Hace 5 años | Por Danichaguito a cadenaser.com
Publicado hace 5 años por Danichaguito a cadenaser.com

El regidor asegura que la documentación presentada por los padres no acredita que sean sus representantes legales, a pesar de que la Comunidad le insta por carta a que la empadrone porque todos los documentos son legales. El argumento de la Consejería es que si los documentos son suficientes para proceder al registro de la menor en el Registro Civil, también lo es para proceder al empadronamiento, y así lo hace constar en el documento que trasladan directamente al alcalde.El Alcalde no da validez a la instancia de la Comunidad porque "la compe

Comentarios

Priorat

#5 La documentación extranjera es válida, siempre y cuando lleve la apostilla de la Haya (que no se si la tiene, pero entiendo que si se lo han aceptado en registro civil si la tiene, junto con una traducción de un traductor jurado).

Yo he hecho una escritura para otorgar poderes de representación para una sociedad española en un notario chileno y, previa apostilla de la Haya (x), ha servido en España.

Porque sino, estaríamos en un círculo vicioso en que nunca, en ninguna instancia, se podría demostrar que es su hija, porque el registro civil podría decir lo mismo.

(x) En la apostilla de la Haya el Ministerio de Asuntos Exteriores chileno certifica que ese es un notario válido en Chile y luego el Ministerio de justicia lo valida en España.

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/legalizacion-unica-apostilla

BiRDo

#9 La documentación está en regla. El alcalde está prevaricando por motivos ideológicos.

SOBANDO

#24 No lo están, falta el registro civil.

D

#9 La Comunidad de Madrid afirma que la documentación está en regla. Esa ha sido la información de Cadena Ser esta mañana.

D

#3 Yo pensaba lo mismo, hasta lo leído en este caso. Y la comunidad autónoma dice que no puede hacer nada ante la negativa del alcalde. Perplejo estoy.

Mala

#1 La capacidad de empadronar está regulada por ley. Empadronarla sin la documentación necesaria, abriría la puerta al empadronamiento de cualquier extranjero.

D

#5 No dejes que la realidad y la razón arruinen una bonita historia, hombre por favor... A ver si vamos a tener que leernos la normativa para poder opinar sobre algo y tener toda la razón. Alcalde cacique y cabrón y pareja inocente oprimida con víctima infantil. Punto.

Priorat

#17 #5 Por cierto, el pasaporte de cualquier país es un documento válido en España sin apostilla. Por eso se inventaron los pasaportes.

SOBANDO

#48 Porque la madre es del PSOE, quiere polémica y salir en la prensa.

s

#18 la comunidad de Madrid no es la que decide sobre empadronamientos. Ojo que tan posible es que el alcalde del PP sea un cabron como que la concejala del PSOE tenga un amigo en la comunidad ( desde luego en la SER lo tiene, que si me pasa a mí no sale el tema en la radio)

D

#64 Yo prefiero los guiñoles, es más divertido.

D

#36 La norma municipal requiere inscripción en el registro civil. No han presentado la documentación que acredite la inscripción en el registro civil. Fin de la historia. La comunidad puede decir misa.

BiRDo

#15 Sí que puede, el argumento de la Comunidad es correcto. No lo hace basándose en un problema de forma que no existe, así que está prevaricando.

Mala

#3 Seguramente presentaste un libro de familia, actualizado en "el registro" donde dice que es hijo tuyo, para que lo empadronaran.

Noeschachi

#29 No

Los padres critican los perjuicios que la joven está sufriendo ya por el retraso en el empadronamiento y argumentan motivos políticos. Y es que la madre, Carmen Ávila, es una militante del PSOE conocida en el pueblo por su oposición al gobierno. Ávila, en declaraciones a RadioMadrid, asegura "que el motivo real de la demora son motivos políticos, porque al alcalde no le gustan ciertas actuaciones que hacemos en la oposición".

D

¿Nadie se ha dado cuenta de que presenta un documento en el que se dice que el Organismo Compentente firma una resolución con fecha 30/11/2018?

Vale que es un error tipográfico (o el Organismo Competente tiene un Delorean en la puerta) pero, por mi experiencia con los organismos oficiales, no te lo aceptan ni de coña.

Al leer la noticia, parece muy claro que es alcalde es un auténtico gilipollas que se cree el dueño del pueblo.

Priorat

#50 Bueno, la India está en el acuerdo.

Y por cierto, que descubrí luego (y lo usé posteriormente), entre las potestades del Consul está hacer de Notario. Así que si necesitas una escritura hecha por un notario residiendo en el extranjero, puedes pedir hora para el consul español para esto y te harán una escritura de notario español. Eso si, el Cónsul es el consul. Tienes que llevarle el texto de la escritura tal y como quieras que salga.

gontxa

#19 #12. De eso nada. Al menos hace 2 años no era así. En el hospital registran al niño, pasan los datos al Registro Civil y te dan un papelito para que vayas a recoger el libro de familia, que de obsoleto no tiene nada porque lo necesitas para dar de alta al niño en la SS, DNI, padrón, etc.

D

#115 Voy a traducir "ya está en trámite" ---> No está hecho todavía.

Por eso que el alcalde lo dice bien.

Bien leida la notícia (deberías), resulta que no lo dice el alcalde, sino otro funcionario municipal. Pero resulta que ésta aprovechada lo que quiere es cargar contra el alcalde porque son de partidos políticos diferentes, por eso que lo pone en boca del alcalde, cuando ni eso es cierto.

A mi hija primero la inscribí en el registro civil y no se me ocurrío intentar empadronarla hasta tener eso hecho. Ningún problema. Aquí lo que hay es alguien buscando problemas donde no los hay con motivaciones políticas.

Y como que no tengo un buen día, vas al ignore, con todos los listillos de día. Os deseo que os lo paseis bien todos juntos ahí.

D

#12 Ahora es así. Lo del libro de familia está obsoleto.

BiRDo

#1 El alcalde está prevaricando.

VG6

Denuncia por prevaricación y cohecho y a tomar por culo.

D

#49 lo suscribo.

Jack-Bauer

Un pueblo con menos de 800 habitantes y claro, como es del PP sale en la Cadena Ser y en portada de Meneame.
Menos de 800 habitantes, repito. Para que luego no hablen de la guerra de los medios y los intereses mediáticos.
Circulen, no hay nada que ver.

offler

Mi impresión es que siempre hay una necesidad imperiosa de señalar a un partido y hacer política de los titulares.
Siempre es "Un alcalde del PP", "un alcalde del PSOE", "un alcalde de Podemos", para señalar lo que es culpa de un capullo como si fuera la política de un partido y así calentar a la gente.
No sé porque la noticia no es simplemente "Un alcalde impide empadronar a una niña adoptada". Y después en la noticia si se quiere se indica que el alcalde es del PP.

SOBANDO

#51 La otra instancia no es nadie, la noticia dice que falta el registro civil, las cosas se hacen por orden, que espere 2 o3 días y ya tendrá todo en regla.

Treal

#54 Al final siempre igual, las 2 partes tienen lo suyo... manda huevos.

s

#17 No es un tema de que sea válida o no, es un tema del orden de documentos. Es al registro al que le corresponde comprobarla y al ayuntamiento hacer lo que diga el registro.

Como digo en otro comentario el papel A, permite obtener B que a su vez pemite obtener C, pero no puedes irta a pedir C con el papel.

Esto es totalmente lógico si tienes en cuenta que B y C son órganos distintos, imagina un papel A dudoso y que los dos órganos que lo valoran llegan a conclusiones distintas. Acabarías con la niña empadronada y sin padres o al revés, por eso las cosas tienen que seguir un orden.( como bien dice #13)
Se pueden poner mil ejemplos
Yo puedo coger mi expediente con todas las asignaturas de derecho terminadas y solicitar el titulo a educación, y puedo coger mi titulo de licenciado en derecho y colegiarme, pero si solicito la colegiación y presento como documentación mi expediente me van a contestar que pida el título y luego vuelva.

D

#2 ¿Entonces por qué la noticia no ha sido alcalde ha sido denunciado por negarse a aceptar un empadronamiento?
En cualquier caso si el funcionario necesita unos requisitos para poder realizar el empadronamiento, ¿no sería más sencillo ir previamente al registro civil (juzgado de paz) a inscribir al hijo que ir corriendo a los medios de comunicación para exponer a un alcalde?
El registro se realiza con todos los recién nacidos, imagino que con las adopciones se tendrá que realizar un proceso similar.

montag

#21 Por motivos xenófobos y racistas concretamente.

D

#32 La Comunidad no empadrona pero certifica que los papeles de la adopción son correctos. El alcalde aduce, de manera que parece infundada, que no hay pruebas de que los padres adoptivos sean realmente sus padres adoptivos, pero la CAM asegura que los trámites están bien realizados. El tiempo dirá (juzgado de por medio) si es una vendetta de pueblo o si hay errores en el papeleo.

D

#21 Lee el artículo. El alcalde dice que es necesario el documento que acredite estar inscrito en el registro civil, que no han presentado.

BiRDo

#25 El artículo está más que leído. La argumentación del alcalde no se sostiene por lo que dice la comunidad autónoma.

BiRDo

#38 Pues va a ser que no. Esto termina en el juzgado y no te quepa la menor duda que termina ganando la parte civil al ayuntamiento porque la norma municipal no puede ser ilegal y en tanto en cuanto no permita documentación legalmente equivalente lo es. Así que aquí la última palabra ni es del alcalde ni es del ayuntamiento. El alcalde sabe todo esto y, por tanto, prevarica. Hay unas cuantas leyes que dictaminan esa equivalencia documental y este señor se las está pasando por el forro.

Cehona

Los del Registro Civil deberian no correr tanto y terminar tan pronto dicha gestión.
A mi me tardaron 6 meses pasar un documento de CLM a Madrid y eso que el Registro Civil solo atendia de 26 a 30 personas con cita previa.

BiRDo

#63 No, eso no es cierto. Cuando una ley establece una equivalencia a una documentación que se exige en una norma, no permitir que se presenten los equivalentes es SALTARSE ESA LEY, y por tanto prevaricar. ¿Te hago una esquema, te lo explico con guiñoles?

BiRDo

Es que esa no es la documentación equivalente de la que aquí se habla, sino la presentada en el registro civil.

polvos.magicos

El PP, pandilla de cabrones.

squanchy

Vaya, otro alcalde del PP haciendo cacicadas.emilio.herreroemilio.herrero no se lo esperaba

emilio.herrero

#72 Caballero ¿puede dejar de etiquetarme en sus comentarios? se lo agradeceria. muchas gracias.

Tumbadito

#5 Disculpe caballero, para empadronarse no es necesario acreditar nada, solo que vive en ese domicilio

Miles de ilegales se empadronamiento con sus hijos en pisos de toda España sin recibir cuestionamientos porque simplemente la ley no cuestiona. Y es requisito fundamental para sacar los papeles demostrar 2 años de residencia (se hace por empadronamiento)

Lo de este al aldea va por otro lado y, como siempre los políticos, tienen cero empatía por la realidad de la gente. Podría haberla empadronado y pedir más papeles pero no... no la empadronamiento y listo. Suerte que son vecinos de él los que hacen el trámite, imagínate si va uno de otro continente

D

#83 Igual depende de cada comunidad. A mi el libro de familia sólo me ha pedido el gobierno vasco para la ayuda por nacimiento. Al ayuntamiento y SS fui con el papel del registro civil que me sacó el hospital.

Priorat

#44 ¿Como se empadrona el hijo de un extranjero que obviamente no tiene ni libro de familia, ni está en el registro civil? ¿O el hijo de un español, cuyo hijo no es español y no va a estar en el registro civil?

Este es un caso asimilable al segundo. Es un hijo de unos españoles con nacionalidad en otro país. Luego, como adoptado podrán arreglar la nacionalidad e inscribirlo en el registro civil. Pero esto segundo, no es obligatorio. Empadronarlo, si.

Ejemplo. Pareja de españoles viviendo en México y tienen un hijo. Es mexicano, tiene hasta los 18 para decidir que hacen. Llegan a España y este alcalde les dice que nonpueden empadronarlo con la misma argumentación. Es decir, ¿les obliga a nacionalizarlo español? No puede.

BiRDo

#78 Otra vez lo mismo. Vamos a ver, una norma no puede contradecir una ley. Si una ley tipifica como equivalente a todos los efectos una documentación respecto a otra, la interpretación de la norma se hace sustituyendo lo que se exige por todos los documentos equivalentes a todos los efectos. No permitir una documentación legalmente equivalente es prevaricar.

Priorat

#86 Error. Si el padre es de españoles tienen derecho a que sea español. No es español automáticamente.

A ver, que he estado viviendo fuera de España varios años y conozco unos cuantos casos de "ya lo iré a inscribir" en el consulado. Puede llegar perfectamente con pasaporte mexicano a España y "luego ya lo arreglarán" (y ni siquiera es obligatorio). La nacionalidad española no es una cosa obligatoria si naces fuera de España (y ni siquiera en España en cuanto sea mayor de edad).

Tumbadito

#88 Dice "podrá comprobar" no dice "debe comprobar"

Y créeme, tengo 2 hijas empadronadas conmigo este año y no pidieron papeles de ellas.

BiRDo

#109 Sería más sencillo inscribir a la nena en el registro civil, ¿no?

BiRDo

Menuda pérdida de tiempo

D

#116 muy de acuerdo. Yo tuve que hacer encaje de bolillos para registrar a mi peque nacida en un país distinto al de mi residencia en el extranjero y me llevo tres meses (y eso que los funcionarios de los rrgg consulares me ayudaron mucho).

Estoy por una vez de acuerdo con uno del PP. No libro de familia, no registro. Y lo de que no tiene acceso al pediatra es mentira. La mía ha tenido acceso a los pediatras en el sistema público de tres paises sin tener el libro de familia.

Lo que no he podido es empadronarla porque sin el libro de familia puedo coger a cualquier niño por la calle y registrarlo. Igualmente para los vuelos he tenido que hilar fino.

m

#9 Es que cualquier extranjero puede empadronarse, incluso aunque no esté en España de manera legal.

LeDYoM

Pues nada, carcel preventiva sin fianza por desobediencia.
La ley es igual para todos. Dicen.

LeDYoM

#67 Si la ninya se hubiera empadronado en Madrid, mereceria ser noticia?
Eso creo, no lo he entendido.

#85 Error, si es de padres españoles el hijo es español. Lo normal es inscribirlo en el registro civil de la representación consular que les toque, por lo que si tendrían el libro de familia. Es más se consideran Españoles de Origen (con la protección constitucional que ello conlleva...)

#81
" 2. Datos de inscripción en el Padrón Municipal y documentación acreditativa
El artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, en su apartado 2, establece los datos obligatorios que deberá contener la
inscripción padronal.
A estos efectos el Ayuntamiento podrá comprobar la veracidad de los datos
consignados por los vecinos en la hoja padronal, exigiendo la presentación del documento
acreditativo de la identidad, el libro de familia, el título que legitime la ocupación de la
vivienda u otros documentos análogos, en virtud del artículo 59.2 del Reglamento de
Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y de acuerdo con las
especificaciones de los apartados siguientes."

#89 Si, pero en ese caso tendrá un certificado de nacimiento donde diga la filiación y el equivalente al libro de familia, que no necesitará traducción jurada al ya estar en Español. Si fuera por ejemplo en Brasil, necesitaría lo mismo, pero añadida la traducción jurada.
El problema de este caso no es inscribir al menor o su identificación, sino que los padres adoptivos tienen que demostrar que cuentan con la representación legal del menor.

m

#95 ¿Ah, sí? ¿Cuánto tiempo?

cdya

#1 Demostrando que los de PP y Vox tienen muchas cosas en comun.

jer_esc

#1 la solución es fácil, presentar los papeles en regla, tanto los extranjeros, con traducciones juradas como los que le facilite la comunidad y/o el registro civil sobre la tramitación de la niña en dicho registro, y paralelamente presentar una denuncia por prevaricacion contra dicho sujeto, porque si pese a todo eso se sigue negando a tramitar el empadronamiento es una prevaricacion de libro que le traerá unas bonitas consecuencias

s

#1 es que es asi.
A mí la noticia me parece muy extraña. Apuesto a que :
la " secretaria del alcalde" de la noticia es la secretaria del ayuntamiento .
La postura de la funcionaria es que se empadrona en base al registro.
Si fuese el alcalde el que decide por libre y en contra de los funcionarios la noticia lo diría, ya que está claro que posición adopta quien la escribe.
La frase " a pesar de que es válido para la inscripción en el registro" es ridícula, que un papel valga para obtener el certificado A, y el certificado A valga para obtener el B, no implica que puedas pedir el certificado B directamente.
Vete a saber si la noticia no es " concejala del PSOE a la que si pide un papel para empadronar a su hija en el ayuntamiento se encabrona y saca una noticia poniendo verde al alcalde del PP"
Por no hablar de que en unos días tendrá a la niña inscrita y podrá empadronarla.

s

#12 pero es que en los papeles del hospital pone que el hijo de tuyo, prueba a ir a empadronar el hijo de otro

s

#8 No hay órganos superiores que han aceptado toda la documentación y ratificado el proceso.

yocaminoapata

Me comentan que no la han empadronado porque falta un sobre junto al resto de la documentación

SOBANDO

#34 Y que tiene razón, no dudo de que pueda ser gilipollas.

D

#21 No en este caso.

D

#2 también el gobierno del PSOE dejó hace poco a niños españoles nacidos por gestación subrogada en el extranjero durante meses sin atención consular y sin pasaportes, negándose a aceptar las pruebas de adn que acreditaban dicha paternidad escudándose en la ley de protección de datos. En este país hay mucho dictadorcillo de izqdas y dchas y siempre siempre salen impunes.

s

#60 lo que no quita que las cosas tienen un orden como digo en #44

s

#85 No es un tema de nacionalidad, la nacionalidad es irrelevante,es un tema de filiación. Lo que le están diciendo según parece es que no puede actuar en nombre de un menor hasta que se inscriba la filiación.

De acuerdo con el artículo 113 del código civil
"La filiación se acredita por la inscripción en el Registro Civil, por el documento o sentencia que la determina legalmente, por la presunción de paternidad matrimonial y, a falta de los medios anteriores, por la posesión de Estado. Para la admisión de pruebas distintas a la inscripción se estará a lo dispuesto en la Ley de Registro Civil"

Que le hayan pedido a alguien la inscripción de filiación en el registro para ver si puede actuar en nombre de un menor me parece de todo menos una noticia. Podemos discutir si hay un exceso de celo en hacer esperar los días que tarda la inscripción, pero de ahí a lo que suelta la noticia...

Y como digo en otro comentario apuesto a que "la secretaria del alcalde" de la que habla la noticia es la secretaria de ayuntamiento que exige el certificado, sería el primer Alcalde al que le ponen a la firma un empadronamiento y no lo firma y si así fuese seguro que lo denunciarían. Si no lo han denunciado y se han limitado a llevar el tema a la radio me tiene más pinta de ser una cuestión política.

s

#85 Añado.

Conste que me parece exagerado pedir la inscripción en el registro civil y viendo el documento de adopción debería bastar ( A mi al menos me bastaría ) pero tengo compañeras mucho más estrictas que probablemente le pedirían la inscripción en el registro.

s

#85 después de estudiar el tema rectifico.

Vivir en el municipio es un hecho que el propio ayuntamiento puede constatar de oficio, así que con un mínimo de buena voluntad no habria que pedir un solo papel.

Treal

Si los papeles están en regla, ¿quién es el alcalde para decir que no?

D

#20 goto #25

D

Este es el estado de derecho del cacique PP

D

Los independentistas catalanes son unos supremacistas xenòfobos, si ya lo dicen a diario desde el PP.

[Ironic mode off]

camvalf

#20 un alcalde de PP prevalicando, ¡IMPOSIBLE!

Treal

#40 Y los padres por qué no esperan a tener ese papel para empadronarla? tampoco debería tardar tanto ese trámite.

D

#17 De hecho, ni hace falta que lo valide el Ministerio de Justicia, al estar incluidos ambos países en la Apostilla de la Haya, al validarlo el Ministerio de Asuntos Exteriores Chileno, ya es válido. Lo que no recuerdo es si, al hacer la apostilla, había que indicar el país al que iba dirigido.

Todo ello teniendo en cuenta que el país esté dentro de ese acuerdo, a mi me tocó preparar documentos para Paraguay, que entró en el acuerdo en el 2015 (creo) y aquello fue un infierno hasta que lo conseguí.

D

#43 El problema es que no dice nada de ese error, lo hace porque le sale de sus santos cojones pese a que otra instancia le dice que la documentación es correcta.

D

#58 Si la norma es ilegal, lo suyo es denunciar la norma en el juzgado, y que sea un juez quien lo dictamine.

Mientras tanto, y mientras un juez no declare la norma ilegal, la obligación del alcalde es cumplirla. El alcalde no es poder legislativo para derogar normas, ni judicial para declararlas ilegales. Parece que en la izquierda moderna teneis ligeros problemas con la separación de poderes.

D

#61 Pues sí, el 'seño alcalde' seguramente tenga bastante más idea de la norma municipal de su localidad que los de la Comunidad de Madrid.

D

#64 Cuando una ley establece una equivalencia a una documentación que se exige en una norma, no permitir que se presenten los equivalentes es SALTARSE ESA LEY

Perfecto. ¿Puedes citar la ley exacta que dice que una documentación que acredite que estás tramitando el alta en el registro civil es equivalente a todos los efectos a la documentación que acredite estar inscrito en el registro civil?

Jack-Bauer

#76 , de lo que me quejo es que salga en la Cadena Ser y en portada una noticia irrelevante sobre un pueblo con menos de 800 habitantes.
Pero claro, el alcalde es del PP y hay que sacarlo.
Y como la madre es del PSOE y ella dice que no le dejan registrar a la niña por motivos políticos, pues también hay que decirlo

Battlestar

#23 Por lo que dice la noticia la normativa municipal exige el registro civil, y eso no es ilegal, son las normas del municipio. Y tampoco es que la normativa municipal este contradiciendo la de la comunidad, simplemente pide un documento que la comunidad considera que no es necesario, pero la normativa municipal dice que si. El ayuntamiento está obligado a cumplir la norma, no puede hacer lo que le salga, eso si seria prevaricar. Si es una contradicción de normas (no me parece una contradicción, pero pongamos que lo sea) es un tribunal quien tendría que decidirlo, no el ayuntamiento.

Battlestar

#41 Y se sobresee y encima si hay alguna costa la pagas tú. Porque si la normativa del Ayuntamiento dice que hace falta el registro civil y no presentas el registro civil, como bien dice el alcalde ya puede venir el Rey en persona a decirte que la empadrones que no tienen la documentación.

D

#83 Yo no tengo libro de familia y la niña no lo ha necesitado hasta ahora, de hecho una de las funcionarias que nos tocó para empadronarnos la última vez tuvo que consultarlo, y lo que vale es el papelito que tu dices.

https://www.serpadres.es/familia/derechos/articulo/el-libro-de-familia-deja-de-existir

D

#84 Hasta donde yo sé es a nivel nacional. Lo que pasa es que hay entidades que están todavía actualizandose y de primeras te pueden pedir el libro de familia, pero con la entrada en el registro civil es suficiente.

Mala

#69 para ello tiene que llevar residiendo en el municipio un tiempo determinado.

D

Menos mal que todavia queda gente así, que se ponen serios con los requisitos de las cosas.

La de problemas que no hemos sabido porque nos los ha evitado la gente seria.

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