Estas son las funciones que, en cumplimiento de su misión de velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral, desarrolla la Junta Electoral Central, de acuerdo a la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General.
#5:
El artículo 7.1 de la LOREG dice que la cualificación de inelegible procederá el mismo día de la presentación de su candidatura, o cualquier momento posterior hasta la celebración de elecciones. ¿¿Cómo puede la JEC, que no olvidemos es un órgano administrativo, inhabilitar a un presidente ya proclamado, que además ni se presentaba como candidato a esas elecciones??
No entiendo mucho de Derecho, sólo me he ido a mirar la Ley. Si alguien conoce más por favor que lo explique por aquí.
#11:
La Junta Electoral Central (JEC) es la parte de la cúpula judicial española que se dedica a hacer cumplir la LOREG ( Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general ).
Se compone de jueces del TS (puestos por el CGPJ que es a su vez elegido por el parlamento) y miembros elegidos por el parlamento. El TEJ son gente mayor (60 años), conservadora, colocados en el 2014 por amigos (3) (2), algunos son los mismos que luego están en el Juicio del Procés o bien están en el TS. (4)
Esta composición es debida a que España no tiene separación de poderes Legislativo-Judicial. Por eso la cúpula judicial (CGPJ, TS, TC, JEC, etc) está enormemente politizada.
Por ejemplo, intentaron evitar que Junqueras y Puigdemon se pudieran presentar a las elecciones al parlamento europeo con argumentos muy rebuscados como que no estaban viviendo en su lugar de empadronamiento. Denegaron la posibilidad de un debate que incluyese a Vox cuando por esa misma resolución Cs no habría podido debatir años antes. Atacaron la posibilidad de que Ahora Madrid hiciera campaña al convertirse en Mas Madrid alegando que era un partido nuevo. Toda estas actuaciones denotan sobreactuación de oficio o un elevado nivel de decisiones interesadas y faltas de imparcialidad por parte de la JEC.
Básicamente la JEC se reduce a que la mierda flota porque no hay separación de poderes.
De elegirse los jueces por sorteo puro no estaríamos dudando (y con razón) de ellos.
#7:
#1, lo bueno de esto, es que va a acatar esta resolución su madre y sin mandato judicial nadie irá al palacio de la Generalitat a desalojar a Torra. Si españa fuese un país democrático, los miembros de la junta que han votado a favor deberían ser juzgados y condenados por prevaricación.
#6:
#1 hasta que llegue europa y les vuelva a dejar en evidencia
#1:
Pinta que se han pasado de frenada, veremos que dicen los expertos.
#3:
Falta el punto "sabotear investiduras en función del fervor patriótico de sus miembros".
#2:
#1 Paciencia, los expertos de Menéame están afilando sus palillos
#37:
#5 El 6.4 LOREG establece que las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad. O sea, que el tener una condena, aun no siendo firme, por deltos contra la Administración Pública (y la desobediencia lo es) es incompatible con la condición de diputado.
En este caso se trata de incompatibilidad sobrevenida, es decir que siendo diputado ha concurrido en él una causa de incompatibilidad.
Si no se aplicase el criterio de incompatibilidad sobrevenida, eso significaría que los diputados, una vez alcanzada la condición de tales, podrían incurrir en condiciones de incompatibilidad con total libertad, permitiéndose por ejemplo nombrar a un diputado en ejercicio como delegado territorial de RTVE.
#24:
#15 Es curioso, pero eso puede ser que no signifique su dimisión, porque es verdad que el Estatuto dice que para ser elegido hay que ser diputado, pero como ya ha sido elegido y entre las causas de cese no se indica la pérdida de la condición de diputado, seguiría siéndolo.
#43:
#7 sigue siendo gracioso que los defensores de los indepes no paréis de recurrir a criticar por prevaricación a otros, cuando la prevaricación es un delito que no existe en muchos países de Europa y que bastaría con que los que fueran inculpados por ella se fueran a Bélgica a recibir el mismo trato que Puigdemont.
Vamos, que tendrías que decir que serían perseguidos políticos o alguna chorrada similar de acuerdo a las propias tesis que defiendes de que "si no es delito en Bélgica, no es delito real"
#90:
#74El artículo 7.1 de la LOREG dice que la cualificación de inelegible procederá el mismo día de la presentación de su candidatura, o cualquier momento posterior hasta la celebración de elecciones
Deja de inventarte tontadas. Lo ha inhabilitado la JEC. Lo del tribunal esta recurrido. Y como todas las sentencias recurridas no se aplican. Por eso Torra seguia siendo presidente hasta ahora cuando la resolución judicial es de hace semanas.
#10:
#5 A mi me parece una chapuza para enmierdar mas la situación
#73:
#38 Sentencia que no es firme y está recurrida. Yo pensaba que quien tenía que aplicar la sentencia eran los tribunales, no un órgano administrativo.
Es decir, no estoy en contra que le inhabiliten (tampoco a favor), pero quien lo tiene que hacer es el TSJC o el TS. No la JEC.
#51:
#31 el 155 permite supervisar, interceptar y puentear las órdenes del presidente autonómico que sean lesivas para españa, se excedieron con puigdemont, porque no permite la destitución ni disolución de la Generalitat
Una vez abres la puerta a saltarse la ley... la bola sigue creciendo
El artículo 7.1 de la LOREG dice que la cualificación de inelegible procederá el mismo día de la presentación de su candidatura, o cualquier momento posterior hasta la celebración de elecciones. ¿¿Cómo puede la JEC, que no olvidemos es un órgano administrativo, inhabilitar a un presidente ya proclamado, que además ni se presentaba como candidato a esas elecciones??
No entiendo mucho de Derecho, sólo me he ido a mirar la Ley. Si alguien conoce más por favor que lo explique por aquí.
#1, lo bueno de esto, es que va a acatar esta resolución su madre y sin mandato judicial nadie irá al palacio de la Generalitat a desalojar a Torra. Si españa fuese un país democrático, los miembros de la junta que han votado a favor deberían ser juzgados y condenados por prevaricación.
La Junta Electoral Central (JEC) es la parte de la cúpula judicial española que se dedica a hacer cumplir la LOREG ( Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general ).
Se compone de jueces del TS (puestos por el CGPJ que es a su vez elegido por el parlamento) y miembros elegidos por el parlamento. El TEJ son gente mayor (60 años), conservadora, colocados en el 2014 por amigos (3) (2), algunos son los mismos que luego están en el Juicio del Procés o bien están en el TS. (4)
Esta composición es debida a que España no tiene separación de poderes Legislativo-Judicial. Por eso la cúpula judicial (CGPJ, TS, TC, JEC, etc) está enormemente politizada.
Por ejemplo, intentaron evitar que Junqueras y Puigdemon se pudieran presentar a las elecciones al parlamento europeo con argumentos muy rebuscados como que no estaban viviendo en su lugar de empadronamiento. Denegaron la posibilidad de un debate que incluyese a Vox cuando por esa misma resolución Cs no habría podido debatir años antes. Atacaron la posibilidad de que Ahora Madrid hiciera campaña al convertirse en Mas Madrid alegando que era un partido nuevo. Toda estas actuaciones denotan sobreactuación de oficio o un elevado nivel de decisiones interesadas y faltas de imparcialidad por parte de la JEC.
Básicamente la JEC se reduce a que la mierda flota porque no hay separación de poderes.
De elegirse los jueces por sorteo puro no estaríamos dudando (y con razón) de ellos.
O respetas al árbitro o juegas a lo que a ti salga de los co****nes. Si no eres español no te presentes a dar por el c***o. No he visto que ningún partido español se presente en Francia. Idos de una p**a vez, que hasta para echaros de casa os lo tenemos que hacer los demás.
#5 el problema viene con la ley de la Generalitat que exige que el presidente sea diputado.
Lo que la JEC hace es inhabilitarlo y por tanto pierde el acta de diputado.
Claro que manipulaciones políticas el día antes y el mismo día hubo siempre y no hicieron nada hasta ahora
La única competencia de esa lista que podría respaldar la destitución de Torra es: "Corregir las infracciones que se produzcan en el proceso electoral siempre que no sean constitutivas de delito e imponer multas hasta la cuantía máxima prevista en esta Ley."
Sin embargo, la justicia ya dictaminó que colgar lazos amarillos en edificios públicos es delito o falta. Así que la JE no puede pronunciarse en ese asunto. Y en cualquier caso, su capacidad de sancionar se limitaría a poner una multa ( * ).
( * ) (sanción que, tratándose de catalanes, no sería cosa menor; pero no ha sido ese el caso).
#15 Es curioso, pero eso puede ser que no signifique su dimisión, porque es verdad que el Estatuto dice que para ser elegido hay que ser diputado, pero como ya ha sido elegido y entre las causas de cese no se indica la pérdida de la condición de diputado, seguiría siéndolo.
#11 Hay un error de concepto generalizado sobre la JEC que es interpretar que es un órgano judicial, pero no lo es. Es un órgano administrativo. Es como un Ayuntamiento o la Seguridad Social o la Dirección General de Tráfico, tiene que ajustarse a ciertas leyes ya existentes y hacerlas cumplir de la manera que interpreten que es correcto hacerlo. Las decisiones que toma son administrativas, y son recurribles ante la ley. Y ahí, sí que entran los organos judiciales... que efectivamente están terriblemente politizados.
Esto de retorcer leyes y reglamentos para que salga lo que a mi me convenga me da la impresión de ser algo más de monarquías bananeras que de democracias europeas.
Se está haciendo una bola tan enorme que cuando explote todo va a ser complicado arreglar nada. Parece que no pasa nada, que desde España se controla todo el tema independentista, pero se está saliendo de madre. Y lo peor es que todo esto lo acabaremos pagando todos los ciudadanos con partidas presupuestarias que en lugar de ir a servicios públicos, irá a pagar indemnizaciones a toda esta gente.
La justica va lenta, pero llega. Tanto en España, como en Europa, y la multa a la que se enfrenta España es enorme. Y además el Tribunal Europeo obligará a pagar indemnizaciones. Los presos siguen callados esperando porque cuanto más esperen, más gorda será la ostia. Mal no están en prisión. No es lo mismo que estar libres, pero tienen sus celdas 'VIP', están bien atendidos por los funcionarios de la Generalitat, y tienen contactos con sus familias mientras siguen trabajando cada día. Ahora además con mucho más tiempo.
España cagada tras cagada. Pero insisto, todo esto lo acabamos pagando nosotros. A más de uno le saldrá la bilis por la boca cuando los indepes como reciben indemnizaciones por todo este tema, cuando podríamos haber evitado todo esto y hoy nadie hablaría ya de independentismo. Lamentable...
Básicamente un organo que no tiene capacidad para inabilitar a nadie esta inabilitando ni mas ni menos que a un presidente de una comunidad autonoma, y lo más gracioso, negando la inmunidad de un europarlamentario, de paso picotaso.... Madre mia.
Las chapuzas de la derecha son aberrantes para cualquier democrata, constitucionalista o cualquiera que no se un patriota radical.
#5 El 6.4 LOREG establece que las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad. O sea, que el tener una condena, aun no siendo firme, por deltos contra la Administración Pública (y la desobediencia lo es) es incompatible con la condición de diputado.
En este caso se trata de incompatibilidad sobrevenida, es decir que siendo diputado ha concurrido en él una causa de incompatibilidad.
Si no se aplicase el criterio de incompatibilidad sobrevenida, eso significaría que los diputados, una vez alcanzada la condición de tales, podrían incurrir en condiciones de incompatibilidad con total libertad, permitiéndose por ejemplo nombrar a un diputado en ejercicio como delegado territorial de RTVE.
#5 1. La JEC no ha inhabilitado a nadie, lo ha inhabilitado una sentencia (no pretendo decir con esto que las resoluciones judiciales sean infalibles, ni muchísimo menos).
2. Las causas de inelegibilidad son también causas de incompatibilidad. La incompatibilidad sobrevenida supone la pérdida de la condición de diputado.
A quién le corresponde declarar la pérdida de esa condición no está del todo claro, y es probable que fuera el parlamento catalán y no la junta electoral, y eso es lo que pueden haber hecho mal aquí. Pero es una cuestión de qué órgano debía hacerlo, no de si debía hacerse. Alguien estaba obligado por ley a declarar la pérdida de la condición de diputado de este señor.
#27 El problema es que la JEC son 13 miembros, 8 de los cuales son jueces del TS (elegido a dedo en el 2014) que serían 8 de los 12 encargados de juzgarse a si mismos.
Seguiremos con una lógica desconfianza (reforzada por actuaciones que muestran falta de neutralidad),
hasta que la JEC, TS, AN, TC y CGPJ no se elijan todos por sorteo puro entre todos los jueces y no se solapen competencias.
#7 sigue siendo gracioso que los defensores de los indepes no paréis de recurrir a criticar por prevaricación a otros, cuando la prevaricación es un delito que no existe en muchos países de Europa y que bastaría con que los que fueran inculpados por ella se fueran a Bélgica a recibir el mismo trato que Puigdemont.
Vamos, que tendrías que decir que serían perseguidos políticos o alguna chorrada similar de acuerdo a las propias tesis que defiendes de que "si no es delito en Bélgica, no es delito real"
#15 Entonces la Generalitat cambia la ley y listo, ¿no?
En todo caso es exagerado quitarle el acta de diputado.
Miembros del PP y PSOE entre otros partidos han incumplido previamente la ley electoral de forma más clara (esta de Torra es muuuuuuy debatible, aunque la hiciera para tocar las bolas) y no se les ha tratado con tanta dureza.
#31 el 155 permite supervisar, interceptar y puentear las órdenes del presidente autonómico que sean lesivas para españa, se excedieron con puigdemont, porque no permite la destitución ni disolución de la Generalitat
Una vez abres la puerta a saltarse la ley... la bola sigue creciendo
España. Año 2026. El Sr Abascal es Presidente del Gobierno (en coalicion con el PP y Ciudadanos).
Se convocan eleccion anticipadas.
Al dia siguiente, en fachada de La Moncloa y del Congreso de los Diputados, aparecen colgadas pancartas rojigualdas con el lema "Cataluña es España" (tambien vale "España para los españoles" o alguno similar).
¿La izquierda, la misma que ahora critica a la JEC, apoya a Abascal o sale en tromba a pedir su dimision y que se retire la pancarta?
Tienen delitos para cohecho y similar, pero prevaricación como tal sin que haya un beneficio propio, corrupción, no tienen.
Uno de los motivos por lo que es absurda la tesis de persecución política por el simple hecho de que haya cosas que en otro país no se consideran delictivas.
Yo me parto viendo como ellos mismos se desmontan, aunque creo que tristemente no se dan cuenta.
Aprovecho para meter, con calzador pero no mucho, mi experiencia personal con el respeto al ciudadano y a la propia LOREG por parte de las Juntas Electorales.
#62 Efectivamente, la prevaricación no existe en el CP belga, y en otros códigos penales tampoco. Existen la corrupción y la concusión, pero la prevaricación per se.
#61 Tu debes ser de los que creía que Europa no le iba a dar el acta de eurodiputado al Puigdemont?
Ve guardando bilis porque te hará falta próximamente..
#5 En argot parlentario se llama "filibusterismo".
El PP a este paso va a adelantar a vox por la derecha.
Autentica chusma sin escrúpulos y antidemocráticos. Juegan y usan el parlamentarismo pero no creen en el.
#5 Creo que lo que aplican es el artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que considera “inelegibles” a quienes cumplen condena por delitos contra la Administración Pública, entre ellos la desobediencia, incluso aunque la sentencia que lo ha condenado no sea firme, como ocurre en el caso del president, por haber sido condenado en sentencia no firme por desobediencia, un delito contra la Administración Pública, a una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos, “ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo, así como para el desempeño de funciones de gobierno en los ámbitos local, autonómico y del Estado”.
Legalmente es así, luego ya cada uno que lo interprete como quiera yo ahí no me meto.
PD: Es una ley de FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ, con el voto a favor de ERC.
#73Son inelegibles: [...] b) Los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal.
Dejad de repetir que la JEC ha "inhabilitado" a Torra. La inhabilitación fue cosa de un órgano judicial.
Aquí algunos dais miedo, si el resultado es a vuestro favor "es un sistema fascista, os lo dije" si el resultado es en vuestra contra "es un sistema fascista, os lo dije"
Tenéis de democrático muy poco.
#_65 La JEC sólo pinta algo durante procesos electorales y en referencia a candidatos. La JEC no tiene ninguna competencia sobre cargos ya electos, y menos aún puede inhabilitar a un diputado sin suplicatorio y sin apoyo del parlamento correspondiente, y menos aún en base a una sentencia no firme por mera desobediencia.
#1 ¿De frenada? Es como ver a un guardia de tráfico pretendiendo ejercer de tribunal divino por encima del poder judicial. La JEC es el nuevo y ridículo deus ex machina de las cloacas de la derecha ahora que el TJUE ha desautorizado a los títeres del Tribunal Supremo.
#4 Esta decisión en concreto no necesita ser tumbada, porque con el Estatut en la mano se puede ignorar olímpicamente. Es tan chorras como si un guardia de tráfico pretendiera inhabilitar diputados autonómicos electos.
#11 y si fueras un cacique político pondrías a alguien a quien pudieras hacer mucho daño simplemente sacando un vídeo de cuando mangó unas cremas en una tienda...
#34 Si hago leyes inconstitucionales ( como MUCHAS otras)... se anulan tras su paso por el TC sin ningun problema.
Si desobedezco autoridades... me condenan por desobediencia.
Excepto si son independentistas que entonces retuerzo las leyes porque contra el enemigo vale todo.
Y el resto aplaudimos... hasta que “el enemigo” seamos nosotros. Que será tarde.
#74El artículo 7.1 de la LOREG dice que la cualificación de inelegible procederá el mismo día de la presentación de su candidatura, o cualquier momento posterior hasta la celebración de elecciones
Deja de inventarte tontadas. Lo ha inhabilitado la JEC. Lo del tribunal esta recurrido. Y como todas las sentencias recurridas no se aplican. Por eso Torra seguia siendo presidente hasta ahora cuando la resolución judicial es de hace semanas.
#15 lo de que el presidente sea diputado viene en el articulo que habla de la proclamacion del presidente... hay otro que habla de los motivos de la destitución y ahi no dice nada de "dejar de ser diputado". aunque aqui la madre del cordero es si la JEC puede meter mano una vez finalizadas las elecciones como dice #5. yo por mas que me leo esas funciones, no veo nada que diga que pueden meter mano a electos. para eso estan los jueces del TS.
#67 En ese asunto aún no está dicha la última palabra. Y no te quepa la menor duda de que Puigdemont pisará la cárcel o no podrá volver a pisar territorio español jamás.
#15 en la constitucion exige que todos los presidentes autonomicos sean diputados autonomicos, tambien lo pone en el estatuto catalan, aunque se lo podia haber ahorrado.
Lo que tenemos aquí es todo un aparato del Estado inmenso trabajando de manera más o menos coordinada. Ya me pueden traer todas las leyes e interpretaciones que quieran. La ley es flexible y se moldea según las necesidades. Y los funcionarios del Estado, en España, tienen una desviación fachosa muy fuerte. No importa demasiado si se puede inhabilitar o no a Torra, o a Junqueras, o si son presos políticos o pueden ser parlamentarios. El aparato se mueve, obstaculiza, comete los mínimos errores necesarios y se viste de legalidad. En 10 años se verá que todo es una inmensa farsa, pero el daño está hecho.
Comentarios
Pinta que se han pasado de frenada, veremos que dicen los expertos.
#1 Paciencia, los expertos de Menéame están afilando sus palillos
Falta el punto "sabotear investiduras en función del fervor patriótico de sus miembros".
#1 "Los expertos" que podrían tumbar las decisiones de la JEC son el TS, del cual provienen la mayoría de miembros de la JEC.
El artículo 7.1 de la LOREG dice que la cualificación de inelegible procederá el mismo día de la presentación de su candidatura, o cualquier momento posterior hasta la celebración de elecciones. ¿¿Cómo puede la JEC, que no olvidemos es un órgano administrativo, inhabilitar a un presidente ya proclamado, que además ni se presentaba como candidato a esas elecciones??
No entiendo mucho de Derecho, sólo me he ido a mirar la Ley. Si alguien conoce más por favor que lo explique por aquí.
#1 hasta que llegue europa y les vuelva a dejar en evidencia
#1, lo bueno de esto, es que va a acatar esta resolución su madre y sin mandato judicial nadie irá al palacio de la Generalitat a desalojar a Torra. Si españa fuese un país democrático, los miembros de la junta que han votado a favor deberían ser juzgados y condenados por prevaricación.
#6 Si eso dentro de 6 meses ya.piden perdón...
#1 Claro, ni que fuesen vascos.
#5 A mi me parece una chapuza para enmierdar mas la situación
La Junta Electoral Central (JEC) es la parte de la cúpula judicial española que se dedica a hacer cumplir la LOREG ( Ley Orgánica 5/1985, de 19 de Junio, del régimen electoral general ).
Se compone de jueces del TS (puestos por el CGPJ que es a su vez elegido por el parlamento) y miembros elegidos por el parlamento. El TEJ son gente mayor (60 años), conservadora, colocados en el 2014 por amigos (3) (2), algunos son los mismos que luego están en el Juicio del Procés o bien están en el TS. (4)
Esta composición es debida a que España no tiene separación de poderes Legislativo-Judicial. Por eso la cúpula judicial (CGPJ, TS, TC, JEC, etc) está enormemente politizada.
Por ejemplo, intentaron evitar que Junqueras y Puigdemon se pudieran presentar a las elecciones al parlamento europeo con argumentos muy rebuscados como que no estaban viviendo en su lugar de empadronamiento. Denegaron la posibilidad de un debate que incluyese a Vox cuando por esa misma resolución Cs no habría podido debatir años antes. Atacaron la posibilidad de que Ahora Madrid hiciera campaña al convertirse en Mas Madrid alegando que era un partido nuevo. Toda estas actuaciones denotan sobreactuación de oficio o un elevado nivel de decisiones interesadas y faltas de imparcialidad por parte de la JEC.
Básicamente la JEC se reduce a que la mierda flota porque no hay separación de poderes.
De elegirse los jueces por sorteo puro no estaríamos dudando (y con razón) de ellos.
(1) http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/Satellite?c=Page&childpagename=JEC%2FJEC_Layout&cid=1379061462478&d=Touch&packedargs=d%3DTouch&pagename=jec%2Fwrapper%2FJEC_Wrapper
(2) https://confilegal.com/20170523-alivio-los-vocales-del-cgpj-la-dimision-del-promotor-la-accion-disciplinaria/
(3) https://www.elnortedecastilla.es/20140214/local/antonio-fonseca-herrero-funcion-201402141942.html
(4) https://diario16.com/la-junta-electoral-central-bajo-sospecha-por-culpa-del-juicio-al-proces/
O respetas al árbitro o juegas a lo que a ti salga de los co****nes. Si no eres español no te presentes a dar por el c***o. No he visto que ningún partido español se presente en Francia. Idos de una p**a vez, que hasta para echaros de casa os lo tenemos que hacer los demás.
#11 Madrid decide quién muerte y quien gana.
Confio plenamente en la injusticia española, sus "jueces" para nada tienen desinterés político.
#5 el problema viene con la ley de la Generalitat que exige que el presidente sea diputado.
Lo que la JEC hace es inhabilitarlo y por tanto pierde el acta de diputado.
Claro que manipulaciones políticas el día antes y el mismo día hubo siempre y no hicieron nada hasta ahora
Junta electoral centralizada en Madrid.
No hay más que decir señorias
#16 Junta electoral central, es decir, nacional, situada en la capital. Si te parece, tendrían la sede en Viniegra de Abajo*.
*Pueblo muy bonito, por cierto.
#17 pues entonces Junta electoral de Madrid
#1 ¿los mismos "expertos" que dicen que la ley que deja a los hombres en inferioridad es constitucional?
Pues dirán lo que tengan que decir.
#12 Aquí parece que el árbitro está intentando cambiar el acta varias semanas después del partido...
La única competencia de esa lista que podría respaldar la destitución de Torra es:
"Corregir las infracciones que se produzcan en el proceso electoral siempre que no sean constitutivas de delito e imponer multas hasta la cuantía máxima prevista en esta Ley."
Sin embargo, la justicia ya dictaminó que colgar lazos amarillos en edificios públicos es delito o falta. Así que la JE no puede pronunciarse en ese asunto. Y en cualquier caso, su capacidad de sancionar se limitaría a poner una multa ( * ).
( * ) (sanción que, tratándose de catalanes, no sería cosa menor; pero no ha sido ese el caso).
#18 La junta electoral de Madrid es la provincial.
#16 Vamos a ver esto:
http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/Satellite?c=Page&childpagename=JEC%2FJEC_Layout&cid=1379061462478&d=Touch&packedargs=d%3DTouch&pagename=jec%2Fwrapper%2FJEC_Wrapper
Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo => Salamanca
Dejo para tu entretenimiento mirar de donde es cada uno de los demás.
Luego hablamos.
Nada más que decir señorías.
#15 Es curioso, pero eso puede ser que no signifique su dimisión, porque es verdad que el Estatuto dice que para ser elegido hay que ser diputado, pero como ya ha sido elegido y entre las causas de cese no se indica la pérdida de la condición de diputado, seguiría siéndolo.
#7 2 años después de la falsa DUI sigues viviendo en la luna.
#11 Hay un error de concepto generalizado sobre la JEC que es interpretar que es un órgano judicial, pero no lo es. Es un órgano administrativo. Es como un Ayuntamiento o la Seguridad Social o la Dirección General de Tráfico, tiene que ajustarse a ciertas leyes ya existentes y hacerlas cumplir de la manera que interpreten que es correcto hacerlo. Las decisiones que toma son administrativas, y son recurribles ante la ley. Y ahí, sí que entran los organos judiciales... que efectivamente están terriblemente politizados.
#7 "deberían ser juzgados y condenados"
Qué digo yo que para eso ya podemos condenarlos directamente y nos ahorramos los gastos del juicio... Curiosa acepción de "democracia" tenéis algunos.
Esto de retorcer leyes y reglamentos para que salga lo que a mi me convenga me da la impresión de ser algo más de monarquías bananeras que de democracias europeas.
#24 muy bien visto
#13 que pesaos con Madrid... Será el puto gobierno o el presidente, o los jueces, o lo que sea pero Madrid es un territorio, PESAOS!
#7 Casado ya pide el 155 si Torra no se va....
Se está haciendo una bola tan enorme que cuando explote todo va a ser complicado arreglar nada. Parece que no pasa nada, que desde España se controla todo el tema independentista, pero se está saliendo de madre. Y lo peor es que todo esto lo acabaremos pagando todos los ciudadanos con partidas presupuestarias que en lugar de ir a servicios públicos, irá a pagar indemnizaciones a toda esta gente.
La justica va lenta, pero llega. Tanto en España, como en Europa, y la multa a la que se enfrenta España es enorme. Y además el Tribunal Europeo obligará a pagar indemnizaciones. Los presos siguen callados esperando porque cuanto más esperen, más gorda será la ostia. Mal no están en prisión. No es lo mismo que estar libres, pero tienen sus celdas 'VIP', están bien atendidos por los funcionarios de la Generalitat, y tienen contactos con sus familias mientras siguen trabajando cada día. Ahora además con mucho más tiempo.
España cagada tras cagada. Pero insisto, todo esto lo acabamos pagando nosotros. A más de uno le saldrá la bilis por la boca cuando los indepes como reciben indemnizaciones por todo este tema, cuando podríamos haber evitado todo esto y hoy nadie hablaría ya de independentismo. Lamentable...
Básicamente un organo que no tiene capacidad para inabilitar a nadie esta inabilitando ni mas ni menos que a un presidente de una comunidad autonoma, y lo más gracioso, negando la inmunidad de un europarlamentario, de paso picotaso.... Madre mia.
Las chapuzas de la derecha son aberrantes para cualquier democrata, constitucionalista o cualquiera que no se un patriota radical.
#28 Si, y lo de me paso las leyes por el forro y aunque me den avisos hago lo que me da la gana también...
#1 Junta Electoral Central, debería funcionar solo en elecciones.
total! Qué ganas de liarla más y más.
#5 El 6.4 LOREG establece que las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad. O sea, que el tener una condena, aun no siendo firme, por deltos contra la Administración Pública (y la desobediencia lo es) es incompatible con la condición de diputado.
En este caso se trata de incompatibilidad sobrevenida, es decir que siendo diputado ha concurrido en él una causa de incompatibilidad.
Si no se aplicase el criterio de incompatibilidad sobrevenida, eso significaría que los diputados, una vez alcanzada la condición de tales, podrían incurrir en condiciones de incompatibilidad con total libertad, permitiéndose por ejemplo nombrar a un diputado en ejercicio como delegado territorial de RTVE.
#5 1. La JEC no ha inhabilitado a nadie, lo ha inhabilitado una sentencia (no pretendo decir con esto que las resoluciones judiciales sean infalibles, ni muchísimo menos).
2. Las causas de inelegibilidad son también causas de incompatibilidad. La incompatibilidad sobrevenida supone la pérdida de la condición de diputado.
A quién le corresponde declarar la pérdida de esa condición no está del todo claro, y es probable que fuera el parlamento catalán y no la junta electoral, y eso es lo que pueden haber hecho mal aquí. Pero es una cuestión de qué órgano debía hacerlo, no de si debía hacerse. Alguien estaba obligado por ley a declarar la pérdida de la condición de diputado de este señor.
#30 una ciudad. Pero sí, son unos pesados.
#27 El problema es que la JEC son 13 miembros, 8 de los cuales son jueces del TS (elegido a dedo en el 2014) que serían 8 de los 12 encargados de juzgarse a si mismos.
Seguiremos con una lógica desconfianza (reforzada por actuaciones que muestran falta de neutralidad),
hasta que la JEC, TS, AN, TC y CGPJ no se elijan todos por sorteo puro entre todos los jueces y no se solapen competencias.
#20 yo también vi que en la pancarta ponía feliz navidad
#7 Generalitat, Torra con mayúscula, y españa con minúscula, ¿Lapsus?
#7 sigue siendo gracioso que los defensores de los indepes no paréis de recurrir a criticar por prevaricación a otros, cuando la prevaricación es un delito que no existe en muchos países de Europa y que bastaría con que los que fueran inculpados por ella se fueran a Bélgica a recibir el mismo trato que Puigdemont.
Vamos, que tendrías que decir que serían perseguidos políticos o alguna chorrada similar de acuerdo a las propias tesis que defiendes de que "si no es delito en Bélgica, no es delito real"
esto es igual que las políticas de género, chiquilladas para unas y sanciones para otros.
#15 Entonces la Generalitat cambia la ley y listo, ¿no?
En todo caso es exagerado quitarle el acta de diputado.
Miembros del PP y PSOE entre otros partidos han incumplido previamente la ley electoral de forma más clara (esta de Torra es muuuuuuy debatible, aunque la hiciera para tocar las bolas) y no se les ha tratado con tanta dureza.
Espero que en el Parlament no hagan ni puto caso de lo que diga la JEC.
Cuando la derecha no puede saquear las arcas públicas monta un golpe de estado
#17 o en Orihuela del Tremedal, y que la presida Federico Jiménez Losantos, paisano de #16
#42 Cómo osa cometer tan grave ofensa...
#25 peor aún, cree que vive en un país democrático donde la justicia y las instituciones son independientes y honestas; así que sí vive en la luna
#31 el 155 permite supervisar, interceptar y puentear las órdenes del presidente autonómico que sean lesivas para españa, se excedieron con puigdemont, porque no permite la destitución ni disolución de la Generalitat
Una vez abres la puerta a saltarse la ley... la bola sigue creciendo
#42 mi corrector cambió sólo Generalitat, casualidad?
#43 se llamará de otra forma pero existir tiene que existir, o tendrán otros mecanismos para corregirlo
#34 Es más o menos lo mismo.
España. Año 2026. El Sr Abascal es Presidente del Gobierno (en coalicion con el PP y Ciudadanos).
Se convocan eleccion anticipadas.
Al dia siguiente, en fachada de La Moncloa y del Congreso de los Diputados, aparecen colgadas pancartas rojigualdas con el lema "Cataluña es España" (tambien vale "España para los españoles" o alguno similar).
¿La izquierda, la misma que ahora critica a la JEC, apoya a Abascal o sale en tromba a pedir su dimision y que se retire la pancarta?
#39 Madrid es una provincia y una comunidad autónoma.
#16 Chorrada del día. Central significa que es para todo el territorio nacional.
#28 ¿Todavía dándole vueltas a los referendum ilegales y a las DUI?
#2 La ilegalización del PP para cuándo?
#56 pero no un territorio. Una chorrada de todas formas por llevar la contraria.
En principio el territorio pertenece a una unidad administrativa, no es la unidad en sí misma.
#32 Jaja, no te lo crees ni tú.
#53 la fiscalia belga en su momento no encontró correspondencia en su CP y lo quitó en la petición de extradición: https://www.elespanol.com/espana/politica/20171117/262724460_0.html
Tienen delitos para cohecho y similar, pero prevaricación como tal sin que haya un beneficio propio, corrupción, no tienen.
Uno de los motivos por lo que es absurda la tesis de persecución política por el simple hecho de que haya cosas que en otro país no se consideran delictivas.
Yo me parto viendo como ellos mismos se desmontan, aunque creo que tristemente no se dan cuenta.
Aprovecho para meter, con calzador pero no mucho, mi experiencia personal con el respeto al ciudadano y a la propia LOREG por parte de las Juntas Electorales.
https://sites.google.com/site/reclamandoalasje/
#62 Efectivamente, la prevaricación no existe en el CP belga, y en otros códigos penales tampoco. Existen la corrupción y la concusión, pero la prevaricación per se.
#1 #2 La jec solo está aplicando una sentencia el TSJC, no dictando sentencia.
#39 y una comunidad autónoma homónima.
#61 Tu debes ser de los que creía que Europa no le iba a dar el acta de eurodiputado al Puigdemont?
Ve guardando bilis porque te hará falta próximamente..
#5 En argot parlentario se llama "filibusterismo".
El PP a este paso va a adelantar a vox por la derecha.
Autentica chusma sin escrúpulos y antidemocráticos. Juegan y usan el parlamentarismo pero no creen en el.
#6 https://magnet.xataka.com/preguntas-no-tan-frecuentes/pese-a-las-condenas-a-raperos-espana-respeta-mejor-los-derechos-humanos-que-alemania-francia-o-italia
Creo que a España todavía tiene margen
Por ejemplo os pego 2017
MEMORIA 2017 TEDH
Juicios que consideraron que se había producido al menos 1 violación DDHH
GRECIA 36
ITALIA 28
FRANCIA 6
BÉLGICA 7
ESPAÑA 5
ALEMANIA 7
REINO UNIDO 2
#56 Y una avenida, en mi pueblo.
#1 Bueno, depende. ¿Los expertos a sueldo de qué partido?
#5 Creo que lo que aplican es el artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que considera “inelegibles” a quienes cumplen condena por delitos contra la Administración Pública, entre ellos la desobediencia, incluso aunque la sentencia que lo ha condenado no sea firme, como ocurre en el caso del president, por haber sido condenado en sentencia no firme por desobediencia, un delito contra la Administración Pública, a una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos, “ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo, así como para el desempeño de funciones de gobierno en los ámbitos local, autonómico y del Estado”.
Legalmente es así, luego ya cada uno que lo interprete como quiera yo ahí no me meto.
PD: Es una ley de FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ, con el voto a favor de ERC.
#38 Sentencia que no es firme y está recurrida. Yo pensaba que quien tenía que aplicar la sentencia eran los tribunales, no un órgano administrativo.
Es decir, no estoy en contra que le inhabiliten (tampoco a favor), pero quien lo tiene que hacer es el TSJC o el TS. No la JEC.
#73 Son inelegibles: [...] b) Los condenados por sentencia, aunque no sea firme , por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal.
Dejad de repetir que la JEC ha "inhabilitado" a Torra. La inhabilitación fue cosa de un órgano judicial.
Aquí algunos dais miedo, si el resultado es a vuestro favor "es un sistema fascista, os lo dije" si el resultado es en vuestra contra "es un sistema fascista, os lo dije"
Tenéis de democrático muy poco.
#69 y contra políticos electos, miembros de un gobierno ?
#58 También. Lo uno no quita lo otro. Un "Y tú más" que no aporta nada. A eso me refería
#27 Tambien se puede hacer un juicio farsa, que lo jueces pasan mucha hambre.
Ya tu sabe
#70 y un apellido:
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Miguel_de_la_Madrid
#55 Ni una cosa, ni la otra.
Pero ya se que sois binarios.
#1 ¿Dudas acaso de nuestro estado de torcido?
#5 Todo es un plan ultra secreto para que no gobierne Sanchez, facha, y franco.
Lo de que se le dio una orden y no la cumplió ya si acaso lo dejamos para otro día.
#6 En evidencia queda un tipo que es tan impresentable que no viene ni al entierro de su padre. VERGÜENZA!!!
#_65 La JEC sólo pinta algo durante procesos electorales y en referencia a candidatos. La JEC no tiene ninguna competencia sobre cargos ya electos, y menos aún puede inhabilitar a un diputado sin suplicatorio y sin apoyo del parlamento correspondiente, y menos aún en base a una sentencia no firme por mera desobediencia.
#1 ¿De frenada? Es como ver a un guardia de tráfico pretendiendo ejercer de tribunal divino por encima del poder judicial. La JEC es el nuevo y ridículo deus ex machina de las cloacas de la derecha ahora que el TJUE ha desautorizado a los títeres del Tribunal Supremo.
#30 Pues nada. La capital a Teruel y así os quitamos ese problema. La capital y todo lo asociado, claro esta.
¿Hace?
#4 Esta decisión en concreto no necesita ser tumbada, porque con el Estatut en la mano se puede ignorar olímpicamente. Es tan chorras como si un guardia de tráfico pretendiera inhabilitar diputados autonómicos electos.
#83 Ya os veo a los fachas declarando que es ilegal no llevarse bien con el padre.
#11 y si fueras un cacique político pondrías a alguien a quien pudieras hacer mucho daño simplemente sacando un vídeo de cuando mangó unas cremas en una tienda...
#34 Si hago leyes inconstitucionales ( como MUCHAS otras)... se anulan tras su paso por el TC sin ningun problema.
Si desobedezco autoridades... me condenan por desobediencia.
Excepto si son independentistas que entonces retuerzo las leyes porque contra el enemigo vale todo.
Y el resto aplaudimos... hasta que “el enemigo” seamos nosotros. Que será tarde.
#74 El artículo 7.1 de la LOREG dice que la cualificación de inelegible procederá el mismo día de la presentación de su candidatura, o cualquier momento posterior hasta la celebración de elecciones
Deja de inventarte tontadas. Lo ha inhabilitado la JEC. Lo del tribunal esta recurrido. Y como todas las sentencias recurridas no se aplican. Por eso Torra seguia siendo presidente hasta ahora cuando la resolución judicial es de hace semanas.
#42 es debido a la enfermedad del extremeño errante.
Y no, no se me ha olvidado ninguna 'h'.
#15 lo de que el presidente sea diputado viene en el articulo que habla de la proclamacion del presidente... hay otro que habla de los motivos de la destitución y ahi no dice nada de "dejar de ser diputado". aunque aqui la madre del cordero es si la JEC puede meter mano una vez finalizadas las elecciones como dice #5. yo por mas que me leo esas funciones, no veo nada que diga que pueden meter mano a electos. para eso estan los jueces del TS.
#12 Ahora imagínate que al árbitro lo ha nombrado a dedo el entrenador del equipo contrario. ¿Le considerarías imparcial? ¿Le respetarías?
#87 en todas las familias de bien se respetan entre todos
#90 Por enésima vez, inelegible implica incompatible, e incompatible implica que no puede permanecer en el cargo.
Art. 6.4 LOREG: Las causas de inelegibilidad lo son también de incompatibilidad [...].
Lo que tú pegas ahí es sobre cuándo puede declararse la inelegibilidad, pero aquí no se ha declarado la inelegibilidad, sino la incompatibilidad.
Lo del tribunal esta recurrido. Y como todas las sentencias recurridas no se aplican.
¿Qué parte de "aunque no sea firme" te ves incapaz de comprender? ¿Es la parte de que no es necesario que sea firme?
#67 En ese asunto aún no está dicha la última palabra. Y no te quepa la menor duda de que Puigdemont pisará la cárcel o no podrá volver a pisar territorio español jamás.
#15 en la constitucion exige que todos los presidentes autonomicos sean diputados autonomicos, tambien lo pone en el estatuto catalan, aunque se lo podia haber ahorrado.
Lo que tenemos aquí es todo un aparato del Estado inmenso trabajando de manera más o menos coordinada. Ya me pueden traer todas las leyes e interpretaciones que quieran. La ley es flexible y se moldea según las necesidades. Y los funcionarios del Estado, en España, tienen una desviación fachosa muy fuerte. No importa demasiado si se puede inhabilitar o no a Torra, o a Junqueras, o si son presos políticos o pueden ser parlamentarios. El aparato se mueve, obstaculiza, comete los mínimos errores necesarios y se viste de legalidad. En 10 años se verá que todo es una inmensa farsa, pero el daño está hecho.
#31 el tonto con cerillas y gasolina........Perfecto!!!!
#84 Yo cómo presidente de la comunidad (de vecinos) me planteo mañana inhabilitar al Sanchez.