La Abogacía del Estado acusa por sedición y malversación a los líderes del ‘procés’ y se aleja de la Fiscalía General del Estado. Las penas que pide este órgano del ministerio de Justicia suman un mínimo de 14 años.
#40:
#2 ¿Has leído el delito de rebelión? Te pongo antes una sentencia ya emitida por un alto tribunal que podría valer para lo de alzamiento:
Auto 11/2005 del TSJPV:
"Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
Luego lo siguiente sería discutir lo en serio que había que tomarse a los que aprobaban leyes dictatoriales como la de Transitoriedad para elegir jueces a dedo, expropiar bienes, etc. O valorar aquellas declaraciones de algunos políticos sobre hacerse con el control de infraestructuras clave.
Pero volviendo al tipo delictivo de rebelión:
Artículo 473.2.
"Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos."
Las armas aparecen como condicional y se puede calificar como acto de rebelión incluso la "simple" malversación de fondos públicos.
Además de que el artículo 475 dice:
"Serán castigados como rebeldes con la pena de prisión de cinco a diez años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años los que sedujeren o allegaren tropas o cualquier otra clase de fuerza armada para cometer el delito de rebelión.
Si llegara a tener efecto la rebelión, se reputarán promotores y sufrirán la pena señalada en el artículo 473."
Se puede considerar rebelión el "seducir" a fuerzas armadas, imaginemos a los mossos por ejemplo, a cometer rebelión, y esto en el caso de que la rebelión no tuviera éxito ni hubiera alzamiento ni nada, pero se les castiga como rebeldes.
#151:
#71 Creo que Jaume Matas va ya por su tercera entrada en prisión.
Barcenas aún sigue.
Bigotes.
Etc.
#11:
#4 ¿ Traidor a quien?¿A las leyes?
¿ Cual es en tu opinión la ventaja procesal de acusarles de un delito más que dudoso y que posiblemente acabarían recurriendo y ganando en el tribunal de derechos humanos ? ¿ Hacer el ridículo?¿ Dar alas al independentismo?
La ultraderecha con tal de hacer campaña le da igual cualquier cosa, hasta perjudicar a su amada "patria"
#277:
#1, lo sensato es buscar una solución democrática para el conflicto entre Cataluña y el Estado Español y dejarse de encarcelar a líderes políticos.
#134:
#91 Para demostrar están los juicios. Aunque me parece que olvidamos muy rápido cuando se hablaba de controlar infraestructuras clave para hacer efectiva la república, o de como se decía que los mossos estaban bajo su mando y harían efectivo el 1-O.
La falacia de fuera de España no por favor, que también se nos olvida que Puigdemont huyó como una rata de los países nórdicos. ¿Por qué?
La respuesta es evidente.... piensala
#247:
#13 un pueblo que tiró piedras a la guardia civil y ya generalizas, si quieres te hablo del centenar de denuncias POR AGRESIÓN SEXUAL que recibió la policia del orden y la ley. Lo del 1 de octubre el que diga que los violentos eran las personas que iban a votar pacíficamente es que esta chalado.
#28:
#3 La rebelión también es punible en grado de tentativa, como se hace evidente por la redacción del artículo 477 del Código Penal, que trata de la conspiración para la rebelión:
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer rebelión serán castigadas, además de con la inhabilitación prevista en los artículos anteriores, con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente
Por no hablar de que para considerar rebelión no sería necesaria la existencia misma de un alzamiento violento con armas, combates, estragos, sabotajes, etc, pues todo son agravantes, no circunstancias necesarias del tipo penal. Me remito al artículo 473.2:
2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos.
Tampoco es estrictamente necesaria la violencia como tal, sino que la amenaza fundada de la misma también se considera elemento válido, como consta en el Auto 11/2005 del TSJPV, que ha citado hoy @anarion321. El hecho de que la Generalitat tuviese mando sobre un cuerpo de 17.000 hombres armados hace suponer una fundada amenaza de uso de la fuerza para conseguir el fin número 5 del tipo penal de rebelión, concretamente, el tener 17.000 hombres armados permitiría ejercer control del territorio:
Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.
#140:
#28 "El hecho de que la Generalitat tuviese mando sobre un cuerpo de 17.000 hombres armados hace suponer una fundada amenaza de uso de la fuerza para conseguir el fin número 5 del tipo penal de rebelión, concretamente, el tener 17.000 hombres armados permitiría ejercer control del territorio"
Amenazar con el uso de la fuerza es algo real y no imaginario, no se puede condenar a quien tiene el mando de un cuerpo armado y no hace amenaza de su uso, la ley se basa en hechos o tentativas de cometer hechos. Por esa regla de tres podemos procesar al rey y al ministro de defensa, porque también tienen bajo su mando a muchos militares que no hicieron nada ni amenazaron con hacer nada.
#123:
#40 Se puede rebatir todo.
El delito de rebelión exige el uso de violencia para conseguir los fines de la rebelión, lo que excluye "declaraciones de algunos políticos sobre hacerse con el control de infraestructuras clave", "aprobaban leyes dictatoriales como la de Transitoriedad para elegir jueces a dedo, expropiar bienes". Los hechos violentos de los que se les acusa son hechos muy distintos a estos que has dicho y que carecen de relevancia penal, los jueces se refieren como rebelión violenta a los numerosos incidentes durante las votaciones del 1-O y las manifestaciones posteriores, pero no parecen otra cosa de delitos de alteración del orden público muy alejados a la fuerza y violencia necesaria en una rebelión (por esa regla de tres los lideres del próximo 15M podrían ser juzgados por lo mismo), por no mencionar que quien usaba la fuerza en los incidentes eran los antidisturbios en su mayoría y no los ciudadanos.
También se puede considerar suficiente con la amenaza de uso de la fuerza, cuando el empleo de esta "constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma". Deben existir hechos de amenaza de uso de la fuerza, como por ejemplo la rebelión de primo de Rivera donde los militares tomaron el control de Cataluña entera, en el resto de España dos regimientos se unieron a los rebeldes mientras que ningún regimiento se posicionó favorable a defender al estado. Decir que hubo "seducción" a fuerzas armadas sin basarse en hechos relacionados, ni en ninguna amenaza de uso de la fuerza por parte de los mossos, no es mas que una acusación sin fundamento.
#176:
#147 La ley 19/2017 del Referéndum de Autodeterminación de Cataluña hace vinculante ese referéndum.
Artículo 1: Esta Ley regula la celebración del referéndum de autodeterminación vinculante sobre la independencia de Cataluña, las consecuencias en función de cuál sea el resultado y la creación de la Sindicatura Electoral de Cataluña.
Artículo 4.4: Si en el recuento de los votos válidamente emitidos hay más votos afirmativos que negativos, el resultado implica la independencia de Cataluña. Con este fin, el Parlamento de Cataluña, dentro los dos días siguientes a la proclamación de los resultados oficiales por la Sindicatura Electoral, celebrará una sesión ordinaria para efectuar la declaración formal de la independencia de Cataluña, concretar sus efectos e iniciar el proceso constituyente.
#71:
#1 Hombre 14 años de cárcel para estos y para los de Alsasua me parece...
Mientras los del pepé no cumplen ni la cuarta parte por habernos expoliado
#163:
#91 Que salga un presidente de un parlamento diciendo que se secesionan en TV en directo internacional.
Si eso no es fundado...
#160:
#74 Lo que de verdad querían es que la policía o el ejército matasen a catalanes para ganar más apoyo.
El estado reaccionó proporcionalmente. Pero se quería forzar el uso de la vioencia.
#116:
#91 Todo estado requiere de tres cosas: población natural, territorio controlado, y reconocimiento internacional. Para producir la independencia de un territorio, es estrictamente necesario tener control del mismo, lo cual requiere la capacidad de uso del monopolio de la violencia. Tener un cuerpo de 17.000 hombres armados supone una fundada amenaza de su uso para el control efectivo del territorio que se pretende independizar.
El hecho de que Trapero fuese una de las piezas principales de cara a la independencia, según el informe EnfoCATs intervenido a Jové, y que participase en reuniones con los cabecillas independentistas, incluyendo a los Jordis, hace que la amenaza sea más que fundada.
#12:
se han olvidado de crímenes de lesa humanidad,violación reiterada de bebes y lo que es peor hacer llorar a muchos españoles con los huevos negros
#79:
#62 y por los Presidents que aupan los indepes cada vez hay más comentarios como el que criticas.
"Gente que se ha olvidado de mirar al sur y vuelve a mirar al norte, donde la gente es limpia, noble, libre y culta. Y feliz.“
"No, no es nada natural hablar en español en Cataluña. No querer hablar la lengua del país es el desarraigo, la provincialización, la voluntad persistente de no querer asumir las señas de identidad de donde se vive”
"un catalán que aspire a ser español no es nada”
Que lo de que pretendan sacar leyes como la de transitoriedad para elegir jueces a dedo a lo mejor también influye.
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales,
Violencia queda claro que no (o no fue la suficiente)
Todas las vía empleadas fueron legales.
Cómo que no se aplica rebelión?...entonces... que hacen en la cárcel? por qué estan inahabilitados?... y lo más importante: por qué se cambió la voluntad del pueblo salida de las elecciones del 21-D?...no estarás sugiriendo que alguien está prevaricando, verdad?
#4 ¿ Traidor a quien?¿A las leyes?
¿ Cual es en tu opinión la ventaja procesal de acusarles de un delito más que dudoso y que posiblemente acabarían recurriendo y ganando en el tribunal de derechos humanos ? ¿ Hacer el ridículo?¿ Dar alas al independentismo?
La ultraderecha con tal de hacer campaña le da igual cualquier cosa, hasta perjudicar a su amada "patria"
#8 No te confundas, los disturbios de lavapios no tenian como objetivo la independencia de ese barrio de Madrid.
Y la gente que perseguia a pedradas a la guardia civil que?
Y en los mossos, la dejacion de sus funciones, no actuar cuando deben hacerlo ante un delito de sedicion tambien es un delito. Es como si te estan atracando y ellos miran para otro lado.
No es nada nuevo. La izquierda entiende el poder como un aglutinador del ejecutivo, judicial y legislativo. Por eso no tienen problemas en inmiscuirse en asuntos judiciales, porque no entienden la separación de poderes. No son demócratas, es así de sencillo.
#12 te has liado, esos son La Iglesia. #14 Viendo la pila de cargos que ha colocado a dedo el PP en el poder judicial nadie lo diria. Quizá es que el PP es de izquierdas para tiy Como os gusta contar mentirijillas a los de ultracentro, eh?
#2 bueno, un trato es un trato.
"La acusación de la Abogacía del Estado en el procés tiene una firma destacada. Consuelo Castro, abogada general del Estado nombrada al llegar Sánchez a Moncloa, ha impuesto su jerarquía, y firmará el escrito de acusación que excluye que hubiera rebelión y que rebaja a la mitad las penas que pide la fiscalía"
#13 Han hecho un esfuerzo ímbprobo para convencer al público de que el destrozo de un coche por parte de manifestantes y el lanzamiento de objetos contra policías por personas sin vinculación directa con el govern, todo ello de forma aislada y no sistemática, es un delito de rebelión por el que ha de imputarse al govern. Un tipo penal que, según sus propios promulgadores y cualquier persona con sentido común se circunscribe a hechos armados. Veo que les ha funcionado el lavado de cerebro.
#15 Así es cómo está construido el sistema, que ciertamente está corrompido. Pero esto que ha hecho el PSOE es una táctica propia de los régimenes bolivarianos dictatoriales (sí, esos que gusta tanto a Podemos)
#4 Mira, si según la ley no puede ser rebelión, pues no se les acusa de eso y sí de lo otro (que ojo, son unos 14 años de prisión). Ya que se ven a victimizar y llorar en inglés en la bbc igualmente, por lo menos que sea con la ley en la mano.
#4 Pero si se van a comer la tira de anhos, y las multas que van a recibir los van a dejar embargados de por vida.
Un mínimo de 14 anhos me parece una pena consecuente, total, cumpliendo cuatro y medio ya podrían pedir el tercer grado, y llevan ya un anho en prisión.
#11 ¿ Traidor a quien?¿A las leyes?
No, al estado.
Y que conste que a mí, personalmente, lo de traidor a la"patria", "el pueblo" o "el estado" me parece una estupidez.
Pero las cosas son las que son.
A mí con que estos delincuentes líderes del proceso independentista vayan a prisión durante muchos años, me llega, para aleccionar a los que vengan, a ver si se les quitan las ganas. Golpistas. Delincuentes. Ni un solo paso en falso con los golpistas. Ya está bien de dorarles la píldora.
#17 Tu interpretas el delito de rebelion como te da la gana, imaginandote que es necesario un ejercito para aplicarlo y no es asi. Informate en los criterios juridicos en los que se basa y veras que el govern, con sus fuerzas de seguridad han incurrido en el.
Y ademas a la luz del dia, con luces y camaras y proclamandolo a los cuatro vientos.
#3 La rebelión también es punible en grado de tentativa, como se hace evidente por la redacción del artículo 477 del Código Penal, que trata de la conspiración para la rebelión:
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer rebelión serán castigadas, además de con la inhabilitación prevista en los artículos anteriores, con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente
Por no hablar de que para considerar rebelión no sería necesaria la existencia misma de un alzamiento violento con armas, combates, estragos, sabotajes, etc, pues todo son agravantes, no circunstancias necesarias del tipo penal. Me remito al artículo 473.2:
2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos.
Tampoco es estrictamente necesaria la violencia como tal, sino que la amenaza fundada de la misma también se considera elemento válido, como consta en el Auto 11/2005 del TSJPV, que ha citado hoy@anarion321. El hecho de que la Generalitat tuviese mando sobre un cuerpo de 17.000 hombres armados hace suponer una fundada amenaza de uso de la fuerza para conseguir el fin número 5 del tipo penal de rebelión, concretamente, el tener 17.000 hombres armados permitiría ejercer control del territorio:
Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.
#10 Están en la cárcel porque se fugó Puigdemont con 4 o 5 más, aparte de la posible destrucción de pruebas. Los Jordis aparte están por posibilidad de reincidencia de delitos.
#2 ¿Has leído el delito de rebelión? Te pongo antes una sentencia ya emitida por un alto tribunal que podría valer para lo de alzamiento:
Auto 11/2005 del TSJPV:
"Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
Luego lo siguiente sería discutir lo en serio que había que tomarse a los que aprobaban leyes dictatoriales como la de Transitoriedad para elegir jueces a dedo, expropiar bienes, etc. O valorar aquellas declaraciones de algunos políticos sobre hacerse con el control de infraestructuras clave.
Pero volviendo al tipo delictivo de rebelión:
Artículo 473.2.
"Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos."
Las armas aparecen como condicional y se puede calificar como acto de rebelión incluso la "simple" malversación de fondos públicos.
Además de que el artículo 475 dice:
"Serán castigados como rebeldes con la pena de prisión de cinco a diez años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años los que sedujeren o allegaren tropas o cualquier otra clase de fuerza armada para cometer el delito de rebelión.
Si llegara a tener efecto la rebelión, se reputarán promotores y sufrirán la pena señalada en el artículo 473."
Se puede considerar rebelión el "seducir" a fuerzas armadas, imaginemos a los mossos por ejemplo, a cometer rebelión, y esto en el caso de que la rebelión no tuviera éxito ni hubiera alzamiento ni nada, pero se les castiga como rebeldes.
#4 hubiera sido mejor que fueran acusados por rebelión puesto que ley en mano no podrían ser declarados culpables (por lo de la falta de armas, la violencia, y el resto)
#10 Si mal no recuerdo, están en la cárcel por riesgo de fuga.
Otro día hablamos de por qué la justicia es tan lenta y hace que las prisiones preventivas duren años.
A lo mejor cuando la UE funcione como los EEUU y no exista el concepto de extradición entre los estados miembros se puede quitar la prisión preventiva por ese motivo.
Me gusta menéame que critica al dictador de franco y alaba a los dictadores del proces. Aquí no se critican los hechos en sí, si no, si los hace un bando u otro. Si lo hace nuestro bando está bien pero si lo hace el otro.... bufff
#42Vamos, que a los Mossos se los mandó a cerrar colegios y no lo hicieron, que me estás contando.
Algunos colegios no fueron cerrados por los Mossos ni por Guardia Civiles por que las circunstancias implicaban que actuando suponía un daño mayor que el no actuar.
A los Mossos se les procesa por actuar de policía democrática y a esos Guardia Civiles que actuaron igual no se les procesa.
Hay que recordar que la órden judicial establecía que había que actuar sin alterar la normal convivencia ciudadana.
#44 Riesgo de fuga? te recuerdo que alguno de ellos salió de la cárcel pagando una fianza...y que se les volvió a encarcelar sin haber cambiado nada del procedimiento.
#9 No estoy de acuerdo. El referendum era ilegal. Para una administracion, todo lo que no sea explicitamente legal, es ilegal.
Para las personas es al contrario, es legal todo lo que no sea explicitamente ilegal.
#9 ¿Es un comentario irónico? Porque no sé qué tiene de legal ir contra mandatos judiciales o intentar aplicar leyes que han sido suspendidas o anuladas por los tribunales
Lo que tengo entendido si no me falla la memoria es que el gobierno apeló al constitucional la ley que les permitía hacer la consulta y el constitucional la dejó en suspenso.
No tengo ni idea, pero supongo que al estar suspendida por el constitucional, esa ley (ni ninguna otra) les permitía hacer la consulta. Así que no lo hicieron por las vías legales.
#58 Es lo que están demostrando. Aparte de que tanto Podemos como PSOE no condenan el régimen de Venezuela (que claramente es una dictadura). Y no lo condenan porque no creen en la separación de poderes. Tan simple como eso.
#56 No hay riesgo de fuga cuando alguno de ellos pagó fianza y no se escapó....y el riesgo de destrucción de pruebas hay exactamente el mismo estén ellos en el govern o sus compañeros.
Yo creo que queda un poco feo que el gobierno no persiga todos los delitos que ha contemplado un juez instructor, pero bueno, si no recuerdo mal la abogacía entró por el tema de malversación y el resto de delitos ya son pedidos por fiscalía y acusación particular, así que la cosa importa poco.
#66 Que hay riesgo de fuga y de destrucción de pruebas es clamoroso, cuando la policía ha recupera pruebas destruidas de varios ministerios, que la mitad de la cúpula del 1-O se fugara, o que Marta Rovira se hiciese la brava con el tribunal y se negase a ir a declarar.
Esto está muy claro, el tribunal no quiere más películas, se han pasado de frenada y pretendían abusar de su posición y los han metido a todos en el meco hasta que se resuelva el juicio.
Y me parece fenomenal, igual que con cualquier imputado en la misma situación.
Si tu te crees que en otro país sería diferente estás muy equivocado.
Los políticos que han promovido el Golpe de Estado en Cataluña deben cumplir y penar cárcel.
Son unos criminales que han puesto a este país al borde de un conflicto , son repulsivos y no deben volver a formar parte de ningún gobierno democrático.
La abogacía solo constata lo de Bélgica y Alemania. La fiscalía les acusara de rebelión y en el juicio quedará desestimada . Veamos aqui lo importante es inhabilitación , embargo de bienes para devolver lo robado y dejen de cobrar sueldos públicos . Estamos hartos de este paripé de mierda .
#62 y por los Presidents que aupan los indepes cada vez hay más comentarios como el que criticas.
"Gente que se ha olvidado de mirar al sur y vuelve a mirar al norte, donde la gente es limpia, noble, libre y culta. Y feliz.“
"No, no es nada natural hablar en español en Cataluña. No querer hablar la lengua del país es el desarraigo, la provincialización, la voluntad persistente de no querer asumir las señas de identidad de donde se vive”
"un catalán que aspire a ser español no es nada”
Que lo de que pretendan sacar leyes como la de transitoriedad para elegir jueces a dedo a lo mejor también influye.
#76 Que te parece fenomenal que estén en el maco, no tengo la más mínima duda... y lo de los demás países, si estarían en la cárcel...pregunta en Alemania, o en UK, o en Bélgica, o en Suiza.
#74 Sin violencia y sin armas, el tipo penal puede existir perfectamente: combates, armas, estragos, sabotajes, etc son agravantes, o sea que son partes supletorias no necesarias para la existencia del tipo penal.
Además, no es necesaria la violencia en sí, sino que basta con la fundada amenaza de que se produzca (auto de 2005 del TSJPV) para uno de los fines del tipo penal de rebelión.
No entiendo que los partidos independentistas sean legales y después pedir 14 años de cárcel.Sí, es que "del dicho al hecho hay un trecho"... Pero no 14 años.
#65 Ni me molestó en contestarte...
Que tonta es la gente que apoya incondicionalmente la derecha o la izquierda como patéticos forofos de futbol, sin importarle ni siquiera si un partido actúa bien o mal.
Son casos políticamente perdidos!
Ir contra mandatos judiciales e intentar aplicar leyes suspendidas o anuladas por los tribunales es el mismo concepto y, no es sedición. Desacato o prevaricación , tal vez. Pues esas leyes de que hablas fueron aprobadas a través de vías totalmente legales.
#12 ¿Eso no lo habían denunciado ya los indepes cuando hablaron de crisis humanitaria? Lo raro es que todavía no se haya reunido la ONU de emergencia para tratar el tema.
#80 Vosotros que os creeis que en el resto del mundo son carajotes y no habrían hecho nada ante un intento de secesión unilateral?
De verdad vivís tan apartados de la realidad que os creeis que en las mismas circunstancias los responsables del 1O no estarían en prisión o en arresto domiciliario a la espera de juicio, por el que los empurarían hasta que se muriesen?
En qué planeta vivís?
Tu te crees que en un hipotético caso de que Catalunha se independizase por las buenas, en buenos términos con Espanha, etc. Y una región por sus santos cojones, se secesiona de Catalunha, no haríais nada?
Tanto diabolo, y huerto urbano os tiene el cerebro hecho mistos.
#81 Ya pero la "fundada" hay que demostrarla y no soñarla!
Curioso que cuando hay que acusar a esos delitos a los que están fuera de España no se atreven.... ¿Porque?
La respuesta es evidente.... piensala
Comentarios
Bastante más sensato.
Y el fiscal " de rebelión sin armas de combate"
Ademas que sedicion es un delito de tentativa, no necesita estar consumada la sedicion para incurrir en ella.
Qué manera de darle la vuelta a la noticia, q es q no se les va a acusar d rebelión. Gobierno traidor.
#4 Dí que sí, y añado: alguien se ha hecho caquita.
Es que no hubo violencia y por tanto no aplica la rebelión.
#6 Si hubo uso de la fuerza, o no utilizaron a las fuerzas de seguridad del Estado que son los mossos?
Y a la patrulla de la guardia civil que se subieron los Jordis, con que la tomaron con violencia o con amor?
#7 ¿De qué forma utilizaron los Mossos la violencia? Creía que uno de los puntos de la cuestión es precisamente que no habían actuado.
En cuanto al coche de la Guardia Civil destrozado por manifestantes... En fin, de risa, en los disturbios de Lavapiés de hace unos meses quemaron uno.
#6 Y tampoco aplica sedición.
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales,
Violencia queda claro que no (o no fue la suficiente)
Todas las vía empleadas fueron legales.
Cómo que no se aplica rebelión?...entonces... que hacen en la cárcel? por qué estan inahabilitados?... y lo más importante: por qué se cambió la voluntad del pueblo salida de las elecciones del 21-D?...no estarás sugiriendo que alguien está prevaricando, verdad?
#4 ¿ Traidor a quien?¿A las leyes?
¿ Cual es en tu opinión la ventaja procesal de acusarles de un delito más que dudoso y que posiblemente acabarían recurriendo y ganando en el tribunal de derechos humanos ? ¿ Hacer el ridículo?¿ Dar alas al independentismo?
La ultraderecha con tal de hacer campaña le da igual cualquier cosa, hasta perjudicar a su amada "patria"
se han olvidado de crímenes de lesa humanidad,violación reiterada de bebes y lo que es peor hacer llorar a muchos españoles con los huevos negros
#8 No te confundas, los disturbios de lavapios no tenian como objetivo la independencia de ese barrio de Madrid.
Y la gente que perseguia a pedradas a la guardia civil que?
Y en los mossos, la dejacion de sus funciones, no actuar cuando deben hacerlo ante un delito de sedicion tambien es un delito. Es como si te estan atracando y ellos miran para otro lado.
No es nada nuevo. La izquierda entiende el poder como un aglutinador del ejecutivo, judicial y legislativo. Por eso no tienen problemas en inmiscuirse en asuntos judiciales, porque no entienden la separación de poderes. No son demócratas, es así de sencillo.
#12 te has liado, esos son La Iglesia.
#14 Viendo la pila de cargos que ha colocado a dedo el PP en el poder judicial nadie lo diria. Quizá es que el PP es de izquierdas para tiy Como os gusta contar mentirijillas a los de ultracentro, eh?
#2 bueno, un trato es un trato.
"La acusación de la Abogacía del Estado en el procés tiene una firma destacada. Consuelo Castro, abogada general del Estado nombrada al llegar Sánchez a Moncloa, ha impuesto su jerarquía, y firmará el escrito de acusación que excluye que hubiera rebelión y que rebaja a la mitad las penas que pide la fiscalía"
#13 Han hecho un esfuerzo ímbprobo para convencer al público de que el destrozo de un coche por parte de manifestantes y el lanzamiento de objetos contra policías por personas sin vinculación directa con el govern, todo ello de forma aislada y no sistemática, es un delito de rebelión por el que ha de imputarse al govern. Un tipo penal que, según sus propios promulgadores y cualquier persona con sentido común se circunscribe a hechos armados. Veo que les ha funcionado el lavado de cerebro.
#15 Así es cómo está construido el sistema, que ciertamente está corrompido. Pero esto que ha hecho el PSOE es una táctica propia de los régimenes bolivarianos dictatoriales (sí, esos que gusta tanto a Podemos)
#4 Mira, si según la ley no puede ser rebelión, pues no se les acusa de eso y sí de lo otro (que ojo, son unos 14 años de prisión). Ya que se ven a victimizar y llorar en inglés en la bbc igualmente, por lo menos que sea con la ley en la mano.
#3 Hombre, es que si se consuma te has secedido.
Bravo! A la cárcel con estos políticos criminales e irresponsables.
España necesita político que actúen en pro de la ciudadanía y no sólo para destruir y socavar el Estado de Derecho y nuestras garantías democráticas.
Es legítimo y es justicia pedir penas de cárcel para esta gentuza, está casta política tan lamentable que hay en el secesiónistas catalán.
#4 Pero si se van a comer la tira de anhos, y las multas que van a recibir los van a dejar embargados de por vida.
Un mínimo de 14 anhos me parece una pena consecuente, total, cumpliendo cuatro y medio ya podrían pedir el tercer grado, y llevan ya un anho en prisión.
#11 ¿ Traidor a quien?¿A las leyes?
No, al estado.
Y que conste que a mí, personalmente, lo de traidor a la"patria", "el pueblo" o "el estado" me parece una estupidez.
Pero las cosas son las que son.
A mí con que estos delincuentes líderes del proceso independentista vayan a prisión durante muchos años, me llega, para aleccionar a los que vengan, a ver si se les quitan las ganas. Golpistas. Delincuentes. Ni un solo paso en falso con los golpistas. Ya está bien de dorarles la píldora.
#13 Y en los mossos, la dejacion de sus funciones, no actuar cuando
O ejercieron violencia o no actuaron, ambas cosas no son posibles.
También la Guardia Civil decidió no actuar en varios centros por los mismos motivos, ¿donde está la acusación de rebelión o sedición?
La Guardia Civil no usó la fuerza el 1-O, igual que los Mossos, para "evitar males mayores"
La Guardia Civil no usó la fuerza el 1-O, igual que los Mossos, para "evitar males mayores"
La Guardia Civil no usó la fuerza el 1-O, igual qu...
publico.esPista: Juicio político.
#17 Tu interpretas el delito de rebelion como te da la gana, imaginandote que es necesario un ejercito para aplicarlo y no es asi. Informate en los criterios juridicos en los que se basa y veras que el govern, con sus fuerzas de seguridad han incurrido en el.
Y ademas a la luz del dia, con luces y camaras y proclamandolo a los cuatro vientos.
#18 "la fiscalía te lo afina" frase de un Ministro del Interior del gobierno del PP.
Putos bolivarianos pepesunos.
#3 La rebelión también es punible en grado de tentativa, como se hace evidente por la redacción del artículo 477 del Código Penal, que trata de la conspiración para la rebelión:
La provocación, la conspiración y la proposición para cometer rebelión serán castigadas, además de con la inhabilitación prevista en los artículos anteriores, con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente
Por no hablar de que para considerar rebelión no sería necesaria la existencia misma de un alzamiento violento con armas, combates, estragos, sabotajes, etc, pues todo son agravantes, no circunstancias necesarias del tipo penal. Me remito al artículo 473.2:
2. Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos.
Tampoco es estrictamente necesaria la violencia como tal, sino que la amenaza fundada de la misma también se considera elemento válido, como consta en el Auto 11/2005 del TSJPV, que ha citado hoy@anarion321. El hecho de que la Generalitat tuviese mando sobre un cuerpo de 17.000 hombres armados hace suponer una fundada amenaza de uso de la fuerza para conseguir el fin número 5 del tipo penal de rebelión, concretamente, el tener 17.000 hombres armados permitiría ejercer control del territorio:
Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.
#8 Los mossos se negaron a acatar un mandato judicial, yo veo ahí un uso de la policía.
¿No podían subirlo a 18 años? Es para un amigo numerólogo.
#27 Vaya nivel de debate. Contigo es imposible razonar. Debes de ser de izquierda, no hay duda.
#6 le dejo este hilo que he visto en otro envío pues me parecen esclarecedores los comentarios
La Fiscalía pedirá más de 20 años de prisión para Junqueras por rebelión/c20#c-20
#10 Están en la cárcel porque se fugó Puigdemont con 4 o 5 más, aparte de la posible destrucción de pruebas. Los Jordis aparte están por posibilidad de reincidencia de delitos.
#28 resume un poco please...
#4 Porque todo fue taaaaaaaaan secreto... 7 años de no hacer nada de nada de nada más que echar más leña al fuego.
A ver si el traidor fue el gobierno del PP, que por gobernar han partido España por Cataluña.
#29 Al contrario, acataron el mandato judicial al igual que lo hicieron algunos guardia civiles:
La Guardia Civil no usó la fuerza el 1-O, igual que los Mossos, para "evitar males mayores"
Fuente: La Guardia Civil no usó la fuerza el 1-O, igual que los Mossos, para "evitar males mayores"
La Guardia Civil no usó la fuerza el 1-O, igual qu...
publico.es¿Donde está la acusación judicial del estado contra esos Guardia Civiles?
Pista: Juicio político.
#34 Con la ley y la jurisprudencia en la mano, se puede acusar de rebelión.
Aquí güele a mierda.
Delito de seducción sería más acorde con los hechos.
#2 ¿Has leído el delito de rebelión? Te pongo antes una sentencia ya emitida por un alto tribunal que podría valer para lo de alzamiento:
Auto 11/2005 del TSJPV:
"Debiendo catalogarse el alzamiento como violento, según generalizada opinión, cuando vaya acompañado del ejercicio de la fuerza física, o, cuando el empleo de ésta, de resultar necesario de cara a la consecución de alguno o algunos de los fines indicados en la norma penal, constituya una seria y fundada amenaza, por estar dispuestos los alzados a conseguir aquéllos a todo trance, recurriendo inclusive, de así resultar preciso, a la utilización o al uso de la misma.”
https://josemariadepablo.com/2017/10/23/declarar-la-independencia-es-delito-de-rebelion/
Luego lo siguiente sería discutir lo en serio que había que tomarse a los que aprobaban leyes dictatoriales como la de Transitoriedad para elegir jueces a dedo, expropiar bienes, etc. O valorar aquellas declaraciones de algunos políticos sobre hacerse con el control de infraestructuras clave.
Pero volviendo al tipo delictivo de rebelión:
Artículo 473.2.
"Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos."
Las armas aparecen como condicional y se puede calificar como acto de rebelión incluso la "simple" malversación de fondos públicos.
Además de que el artículo 475 dice:
"Serán castigados como rebeldes con la pena de prisión de cinco a diez años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años los que sedujeren o allegaren tropas o cualquier otra clase de fuerza armada para cometer el delito de rebelión.
Si llegara a tener efecto la rebelión, se reputarán promotores y sufrirán la pena señalada en el artículo 473."
Se puede considerar rebelión el "seducir" a fuerzas armadas, imaginemos a los mossos por ejemplo, a cometer rebelión, y esto en el caso de que la rebelión no tuviera éxito ni hubiera alzamiento ni nada, pero se les castiga como rebeldes.
#4 hubiera sido mejor que fueran acusados por rebelión puesto que ley en mano no podrían ser declarados culpables (por lo de la falta de armas, la violencia, y el resto)
#36 Vamos, que a los Mossos se los mandó a cerrar colegios y no lo hicieron, que me estás contando.
Juicio político, los cojones, si quieres manhna se separa una parte de Catalunha de la otra y todos tocando palmas con las orejas.
Poco sentido común.
#11 dice traidores, porque es político, juez y abogado.
Todo. Es un dios.
#10 Si mal no recuerdo, están en la cárcel por riesgo de fuga.
Otro día hablamos de por qué la justicia es tan lenta y hace que las prisiones preventivas duren años.
A lo mejor cuando la UE funcione como los EEUU y no exista el concepto de extradición entre los estados miembros se puede quitar la prisión preventiva por ese motivo.
Me gusta menéame que critica al dictador de franco y alaba a los dictadores del proces. Aquí no se critican los hechos en sí, si no, si los hace un bando u otro. Si lo hace nuestro bando está bien pero si lo hace el otro.... bufff
#23 traidor al pueblo catalán que quería las urnas no creo...
Todo según desde el prisma con que se mire
#36 Juicio a políticos.
#23 has considerado que quizá la decisión se basa en criterios jurídicos vista la experiencia previa de la chapuza de Llarena ?
#31 Te ha picado el zasca , eh !?
Encantado de que no discutas conmigo, total solo sabes decir Venezuela... ahí tienes el botón de ignorar
#42 Vamos, que a los Mossos se los mandó a cerrar colegios y no lo hicieron, que me estás contando.
Algunos colegios no fueron cerrados por los Mossos ni por Guardia Civiles por que las circunstancias implicaban que actuando suponía un daño mayor que el no actuar.
A los Mossos se les procesa por actuar de policía democrática y a esos Guardia Civiles que actuaron igual no se les procesa.
Hay que recordar que la órden judicial establecía que había que actuar sin alterar la normal convivencia ciudadana.
#33 Es el primer caso en democracia que conozco en el que se aplica una prisión punitiva a una persona por lo que ha hecho otra, seguid así.
A la carcel con ellos!! Golpistas!! Mira que entrar en el Congreso con pistolas, disparando y reteniendo contra su voluntad a diputados electos...
Que esperen en la carcel a la autoridad competente.
#48 ¿Qué zasca?
#6 a lo mejor el comentario que acabo de hacer en #_40 te interesa La Abogacía del Estado acusa por sedición y malversación a los líderes del ‘procés’/c40#c-40
#7 Con amor, como Mr. Married.
¡Vaya pregunta!
#19 En la BBC ya se parten la caja de ellos igualmente, da igual de lo que les hayan acusado
#50 Cárcel punitiva? Prisión provisional por riesgo de fuga, destrucción de pruebas y repetición de hechos delictivos.
No se que parte no entiendes.
#44 Riesgo de fuga? te recuerdo que alguno de ellos salió de la cárcel pagando una fianza...y que se les volvió a encarcelar sin haber cambiado nada del procedimiento.
#14 la izquierda.. claro.. claro..
#9 No estoy de acuerdo. El referendum era ilegal. Para una administracion, todo lo que no sea explicitamente legal, es ilegal.
Para las personas es al contrario, es legal todo lo que no sea explicitamente ilegal.
#52 el que todavía te rascas!
#49 Los Mossos policía democrática, como la de la República Democrática del Congo.
#21 y gracias a comentarios como el tuyo cada día hay más independentistas en Catalunya
#9 ¿Es un comentario irónico? Porque no sé qué tiene de legal ir contra mandatos judiciales o intentar aplicar leyes que han sido suspendidas o anuladas por los tribunales
#9
Bueno, eso es discutible.
Lo que tengo entendido si no me falla la memoria es que el gobierno apeló al constitucional la ley que les permitía hacer la consulta y el constitucional la dejó en suspenso.
No tengo ni idea, pero supongo que al estar suspendida por el constitucional, esa ley (ni ninguna otra) les permitía hacer la consulta. Así que no lo hicieron por las vías legales.
Supongo que por ahí van los tiros.
#58 Es lo que están demostrando. Aparte de que tanto Podemos como PSOE no condenan el régimen de Venezuela (que claramente es una dictadura). Y no lo condenan porque no creen en la separación de poderes. Tan simple como eso.
#56 No hay riesgo de fuga cuando alguno de ellos pagó fianza y no se escapó....y el riesgo de destrucción de pruebas hay exactamente el mismo estén ellos en el govern o sus compañeros.
#60
#26
Lo mismo que tú y algún otro iluminado.
https://www.eldiario.es/zonacritica/Llarena-Einstein_6_758434164.html
A ver cuando pillan al M. Rajoy ese...
#24 síii, stanos acojonados en Catalunya, solo hay que ver las últimas encuestas en intención de voto en Catalunya
#1 Hombre 14 años de cárcel para estos y para los de Alsasua me parece...
Mientras los del pepé no cumplen ni la cuarta parte por habernos expoliado
#57 Si tienen fianza no tienen prisión preventiva.
La fianza es para que no se escapen, pero cuando el riesgo es muy alto no se la ponen.
Yo creo que queda un poco feo que el gobierno no persiga todos los delitos que ha contemplado un juez instructor, pero bueno, si no recuerdo mal la abogacía entró por el tema de malversación y el resto de delitos ya son pedidos por fiscalía y acusación particular, así que la cosa importa poco.
#37 se puede acusar, pero sin violencia ni armas la sentencia es de inocencia (según las propias leyes españolas)
#72 Tuvieron fianza y ahora están en prisión, por si no lo sabías.
#66 Que hay riesgo de fuga y de destrucción de pruebas es clamoroso, cuando la policía ha recupera pruebas destruidas de varios ministerios, que la mitad de la cúpula del 1-O se fugara, o que Marta Rovira se hiciese la brava con el tribunal y se negase a ir a declarar.
Esto está muy claro, el tribunal no quiere más películas, se han pasado de frenada y pretendían abusar de su posición y los han metido a todos en el meco hasta que se resuelva el juicio.
Y me parece fenomenal, igual que con cualquier imputado en la misma situación.
Si tu te crees que en otro país sería diferente estás muy equivocado.
#62 Ya no caben más.
Los políticos que han promovido el Golpe de Estado en Cataluña deben cumplir y penar cárcel.
Son unos criminales que han puesto a este país al borde de un conflicto , son repulsivos y no deben volver a formar parte de ningún gobierno democrático.
Prisión ya, quiero cárcel para esa gentuza.
La abogacía solo constata lo de Bélgica y Alemania. La fiscalía les acusara de rebelión y en el juicio quedará desestimada . Veamos aqui lo importante es inhabilitación , embargo de bienes para devolver lo robado y dejen de cobrar sueldos públicos . Estamos hartos de este paripé de mierda .
#62 y por los Presidents que aupan los indepes cada vez hay más comentarios como el que criticas.
"Gente que se ha olvidado de mirar al sur y vuelve a mirar al norte, donde la gente es limpia, noble, libre y culta. Y feliz.“
"No, no es nada natural hablar en español en Cataluña. No querer hablar la lengua del país es el desarraigo, la provincialización, la voluntad persistente de no querer asumir las señas de identidad de donde se vive”
"un catalán que aspire a ser español no es nada”
Que lo de que pretendan sacar leyes como la de transitoriedad para elegir jueces a dedo a lo mejor también influye.
#76 Que te parece fenomenal que estén en el maco, no tengo la más mínima duda... y lo de los demás países, si estarían en la cárcel...pregunta en Alemania, o en UK, o en Bélgica, o en Suiza.
#74 Sin violencia y sin armas, el tipo penal puede existir perfectamente: combates, armas, estragos, sabotajes, etc son agravantes, o sea que son partes supletorias no necesarias para la existencia del tipo penal.
Además, no es necesaria la violencia en sí, sino que basta con la fundada amenaza de que se produzca (auto de 2005 del TSJPV) para uno de los fines del tipo penal de rebelión.
No entiendo que los partidos independentistas sean legales y después pedir 14 años de cárcel.Sí, es que "del dicho al hecho hay un trecho"... Pero no 14 años.
#55 Cierto, esta de hace unos días:
#65 Ni me molestó en contestarte...
Que tonta es la gente que apoya incondicionalmente la derecha o la izquierda como patéticos forofos de futbol, sin importarle ni siquiera si un partido actúa bien o mal.
Son casos políticamente perdidos!
#75 No recuerdo el proceso. Supongo que un juez de una instancia superior cambiaría el veredicto.
#63 No, no es irónico. Es la verdad.
Ir contra mandatos judiciales e intentar aplicar leyes suspendidas o anuladas por los tribunales es el mismo concepto y, no es sedición. Desacato o prevaricación , tal vez. Pues esas leyes de que hablas fueron aprobadas a través de vías totalmente legales.
#12 ¿Eso no lo habían denunciado ya los indepes cuando hablaron de crisis humanitaria? Lo raro es que todavía no se haya reunido la ONU de emergencia para tratar el tema.
#85 Yo sí, sabes que Turull estaba en libertad habiendo pagado fianza cuando se presentó a la investidura?
Y no hay instancia superior al Supremo.... todo lo hizo Llarena.
#80 Vosotros que os creeis que en el resto del mundo son carajotes y no habrían hecho nada ante un intento de secesión unilateral?
De verdad vivís tan apartados de la realidad que os creeis que en las mismas circunstancias los responsables del 1O no estarían en prisión o en arresto domiciliario a la espera de juicio, por el que los empurarían hasta que se muriesen?
En qué planeta vivís?
Tu te crees que en un hipotético caso de que Catalunha se independizase por las buenas, en buenos términos con Espanha, etc. Y una región por sus santos cojones, se secesiona de Catalunha, no haríais nada?
Tanto diabolo, y huerto urbano os tiene el cerebro hecho mistos.
#21 💃
#81 Ya pero la "fundada" hay que demostrarla y no soñarla!
Curioso que cuando hay que acusar a esos delitos a los que están fuera de España no se atreven.... ¿Porque?
La respuesta es evidente.... piensala
#89 Claro, claro.....
#74 claro, en los pueblos nadie apedreó a policías ni expulsó a las fuerzas de seguridad del estado de ningún pueblo... Mira YouTube 😉
#92 Una argumentación soberbia.
#11 el tribunal de derechos humanos sólo juzga violación de derechos humanos. NO juzga los hechos.
Qué inventas??
#59 No, un referéndum (no vinculante) nunca puede ser ilegal. La Constitución lo respalda.
#64 No, eso no tiene discusión alguna. La ley es la ley.
#41 de rebelión van a ser acusados, por el fiscal y por la acusación particular. Aquí hablamos sólo de la acusación de la abogacía del estado.
#94 Sí, a la altura de los tuyos.
#71 Tranqui. A estos los indultan antes de Navidad