Hace 11 años | Por subrutina a publico.es
Publicado hace 11 años por subrutina a publico.es

El Real Decreto Ley por el que se modifica el Régimen de Tasas en el ámbito de la Administración de Justicia incluirá una disposición adicional mediante la cual, excepcionalmente, en el próximo mes de abril, la cuantía mensual de la cuota de derechos pasivos y de la cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial, será objeto de minoración en una cuantía equivalente al importe abonado por dichos conceptos en el pasado mes de diciembre

Comentarios

D

Y luego, en el IRPF de 2013 nos la meterá de nuevo. Pero para ese entonces esto ya estará olvidado.

JuicioAlfon

¿Esto aplica sólo a funcionarios o también a empleados públicos?

infestissumam

#2 Creo que sólo se aplica a los colectivos cuyas retenciones se aplicaron al IRPF sin haberlas cobrado, ya sean funcionarios, laborales o empleados públicos (interinos o no).