#2 Fresenius (los sobornadores dueños del Grupo Quirón) sólo con el hospital Fundación Jiménez Díaz nos percuten al erario más de 500 millones anuales. Imagina por dónde se pasan esa multa.
Lo que nunca entendí es porque un porcentaje de ese dinero no va al denunciante. Entiendo que es que tienen ,miedo que entonces saldrían miles de denuncias y muchos poderosos palmarían mucho dinero.
#5 Espera, que me saco el palillo de la boca.
Porque se trata de una sanción administrativa. Además es susceptible de ser recurrida en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa, es decir, que Quirón tiene todavía mucha vía para recurrir. Si se resolviese en contra de Quirón después de años de litigio, quedando acreditado que sí ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad del afectado, es entonces, en ese momento, que éste podría demandar a Quirón por en la vía jurisdiccional civil reclamando el daño y perjuicio que estimare conveniente. Pero ojo, este caso también tardaría años en resolverse.
Quiero decir, dependiendo de la edad del afectado, antes se muere que ver un céntimo.
#6 No te saques el palillo de la boca. Yo he abierto hora una reclamación por derecho sucesorio. Calculo que entre que me den fecha y que haya recurso, tardará entre 5-7 años en resolverse. Y cuando hayamos llegado al supremo o haya renunciado a recurrir, cobraré lo que considero que se me debe.
por un lado, en AEPD los tiempo suelen ser más rápidos para haya resolución. Creo que 18 meses como máximo en temas complejos y luego, o recurre en un mes o tiene 2 meses para ir a Contencioso -… » ver todo el comentario
#5 Porque es una multa, no una indemnización.
Y una multa que va a servir de poco o nada. Eso es calderilla para Quirón.
Una multa seria debería ser de entre el 5% y el 8% de los beneficios netos de la empresa durante el periodo anual, más una multa adicional de 250.000 euros para cada CEO de la empresa.
#13 Y de ahí, que un porcentaje de la multa, fuese para el denunciante. No estoy hablando del derecho de daños. Eso claro que lo `puedes hacer por civil en la actualidad. Pero el recorrido que tiene y el coste, desaniman. Yo hablo de compartir parte de la multa. Algo hecho en otros países...
En Estados Unidos, los denunciantes (whistleblowers) que aportan información original que conduce a una acción exitosa por parte del gobierno pueden recibir recompensas financieras significativas,
www.newtral.es/impuestos-gasolina-ester-munoz-factcheck/20260311/
Nada, nada, Quirón recibira su diezmo gracias a la frutera.
Yo tambien lo veo.
Porque se trata de una sanción administrativa. Además es susceptible de ser recurrida en la vía jurisdiccional contencioso-administrativa, es decir, que Quirón tiene todavía mucha vía para recurrir. Si se resolviese en contra de Quirón después de años de litigio, quedando acreditado que sí ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad del afectado, es entonces, en ese momento, que éste podría demandar a Quirón por en la vía jurisdiccional civil reclamando el daño y perjuicio que estimare conveniente. Pero ojo, este caso también tardaría años en resolverse.
Quiero decir, dependiendo de la edad del afectado, antes se muere que ver un céntimo.
por un lado, en AEPD los tiempo suelen ser más rápidos para haya resolución. Creo que 18 meses como máximo en temas complejos y luego, o recurre en un mes o tiene 2 meses para ir a Contencioso -… » ver todo el comentario
Y una multa que va a servir de poco o nada. Eso es calderilla para Quirón.
Una multa seria debería ser de entre el 5% y el 8% de los beneficios netos de la empresa durante el periodo anual, más una multa adicional de 250.000 euros para cada CEO de la empresa.
En Estados Unidos, los denunciantes (whistleblowers) que aportan información original que conduce a una acción exitosa por parte del gobierno pueden recibir recompensas financieras significativas,
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ME ALEGRO !!!