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El Senado aprueba definitivamente la ley que elimina el despido por incapacidad permanente

El Senado aprueba definitivamente la ley que elimina el despido por incapacidad permanente

El pleno del Senado ha aprobado definitivamente este martes el proyecto de ley que elimina como causa automática de extinción de contrato el reconocimiento de la incapacidad permanente. Con 251 votos a favor y 3 en contra, el Senado ha dado luz verde a la norma de forma definitiva al no haberse introducido ningún cambio respeto a la que llegó del Congreso de los Diputados. La norma sale así adelante con el apoyo de la mayoría de los grupos, ya que solo Vox ha expresado hoy durante el debate su rechazo al considerarla una "mala herramienta

| etiquetas: senado , aprueba , ley , eliminar , despido , incapacidad , permanente
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No lo entiendo, si tiene incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez ¿Puede trabajar? Entonces los conceptos de incapacidad 'total', 'absoluta' y 'gran invalidez' están mal definidos.

Podría entenderlo en el caso de una incapacidad parcial. Pero vamos, yo de esto ni idea, solamente me chocan los conceptos.
#9 pues he pensado lo mismo, aunque no soy experto en derecho laboral. Si es “incapacidad absoluta” o “gran invalidez” no veo posibilidad de adaptar el puesto de trabajo, pues sería “para cualquier profesión u oficio”, aunque la noticia se refiere a todas las incapacidades permanentes. Si la incapacidad es total, pues ¿habrá que entender que lo es para ese puesto de trabajo en su configuración sin adaptar? Y una vez adaptado el puesto, ¿el trabajador deja de estar incapacitado?
#9 A una persona con incapacidad permanente le tiene que pasar un pensión el estado.

Si eliminas el despido por incapacidad permanente, esa persona seguirá contratada en la empresa. Se supone que se tiene que "adaptar el puesto", pero en la práctica una persona con ese nivel de incapacidad no va a ser productiva, con lo cual está tendrá que contratar a una segunda persona y pagar ambos sueldos.

En la práctica, significa que el estado está pasando el pago de esa pensión a la empresa.
#12 no tengo mucha idea pero yo creo que más bien en la práctica el Estado estaría dejando desvalida a esa persona. Despido improcedente como a todo hijo del vecino y ya está jodida la persona.

Igual entendí mal la noticia, pero no creo que la empresa tenga que tener responsabilidad de que por ejemplo tengas ELA y mantenerte (sin poder ser productivo). Justamente para eso está la "solidaridad" de pagar la seguridad social: algunos no la usamos ni hacemos gasto nunca, pero reconocemos que todo el mundo que la necesite tiene derecho a ella.
#12 ¿Dónde pone que la persona deje de recibir pensión?

Ahora mismo, esa pensión es del 55% de la base, creo que sube al 75% si tienes más de 55 años. Es decir, que no da para demasiado, y en la práctica, esa persona debe buscarse un trabajo que sí pueda hacer, o pasarlo muy mal.

cc #20
#20 esque no tiene ningun sentido.

Una gran empresa con miles de empleados se puede permitir mantener a ese empleado. Pero una PYME?

En fin, otro desicentivo a contratar si eres una empresa pequeña.
#42 En caso de empresa pequeña, tira de autónomos, si se crea una relación de largo tiempo y a ambos os interesa los contratas.
A mi me ha dado solo alegrías.
#74 pues si, pero ahi tambien te la juegas con lo del "falso autonomo". A no ser que vivan en otro pais y trabajen a distancia claro.
#79 Mi sector quizás sea un nicho.

En mi caso han sido autónomos que tienen cartera de clientes y otros ingresos (no dependen de mi únicamente).

En muchos casos al ofrecerles contratos no les ha interesado. A dos de ellos por ejemplo les gusta "matarse a currar" ciertos meses y después pasarse un trimestre de vacaciones.
Ellos mismos me han podido recomendar otros autónomos que pueden cubrirlos si hace falta durante esos meses.

En otros casos no me ha interesado a mí. No he encontrado un seguro de responsabilidad civil para empleados "nómadas digitales" que quieren vivir cada 2 semanas en un país diferente, no me he querido arriesgar.
#9 La incapacidad permanente total significa que no puedes ejercer tu profesión habitual, pero eso no implica que estés inútil para cualquier otra cosa. Solo jodería que encima de inválido no pudieses trabajar en nada...
#17 sigue sin tener sentido.

Imaginate que tengo una pyme de reforma de baños. Paco, el albañil que hacia las reformas, pierde la movibilidad de sus piernas por un accidente/enfermedad no-relacionado con el trabajo.

Por duro que parezca, la solucion racional es rescindir a Paco, que pase a cobrar una prestacion del estado y yo busque a otro albañil.

Lo que no tiene sentido esque me obliguen a mover a Paco a... Oficina? Cuando con Yolanda ya tengo todo esa parte cubierta y para mi volumen de negocio no requiero de nadie mas.

Yo creo que a veces los legisladores se creen que las empresas son multinacionales de miles de empleados y... Va a ser que no.
#45 De la noticia; lo que no puede ser no puede ser.

Con la nueva norma, el trabajador decidirá voluntariamente si desea la extinción del contrato o prefiere que la empresa le adapte el puesto para continuar trabajando o le busque uno nuevo, siempre que esto no suponga un coste excesivo.

Quitarle el puesto de trabajo a otro para ponerlo a él cuando no puede realizar ese trabajo es un coste excesivo.
#63 ah, para nada es una linea ambigua xD

Es ademas un sin sentido. Si la empresa puede recolocarlo en otra cosa, no habria despido.
#9 En algunos casos sí que puede trabajar y en otros no. Se considera (según veo en Google) que una incapacidad es permanente si le impide hacer su trabajo o si se lo pone más difícil.

Este cambio en la ley obliga a las empresas a buscarle un puesto donde sí que pueda trabajar, si es posible.

Pero, al final, depende del trabajador. Si no quiere trabajar este cambio le permite no hacerlo, es su decisión.

Lo que se evita es que haya gente que puede realizar su trabajo o que puede ser recolocada y que queriendo trabajar dejan de hacerlo porque la empresa los despide.

Mi primo tuvo una grave enfermedad que le llevó a la incapacidad permanente y que le impedía hacer trabajos físicos pero podía haber hecho trabajos de oficina.
#18 yo disiento un poco.

Claro, puedes movil al albañil paco a la oficina. Pero dado que tiene cero experiencia y ningun conocimiento de administracion... Que sentido tendria? Es absurdo. Mejor darle el puesto a alguien capacitado.

Esa persona deberia estar cobrando una pension del estado. No le demos mas vueltas.
#38 Es cuestión de opiniones, en mi opinión si más o menos puede realizar el trabajo y quiere seguir trabajando su deseo debería primar sobre la opinión de la empresa.

Si la empresa quiere despedirle, pues un improcedente, a pagar y luego que cobre la pensión del estado.
#49 A ver, que no es opinable. No puede realizar su trabajo, si pudiera realizar más o menos su trabajo no tendría una Incapacidad Total Permanente.

Tenemos que partir de la base que no puede realizar su trabajo. Porque si pudiera, no le habrían concedido la incapacidad.
#50 No puede realizar el trabajo que está haciendo en ese momento. Por otro lado, también pueden darle la incapacidad si puede hacer su trabajo solo parcialmente.
#53 Si es así, no es Incapacidad Total Permanente. Significa que no puedes realizar tu trabajo.

Puedes realizar otros trabajos. Pero que sepas realizarlos, y que la empresa lo necesite es otra cosa muy diferente. Eso no se da siempre, ni mucho menos.
#56 #55 Pueden darte la incapacidad permanente total si no puedes hacer parte de tu trabajo actual. No habla de otros puestos en la misma empresa.

Es aquella que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.

www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPen
#58 Si no puedes realizar las tareas fundamentales de tu profesión, no puedes dedicarte a tu profesión.
#49 no puede realizar el trabajo, por eso tiene incapacidad permanente.
#9 Si la definición es confusa:
- parcial: indemnización por accidente de trabajo a tanto alzado y mantienes el puesto de trabajo
- total: profesión habitual
- absoluta: para toda profesión
- gran invalidez: dependencia para tareas básicas
#3 No se puede ir adaptando puestos de trabajo a las personas. Imagina que al tipo le amputaron una pierna y trabaja de camarero. A ver como le adaptas eso. ¿Lo pones en otro puesto y despides al de ese puesto de trabajo?
#8 la empresa debería intentar adaptar o mover de puesto de trabajo al que sufre un accidente, incluso aunque fuera una "baja" temporal.

Ahora mismo hay muchas bajas laborales que ya no tienen tanto sentido. Por ejemplo con el teletrabajo no afecta tanto el que tengas una pierna escayolada, más allá de la incomodidad y quizá las medicinas que esté tomando (en este caso yo creo que se deberían reducir las horas de trabajo pero poder seguir trabajando)
#16 #8 Si, si, pero en ese puesto al que se va a mover hay otra persona, y a la que se pueda se le despedirá. No vas a tener a dos personas en el mismo puesto. Y si a ese tampoco se le puede despedir, pues lo moverán a un puesto donde haya alguien que se pueda despedir.

Lo que está claro que si una persona hacía un trabajo que ya no puede hacer por su incapacidad, para ese puesto se deberá buscar a otra persona. Y al que había ahí moverlo a otro puesto que se le pueda adaptar y donde se pueda despedir a alguien. Porque la empresa no va a crear más puestos de trabajo por que si, ni mantener más sueldos sin necesidad.
#33 Si el trabajador tiene alguna incapacidad, ese "nuevo" puesto de trabajo será también más barato para la empresa. Igualmente este tipo de medidas son más efectivas cuando más grande sea la empresa, donde añadir a una persona más al mismo puesto no hace gran diferencia.

De todas formas lo que se elimina es el despido automático, no quiere decir que no se le pueda despedir. En mi opinión la empresa debería hacer lo posible para seguir teniendo a ese trabajador, porque sus conocimientos pueden seguir siendo útiles en otro puesto de trabajo.
#57 Como bien dices, si es una empresa grande no habrá problema. Si se trata de una microempresa... Estás frito como empresario.
#16 Yo estuve currando con el tobillo escayolado dos meses en casa antes del teletrabajo, recuerdo que cuando tuve que volver a la oficina le dije a mi jefe, menos mal que eso del teletrabajo en la empresa no lo ve nadie que sino me hubiera estado dos meses en casa sentado delante del ordenador jugando videojuegos mientras me pagabais la baja laboral (me caí en el curro), desde el COVID vendieron la mitad de las oficinas y apenas va gente a la oficina xD
#8 En ese ejemplo existe justificación para el despido procedente.
"Así, el trabajador podrá solicitar, en un plazo de un mes desde la notificación del reconocimiento de incapacidad permanente, el mantenimiento de su puesto y, a partir de entonces, la empresa tendrá tres meses para adaptarlo a las nuevas necesidades, cambiarlo a otro o extinguir el contrato si se dan las condiciones requeridas."
#31 El tema es que el reconocimiento de una incapacidad permanente, por definición legal y médica, implica que esa persona no puede seguir ejerciendo su profesión habitual. Si el tío queda jodido pero puede seguir delante del ordenador, pues perfecto, ni se le despide ni se le toca. Pero si la situación médica determina que ya no puede currar como antes, la empresa no tenía la obligación de montarle un chiringuito a medida. ¿Por qué tendría que ser así? ¿Qué culpa tiene la empresa de que el trabajador ya no sirva?
#35 #36 #40
En #19 lo deja claro, que no tengo tiempo para seguir escribiendo.
#19 #43 El despido no era automático, era procedente (que no es lo mismo). Muchas empresas si mantienen el personal.
#44 Decidía la empresa, ahora decide el trabajador...
Me parece mucho más justo...
A ti, por lo visto, que una empresa largue a un trabajador "por si las moscas" sin pagarle un duro te parece bien.
#46 No he dicho que me parezca bien, he dicho que me parece razonable. En grandes empresas es posible recolocar personas (y muchas veces con problemas). En pequeñas empresas puede ser prácticamente imposible.

Vuelvo a poner el mismo ejemplo. Empresa de transporte, con 10 conductores y 1 administrativo (o ninguno si lo hace el jefe). Uno de los trabajadores pierde el carnet ¿Qué hace la empresa?
#77 El ISM es el instituto social de la marina, era jefe de máquinas embarcado.

Llevo sindicado desde hace unos 20 años, en la CiG y aunque ahora ya no trabajo, sigo pagando la cuota.
#78 OK, no lo sabía, pero lo del sindicato es primordial...
#31 Que no puede seguir realizando su trabajo esta visto. Por eso le han concedido una Incapacidad Total Permanente. Porque no puede seguir realizando su trabajo. Si pudiera no se la habrían concedido.

Lo que se dice es que la empresa tenga la obligación de darle otro trabajo diferente, que si pueda realizar. Por poner un ejemplo claro. Si a un conductor le quitan el carnet de conduicir tiene automáticamente una IPT (está claro que no puede realizar su trabajo). Pero la empresa le tiene que buscar otro puesto, de oficinas o de limpieza... ¿y si no hay? o si esta persona no está especialmente capacitada para el puesto...
#34 Eso provocaría un incentivo para trabajar menos horas, trabajar en negro o incluso no trabajar.
Además, el costo de ir rastreando cuanto cobra el que percibe la prestación e ir amoldando según varíe su salario costaría muchisimo más que esos 250€.
Porque tendrías que ir mirando uno a uno a todos los que perciben la prestación, constantemente, todos los meses y además las posibles alegaciones ante fallos y los costos de litigar o posibles indemnizaciones...
Ese tipo de cosas son polladas que…   » ver todo el comentario
#41 Nada más lejos de mis intenciones.

Soy de izquierdas y los derechos de los trabajadores deben protegerse, y las prestaciones derivadas del fruto del trabajo deben protegerse de igual forma.

Quizá mi ejemplo ha sido desafortunado, así que voy a poner mi caso directamente.

Soy extrabajador del mar, con 25 años cotizados la base reguladora de mi pensión por incapacidad total permanente es de 3 100€, lo que genera una pensión ahora mismo del 55% hasta los 55 años que se incrementará…   » ver todo el comentario
#73 Especifico en mi comentario que no es tu forma de pensar, que seamos de izquierdas o de derechas no significa que nuestra ideología sea homogénea, no somos maquinas ni nada por el estilo.
Normalmente estos temas escuchamos algo y si no te lo planteas demasiado simplemente opinas como "la mayoría"...

La gente que vota al PP y dice que está a favor de la sanidad pública es un ejemplo claro.
Otro son los anarquistas de la 2ªrepública, la mayoría seguían siendo cristianos y muchos…   » ver todo el comentario
#68 Gracias por desmentir lo dicho en tu primer comentario. Se agradece.
#69 Lo he desarrollado un poco más, que creo no se entendía bien mi crítica. Se agradece.
La palabra clave es "automática".

Se puede despedir al trabajador, objetivamente, pero ya no es un hecho automático. Es decir, ninguna empresa va a sufrir cargas que no quiera.
#24 aun asi. Si antes era despido gratis y ahora tienes que pagar una indemnizacion...
#39 De indemnización nada, por qué iba a tener una empresa que pagarte nada? finiquito SI
Pero si tienes incapacidad permanente se supone que tienes una enfermedad o problema que te impide trabajar. No entiendo nada.
¿Pero como es posible que existiera esa posibilidad?
¿Quien lo puso en una ley?
#1 complementaría la pregunta con "si es una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, ¿se debe permitir trabajar por decisión del trabajador?" ¿Es esto un mecanismo para quitar ayudas de la Seguridad Social por errores del trabajador? ¿Tiene sentido dar pensiones por incapacidad perm. absoluta o mayores del 100% o más de la base cotizada si se permite al empleado trabajar? Prefiero que se haya aprobado la medida a rechazarla como VOX, pero no me gustan muchos de los matices que esto abre.
#2 Pues abre muchos matices, incapacidad total y la empresa adapta el puesto al trabajador , luego lo despiden por bajo rendimiento y ea... sin pension y sin trabajo.
#3 1º En España la empresa no decide si se paga pensión o no al trabajador.
2º El despido procedente implica que NO te pagan indemnización ninguna (supongo que te referías a eso cuando decías lo de la pensión)
Como explica #19
#2 - Incapacidad permanente total: no estás capacitado para trabajar de tu profesión habitual, pero si de otra. Ejemplo albañil con la mano amputada. No puede seguir trabajando de albañil, pero si puede trabajar en la oficina o con la señalización.
- Incapacidad permanente absoluta: no puedes trabajar en ningún empleo, ni siquiera de autónomo societario.
- Gran invalidez: necesitas de terceras personas para realizar las tareas más básicas.

Lo que promueven con esta ley es evitar que por ser…   » ver todo el comentario
#19 Gracias por aclararlo.
#2 La ley de incapacidades tiene un gran agujero, y esto lo digo como perceptor de una pesion por incapacidad total permanente para mi puesto de trabajo.

En teoría la pensión es una ayuda para cubrir la falta de ingresos al perder la capacidad de ejercer tu profesión habitual, pero la cuantía de la pensión no disminuye con el aumento de la cuantía del sueldo si se ejercer en un trabajo distinto del habitual.

Por ejemplo, tu tienes un sueldo de 2 000€, y pierdes la capacidad de trabajar…   » ver todo el comentario
#34 Mejor no opines más... No es lo tuyo
#1 hombre, yo si tengo que decir alguien tiraría de probabilidad
#1 ¿ Por qué se tiene que hacer cargo la empresa de algo por lo que el trabajador y la empresa ya está pagando?

No olvidemos que la empresa paga un 35% del salario bruto del trabajador a la seguridad social. ¿ Donde cojones va ese dinero?
#6 ¿Sabes los 10.000 milloncejos esos que han aparecido ayer, así, por arte de magia para comprar pistolitas? Pues por ahí tienes una explicación. Luego dinero para gente necesitada, ayudar a la investigación de enfermedades, hospitales y educación, ya lo iremos viendo con calma.
#7 Los diez mil millones vienen de los presupuestos de los ministerios.

Los hospitales y la educación vienen en los presupuestos de cada comunidad autónoma.

No hay magia ninguna. Si las autonomías quieren poner más recursos, que los pongan. Nadie se lo impide.
#25 No soy yo quien tiene que poner los datos. Para eso está el presidente. Para dar explicaciones de lo que hace y para que lo hace. Y si quiere, #14, puede repartirlos entre las comunidades y mejorar la vida de muchos españoles. ¿O es un don nadie? Otra cosa es querer y no ser una lameculos, que por lo visto con comentarios como los vuestros, está muy de moda.

Os dejo esto para que lo mastiquéis: "usará tres fuentes: una reorientación de los Fondos Next Generation, en concreto la cantidad destinada a ciberseguridad, los ahorros disponibles por “la buena gestión económica del gobierno” y remanentes de partidas de los presupuestos no gastadas." Ale, a disfrutar.
#7 ¿El programa de rearme se va a pagar con las cotizaciones a la seguridad social? ¿No eran fondos europeos? ¿Puedes aportar mas datos?

No, claro. No puedes.
#6 mientes, lo que paga la empresa de ss por cada trabajador no forma parte del salario bruto del trabajador por cuenta ajena.
#13 y tú no sabes leer.
Mira una nómina, sobre la base de cotización del trabajador se suman conceptos que paga la empresa y que van a la SS por valro de aprox el 35%.
#26 sí, tengo nómina hace 25 años ya. Ese importe que paga la empresa a la ss no es el salario bruto del trabajador. El salario bruto es la base imponible sobre la que se aplican las retenciones de irpf y las cotizaciones por cuenta del trabajador.
#29 No os falta razón a ninguno: es cierto que son conceptos diferentes (pero porque legalmente se ha establecido que lo son) pero el origen es la empresa en todos los casos
#52 el origen es la empresa, igual que el origen de otros costes, como por ejemplo herramientas y material, eso no significa por ejemplo que esos costes formen parte del salario bruto del trabajador, son costes de la SS a la empresa no al trabajador.
#64 Pues eso: no sé si me das la razón o me he explicado con el orto
#67 tienes razón en que es un coste de la empresa. #26 lo que afirmaba es que los costes de la SS de la empresa entran en el salario bruto y no es así.
#76 no he dicho que fuera así, aunque entiendo que puedas haberte liado. En cualquier caso no queda bien acusar de mentir a la primera de cambio.
#6 Perdona, pero la parte que "paga" la empresa a la SS sale del trabajo del asalariado.
#1 Pues porque tiene todo el sentido del mundo, aunque a ti te explote la cabeza intentando entenderlo. Si alguien queda incapacitado permanentemente para currar, es obvio que no puede seguir en su puesto. ¿Qué pretendes, que una empresa mantenga a alguien en nómina que no puede desempeñar su labor?
#28 Es que tú lo has dicho "y no puedes seguir realizando tu trabajo"
Pues se tendrá que ver si "no puedes seguir realizando tu trabajo"....
Digo yo.
Si es automático no lleva a ver si "no puedes seguir realizando tu trabajo"...
Estás despedido de manera apropiada del tirón.
¿Digo yo?
Igual para el otro " para desempeñar su trabajo" es que eso es relativo, pero si la ley dice que te despiden, te despiden y punto...

Os voy a poner un…   » ver todo el comentario
#31 el caso que tu has mencionado tiene poco sentido. Si un programador crack pierde la movibilidad de cintura para abajo, eso no me afecta en absoluto.

Una empresa no va a despedir a trabajadores productivos por tener un accidente con cero efecto en su productividad. No tiene ningun sentido.
#1 ¿Qué es tan disparatado de que alguien que ha resultado incapacitado permanentemente para desempeñar su trabajo no pueda seguir en su puesto de trabajo?
#1 Pues era razonable que si te declaran una incapacidad permanente y no puedes seguir realizando tu trabajo la empresa prescinda de ti.

Hay casos dónde la empresa puede y debe recolocar a este personal. Pero imagina que eres una pequeña empresa, tienes 4 albañiles y uno no puede hacer trabajo de albañil ¿Qué haces con esa persona?
#1 que tiene de raro? Que sentido tiene tener en nomina a un albañil que no puede caminar?

Esa persona deberia estar cobrando una prestacion del estado. No en la nomina de ninguna empresa.
#1 Típico de meneame, el pensar que los empleos sólo corresponden a grandes empresas con miles de trabajadores, donde una persona con incapacidad, si no la pones aquí, la pones alla y que su sueldo no afecta en nada a sus resultados de ganancias de millones de euros.

Luego está la realidad, que esto a quien jode de verdad es a las empresas pequeñas que no tienen esos medios. Si yo tengo un trabajador y a este le dan una incapacidad, donde le meto? Pues me tocará tener ahora dos trabajadores y…   » ver todo el comentario
Creo que hay un gran número de votaciones de vox en las que llevan la contraria a todo el pleno solo para que se hable de ellos, o para que pase lo que pase, puedan decir que ellos estaban en contra si sale mal, o que ellos lo habrían hecho mejor aunque haya salido bien
#54 #60

Por ejemplo en la sentencia europea que obliga a esto (como ya indica la noticia en su último párrafo, por cierto):
www.wolterskluwer.com/es-es/expert-insights/despido-por-incapacidad-pe

prensa.mites.gob.es/webPrensa/listado-noticia/noticia/4354

En este otro, la última línea ya te da a entender el tiempo que estará cobrando el trabajador esa pensión.

www.mutualia.eus/es/el-gobierno-elimina-el-reconocimiento-de-la-incapa

aquí también puede leerse.

Y su buscáis, seguro que encontráis otras páginas donde ya lo vayan anunciando.
A ver, no le deis muchas vueltas, que es una bufa más del gobierno: te lo venden como un logro para el trabajador (que a pesar de la incapacidad puede seguir trabajando) y lo que en realidad está haciendo es escaquearse de pagar la pensión del trabajador.

Y por cierto, no es despido, en estos casos, lo que hace la empresa, es extinción del contrato, que no es lo mismo.
#51 Repito ¿dónde dice que ese trabajador deje de cobrar pensión?

Yo creo que los resultados van a ser que en grandes empresas se planteen conservar los trabajadores, y cuando no, en lugar de irse de vacío cobren un despido objetivo, que no es mucho, pero menos da una piedra.
#51 ¿donde dice que le quitan la pensión?
#89 te vas perdido algo
#90 explicate, por favor
Pero si no conceden incapacidades permanentes. Ya puedes tener un informe en el que un médico especialista indique que no estás en condiciones de salud de reincorporarte que te dan el alta igual pasados los 18 meses. Experiencia de primera mano.
#81
Eso no tiene nada que ver con una incapacidad, y quizás problema del empresario por no llamar a la mutua para su revisión.
#87 es el INSS el que deniega la incapacidad permanente por sistema. Pasados los primeros 12 meses, la mutua ya no interviene.
Pero como siempre, tiene "letra pequeña". Le agregan el "a no ser que suponga un coste elevado para la empresa".
Básicamente las empresas seguirán despidiendo igual solo que ahora en el despido agregaran que ofrecer otro puesto supondría un coste demasiado elevado y ya está.
Después algunos pocos se decidirán a meterse en líos de abogados y juicios para demandar viendo si pueden demostrar que es mentira que sea un coste elevado. Pero pocos lo harán.
#66 Con una incapacidad permanente el juicio lo va a ganar siempre siempre la empresa. Lo lógico.

menéame