinadas personas pero sigue siendo un objeto) que afirmar que hay personas que se prostituyen por su orientacion sexual.
Está claro, los fans de amigos imaginarios sois mentalmente incapaces de hacer distincion alguna entre personas e ideas.
#38:
#25 justamente es lo que pone en el último párrafo de la noticia:
Durante el juicio, los denunciantes consideraron que la vista ya era "una verdadera victoria en defensa de la libertad religiosa, por cuanto supone la primera vez que se aplica el artículo 525 del Código Penal".
Que eso llegue a algo, es un fracaso. Si no llega a tener dinero para defenderse, ¿como habría terminado?
#34:
#14 Sí. El mismo que afirmó que mientras él fuera alcalde el crucifijo seguiría presidiendo los actos del Ayuntamiento. En su descargo hay que hacer notar que cuando hizo esa ley, como cuando realizó esas declaraciones, es muy probable que viniera de comulgar, acabara de meterse una raya de coca, o ambas cosas.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
No sé qué pinta esto en el Código Penal, además es una redacción tan vaga y ambigua que se presta a demasiadas interpretaciones.
#21:
#15 ¿No pasa nada? ¿No se malgastan recursos públicos? ¿No se tiene en vilo a unas personas que hicieron un vídeo hace treinta años? La próxima vez, que te juzguen a ti por decir megacüendios, y luego que te absuelvan. No pasa nada.
#63:
Ahora lo justo sería que, usando esa misma ley, se denuncie a algún chamán católico por negar las deidades de otros cultos
Ahí está la cosa. Según lo que consta en el CP, eso es delito. Vamos, no me pueden decir a mí que ese vídeo no está hecho con la intención de desafiar de alguna forma la mentalidad religiosa imperante en el momento (recordemos que eran finales de los 70).
Claro, tambien podemos pensar que efectivamente, el codigo penal era mas reciente y que no puede haber retroactividad, pero me extrañaría mucho que no hubiera en el 70 alguna ley parecida.
Me gustaría ver la sentencia, pero ¿es posible que la absolución (qué inoportuna resulta aquí esta palabra) se deba a la no responsabilidad de Krahe y no a que lo de la ofensa religiosa sea una gilipollez?
#85:
#14 Es de etiqueta poner entre comillas o en itálica la palabra socialista cuando se refiera a un miembro del PSOE.
#35:
#3 En nombre de mi padre, añado como continua él la frase: " y en todos los santos del altar"
#61:
#3#35 mi padre es mas de "...y aún me sobra mierda para la virgen!!"
#14 Sí. El mismo que afirmó que mientras él fuera alcalde el crucifijo seguiría presidiendo los actos del Ayuntamiento. En su descargo hay que hacer notar que cuando hizo esa ley, como cuando realizó esas declaraciones, es muy probable que viniera de comulgar, acabara de meterse una raya de coca, o ambas cosas.
#15 ¿No pasa nada? ¿No se malgastan recursos públicos? ¿No se tiene en vilo a unas personas que hicieron un vídeo hace treinta años? La próxima vez, que te juzguen a ti por decir megacüendios, y luego que te absuelvan. No pasa nada.
#27 Podría haber sido, en base a ese articulo del código penal. Pero yo lo decía más bien porque creo que por sentido común, cualquier juez habría dictado la misma sentencia. Pero, no, como decís tu y #21 esto es innecesario.
#3 ¡Eh! ¡Con la comida no se hacen esas cosas! #18 Por desgracia, como comentan por ahí, sí está estipulado como delito en este puñetero país. No debería serlo, pero lo es #24 A los denunciantes . #45 Pues que tenga cuidado, porque ya está visto lo que se intenta hacer en este país con los jueces decentes.
#94 Me cago entonces tambien en el concepto de la nada y en el ateismo. Supongo que asi como en las creencias me puedo cagar tambien en las opiniones y doctrinas, no?
#96 Lo vas pillando, al igual que yo te denuncie por ridiculizar mi ateismo es igual de ridículo que un meapilas me denuncie por ridiculizar sus payasadas.
Por culpa de esa ley, entonces, los fans de Star Trek y Star Wars tendrían que denunciarse todos mutuamente, por lo que ninguno se libraría de pisar la cárcel. O mejor aún: Barça - Madrid.
#98 Gracias por aclararlo, entonces puedo ahora cagarme con toda libertad en: el comunismo (no los comunistas), el ateismo (no los ateos), la segunda republica (el concepto, no los republicanos), el movimiento 15M (no sus integrantes). Ya he actualiado mi perfil.
#3 A ver no sé si existe dios pero si existiera, él no tendría la culpa de la religión política que hacen los hombres y su utilización para reprimir la libertad de otros. Yo prefiero cagarme en el Papa o en Rouco
Permitir la blasfemia, esto solo se hace en repúblicas bananeras comunistas.
Mañana cometerán la osadía de obligar a la Iglesia a pagar el IBI. Y en un par de días, que se le puedan lanzar huevos podridos a los españoles de bien que participen en procesiones. Disfruten lo votado.
#1 No des ideas, nos des ideas... de todas formas son la casta beata la que se empeña en amargar , culpabilizar y joder la vida a los que no son como ellos, y hay que reconocer que hay buenas personas sacerdotes y buenas organizaciones enla Iglesia, pero lo del "amigo invisible" cada día cuela menos majos.
Bien por la libertad de expresión!! que también disfurtan algunos obispos para amedrentar al personal, no lo olvidemos.
#1 La Iglesia que devuelva todo lo que ha robado. Lo primero lo que esta manchado de sangre y por último lo que han expoliado a todos aquellos que no creían en su Dios ni en sus creencias.
Los que participan en procesiones, que las hagan en su casa; en el ámbito privado. Pues no entiendo que aquellos que saltan la verja como energúmenos se les permita ocupar la calle en nombre de su Dios y sus Santos, y a aquellos que piden justicia se les trate como a terroristas y vándalos.
Esta no ha sido ninguna victoria, Krahe ha tenido que perder tiempo y dinero para defenderse, y cualquiera que haya tenido un juicio pendiente sabe que es un como un puto grano en el culo, por mucho que te digan que lo tienes ganado.
Los que le han puesto la denuncia seguramente sabían que no iban a ganarla pero han logrado su objetivo: putear y que sirva de advertencia a otros, y les sale gratis.
#25 justamente es lo que pone en el último párrafo de la noticia:
Durante el juicio, los denunciantes consideraron que la vista ya era "una verdadera victoria en defensa de la libertad religiosa, por cuanto supone la primera vez que se aplica el artículo 525 del Código Penal".
Que eso llegue a algo, es un fracaso. Si no llega a tener dinero para defenderse, ¿como habría terminado?
Lo peor es que segun tengo entendido los denunciantes estan recolectando dinero pidiendo donativos para poder pagar las costas del juicio. Ni siquiera pagaran con su pasta.
#51, si encuentran a lerdos que paguen... #52, esa misma sensación tengo yo... además, del "no resulta probado que concurriera en ninguno de los acusados la intención de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros". Vamos que si lo hago para mofarme de ellos y lo distribuyo... es delito.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
No sé qué pinta esto en el Código Penal, además es una redacción tan vaga y ambigua que se presta a demasiadas interpretaciones.
Ahí está la cosa. Según lo que consta en el CP, eso es delito. Vamos, no me pueden decir a mí que ese vídeo no está hecho con la intención de desafiar de alguna forma la mentalidad religiosa imperante en el momento (recordemos que eran finales de los 70).
Claro, tambien podemos pensar que efectivamente, el codigo penal era mas reciente y que no puede haber retroactividad, pero me extrañaría mucho que no hubiera en el 70 alguna ley parecida.
#70 Es la ley. Y la ley es la misma para todos. Ponedla y a la vez la damos publicidad, a ver qué pasa.
La documentación y las evidencias son abrumadoras.
#63 El Código Penal del 73 contemplaba lo de las ofensas esas en varios artículos:
208. El que ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados, será castigado con la pena de prisión menor y multa de 5.000 a 25.000 pesetas.
Se impondrá esta pena en su grado máximo si los hechos previstos en el párrafo anterior fuesen realizados en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias del mismo, oficialmente autorizadas, siempre que este requisito fuese necesario.
Cuando el hecho revistiere suma gravedad o relevantetrascendencia, se aplicará la pena superior en grado.
Art. 206.Los que ejecutaren cualquier clase de actos encaminados a abolir o menoscabar por la fuerza, como religión del Estado, la Católica Apostólica Romana, serán castigados con la pena de prisión menor.
Si el culpable estuviere constituido en autoridad y con abuso de ella cometiere el hecho, se impondrá la pena en el grado máximo.
Art. 209.El que de palabra o por escrito hiciere escarnio de la religión católica o de confesión reconocida legalmente, o ultrajare públicamente sus dogmas, ritos o ceremonias, será castigado con la pena de prisión menor si realizare el hecho en actos de culto o en lugar destinado a celebrarlos, y con arresto mayor en los demás casos
Hay unos cuantos más
#51 Baste ver la página web del Centro Jurídico Tomás Moro, cuyo lema es "Cristianizando el Derecho, Cristianizando la Sociedad" (¿no viene a ser eso meter a Dios en el terreno que le corresponde al César?).
#25 Ciertamente cuando te conviertes en acusado y se te impone un a cuantía como fianza antes del juicio y en el tema penal es comos e hace, te toca o pagar o declarar que no tienes ese dinero,con la consiguiente investigación, más contratar un abogado que aunque ganes tienes que adelantarle el dinero, o pedir uno de oficio, más las vueltas y explicaciones, malos ratos y demás, y eso no es gratis, cansa, gastas dinero y energía y todo por algo que es terriblemente relativo. La ofensa al sentimiento religioso sigue existiendo en el código penal y hay que pedir la eliminación de esa norma, que curiosamente afecta también a los no creyentes, es decir insultar a un ateo es igual que insultar a un creyente, ahora bien las organizaciones en pro de una España laica ni se plantean denunciar a nadie por insultarles, pero las batallas las libran los acusado, no ellos. Se sigue teniendo miedo a la Iglesia, así de claro, y peor aún las organizaciones más radicales son las que mejor se saben las leyes,eso es lo más triste que el resto solo promueven juegos, flashmobs y gilipolleces, y los radicales el código penal y así nos va y peor que nos va a ir.
"La otra tarde en una iglesia,
que era fiesta de guardar,
me dio un ataque de amnesia,
no podía recordar,
a quién coño fui a rezar,
yo, que siento por Jesús
¡repelús!"
Gracias a mi postura más bien anticlerical
no será un siglo de éstos cuando entre al santoral:
no acudirán beatas a pedirme un milagrillo,
no vendrán los ladrones a vaciarme mi cepillo.
Y es una pena, la verdad,
porque tenía cierta gana
de echarle un ojo a la deidad
mientras me doran la peana.
Pues qué penita y qué dolor
no tendré culto no señor.
Me gustaría ver la sentencia, pero ¿es posible que la absolución (qué inoportuna resulta aquí esta palabra) se deba a la no responsabilidad de Krahe y no a que lo de la ofensa religiosa sea una gilipollez?
puede ser, la sentencia tendrá varios fundamentos de derecho. Habría que leer la sentencia entera. Que no exista responsabilidad objetiva por el hecho, no quiere decir que no aparezca en otro punto de la sentencia que la conducta de Krahe no fue ni dolosa ni antijuridica, y por tanto, no constitutiva de delito. #52
Lo que deberían hacer los españoles que se queden sin hogar es ocupar las iglesias, al fin y al cabo, han quitado el dinero de educación y de sanidad, así que menos que tomar lo que estamos pagando entre todos.
Tomás Moro (Thomas More) fue un personaje interesante, se mantuvo fiel a sus principios aunque le costara la vida (fue ejecutado por ello), y fue el inventor del término "utopía". El Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro debería aprender un poco de él.
Falta o insuficiencia de pruebas. 'La sentencia considera que "no resulta acreditada la participación del Sr. Krahe en la elaboración del documental ni en la distribución del álbum". Del mismo modo, se reconoce que "no resulta probado que el acusado Sr. Krahe conociera la emisión del referido fragmento hasta los momentos previos a la entrevista, ni que hubiera tomado parte en la decisión de emitirlo" y asegura que "no resulta probado que concurriera en ninguno de los acusados la intención de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros". (...)
Supongo que este Centro, tan vigilantes ellos de la "moral cristiana", habrán presentado cientos o miles de querellas contra los curas pederastas, pedófilos, contra sus encubridores, contra monjas "robabebés", contra algún Gran Juez (pobrecito, rezaré por él)que gasta los dineros públicos a la luz de las velas en hoteles de lujo, contra cardenales y obispos homófobos...
No se que es más absurdo,que en un juez haya perdido un segundo en un asunto tan poco serio o que haya gente que denuncien que se ha ofendido su sentimiento religioso.
En cualquier caso,estas son las cosas que hacen que la idea de emigrar no sea tan dura.
Qué vergüenza que esto no se haya sobreseido o como quiera que se llame legalmente, y que hayan tenido que molestar a este hombre a acudir y costearse un abogado.
Desde luego mamarrachos hay en todas partes, pero que sea en justicia es peor.
Ya! pero lo obligaron a echarse para atrás. De los demandantes me esperaba estas tonterías y más pero a mí Krahe me ha defraudado (una broma de amigos, no quería ofender...)
PD: El video no era de mucho antes del 97?
Claro que sí, con dos cojones. Lo mismo es hacer un video riendote de un objeto (que podrá ser la de dios para determinadas personas pero sigue siendo un objeto) que afirmar que hay personas que se prostituyen por su orientacion sexual.
Está claro, los fans de amigos imaginarios sois mentalmente incapaces de hacer distincion alguna entre personas e ideas.
#76#79#95 Dije aproximadamente por algo. Pero vamos, no me digáis que no veis ninguna conexión entre los símbolos y quienes se sienten representados por ellos, porque es precisamente el sentido de los símbolos. Si el obispo hubiese salido quemando una bandera gay os habríais indignado sin duda alguna llamándolo "acto homófobo" y "fomento de la violencia homófoba".
No estoy diciendo que el vídeo deba ser considerado como delito. Es una burla y no nos habla de cómo tratar a los creyentes. Igual que las palabras del obispo eran una evaluación moral de los actos homosexcuales pero no nos dicen que vayamos a abrirles la cabeza con el as de bastos por pecadores. El primero banaliza lo sagrado para los creyentes, el segundo le atribuye significado negativo a lo que para los gays es un comportamiento correcto.
Pero he visto muchísimas solicitudes de condena para el obispo por ir contra todos los derechos habidos y por haber. Y a éste no se le dice ni que se ha pasado con la broma.
Para que fuera comparable, el obispo tendría que haber hecho alguna cosa con cualquier símbolo lgtb (una bandera, por ejemplo).
O, viceversa, el señor krahe tendría que haber hecho un vídeo acusando a los católicos, a todos los católicos, de criminales o pederastas, etc.
Entonces ya podríamos hablar de cosas comparables.
#39 Es que se supone que te puedes reir de un simbolo que representa un colectivo de personas, pero no directamente de ellas. Es decir, vale haciendolo con un pequeño rodeo. (Absurdo razonamiento).
O dicho de otra manera, el obispo de Alcala podria haber echado espuma por la boca de lo que representa la bandera gay, pero sin hacer referencia explicita a los gay. Tiene todo el sentido del mundo...
Comentarios
Que haya llegado a juicio por un delito de blasfemia ya es un fracaso del país...
#12
Pues se lo tenemos que agradecer a un socialista, Juan Alberto Belloch.
#14 Gracias, Belloch. Irás al infierno, capullo.
#14 "socialista"
#33 A los del PSOE (la rama light del PPSOE) habría que llamarlos falsocialistas. Así evitábamos confundirlos con socialistas.
#14 Sí. El mismo que afirmó que mientras él fuera alcalde el crucifijo seguiría presidiendo los actos del Ayuntamiento. En su descargo hay que hacer notar que cuando hizo esa ley, como cuando realizó esas declaraciones, es muy probable que viniera de comulgar, acabara de meterse una raya de coca, o ambas cosas.
#34 O una botella de Cardhu, que ya sabemos sus gustos de whisky
#82 Sabemos sus gustos de casi todo.
#14 Es de etiqueta poner entre comillas o en itálica la palabra socialista cuando se refiera a un miembro del PSOE.
#14 Que relación tiene Belloch y el posible delito por blasfemar. Me gustaría tener mas información, gracias.
#12 Oye, no pasa nada porque se celebre un juicio, el problema está en que aquí muchas veces se dicta sentencia antes de que hable el juez. Eso sí.
#15 ¿No pasa nada? ¿No se malgastan recursos públicos? ¿No se tiene en vilo a unas personas que hicieron un vídeo hace treinta años? La próxima vez, que te juzguen a ti por decir megacüendios, y luego que te absuelvan. No pasa nada.
#21 Tienes razón
#27 Podría haber sido, en base a ese articulo del código penal. Pero yo lo decía más bien porque creo que por sentido común, cualquier juez habría dictado la misma sentencia. Pero, no, como decís tu y #21 esto es innecesario.
#15
No pasa nada porque se celebre un juicio, para juzgar algo que pueda ser realmente un delito.
Carcajearse de seres sobrenaturales, no lo es.
#15 Si que pasa, a los particulares un juicio les jode la vida, admitir a tramite no son naderias. A ver si queda claro,
#12 Nobody expects the spanish inquisition
Me cago en Dios.
#3 ¿Sí, pero en cual? Jah mola!
#3 En nombre de mi padre, añado como continua él la frase: " y en todos los santos del altar"
#3 #35 mi padre es mas de "...y aún me sobra mierda para la virgen!!"
#35 jejejeje Si es que tu padre supo educarte jejejejej
Por fin una "buena" noticia! Aunque era un poco locura que se le juzgara por blasfemia... en fin, una vez más razón 1 - iglesia 0
#3 ¡Eh! ¡Con la comida no se hacen esas cosas!
#18 Por desgracia, como comentan por ahí, sí está estipulado como delito en este puñetero país. No debería serlo, pero lo es
#24 A los denunciantes .
#45 Pues que tenga cuidado, porque ya está visto lo que se intenta hacer en este país con los jueces decentes.
En fin, mis felicitaciones a Krahe .
#3 Bah, cagarse en Dios no tiene mucho mérito hoy en día. Prueba a cagarte en una virgen de algún lugar en concreto y verás la que te cae.
#3 Me cago en los que creen en la nada.
#93 Se respeta a las personas, no a las creencias, maleducado.
#94 Me cago entonces tambien en el concepto de la nada y en el ateismo. Supongo que asi como en las creencias me puedo cagar tambien en las opiniones y doctrinas, no?
ateísmo.
1. m. Opinión o doctrina del ateo.
#96 Lo vas pillando, al igual que yo te denuncie por ridiculizar mi ateismo es igual de ridículo que un meapilas me denuncie por ridiculizar sus payasadas.
Por culpa de esa ley, entonces, los fans de Star Trek y Star Wars tendrían que denunciarse todos mutuamente, por lo que ninguno se libraría de pisar la cárcel. O mejor aún: Barça - Madrid.
#98 Gracias por aclararlo, entonces puedo ahora cagarme con toda libertad en: el comunismo (no los comunistas), el ateismo (no los ateos), la segunda republica (el concepto, no los republicanos), el movimiento 15M (no sus integrantes). Ya he actualiado mi perfil.
#96
Pues si, exactamente. Por ahí vas bien.
#3 Es lógico, dado que está en todas partes, incluso eres tú cuando despiertas de la Matrix...
#3 A ver no sé si existe dios pero si existiera, él no tendría la culpa de la religión política que hacen los hombres y su utilización para reprimir la libertad de otros. Yo prefiero cagarme en el Papa o en Rouco
Krahe 1 - Christ 0
#2 Krahe 1 - Iglesia 2011
"Krahe, tú eres una piedra, y sobre ti edificaré mi nueva sociedad"
Con el permiso de Pedro y de Jesucristo.
Permitir la blasfemia, esto solo se hace en repúblicas bananeras comunistas.
Mañana cometerán la osadía de obligar a la Iglesia a pagar el IBI. Y en un par de días, que se le puedan lanzar huevos podridos a los españoles de bien que participen en procesiones. Disfruten lo votado.
#1 Lo Dejemos en estados totalitarios.
#1 Blasfemia y comunista no tienen relacion salvo por no aplicarse el uno al otro...
#1 No des ideas, nos des ideas... de todas formas son la casta beata la que se empeña en amargar , culpabilizar y joder la vida a los que no son como ellos, y hay que reconocer que hay buenas personas sacerdotes y buenas organizaciones enla Iglesia, pero lo del "amigo invisible" cada día cuela menos majos.
Bien por la libertad de expresión!! que también disfurtan algunos obispos para amedrentar al personal, no lo olvidemos.
#1 La Iglesia que devuelva todo lo que ha robado. Lo primero lo que esta manchado de sangre y por último lo que han expoliado a todos aquellos que no creían en su Dios ni en sus creencias.
Los que participan en procesiones, que las hagan en su casa; en el ámbito privado. Pues no entiendo que aquellos que saltan la verja como energúmenos se les permita ocupar la calle en nombre de su Dios y sus Santos, y a aquellos que piden justicia se les trate como a terroristas y vándalos.
Si volvemos a tiempos de la Inquisición!!
Esta no ha sido ninguna victoria, Krahe ha tenido que perder tiempo y dinero para defenderse, y cualquiera que haya tenido un juicio pendiente sabe que es un como un puto grano en el culo, por mucho que te digan que lo tienes ganado.
Los que le han puesto la denuncia seguramente sabían que no iban a ganarla pero han logrado su objetivo: putear y que sirva de advertencia a otros, y les sale gratis.
#25 justamente es lo que pone en el último párrafo de la noticia:
Durante el juicio, los denunciantes consideraron que la vista ya era "una verdadera victoria en defensa de la libertad religiosa, por cuanto supone la primera vez que se aplica el artículo 525 del Código Penal".
Que eso llegue a algo, es un fracaso. Si no llega a tener dinero para defenderse, ¿como habría terminado?
#25
Lo peor es que segun tengo entendido los denunciantes estan recolectando dinero pidiendo donativos para poder pagar las costas del juicio. Ni siquiera pagaran con su pasta.
#51, si encuentran a lerdos que paguen...
#52, esa misma sensación tengo yo... además, del "no resulta probado que concurriera en ninguno de los acusados la intención de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros". Vamos que si lo hago para mofarme de ellos y lo distribuyo... es delito.
#55 Según el Código Penal, sí:
Artículo 525.
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
No sé qué pinta esto en el Código Penal, además es una redacción tan vaga y ambigua que se presta a demasiadas interpretaciones.
Ahora lo justo sería que, usando esa misma ley, se denuncie a algún chamán católico por negar las deidades de otros cultos
#59
#55
Ahí está la cosa. Según lo que consta en el CP, eso es delito. Vamos, no me pueden decir a mí que ese vídeo no está hecho con la intención de desafiar de alguna forma la mentalidad religiosa imperante en el momento (recordemos que eran finales de los 70).
Claro, tambien podemos pensar que efectivamente, el codigo penal era mas reciente y que no puede haber retroactividad, pero me extrañaría mucho que no hubiera en el 70 alguna ley parecida.
#63 Las organizaciones homógobas deben ser disueltas, según el 516, creo recordar. No veo a que cojones esperais
#67
Si, según la propia ley de partidos, podríamos hacer lo propio con el PP.
Pero me temo que es un brindis al sol.
#68 Pues denunciadlo. Solo con que sean encausados por ello es una victoria.
#69
Sospecho que ni siquiera se iba a admitir a trámite.
#70 Es la ley. Y la ley es la misma para todos. Ponedla y a la vez la damos publicidad, a ver qué pasa.
La documentación y las evidencias son abrumadoras.
#71
la ley es la misma para todos
Creo que llevamos unos mesecitos de lo mas animados como para saber que eso es enormemente objetable.
#63 El Código Penal del 73 contemplaba lo de las ofensas esas en varios artículos:
208. El que ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos religiosos legalmente tutelados, será castigado con la pena de prisión menor y multa de 5.000 a 25.000 pesetas.
Se impondrá esta pena en su grado máximo si los hechos previstos en el párrafo anterior fuesen realizados en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias del mismo, oficialmente autorizadas, siempre que este requisito fuese necesario.
Cuando el hecho revistiere suma gravedad o relevantetrascendencia, se aplicará la pena superior en grado.
Art. 206.Los que ejecutaren cualquier clase de actos encaminados a abolir o menoscabar por la fuerza, como religión del Estado, la Católica Apostólica Romana, serán castigados con la pena de prisión menor.
Si el culpable estuviere constituido en autoridad y con abuso de ella cometiere el hecho, se impondrá la pena en el grado máximo.
Art. 209.El que de palabra o por escrito hiciere escarnio de la religión católica o de confesión reconocida legalmente, o ultrajare públicamente sus dogmas, ritos o ceremonias, será castigado con la pena de prisión menor si realizare el hecho en actos de culto o en lugar destinado a celebrarlos, y con arresto mayor en los demás casos
Hay unos cuantos más
#51 Baste ver la página web del Centro Jurídico Tomás Moro, cuyo lema es "Cristianizando el Derecho, Cristianizando la Sociedad" (¿no viene a ser eso meter a Dios en el terreno que le corresponde al César?).
#25 Ciertamente cuando te conviertes en acusado y se te impone un a cuantía como fianza antes del juicio y en el tema penal es comos e hace, te toca o pagar o declarar que no tienes ese dinero,con la consiguiente investigación, más contratar un abogado que aunque ganes tienes que adelantarle el dinero, o pedir uno de oficio, más las vueltas y explicaciones, malos ratos y demás, y eso no es gratis, cansa, gastas dinero y energía y todo por algo que es terriblemente relativo. La ofensa al sentimiento religioso sigue existiendo en el código penal y hay que pedir la eliminación de esa norma, que curiosamente afecta también a los no creyentes, es decir insultar a un ateo es igual que insultar a un creyente, ahora bien las organizaciones en pro de una España laica ni se plantean denunciar a nadie por insultarles, pero las batallas las libran los acusado, no ellos. Se sigue teniendo miedo a la Iglesia, así de claro, y peor aún las organizaciones más radicales son las que mejor se saben las leyes,eso es lo más triste que el resto solo promueven juegos, flashmobs y gilipolleces, y los radicales el código penal y así nos va y peor que nos va a ir.
"La otra tarde en una iglesia,
que era fiesta de guardar,
me dio un ataque de amnesia,
no podía recordar,
a quién coño fui a rezar,
yo, que siento por Jesús
¡repelús!"
- Javier Krahe -
Felicidades Javier por algo que nunca debió pasar
#19 Pega más este fragmento de Y todo es vanidad
Gracias a mi postura más bien anticlerical
no será un siglo de éstos cuando entre al santoral:
no acudirán beatas a pedirme un milagrillo,
no vendrán los ladrones a vaciarme mi cepillo.
Y es una pena, la verdad,
porque tenía cierta gana
de echarle un ojo a la deidad
mientras me doran la peana.
Pues qué penita y qué dolor
no tendré culto no señor.
Como es natural y de esperar.
¿Qué tal un banquete para celebrarlo?
Era de justicia, me cago en dios.
Hay algo que me inquieta:
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que "no resulta probado que el acusado conociera la emisión del referido fragmento hasta los momentos previos a la entrevista, ni que hubiera tomado parte en la decisión de emitirlo".
http://www.europapress.es/madrid/noticia-absuelven-cantautor-javier-krahe-delito-contra-sentimientos-religiosos-cocinar-crucifijo-video-20120608115532.html
Me gustaría ver la sentencia, pero ¿es posible que la absolución (qué inoportuna resulta aquí esta palabra) se deba a la no responsabilidad de Krahe y no a que lo de la ofensa religiosa sea una gilipollez?
puede ser, la sentencia tendrá varios fundamentos de derecho. Habría que leer la sentencia entera. Que no exista responsabilidad objetiva por el hecho, no quiere decir que no aparezca en otro punto de la sentencia que la conducta de Krahe no fue ni dolosa ni antijuridica, y por tanto, no constitutiva de delito. #52
Felicidades Javier le has dado una buena lección a los curitas remilgados
Viendo que la justicia al final funciona mal que bien ahora a por los hijos de puta que nos han metido en esta.
Intereconomía y 13TV echando espuma por la boca en 3... 2... 1...
Notición: Absuelven a alguien de algo que no es delito.
Creo que debería estar en prisión 1 o 2 añitos!
Todo era un fraude!
He probado la receta ... y estaba duro e incomible!
Pd. Me he roto 2 dientes.
Esto no debería ser noticia.
Y yo me aso un cristo cuando me sale de mis ateos cojones, faltaría mas. Si me como palos de santo, que no me voy a asar un cristo!
¡Estupenda noticia! Esperemos que esto evite que haya más denuncias sin base alguna por parte de los mismos de siempre.
#9 Voy a decir a mi madre que ya puede hacer spaghettis tranquilamente sin ofender a nadie de la iglesia del FSM
Bien. Ahora, lo que tiene que hacer Krahe, es presentar una denuncia por daños y perjuicios contra los dos gilipollas que le denunciaron a él.
Lo que deberían hacer los españoles que se queden sin hogar es ocupar las iglesias, al fin y al cabo, han quitado el dinero de educación y de sanidad, así que menos que tomar lo que estamos pagando entre todos.
Bienvaventurados los que creen en la justicia, porque de vez en cuando aciertan.
Tomás Moro (Thomas More) fue un personaje interesante, se mantuvo fiel a sus principios aunque le costara la vida (fue ejecutado por ello), y fue el inventor del término "utopía". El Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro debería aprender un poco de él.
Falta o insuficiencia de pruebas. 'La sentencia considera que "no resulta acreditada la participación del Sr. Krahe en la elaboración del documental ni en la distribución del álbum". Del mismo modo, se reconoce que "no resulta probado que el acusado Sr. Krahe conociera la emisión del referido fragmento hasta los momentos previos a la entrevista, ni que hubiera tomado parte en la decisión de emitirlo" y asegura que "no resulta probado que concurriera en ninguno de los acusados la intención de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros". (...)
El sistema funciona, millones de personas se manifiestan en las calles celebrandolo.
Que vuelva Lo+Plus!!! (dicho sea de paso)
Otro ridículo del Opus Dei y de su Centro Jurídico Tomás Moro.
#10 La condición para la absolución: Tres Ave Marías y un Padre nuestro. edit
P.D. Repito el chiste, soy así de cutre.
¡¡Me alegro!! Y ahora el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro a pagar la cuenta, ¿no?
Supongo que este Centro, tan vigilantes ellos de la "moral cristiana", habrán presentado cientos o miles de querellas contra los curas pederastas, pedófilos, contra sus encubridores, contra monjas "robabebés", contra algún Gran Juez (pobrecito, rezaré por él)que gasta los dineros públicos a la luz de las velas en hoteles de lujo, contra cardenales y obispos homófobos...
Para mi Krahe es Dios, asi que como alguien se meta con él le meto una demanda que se caga por la pata abajo. He dicho.
La sentencia dice: Obvious troll is obvious.
Triunfo de la razón
Parece que aún queda algún juez con sentido común.
No se que es más absurdo,que en un juez haya perdido un segundo en un asunto tan poco serio o que haya gente que denuncien que se ha ofendido su sentimiento religioso.
En cualquier caso,estas son las cosas que hacen que la idea de emigrar no sea tan dura.
La hoguera ya estaba preparada, ¿a quien enviamos ahora?
¡¡¡Zas, en toda la mitra!!!
Pues yo lo habria condenado a rezar un par de Ave-Marias para que se jodiera.
Era lo lógico. Si no, menudo hazmerreir que seríamos.
Buena noticia.
Estas cosas no pasaban // dentro de un par de años.
Esto hará qué la prima de riesgo suba sobre los 600. Al tiempo.
Esto no debería ni siquiera haber sido admitido a trámite.
incluso esta absolución o el hacerle acudir a un juicio es totalmente desproporcionado
la vergüenza es que hayan admitido semejante querella.
Tenemos que hacer videos de cristos y subirlos a youtube, luego compartirlos por toda la web.
Que esto sea noticia, da un buen baremo de en qué situación se encuentra la justicia española
Qué vergüenza que esto no se haya sobreseido o como quiera que se llame legalmente, y que hayan tenido que molestar a este hombre a acudir y costearse un abogado.
Desde luego mamarrachos hay en todas partes, pero que sea en justicia es peor.
Bueno, y qué comemos para celebrarlo, ¿alguna idea?
Se ha echo justicia , gracias a Dios
Ya! pero lo obligaron a echarse para atrás. De los demandantes me esperaba estas tonterías y más pero a mí Krahe me ha defraudado (una broma de amigos, no quería ofender...)
PD: El video no era de mucho antes del 97?
#0 #44 era de 1977 si no recuerdo mal
#47 eso me cuadra más, gracias.
Pues aproximadamente como lo del obispo de Alcalá. La diferencia es que el significado social de blasfemia va cambiando según las modas.
#39
Claro que sí, con dos cojones. Lo mismo es hacer un video riendote de un objeto (que podrá ser la de dios para determinadas personas pero sigue siendo un objeto) que afirmar que hay personas que se prostituyen por su orientacion sexual.
Está claro, los fans de amigos imaginarios sois mentalmente incapaces de hacer distincion alguna entre personas e ideas.
#39 Diferenciación entre seres humanos y objetos inanimados. Tú puedes.
#76 #79 #95 Dije aproximadamente por algo. Pero vamos, no me digáis que no veis ninguna conexión entre los símbolos y quienes se sienten representados por ellos, porque es precisamente el sentido de los símbolos. Si el obispo hubiese salido quemando una bandera gay os habríais indignado sin duda alguna llamándolo "acto homófobo" y "fomento de la violencia homófoba".
No estoy diciendo que el vídeo deba ser considerado como delito. Es una burla y no nos habla de cómo tratar a los creyentes. Igual que las palabras del obispo eran una evaluación moral de los actos homosexcuales pero no nos dicen que vayamos a abrirles la cabeza con el as de bastos por pecadores. El primero banaliza lo sagrado para los creyentes, el segundo le atribuye significado negativo a lo que para los gays es un comportamiento correcto.
Pero he visto muchísimas solicitudes de condena para el obispo por ir contra todos los derechos habidos y por haber. Y a éste no se le dice ni que se ha pasado con la broma.
#39
Para que fuera comparable, el obispo tendría que haber hecho alguna cosa con cualquier símbolo lgtb (una bandera, por ejemplo).
O, viceversa, el señor krahe tendría que haber hecho un vídeo acusando a los católicos, a todos los católicos, de criminales o pederastas, etc.
Entonces ya podríamos hablar de cosas comparables.
#39 Exacto!
#39 Es que se supone que te puedes reir de un simbolo que representa un colectivo de personas, pero no directamente de ellas. Es decir, vale haciendolo con un pequeño rodeo. (Absurdo razonamiento).
O dicho de otra manera, el obispo de Alcala podria haber echado espuma por la boca de lo que representa la bandera gay, pero sin hacer referencia explicita a los gay. Tiene todo el sentido del mundo...