#5 Los autonomos REPERCUTEN el IVA en la factura final de sus clientes que son quienes SI lo pagan.
Lo que hace el Autonomo es cobrar ese dinero y luego LIQUIDARLO ante hacienda. Yo lo veo inconsistente .
Si al autónomo se le exime de cobrar IVA:
Sus clientes no pagan IVA (bueno para ellos)
Pero él no puede deducir el IVA soportado en sus compras (herramientas, materiales, servicios)
Resultado: paga IVA neto, lo que encarece su coste operativo
Ejemplo simple:
Autónomo compra herramientas por 1.000€ + 210€ IVA = 1.210€ pagados
Si está exento de IVA, no recupera esos 210€
Su cliente no paga IVA, así que tampoco compensa a través del precio
Para que fuera positivo ,deberia haber exención con deducción: Se exime de cobrar IVA pero permite deducir el soportado (poco usual)
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#5 Intentas descacreditar a "este país", pero lo cierto es que somos muchísimo menos dogmáticos e impositivos, tanto a nivel social como legislativo, que la inmensa mayoría del resto del mundo.
#5 Si se hubiese choteado de las chorradas de los musulmanes estos mismos lo habrían sacado a hombros. Esta escoria integrista ni siquiera reclama respeto por las creencias religiosas, ya bastante absurdo de por sí, sólo buscan imponernos su Verdad Absoluta.
#5 Hay una hermosa llinea de tren que nos llega directo desde China. No tiene la capacidad de los buques pero me temo que ellos la idearon para tiempos como estos, norteamericanos limitando el trafico naviero con sus cosillas.
#55 estás un poco mal informado. Todo lo que se mete en un plan de pensiones resta de los ingresos anuales para calcular el impuesto de la renta en el año en que se mete, y se suma a los ingresos anuales en el año en que se saca, por lo que al sacarlo está sujeto a retenciones por IRPF, que es el pellizco del que habla #5. Otra cosa es que #5 mire lo que le quitan sin mirar lo que primeramente le dieron, que es un poco absurdo.
#5 El IVA es el impuesto sobre el valor añadido, un impuesto indirecto que grava el valor añadido por cada miembro de la cadena de producción de un producto o un servicio.
El impuesto recae sobre el consumidor final.:
#5 los planes de pensiones no desgravan por lo que al rescatarlos no tienes que volver a pagar.
Otra cosa son los planes de jubilación que si desgravan
Un padre cualquiera (tú , yo u otra persona) , cuando su hijo es pequeño, lo lleva y lo recoger del colegio. Una vez que entre en el recinto, ya confía en que el peque esté seguro.
Otra cosa, es cuando tu hij@ es mas mayor, y vaya y vuelva solo al centro escolar.
Si cuando es mas mayor, y lo atracan en la calle, pues algo que asumes cuando le das la libertad de que se mueva solo.
Pero cuando es un peque de 6 - 12 años, ¿que lo dejas en el patio, y entren dos bandarras al patio, a robarles ?
No creo que vayan a secuestrarles, pero ponte en el lugar de un grupo de chavales de 6/14 años, donde salten la valla dos "amegos segarros" de unos 16 - 22 años (viendo la foto), y empiecen a robar ...
#5 debes sacarlo no el año que te jubiles pues tributan en la base del trabajo del IRPF o sino lo cobras en forma de renta para minorar el coste fiscal
elpais.com/economia/2026-01-09/la-productividad-crece-en-espana-a-su-m